San Luis Potosi
VIOLENCIA
Petición recolecta más de 13 mil firmas de la sociedad civil
Piden a Fiscalía de SLP esclarecer la muerte de Karla Pontigo

Amnistía Internacional México y la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho (FJEDD) entregaron más de 13 mil firmas de la sociedad civil a la Secretaria General de Gobierno y a la Fiscalía General de San Luis Potosí para exigir que se esclarezca la muerte violenta de Karla Pontigo Lucciotto.
La versión oficial de la Fiscalía local señala que Karla Pontigo, estudiante de Nutrición de 22 años de edad y animadora de la discoteca “Play”, falleció accidentalmente en este lugar el 28 de octubre de 2012 a causa de una lesión en la pierna que se hizo por chocar contra una puerta de cristal.
Sin embargo las 40 heridas que presentaba el cuerpo de la joven no correspondía con esta versión, además en una autopsia que realizaron las autoridades registraron evidencias de una agresión sexual.
La petición sobre la verdad de los hechos está dirigida al gobernador de San Luis Potosí (SLP), Juan Manuel Carreras, y las firmas fueron recolectadas por ambas organizaciones que han acompañado el caso como parte de la campaña #JusticiaparaKarla, emprendida en mayo de este año en la Ciudad de México.
Fue la madre de Karla, Esperanza Lucciotto, quien entregó a las autoridades las exigencias de la sociedad civil el pasado 23 de noviembre y, de acuerdo con un comunicado de prensa, en la reunión se le recordó a los integrantes de la Fiscalía y la Secretaría la importancia de dar cumplimiento a la recomendación 55/2015 que hizo la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) al gobierno del estado por las deficiencias en la investigación de la muerte de Karla.
A raíz de una investigación deficiente, el 5 de septiembre de 2013 el Juez Segundo del Ramo Penal de San Luis Potosí dictó auto de formal prisión contra el dueño de la discoteca Play, Jorge Vasilakos Reyes, acusado por el delito de “homicidio culposo”, por no colocar un señalamiento de precaución en las puertas de cristal.
CNDH: “NO SE COMPROBÓ EL DELITO”
En diciembre de 2015 la CNDH señaló en la recomendación que la Fiscalía de SLP “omitió practicar todas las diligencias necesarias para el esclarecimiento de los hechos” y que “la descripción de las lesiones fue incompleta, inadecuada y deficiente, sin fundamentos que la avalen”.
La CNDH responsabilizó a los agentes del Ministerio Público (MP) de abstenerse “a practicar y ordenar la realización de todos los actos conducentes para la comprobación del cuerpo del delito”.
La familia ha denunciado que en la indagación se obviaron los testimonios que revelaron que Jorge Vasilakos acosaba en el trabajo a Karla, le prohibió que sus hermanos fueran a recogerla al terminar de laborar y la buscaba en el spa donde trabaja como masajista para pagarle su sueldo y aprovechar que lo atendiera.
El MP tampoco interrogó a testigos claves como los paramédicos que atendieron a Karla y los policías que acudieron a la discoteca.
Respecto a los peritos, la CNDH indicó que son los responsables de actuar con negligencia al “emitir dictámenes deficientes carentes de conocimiento científicos, impidiendo que se realizara una correcta integración de la indagatoria”.
Por esta razón el órgano de Derechos Humanos presentó una denuncia contra ocho funcionarios de la Fiscalía estatal por obstaculizar la investigación del caso de Karla Pontigo (4 agentes del MP, 3 peritos y un médico forense).
De las cinco recomendaciones que dictó la CNDH al gobierno de SLP, se pide la reparación del daño para la familia de Karla y capacitar al personal ministerial y peritos de la Fiscalía en materia de Derechos Humanos, cadena de custodia, preservación y conservación del lugar de los hechos, etc.
“QUE NO VUELVA A OCURRIR”
Como parte del apoyo y solidaridad a la familia de Karla estuvo presente el directo de Amnistía Internacional (AI) España, Esteban Beltrán, asimismo otras sedes de la organización como AI Venezuela, han hecho llamados a las autoridades para que esclarezcan la muerte violenta de la joven.
