senado

NACIONAL
POLÍTICA
   Senado reconoce su trabajo por la paridad e igualdad de género
Reconocimiento “Elvia Carrillo Puerto” para la política y feminista María Elena Chapa
Especial
Por: la Redacción
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 22/02/2018

La Comisión para la Igualdad de Género del Senado aprobó otorgar el galardón “Elvia Carrillo Puerto” a la política priista María Elena Chapa Hernández, quien fuera diputada federal, senadora y extitular de la Ejecutiva del Instituto Estatal de las Mujeres en Nuevo León, cargos desde donde promovió la paridad de género en candidaturas.

La senadora priista y presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género, Diva Hadamira Gastélum Bajo, la perredista Angélica de la Peña Gómez, la panista Rosa Adriana Díaz Lizama así como las priistas Carmen Dorantes Martínez y María del Carmen Izaguirre Francos aprobaron otorgar el reconocimiento a Chapa Hernández.

Las senadoras resaltaron la trayectoria de la exlegisladora del Partido Revolucionario Institucional (PRI), quien más allá de su militancia partidaria promovió las políticas de igualdad en su estado y el cumplimiento de las cuotas de género y después de la paridad.

Aun en contra del PRI y sin pretensión de ser candidata para ocupar un cargo de elección, en 2011 Chapa Hernández fue parte de las 10 mujeres que presentaron demandas para la protección de sus derechos políticos pidiendo a la autoridad electoral que se garantizara que las mujeres pudieran participar en las elecciones federales de 2012. 

Como resultado de estas demandas, presentadas por mujeres de diferentes filiaciones políticas, en noviembre de 2011 la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación emitió la resolución 12624 que obligó a los partidos a postular, sin pretexto alguno, 40 por ciento de candidatas, tal y como lo establecía el entonces Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

El resultado de esta resolución hizo que todas las agrupaciones abanderaran a 120 candidatas a diputadas federales y 26 a senadoras. Ya en 2014 las legisladoras lograron avanzar de las cuotas a la paridad como principio constitucional.

María Elena Chapa Hernández fue diputada federal en dos ocasiones de 1989 a 1991 y de 2000 a 2003 y senadora de 1991 a 1997, fue presidenta del Consejo Consultivo del Programa Nacional de la Mujer PRONAM (1997-2000), presidenta ejecutiva del Instituto de las Mujeres en Nuevo León durante 13 años, de 2003 al 2016 e invitada permanente de la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de las Mujeres (2001-2002).

También fue presidenta fundadora del International Women´s Forum (IWF), capítulo México (1993-1995); presidenta honoraria del IWF (1996 a la fecha) y presidenta del Congreso Nacional de Mujeres por el cambio del PRI, de 1994 a 1999.

Por su lucha por la igualdad ha sido galardonada con el Premio de México 1995 a “La mujer que hace la diferencia” del Foro Internacional de Mujeres, entre otros.

El reconocimiento “Elvia Carrillo Puerto” se otorga a las mujeres que han incidido y destacado en la lucha cultural, política y económica a favor de los Derechos Humanos de las mujeres y de la igualdad de género y se enmarca en la conmemoración del Día Internacional de la Mujer a celebrarse el 8 de marzo de cada año.

En años anteriores destacadas feministas han recibido este premio que otorga el Senado. En 2014 la primera en recibirlo fue la antropóloga feminista Marcela Lagarde y de los Ríos, en 2015 la diplomática Carmen Moreno Toscano, en 2016 la tesorera del gobierno de EU, Rosario Marín y en 2017 la académica Gloria Ramírez Hernández.

Elvia Carrillo Puerto fundó, en 1912, la primera organización femenina de campesinas con la finalidad que a las mujeres jefas de familia se les garantizaran los mismos derechos que a los hombres en la distribución de tierras.

18/AGM/LGL








NACIONAL
POLÍTICA
   No se aprobó en tiempo y forma, argumentan
Aprueban violencia política, pero no aplica para próximo periodo electoral
Imagen retomada del Congreso de Morelos
Por: Anayeli García Martínez
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 21/12/2017

En medio del proceso electoral 2018 y del despliegue de las precampañas para ocupar la Presidencia de la República, la Cámara de Diputados aprobó incluir el concepto de “violencia política de género” en cinco leyes generales, modificaciones que no aplicarán en estos comicios porque no se aprobaron en tiempo y forma y porque todavía deben ser avaladas por el Senado.

En el último día del periodo ordinario de sesiones, el pasado 15 de diciembre, la Cámara baja aprobó las reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; la Ley General de Partidos Políticos; la Ley General en Materia de Delitos Electorales; y a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Con un retraso de más de nueve meses desde que el 9 de marzo el Senado aprobó las reformas y envió la minuta al recinto de San Lázaro para su aval, finalmente en la maratónica sesión del viernes –donde también se aprobó la Ley de Seguridad Interior– las y los legisladores avalaron las modificaciones en materia de violencia contra las mujeres en el ámbito político, campañas electorales y ejercicio de cargos públicos.