Para la familia de Karla Pontigo aún queda la posibilidad de que se vuelva investigar como feminicidio el caso, ya que en julio de 2014 solicitaron a la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atraer el caso.
El máximo tribunal lo aceptó en febrero de 2015 y se espera que el próximo año las y los ministros lo discutan, con ello podrían ordenar que se vuelva a realizar la investigación con perspectiva de género.
Por último, en la reunión, la madre de Karla exigió justicia para su hija “para que lo que le pasó a ella no le vuelva a ocurrir a nadie” dijo. De acuerdo con datos de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) de 2011 a junio de 2017 ocurrieron 169 asesinatos violentos de mujeres en SLP.
Por este contexto seis municipios de la entidad cuentan con la Alerta de Violencia de Género (AVG) desde junio de 2017.
17/HZM
VIOLENCIA
Se espera discusión para 2018
Defensa legal de Karla Pontigo, presenta Amicus Curiae a SCJN

La Fundación para la Justicia y Estado Democrático de Derecho (FJEDD), defensa legal de Karla Pontigo Lucciotto, presentó a las y los integrantes de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) un Amicus Curiae con el objetivo de aportar argumentos para que consideren que las autoridades ministeriales de San Luis Potosí (SLP) no investigaron con la debida diligencia y perspectiva de género la muerte violenta de la joven.
El 1 de julio de 2015 la Primera Sala del máximo tribunal de justicia mexicano atrajo el caso de Karla Pontigo (amparo en revisión 1284/2015), luego del viacrucis de instancias que recorrió la familia de la estudiante de Nutrición para demostrar que ella fue víctima de feminicidio por el dueño de la discoteca “Play”, Jorge Vasilakos Reyes, donde trabajaba como animadora, y que su muerte no fue un accidente por chocar con una puerta de cristal del recinto como concluyó el Ministerio Público (MP) de SLP.
El argumento jurídico del cual tiene copia Cimacnoticias fue entregado por la organización a la y los ministros el pasado 8 de noviembre, pues se contempla que el próximo año, en 2018, las y los miembros de la Primera Sala discutan el caso y podría ordenar a las autoridades de justicia de SLP que vuelvan a investigar el asesino de Karla Pontigo como un feminicidio.
El Amicus Curiae, “El cumplimiento de las obligaciones internacionales de México en materia de investigación de los feminicidios”, fue redactado por la abogada y consultora independiente de la Facultad de Derecho de la Universidad de Washington, Francoise Roth, quien expone que es obligación del Estado mexicano investigar con perspectiva de género las muertes violentas de mujeres, tal como lo sentenció en marzo de 2015 la SCJN por el feminicidio de Mariana Lima, la joven asesinada por su esposo en 2010 en el Estado de México.
Además porque así lo indican los estándares internacionales como el “Modelo de protocolo latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género” de Naciones Unidas, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra las Mujeres (CEDAW, por sus siglas en inglés) y la sentencia en contra el Estado mexicano que dictó en noviembre de 2009 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH), referente al feminicidio de tres jóvenes en Ciudad Juárez, Chihuahua, conocido como “Campo Algodonero”.
INVESTIGAR UN FEMINICIDIO
Sobre esta última sentencia, la experta recuerda que la Corte preciso que es obligación del Estado salvaguardar la vida de las mujeres y es su deber actuar con la debida diligencia y analizar con perspectiva de género al tener conocimiento de un posible acto criminal, pues se debe considerar que el asesinato de una mujer no es un caso particular sino que está dentro de “una situación estructural de violencia y desigualdad contra ellas”.
En conformidad con este estándar, en su sentencia sobre el caso de Mariana Lima la Suprema Corte resaltó los pasos técnicos que deben cumplir las autoridades durante una investigación de una muerte violenta de una mujer, las cuales precisa el documento:
En primer lugar, se debe tener una coordinación interinstitucional de las autoridades competentes para reunir las pruebas e indicios; en segundo, realizar una investigación exhaustiva que implica explorar todas las líneas de investigación y recaudar todas las evidencias necesarias con el fin de sostener con pruebas objetivas estas hipótesis.