Desde 2012 se presentó la primera propuesta para prevenir y sancionar los actos de violencia contra políticas, candidatas o mujeres que participaran en política, la cual fue avalada por el Senado en 2013 pero tras la inactividad de diputadas y diputados tuvieron que pasar cinco años para que finalmente el tema volviera a presentarse en el Congreso de la Unión.

Sin embargo, el proceso legislativo no ha concluido porque el dictamen realizado por las Comisiones de Gobernación, presidida por la diputada priista Mercedes del Carmen Guillén, y de Igualdad de Género, encabezada por la también priista Laura Plascencia Pacheco, aprobaron reformas con cambios por lo que, nuevamente, el documento será enviado al Senado para otra revisión y votación.

En una sesión donde estuvieron presentes prácticamente la mitad de las y los diputados, por unanimidad de 263 votos a favor –y en medio de agradecimientos al coordinador de los priistas, César Camacho Quiroz, por hacer posible el dictamen, como lo dijo la diputada Plascencia Pacheco– se celebró el concluir este “complicado” tramo del proceso parlamentario. 

El Artículo 105 de la Constitución federal, en su fracción II, inciso I, indica que las leyes en materia de elecciones deben aprobarse y publicarse por lo menos 90 días antes del inicio de un proceso electoral y durante el mismo no podrá hacerse modificaciones legales fundamentales, por lo que la violencia política no se podrá invocar en las elecciones de 2018.

En San Lázaro, la diputada por Movimiento Regeneración Nacional (Morena) y ex candidata a la gubernatura del Estado de México, Delfina Gómez, ejemplificó con su caso la violencia que viven las mujeres que buscan cargos de elección popular, recordó los señalamientos y denostaciones que vivió durante su campaña en este año y que incluso atrajo la solidaridad de un sector de las mujeres priistas.

“Viví acciones de misoginia, de gente que lamentablemente ocupa o ha ocupado cargos públicos, como es el caso de (Felipe) Calderón y del propio presidente de la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados, que yo siento que tendrían que ser los que tenían que poner el ejemplo y que desde aquí digo, qué triste y lamentable para nuestro país tener este tipo de gobernantes”.

La diputada, a quien el expresidente Caldearon tildó de “títere” del líder de Morena, Andrés Manuel López Obrador, dijo que si esta minuta se hubiera aprobado en el periodo ordinario anterior, hubiera sido un logro para todas las mujeres que están en la política.

La minuta enviada por la Cámara de Senadores redefine la violencia política en razón de género como “la acción u omisión que, en el marco del ejercicio de los derechos político-electorales, o bien, en el ejercicio de un cargo público, tenga por objeto o resultado limitar o anular el ejercicio efectivo de los derechos político-electorales de las mujeres, o el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo o su función del poder público”.

A partir de la reforma político-electoral de 2014, cuando comenzaron a salir a la luz casos de violencia, desde destituciones arbitrarias, campañas misóginas y hasta asesinatos de aspirantes a cargos de elección, las mujeres han llamado la atención sobre este tema pero ante la falta de una legislación en noviembre las autoridades electorales reeditaron el Protocolo para la Atención de la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género creado en 2016.

17/AGM/LGL








ESTADOS
DERECHOS HUMANOS
   Se castiga con pérdida de patria potestad, terapia psicológica o cárcel
   
Síndrome de Alienación Parental, en legislación de 17 estados
Imagen retomada de Zaqi
Por: Anayeli García Martínez
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 13/07/2017

Aunque el Síndrome de Alienación Parental (SAP) es un término controvertido por estigmatizar a las mujeres como manipuladoras y a las niñas y niños como mentirosos, actualmente es reconocido en las leyes civiles de 17 estados de la República mexicana.
 
De acuerdo con datos de la Comisión de la Familia y Desarrollo Humano del Senado, hasta febrero de este 2017 Aguascalientes, Baja California Sur, Coahuila, Colima, Durango, Guanajuato, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Querétaro, Tamaulipas, Veracruz, Yucatán y la Ciudad de México, legislaron la Alienación Parental. 
 
Recientemente a esta lista se sumó Baja California. El pasado 6 de junio el Congreso del estado aprobó modificar el Artículo 21 de Ley para la Protección y Defensa de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes local y los Artículos 279, 281, 296 y 441 del Código de Procedimientos Civiles para incorporar esta figura jurídica.
 
CONCEPTO SIN SUSTENTO
 
El 16 de febrero de este año el Senado exhortó a las entidades federativas a legislar en materia de Alienación Parental con el objetivo de velar por el interés superior de niñas, niños y adolescentes al considerar que el SAP es un fenómeno que va en incremento en casos de separaciones y divorcios.
 
Según el dictamen elaborado por la Comisión de la Familia –organismo parlamentario creado en 2014 para evitar el avance de normas a favor de los matrimonios igualitarios y el derecho de las mujeres a decidir sobre su cuerpo– la Alienación debe ser considerada un tipo de violencia familiar.
 
Sin embargo, agrupaciones como Adivac, Save the Children y el Grupo de Acción por los Derechos Humanos y la Justicia Social han alertado de la falta de sustento científico de este concepto, de su carácter discriminatorio y estereotipado y del riesgo de que se use para defender a padres acusados de abuso y violación sexual de menores de edad.
 
El término fue creado en 1985 por el médico estadounidense Richard A. Gardner. Esta teoría califica de falsas o injustificadas todas las denuncias o quejas de maltrato o abuso sexual que hacen las hijas o hijos en contra uno de sus progenitores, aludiendo a que las presuntas víctimas mienten porque son manipuladas por sus madres.
 
DIVERSIDAD NORMATIVA
 
Los 17 estados que reconocen el SAP en su legislación imponen castigos a las madres o a los padres que incurran en esta conducta, las penas van desde la pérdida de la patria potestad de sus hijas e hijos y terapia psicológica hasta cárcel.
 
Por ejemplo, el Código Civil de Baja California dice que cuando se presenta el SAP el Juez de lo Familiar, de oficio, debe ordenar “las medidas terapéuticas” necesarias para los menores de edad y sus progenitores a fin de reestablecer la sana convivencia; o bien, podrá determinar la pérdida de la patria potestad.
 
El Código Penal de Michoacán (reformado en noviembre de 2016) considera la Alienación Parental como violencia familiar y por tanto lo sanciona con una pena que va de uno a cinco años de prisión, suspensión de los derechos de madres y padres respecto de la custodia de sus hijas e hijos y prohibición de residir con ellos.
 
El Código Civil de la Ciudad de México (reformado en mayo de 2014) dice que en caso de que el SAP sea “moderado” se suspenderá la patria potestad de quien cometa esta conducta pero si es “severo” se suspenderá todo contacto con el progenitor y su respectiva familia y además las niñas y niños serán sometidos a un “tratamiento”. 
 
PROPUESTAS DE REFORMA
 
El 22 de septiembre de 2016 el senador del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Fernando Enrique Mayans, presentó una propuesta para incorporar una definición de SAP en la legislación federal con el argumento de que los divorcios y las uniones libres son una problemática social y un obstáculo para el interés superior de la infancia.
 
El legislador propuso reformar los Artículos 283, 411, 417 y 444 bis del Código Civil Federal y 103 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para prevenir, atender y erradicar las conductas que constituyen Alienación Parental, crear la figura de asistente del menor y la de mediación asociativa familiar.
 
Con este proyecto el Artículo 411 del Código Civil diría que “se entiende por alienación parental toda conducta que tienda a manipular y a transformar la conciencia de los hijos menores de edad, para impedir o destruir la convivencia, las relaciones personales y trato directo con el progenitor no custodiado”.

La iniciativa se turnó a las Comisiones unidas de los Derechos de la Niñez y de la Adolescencia; de la Familia y Desarrollo humano; y de Estudios Legislativos pero a la fecha no ha sido discutida.
 
Mientras en los estados avanza la incorporación del SAP en la legislación, en la Suprema Corte de Justicia de la Nación se resolverán dos Acciones de Inconstitucionalidad: una por el caso de la Ciudad de México, presentada por la Comisión local de Derechos Humanos; y otra por la reforma en Michoacán, presentada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
 
17/AGM








NACIONAL
POLÍTICA
   Debieron aprobarlas a más tardar hoy
Reformas contra violencia política de género no se aplicarán en 2018
Imagen retomada de twitter
Por: la Redacción
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 02/06/2017

Pese a las denuncias de violencia política y a la advertencia de líderes partidistas de que los casos de violencia política podrían aumentar en el proceso electoral 2018, senadores y diputados no convocaron a un periodo extraordinario antes del 2 de junio para incluir el concepto en la ley y aplicarlo en los próximos comicios.  
 
El Artículo 105 de la Constitución federal, en su fracción II, inciso I, indica que las leyes en materia de elecciones deben aprobarse y publicarse por lo menos 90 días antes del inicio de un proceso electoral y durante el mismo no podrá hacerse modificaciones legales fundamentales.
 
En este caso, como el proceso inicia en septiembre de 2017, las reformas sobre violencia política de género se debieron aprobar a más tardar este 2 de junio y ahora no podrán aplicarse el año próximo cuando se elija Presidente de la República, se renueven 500 legisladores de la Cámara de Diputados y 128 senadores, y se realicen  además elecciones locales.
 
Esto a pesar de que en tres años, del 1 de enero de 2013 al 20 de diciembre de 2016, se registraron 335 averiguaciones por denuncias de violencia política de género, según un informe de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE), organismo dependiente de la Procuraduría General de la República (PGR).
 
El informe de la FEPADE sobre atención de casos de violencia política contra las mujeres de 2013 a 2016 indica que cada año aumentó el número de averiguaciones registradas: en 2013 fueron 61; en 2014 sumaron 55 y para 2015 aumentaron a 173. Sin embargo, destaca que en 2016 bajó el número de denuncias porque hubo un total de 46 casos.
 
No todas las denuncias fueron investigadas por falta de competencia de la FEPADE pero, de acuerdo con las estadísticas de la dependencia, se otorgó la calidad de víctima a 26 mujeres, en razón de la situación particular de riesgo en la que se encontraban y por el contexto político de discriminación, amenazas e intimidación.
 