También es crucial la preservación de la escena del crimen mediante el acordonamiento de la zona, con el fin de evitar cualquier contaminación de las evidencias allí presentes; y reportar y registrar de manera estricta las evidencias en escritos, fotografías, videos, etc.
La preservación y cadena de custodia de estas evidencias es asimismo primordial, incluida la realización de autopsias minuciosas que permita conocer todas las posibles lesiones de la víctima.
Sin embargo, en el caso de Karla Pontigo no se siguió ninguno de estos estándares, desde el día que falleció, el 28 de octubre de 2012, se cometieron una serie de irregularidades en la investigación desde la agencia de Ministerio Público (MP) de SLP hasta la Dirección de Servicios Periciales, que conllevaron a que el asesinato se considerara una muerte accidental.
El MP llegó casi 48 horas después a la discoteca, por lo cual no se pudo preservar la escena del crimen pues el dueño del lugar ya lo había limpiado. La versión oficial que dio el MP fue que Karla estaba por salir de su trabajo a las 3 de la mañana, por lo que subió al segundo piso a recoger su mochila pero el lugar estaba obscuro y chocó con una puerta de cristal que le causó una lesión en la pierna derecha, herida que causaría su muerte horas más tarde en el Hospital General de SLP.
La familia sospechó la verosimilitud de esta versión, pues el dictamen médico registró 40 lesiones en el cuerpo de Karla, en el rostro, cuello, labios, áreas abdominales y genitales, además se recogió una prueba de espermatozoides que alertaban de un ataque sexual, evidencia que “extravió” la Procuraduría de Justicia estatal.
Tampoco creyó el accidente porque había testimonios que declararon que Vasilakos Reyes acosaba sexualmente a las animadoras, y a Karla le prohibió que su hermano fuera a recogerla al salir de la discoteca y siempre la buscaba en el spa donde trabajaba como masajista para pagarle su sueldo y aprovechar que lo atendiera. Nada de esto se incluyó en la investigación.
Como resultado de una indagación que tenía como hipótesis un accidente, el 5 de septiembre de 2013 el Juez Segundo del Ramo Penal de San Luis Potosí, dictó auto de formar contra Jorge Vasilakos por el delito de “homicidio culposo” por no colocar un letrero que advirtiera de las puertas de cristal.
“No basta saber qué ha ocurrido para concluir el trabajo investigar, hay que conocer las motivaciones que han estado presentes, las circunstancias que han envuelto a los hechos más allá de lo evidente, los objetivos que se perseguían, etc. Sin perspectiva y un análisis de género resulta difícil determinar la especificidad del fenómeno del feminicidio y poderlo diferencias de un homicidio”, indica el texto.
Hoy, existe una denuncia penal de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) contra 4 agencia del MP, 3 peritos y un médico forense que tuvieron a su cargo y obstaculizaron la investigación del asesinato de Karla, y ninguno ha sido suspendido.
EL ACCESO A LA JUSTICIA
Del mismo modo la argumentación de Francoise Roth, integrante del Proyecto de Litigio de Alto Impacto del Centro de Derechos Humanos y Derecho Humanitario de la Universidad de Washington, explica que Ley General de Víctimas de México reconoce a los familiares o quienes tengan una relación inmediata con los afectados como víctimas indirectas del delito, por ello se les debe ser consideradas como partes activas del proceso penal.
En este sentido, por su participación, el Estado también debe proveerles medidas protección adecuada por las posibles amenazas y acciones de amedrentamiento derivadas de su búsqueda por justicia, indica el Amicus.
Pero la familia de Karla Pontigo nunca tuvo acceso a la averiguación previa y se les negó en reiteradas ocasiones aportar pruebas, y que sus abogados participaran en los interrogatorios de testigos y del inculpado. Por esta razón la Fundación para la Justicia presentó el caso ante la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) quien decidió en junio de 2017 atraerlo, con el fin de acompañar a la familia en la investigación y garantizarles la reparación integral del daño.
Con estos elementos la FJEDD y familia de Karla esperan que el máximo tribunal puede emitir una sentencia a su favor y esclarecer a cinco años del suceso el asesinato de Karla Pontigo.
Este es el segundo caso de feminicidio que llega a la Suprema Corte y está en manos del ministro Ortiz Mena, quien analizará dos temas fundamentales: la igualdad de los derechos de la víctima y el imputado y el estándar de la investigación con perspectiva de género.