El 9 de marzo, el Senado aprobó incluir la violencia política de género en las Leyes Generales; de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; de Instituciones y Procedimientos Electorales; de Partidos Políticos; en Materia de Delitos Electorales; y del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
 
ESTANCADA
 
La reforma para dejar en claro que constituye un delito denostar, menoscabar y restringir las funciones de una mujer que ejerce la política, fue enviada a la Cámara de Diputados, pero en este órgano no pasó al pleno porque antes debió ser aprobada por las Comisiones para la Igualdad de Género, y de Gobernación, pero sólo se avaló en esta última.
 
Una vez que en abril concluyó el periodo ordinario de sesiones en San Lázaro, legisladoras de todos los partidos políticos exigieron que las reformas sobre violencia política se aprobaran en un periodo extraordinario de sesiones.
 
Los reclamos de diputadas y más tarde de senadoras hicieron que el coordinador del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Jorge Carlos Ramírez Marín, y del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Francisco Martínez Neri, aseguraran en la última sesión del periodo ordinario en la Cámara de Diputados que “sería un tema a discutir”.
 
17/AGM/GG
 








NACIONAL
POLÍTICA
   Cabildean para incluirlo en periodo extraordinario
Urge ley contra violencia política de género antes de 2018: senadoras
Imagen retomada de twitter
Por: Anayeli García Martínez
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 10/05/2017
Para conseguir que en México más mujeres compitan en los comicios, sean electas y gobiernen, es necesario definir la violencia política de género en la ley, tema pendiente en la Cámara de Diputados que podría aprobarse en un periodo extraordinario del Congreso de la Unión, en junio próximo.    
 
Después de cinco años de propuestas y análisis y luego de que en 2013 el Senado aprobó una primera propuesta para definir este término –misma que no fue ratificada en la Cámara de Diputados–, el pasado 9 de mayo de 2017 el Senado aprobó un dictamen para incluir la violencia política por razones de género en cinco Leyes Generales.    
 
Como en la primera ocasión, el reciente dictamen aprobado en la Cámara alta fue enviado a la Cámara baja para su aval. Las reformas fueron analizadas en la Comisión de Igualdad de Género y en la Comisión de Gobernación pero sólo fue ratificado por las y los diputados de la segunda por lo que no pasó al pleno para su votación.  
 
Al hacer un recuento sobre este proceso legislativo, la presidenta de la Comisión de Igualdad de Género del Senado, la priista Diva Hadamira Gastélum Bajo, quien participó en la dictaminarían de la iniciativa de 2013 y 2017, expone que de cara a las elecciones de 2018 las senadoras están solicitando que sea un tema a tratar en un eventual periodo extraordinario de sesiones.  
 
La senadora adelantó que ya habló con el presidente de la Mesa Directiva de Comisión Permanente del Congreso, el senador Pablo Escudero, a quien le propuso que el tema de legislar la violencia política se discuta y apruebe en el periodo extraordinario que podría citarse en junio próximo; sin embargo todavía se está cabildeando este compromiso.  
 
LEY SOBRE VIOLENCIA GARANTIZARÁ PARIDAD
 
De acuerdo con Gastélum Bajo, en 2014 se logró la paridad –es decir, la obligación de los partidos de dar a las mujeres el 50 por ciento de candidaturas a cargos de elección–, un avance valioso que no puede cumplir su objetivo a cabalidad si no se blinda y si no se para, contiene y sanciona la violencia política en razón de género.  
 
Sobre la reciente reforma aprobada en el Senado, la legisladora dijo que fue una minuta muy exitosa porque se reforman cinco Leyes Generales: de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; de Instituciones y Procedimientos Electorales; de Partidos Políticos; en Materia de Delitos Electorales; y del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral. 
 
En opinión de Gastélum Bajo, para la elección presidencial de 2018, cuando también se renovarán 500 diputaciones federales y 128 senadurías, existirá la obligación de los partidos políticos de postular a 50 por ciento de mujeres y hombres a todos los cargos, pero no debe faltar la garantía de que las mujeres puedan participar sin que sean violentadas.   
 
“Ya pasamos de la cantidad, de que un partido salga a decir 'somos 50-50', a la garantía de una participación real de las mujeres, que les permita ganar, estar en la toma de decisiones; de eso se trata y lo vamos a hacer”, aseguró.  
 
Desde 2012, cuando se presentó la primera propuesta en el Senado, las legisladoras señalaron que las mujeres que desean participar en política como candidatas para ser parlamentarias, gobernadoras o integrantes de los ayuntamientos, son difamadas, agredidas y amenazadas por opositores y compañeros de partido que no quieren que incursionen en este terreno.  
 
RESISTENCIAS PARTIDISTAS
 
Al respecto, la senadora del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Lucero Saldaña Pérez, quien en noviembre de 2012 presentó la primera propuesta para reconocer la violencia política de género, destaca en entrevista que el proceso ha sido largo debido a múltiples factores porque han tenido que explicar el concepto y hacer conciencia.  
 
La senadora señaló que siguió el proceso parlamentario en la Cámara de Diputados, por ello se comunicó con la también priista y presidenta de la Comisión de Igualdad de Género de este organismo, Laura Plascencia Pacheco, quien en su momento le dijo que se iba a tratar de aprobar en Comisiones para después pasarla al pleno.  
 
Sin embargo la propuesta no se discutió en la Comisión presidida por Plascencia Pacheco y tampoco se trabajó en Conferencia, es decir en coordinación entre senadoras y diputadas. “Me habían dicho que sí, pero ya no se pudieron reunir y algunos, de varios partidos, señalan que fue la fracción priista (la que detuvo la reforma), sin embargo, las mujeres, la mayoría, todas, querían el tema porque lo han vivido, lo han sentido”, dijo.  
 
La senadora acotó que no tiene idea de las razones o si sólo fue falta de tiempo para no avalar la propuesta en la Comisión de Igualdad de la Cámara de Diputadas, pero acotó que hay resistencias de todos los partidos porque incluso avanzó más rápido la propuesta del Senado de aprobar el 17 de agosto como el Día Nacional de la Abeja.  
 
Como la propuesta de reconocer la violencia política en la ley no se aprobó, no se podrá invocar como tal. Sin embargo, cabe mencionar que la candidata de Movimiento Regeneración Nacional a la gubernatura del Estado de México, Delfina Gómez, mantiene una denuncia ante el Instituto Electoral estatal con base en el Protocolo para Atender la Violencia Política contra las Mujeres creado por instituciones electorales en 2016. 
 
17/AGM/GG
 
 







NACIONAL
DERECHOS HUMANOS
   Con agravantes si se comete contra niñez y mujeres embarazadas
Aprueban Ley sobre Tortura en San Lázaro y la envían al Senado
CIMACFoto: César Martínez López
Por: la Redacción
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 20/04/2017

El pleno de la Cámara de Diputados ayer aprobó la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, que contempla agravantes en caso de que la víctima sea menor de edad, una mujer embarazada o sobreviviente de violencia sexual.
 
Con 417 votos a favor, el pleno aprobó la minuta enviada por el Senado pero hizo modificaciones, por lo que el proyecto fue regresado a la Cámara alta para su ratificación. La Ley debió estar lista desde el pasado 5 de enero, fecha en que se cumplió un año del límite establecido por el Congreso de la Unión para expedirla.
 
Una vez que se avale esta ley –y se derogue la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura de 1994– entrarán en vigor nuevas consideraciones, por ejemplo: la tortura será un delito que no prescribe; se investigará de oficio o a petición de las partes y se crearán fiscalías especializadas para investigar en el ámbito local y federal.
 
Esta Ley haría frente a la tortura, una práctica que en las mujeres se caracteriza por la violencia sexual, como asegura el informe de Amnistía Internacional  “Sobrevivir a la muerte. Tortura de mujeres por policías y fuerzas armadas en México”, que documentó 100 casos de tortura hacia mujeres.
 
PENAS DIFERENCIADAS
 
La minuta avalada en San Lázaro prevé penas diferenciadas, dependiendo de si la conducta delictiva la comete un servidor público o no, y aumentará hasta en una mitad cuando se cometa contra poblaciones en vulnerabilidad como niñas, niños, adolescente, mujeres gestantes, personas con discapacidad o adultas mayores.
 
También se establece una pena mayor si la víctima fue sometida a cualquier forma de violencia sexual; si es migrante, afro descendiente, indígena, periodista o se trata de una persona defensora de Derechos Humanos o cuando la tortura sea motivada por la identidad de género u orientación sexual de la víctima.
 
Adicionalmente en el tema de investigación se establecen reglas especiales para considerar la calidad de la víctima y las situaciones particulares a la hora de realizar los dictámenes periciales. Por ejemplo, estos dictámenes deberán evitar la revictimización y se realizaran en compañía de los padres si se trata de menores de edad.
 
Los dictámenes para acreditar la tortura deberán realizaran en lugares seguros, salubres, que garanticen la privacidad de la persona, de preferencia con peritos mujeres en caso de que la víctima sea mujer o menor de edad y en casos de violencia sexual habrá asistencia médica con especialistas en ginecología, quien debe ser del mismo sexo de la víctima.
 
Estos procedimientos deben realizarse con base en los principios establecidos en los protocolos con perspectiva de género en la materia. El dictamen señala que se debe garantizar la plena igualdad al valor probatorio de dictámenes aportados por peritos independientes, incluso se prevé la negativa de aceptar peritajes que no cuenten con el consentimiento informado de las víctimas.
 
TENTATIVA
 
La tortura también podrá perseguirse en grado de tentativa, es decir, cuando el agresor inicie su ejecución sin que se consume o cuando un sujeto ordene cometer el delito pero no se lleve a cabo por causas ajenas a su voluntad. Además este delito podrá investigarse de oficio o a petición de las partes.
 