Al Amicus se suscribieron organizaciones civiles como el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio, Equis Justicia para las Mujeres, Centro de Derechos Humanos de las Mujeres, el Centro por la Justicia y Derechos Internacional, entre otras.
17/HZM
VIOLENCIA
A 5 años de su feminicidio familiares esperan fallo favorable
En manos de la SCJN acceso a la justicia para Karla Pontigo

A cinco años de la muerte de Karla Pontigo Lucciotto en la discoteca “Play” donde trabajaba en San Luis Potosí, el acceso a la justicia para ella y su familia depende del fallo que den las y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), quienes en noviembre podrían dar un revés al caso y dictar que se investigue como feminicidio en vez de “homicidio culposo”, como ha sucedido hasta ahora.
Durante estos cinco años la familia Karla ha luchado por comprobar que en la madrugada del 28 de octubre de 2012, la estudiante de Nutrición de 22 años de edad, no murió a causa de una lesión en su pierna por “chocar con una puerta de cristal” de la discoteca, sino que fue asesinada por su empleador y dueño del lugar, Jorge Vasilakos Reyes.
El viacrucis de instancias que ha recorrido la madre de Karla, María Esperanza Lucciotto López, para demostrar que su hija fue víctima de feminicidio, la llevó a presentar el caso, en compañía de su defensa legal, la Fundación para la Justicia y Estado Democrático de Derechos (FJEDD) ante el máximo tribunal de justicias mexicano el 2 de julio de 2014.
En él, argumentan que al indagar el caso, la Procuraduría General de Justicia local (PGJSLP) omitió los antecedentes de violencia hacia Karla por parte de su empleador; las diversas lesiones que presentaba su cuerpo incluido el “corte perfecto” en su pierna, y los signos de violencia sexual.
El caso fue atraído por la Primera Sala de la SCJN el 1 de julio de 2015 (amparo en revisión 188/2014) por las violaciones en dos temas fundamentales: uno relacionado con la igualdad de los derechos de las víctimas y el imputado desde la etapa de la investigación penal, y el otro, por el estándar de la investigación con perspectiva de género.
NO FUE UN ACCIDENTE, FUE FEMINICIDIO
La versión oficial del Ministerio Público (MP) adscrito en SLP describe que al terminar de trabajar a las 3 de la madrugada, Karla subió por su mochila y que “al encontrase oscuro el lugar chocó con una puerta de cristal” que ocasionó su muerte por la herida que le hizo un vidrio en su pierna derecha.
Por esta razón, en septiembre de 2013 el Juez Segundo del Ramo Penal de SLP, acusó al dueño del bar, Jorge Vasilakos por “homicidio culposo”, por la negligencia de no colocar un letrero que advirtiera de las puertas de cristal.
Pero las evidencias y peritajes apuntaron que Karla no se “accidentó”. La necropsia realizada por la Procuraduría comprobó 40 lesiones graves en el rostro, en uno de sus ojos, en su labio, genitales, cráneo, y muestras que intentó defenderse. Asimismo no se encontró en su pierna ningún vidrio, por el contrario, la lesión era tan profunda que pudo ser hecha con un arma, precisaron los médicos del Hospital General en donde fue atendida y después falleció.
Las autoridades de la PGJSLP también “extraviaron” la muestra de espermatozoides que se encontraron en el cuerpo de Karla, y daban cuenta de un posible ataque sexual.
Otras de las irregularidades, es que el MP se presentó a la discoteca “Play” 38 horas después del suceso, no custodió el área, ni se reguardó la ropa y pertenencias de la víctima. Al integrar la investigación descartó los testimonios de su familia y compañeros laborales quienes dijeron que en reiteradas ocasiones Jorge Vasilakos hostigó a Karla sexualmente, y la buscaba en su otro trabajo como masajista, para “pagarle su sueldo y aprovechar que lo atendiera”.
Debido a las negligencias en la investigación, un año después del suceso, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 55/2015 al gobierno de SLP y presentó una denuncia contra ocho funcionarios de la Procuraduría por obstaculizar la investigación. A cinco años del hecho, ningún servidor público ha sido suspendido.