La nueva Ley considera la exclusión o su nulidad de la prueba en un proceso si fue obtenida mediante tortura o por cualquier otra violación a derechos humanos en cualquier etapa del procedimiento y el juez deberá dar vista a la Fiscalía Especializada con el objetivo de que se inicie la investigación por el delito.
 
En materia de prevención, la minuta establece la Creación del Programa Nacional para Prevenir y Sancionar los Delitos de Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; el Mecanismo Nacional de Prevención; y del Registro Nacional de este delito.
 
Cabe decir que organizaciones defensoras de los Derechos Humanos, como los Centros de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez; Tlachinollan; Zeferino Ladrillero y el Colectivo Contra la Tortura y la Impunidad, exigieron al Congreso tomar en cuenta las recomendaciones internacionales para prevenir, investigar y sancionar este crimen.
 
Agrupaciones civiles aseguran que hay una falta de cifras pero los organismos de Derechos Humanos han constatado la gravedad del problema. De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, los organismos públicos de DH registraron 3 mil 195 y 3 mil 20 presuntas violaciones por tortura y/o tratos crueles, inhumanos o degradantes durante el año 2013 y 2014, respectivamente.
 
La Cámara de Diputados informó que de acuerdo con la Procuraduría General de la República, hasta abril de 2015 contaba con 2 mil 420 investigaciones en trámite sobre tortura. Sin embargo, de acuerdo con la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el Estado registra 15 sentencias condenatorias por casos de tortura desde 1991.
 
17/AGM/GG
 








NACIONAL
POLÍTICA
   Tras cuatro años de intentos
Senado tipifica, por fin, la violencia política de género
Imagen retomada del portal comunicacion.senado.gob.mx
Por: Anayeli García Martínez
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 10/03/2017

El Senado de la República aprobó tipificar la violencia política de género y con ello concluyó un pendiente que tenía desde hace cuatro años, cuando las senadoras intentaron dejar claro en las leyes electorales que es un delito denostar, menoscabar y restringir las funciones de una mujer que ejerce la política. 
 
Ayer, apenas unas horas después de la conmemoración del Día Internacional de la Mujer, las y los senadores aprobaron reformas las Leyes Generales de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; de Instituciones y Procedimientos Electorales; de Partidos Políticos; la Ley General en Materia de Delitos Electorales; y del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
 
Se analizaron para eso 10 iniciativas presentadas por distintas fracciones parlamentarias, con definiciones sobre la violencia que se ejerce contras las mujeres que realizan actividades políticas, tras lo cual las Comisiones Unidas para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos, Segunda, presentaron un dictamen que fue avalado
 
Las leyes electorales dirán ahora que la violencia política en razón de género “es la acción u omisión que, en el ámbito político o público, tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos político-electorales de una mujer, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo o su función del poder público”.
 
Con estas modificaciones, instancias como el Instituto Nacional Electoral (INE), los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE) y los tribunales electorales tendrán la obligación de prevenir, atender, sancionar y en su caso sancionar las conductas de violencia política de género con las sanciones que marca la Ley General en Materia de Delitos Electorales.
 
El Senado determinó que  las sanciones por los delitos electorales que se cometan contra las mujeres se castigarán hasta con la mitad de la pena que actualmente se establece. 
 
CUATRO AÑOS DESPUES…
 
El camino para lograr la inclusión de esta forma de violencia en la ley inició  el 8 de noviembre de 2012, cuando la senadora priista Lucero Saldaña Pérez propuso incluir y definir este término. La propuesta fue aprobada en febrero de 2013 en la Cámara alta y enviada a la Cámara de Diputados para su ratificación.
 
Pero en San Lázaro nunca se discutió ni aprobó en el pleno, se truncó el proceso legislativo. Sin embargo, la reforma político electoral de 2014 creó nuevas leyes y derogó el entonces Código Federal de Procedimientos Electorales, por lo que tanto la senadora Saldaña Pérez, como otras de sus compañeras redactaron y presentaron nuevas propuestas en el mismo sentido que la de 2012.
 
La Comisión de Igualdad de Género, presidida por la priista Diva Hadamira Gastélum, pidió las opiniones de organismos electorales para robustecer el dictamen. En febrero pasado reveló que a pesar de que ya se tenía la reforma, había resistencias de algunos legisladores para avalar la propuesta.
 
Recién el pasado 3 de marzo los representantes de los Partidos Revolucionario Institucional (PRI), de la Revolución Democrática (PRD), Acción Nacional (PRD), del Trabajo (PT), Encuentro Social (PES) y Nueva Alianza (Panal) se comprometieron a impulsar la tipificación de la violencia política.
 
Esto sucedió durante un acto público en donde la integrante de la Comisión Ejecutiva Nacional del Partido del Trabajo, Lilia Aguilar, increpó a los líderes partidistas y estos aceptaron el reto de apoyar la propuesta de las legisladoras en el Senado.  
 
El dictamen fue enviado a la Cámara de Diputados para su aval, órgano parlamentario donde las diputadas Candelaria Ochoa Ávalos, Arlet Mólgora Glover, Yolanda de la Torre Valdez, Carolina Monroy del Mazo, Kathia María Bolio Pinelo y Maricela Contreras Julián ya habían presentado propuestas similares.
 
17/AGM/GG
 
 








NACIONAL
INFANCIA
   Exhorto aberrante, dice Martha Tagle
Legislar sobre alienación parental, pide Senado a congresos
CIMACFoto:César Martínez López
Por: la Redacción
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 17/02/2017

El Senado exhortó a los Congresos estatales a legislar en materia de “Alienación Parental”,  pese a que es una figura jurídica controversial, criticada por organismos civiles en defensa de la infancia e incluso por legisladoras y legisladores, ya que fomenta la idea de que en los casos de violencia familiar o divorcio las mujeres manipulan y las niñas y niños mienten.
 
A propuesta de la Comisión de Familia y Desarrollo Humano, este jueves el Senado llamó a las Legislaturas locales a incorporar este concepto en sus Códigos Civiles o Familiares a fin de proteger el interés superior de la infancia.
 
En el dictamen se señala que el Síndrome de Alienación Parental (SAP) –que tiene sus orígenes en una teoría psiquiátrica– surge casi exclusivamente en batallas por la custodia de las y los niños, quienes exhiben conductas desafiantes ante uno de los padres, actitudes que son apoyadas por el otro progenitor.
 
“Los padres que recurren a alienar a sus hijos del otro, exacerban las actitudes de triangulación y los conflictos de lealtad que ya existen en el niño o niña, violentando de esta manera su desarrollo psicológico y su proceso de duelo, así como violentando al progenitor alienado”, dice el documento.
                                    
En la argumentación del Senado también se indica que el SAP perpetúa la desigualdad de género porque resta importancia de ambos padres en la formación.
 
De acuerdo con la Comisión de Familia y Desarrollo Humano actualmente 16 entidades federativas ya cuentan con la figura legal de la Alienación Parental por lo que el resto de los estados debe integrarla a su legislación.
 
Aguascalientes, Baja California Sur, Coahuila, Colima, Durango, Guanajuato, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Querétaro, Tamaulipas, Veracruz, Yucatán y Ciudad de México reconocen este término.
 
EXHORTO ABERRANTE: TAGLE
 
Al respecto la senadora independiente, Martha Tagle Martínez, argumentó en contra de este exhorto al señalar que no tenía fundamento legal y era una aberración porque se utiliza para complicar los divorcios y señalar que las niñas y niños no pueden definir con cuál de sus padres quieren estar.
 
En el caso de la capital del país, el 15 de diciembre de 2013 la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó reformar el Artículo 323 séptimus del Código Civil capitalino para legalizar el término “alienación parental”, reforma promulgada el 9 de mayo de 2014.
 
Sin embargo, la sociedad civil alertó del significado estereotipado que promueve la idea de que en los casos de violencia familiar y divorcio las mujeres manipulan a sus hijas e hijos para que estén en contra de sus padres y los acusen de ejercer violencia.
 
En su momento agrupaciones como Ririki señalaron que esta figura también se podría usar para desvalorizar los testimonios de niñas y niños que son víctimas de abuso sexual o violencia familiar por parte de uno de sus padres.
 
Sobre este tema la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) también criticó que se pretendiera solucionar el problema de violencia familiar con esta reforma que no fue redactado atendiendo al principio del interés superior de la infancia.
 
Ante ello el 9 de junio de 2014 la CDHDF presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una acción de inconstitucionalidad (19/2014) al considerar que el artículo es violatorio de los Derechos Humanos de niñas, niños y adolescentes, resolución que aún está pendiente.
 
17/AGM/GGQ








NACIONAL
POLÍTICA
   Rechazan iniciativas desde 2012
Partidos se resisten a tipificar “violencia política por razones de género”
A 10 años de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia se realizó un foro de análisis en el Senado de la República | CIMACFoto: César Martínez López
Por: Anayeli García Martínez
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 02/02/2017

La presidenta de la Comisión de Igualdad de Género del Senado, Diva Hadamira Gastélum Bajo, aseguró que hay resistencias de los partidos políticos y de algunos legisladores para tipificar la violencia política por razones de género, una violencia que suma 52 casos registrados, según autoridades electorales.
 
La también presidenta del Organismo Nacional de Mujeres Priistas (OMPRI) dijo, en declaraciones a Cimacnoticias, que con esta reforma hay resistencias, tal como sucedió hace una década cuando en San Lázaro se debatía la aprobación de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV).
 

La legisladora Diva Hadamira Gastelum (der.) presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género del Senado junto a la antropóloga feminista Marcela Lagarde | CIMACFoto: César Martínez López.

 
En 2007 cuando Gastélum Bajo era presidenta de la Comisión de Equidad y Género de la Cámara de Diputados y encargada de presentar el dictamen de Ley, se enfrentó a las críticas por apoyar una norma dirigida sólo a las mujeres; ahora enfrenta algo similar con el dictamen para investigar y sancionar la violencia hacia las mujeres que participan en política.  
 