Ante este contexto la Primera Sala integrada por la ministra Norma Lucía Piña Hernández y los ministros José Ramón Cossío Díaz, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, analizarán este mes si la Procuraduría de SLP consideró todas estas evidencias para descartar que fue un homicidio culposo y se trató de un feminicidio.
En múltiples ocasiones a la familia de Karla también se le negó su derecho de tener acceso a la averiguación previa, conocer las pruebas y peritajes con las que se contaba, incluso aportar evidencias y participar en el proceso. Por ello las y los ministros acordaron discutir los derechos de las víctimas durante la investigación penal.
JUSTICIA PARA KARLA EN MANOS DE LA SCJN
Este es el segundo caso de feminicidio que atrae la SCJN. El primero fue el feminicidio de Mariana Lima, la joven asesinada por su esposo en 2010 en el Estado de México. En un fallo histórico, la Suprema Corte determinó en 2015 que el caso se reabriera y volviera a investigar con perspectiva de género, además, que todo asesinato violento de una mujer tenía que investigarse como feminicidio.
Este estándar de la Primera Sala implicó un avance en el acceso a la justicia para las víctimas de feminicidio y sus familias en el país.
Nuevamente, como sucedió en el caso de Mariana Lima, el proyecto sobre el caso de Karla está en manos del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz, por lo que para la familia de la joven significaría que su asesinato no quede impune a cinco años de que fue cometido, pues obligaría a las autoridades de la Procuraduría a volver a realizar la investigación y reclasificarlo como feminicidio.
Del mismo modo les permitiría a los y las ministros discutir si las autoridades están cumpliendo con las diligencias y protocolos de actuación en los crímenes cometidos contra mujeres como lo dictaron.
17/HZM/LGL
VIOLENCIA
PGJSLP abandonó la diligencia dos años
Forenses independientes buscan a Rosa, víctima de exmilitar en SLP

Un equipo de forenses independientes intervino terrenos de Cañaveral de Puntilla en Tamuín, San Luis Potosí, el 22 y 23 de junio, para localizar los restos óseos de Rosa María Sánchez González, de 15 años de edad, asesinada en 2010 por el ex militar Filiberto Hernández Martínez, autor de otros cuatro crímenes.
No tuvieron éxito, ya que posiblemente las pruebas se perdieran debido a que la autoridad tardó dos años para concretar la diligencia.
En febrero pasado se confirmó la identidad de Rosa María Sánchez a partir de un análisis de siete huesos localizados tres años atrás, cuando Filiberto Hernández fue detenido por portar un arma de uso exclusivo del Ejército y confesó haber asesinado a cuatro menores de edad y una mujer de 32 años entre 2010 y 2014, y arrojado los cuerpos en Cañaveral de Puntilla.
Saber que los restos eran de la menor de edad permitió que el ex militar fuera procesado por asesinarla, pero aún se necesitan recabar más pruebas para integrarlas a la carpeta de investigación y se pueda comprobar el crimen. Para eso se realizó la búsqueda los días 22 y 23 de junio, explicó en entrevista con Cimacnoticias, el abogado coadyuvante del caso, David Peña Rodríguez.
DILATACIÓN DE LA PROCURADURÍA LOCAL
En 2014, cuando el feminicida fue detenido, los forenses de la Procuraduría General de Justicia de San Luis Potosí (PGJSLP) no concluyeron la búsqueda de los restos óseos de Rosa María al argumentar que las condiciones del terreno no eran las óptimas.
Dos años después la búsqueda se reanudó ante la exigencia del Grupo de Acción por los Derechos Humanos y Justicia Social AC (Gadh), organización que acompaña legalmente los cinco casos.
En ese momento, la organización denunció que los especialistas de la Procuraduría local fingieron la búsqueda; no llevaban las herramientas necesarias, y no delimitaron ni resguardaron el lugar de los hechos, por lo que propusieron a un equipo de forenses independientes del estado de Michoacán para concretar las diligencias que omitió las autoridades del estado.
En este rastreó también participó personal de la Procuraduría local, autoridades municipales, el Grupo de Acción y familiares de la víctima.