“Vivimos 16 proyectos de iniciativa de esta Ley (LGAMVLV). Le sacaban la vuelta, como en el tema de violencia política, ahora quieren hacer una reforma descafeinada; cuando la esculcan no hay dientes de dónde agarrarte para poder tener a los responsables donde corresponde”, afirma la legisladora. 
 
INTENTOS DESDE 2012
 
Hace cinco años, en 2012, en el Senado la priista Lucero Saldaña presentó la primera propuesta para tipificar la violencia política de género, iniciativa aprobada en la Cámara alta pero no ratificada en la Cámara de Diputados. Desde entonces se han presentado más propuestas pero ninguna ha sido avalada por el Legislativo.
 
De 2013 a 2016, en el Senado se han presentado al menos 7 iniciativas para modificar las Leyes Generales de Instituciones y Procedimientos Electorales; de Partidos Políticos; en Materia de Delitos Electorales; del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral  y la Ley General de Acceso.
 
La Comisión de Igualdad ya tiene un dictamen, pero sigue negociando con las diferentes fuerzas políticas y con instituciones electorales y jurisdiccionales para revisar si este fenómeno será sancionado como una conducta administrativo, penal o combinado.
 
A 10 años de que entró en vigor la Ley que establece políticas públicas para hacer frente a la violencia contra las mujeres, la Senadora reconoce que un pendiente es la violencia política. “Muchas callamos la violencia porque nos han enseñado: `Come sin hacer gestos´, y todas lo hacemos, todas las que andamos en política”.
 
Hasta enero de 2017, la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade), que depende de la Procuraduría General de la República (PGR), registró 25 casos de violencia política de género; sin embargo, no todos los casos son investigaciones penales porque no siempre constituyen delitos electorales sino administrativos o controversias partidistas.
 
La senadora Gastélum Bajo asegura que los partidos políticos son dictaduras completas que hay que cambiar.
 

Foro A 10 años de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia | CIMACFoto: César Martínez López.

 
Además agrega que, a 10 años de la Ley General de Acceso, las mujeres no celebran porque los resultados no son los que estaban esperando. “Si hemos avanzado y no lo podemos negar, es innegable que han pasado muchas cosas, nacieron instituciones, legislaciones y protocolos pero algo está pasando que el feminicidio lo seguimos teniendo”.
 
17/AGM/GGQ
 








NACIONAL
LABORAL
   Aún hay resistencias de autoridades, dice senadora Angélica de la Peña
Nuevo exhorto al gobierno federal para ratificar Convenio 189
CIMACFoto: César Martínez López
Por: la Redacción
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 24/11/2016

Durante una sesión de trabajo el pasado 22 de noviembre, integrantes del Senado aprobaron un  punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo Federal a ratificar el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre trabajadoras y trabajadores del hogar.  
 
En un comunicado, senadores de los distintos partidos políticos aplaudieron la petición, pues beneficiaría a los 2.2 millones de personas que se dedican al trabajo del hogar en México, casi en su totalidad mujeres, 55 por ciento son residentes de zonas no urbanizadas, según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).
 
La presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, Angélica de la Peña Gómez, dijo que “la decisión fue acertada”, ya que la aprobación del Convenio permitirá que la legislación mexicana reconozca los derechos laborales de las personas que trabajan en el hogar, ya que se les debe reconocer, respetar y valorar en el ámbito del derecho laboral, los derechos que hasta ahora les han sido negados.
 
Recordó que “la aprobación del Convenio ha enfrentado la resistencia de autoridades gubernamentales, particularmente del  Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), por el temor de ser superados en la demanda de servicios en cuanto puedan acudir al IMSS como derechohabientes”.
 
De la Peña Gómez mencionó que se deben realizar campañas de concientización para frenar la discriminación que enfrentan quienes realizan labores del hogar, que en su mayoría son mujeres jóvenes que no han tenido acceso a la educación.
 
Por su parte, la senadora independiente, Martha Tagle Martínez, refirió que el principal tema que se debe discutir es el de la seguridad social, para garantizarles los mismos derechos que tiene cualquier trabajador fuera del hogar, es decir, que tengan derecho a vacaciones, a una pensión y a servicios de salud. 
 
El senador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Raúl Morón Orozco subrayó “la aprobación del Convenio servirá para revertir el proceso de precarización laboral, que en los últimos años ha experimentado la clase trabajadora del país”.
 
“Y no sólo se deben incorporar las prestaciones a la normatividad vigente, sino que también se debe garantizar a estas y estos trabajadores, la firma de un contrato de trabajo, la libertad de asociación sindical y el derecho de negociación colectiva”, señaló el legislador.
 
El instrumento internacional entró en vigor a escala internacional el 5 de septiembre de 2013 y ha sido aprobado en 23 países del mundo, la mayoría en América Latina, una de las regiones con más trabajadoras del hogar.
 
El Convenio contempla condiciones de trabajo digno para las y los empleados del hogar entre las que se encuentran: seguridad social, un  salario justo, jornadas de trabajo reglamentadas, prestaciones y la no discriminación. 
 
En 2011, México aprobó el Convenio 189 de la OIT, pero no lo ha ratificado.
 
16/GMV/LGL








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