PÉRDIDA DE EVIDENCIAS
Los resultados de este rastreo también eran claves para sustentar el asesinato de la niña de 13 años de edad, Adriana Martínez Campuzano, ya que el Poder Judicial local y la PGJSLP informó en mayo a la defensoría que perdió las evidencias de la investigación, por lo que caso corre el riesgo de quedar impune.
“Eso nos preocupa porque esos dos casos están en investigación, es decir, si se tienen buenos dictámenes periciales se puede avanzar”, señaló David Peña, integrante del Gadh.
El abogado expresó que para recuperar los restos de Rosa María o alguna evidencia, se enfrentan a condiciones adversas por el estado del terreno que se utiliza para siembra. La familia de la menor de edad decidió no desistir y se programará otra búsqueda en la que participen forenses de la Procuraduría, colectivos de búsqueda de personas, pero ya sin el equipo independiente.
“No lo podemos descartar es parte importante para la tranquilidad de la propia familia”, dijo David Peña.
PREPARAN QUEJA ANTE COMISION DH
El abogado adelantó que están preparando una queja ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) por la pérdida del material probatorio en el caso de Adriana, “Hicimos un recuento de las pruebas que el Ministerio Público entregó al juez, ahí se perdieron los elementos de prueba”, expresó.
Este organismo presentó este año un informe especial donde determinó que la Procuraduría investigó mal los cinco casos. Y ordenó al Gobierno estatal a crear una fiscalía especializada en feminicidio y desapariciones de niñas y mujeres, así como un protocolo policial especializado para atender los casos.
Estas acciones las reafirmó la Secretaría de Gobernación el 21 de junio con el decretó de la Alerta de Violencia de Género para los municipios de Ciudad Valles, Matehuala, San Luis Potosí, Soledad de Graciano Sánchez, Tamazunchale y Tamuín.
Asimismo, la defensa presentará un amparo para fijar la responsabilidad de los servidores públicos encargados de resguardar los objetos de prueba.
En tanto, el ex militar está en espera de sentencia en un penal de máxima seguridad en Durango, únicamente por tres asesinatos: el de Itzel Romaní Castillo de 11 años, Dulce Ximena Reyes de 9 años y Eliehoenai Chávez Rivera de 32 años.
17/HZM/GG
VIOLENCIA
Con años de retraso, Segob declara tres alertas en 48 horas
Decretan AVG en 6 municipios de SLP, solicitada en 2015

Los municipios de Ciudad Valles, Matehuala, San Luis Potosí, Soledad de Graciano Sánchez, Tamazunchale y Tamuín, en San Luis Potosí, están desde ayer bajo el decreto de Alerta de Violencia de Género (AVG), solicitada desde 2015 por la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Con este decreto, suman tres las AVG declaradas por la Secretaría de Gobernación (Segob) en sólo 48 horas, el 20 y 21 de junio, aunque fueron solicitadas en años diferentes.
En Colima fue solicitada AVG en 2014 y el decreto se hizo apenas el martes pasado; en Guerrero se pidió en junio de 2016 y se decretó ayer por el Gobernador, lo que fue confirmado hoy por Segob, y en San Luis Potosí la petición fue en 2015 y se decretó también ayer.
En San Luis Potosí, la AVG derivó de la solicitud presentada por la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), el 23 de noviembre la 2015, ante el Sistema Ejecutivo para decretar la Alerta en estos seis municipios.
El organismo defensor de los DH presentó también el “Informe especial sobre la situación del respeto de los Derechos Humanos de las mujeres, en el caso de feminicidio en San Luis Potosí”, donde detalló que de 2011 a esa fecha registró 169 asesinatos violentos de mujeres.
POR QUÉ LA ALERTA EN SLP
La Comisión de Derechos Humanos de San Luis Potosí ha denunciado las irregularidades en las que trabaja la Procuraduría General de Justicia de San Luís Potosí (PGJSLP) en la investigación de casos de feminicidio, como sucedió con el de cuatro menores de edad y una mujer adulta de 32 años, asesinadas entre 2010 y 2014 en Tamuín, por el ex militar Filiberto Hernández Martínez.
Para este caso, seguido por Cimacnoticias, la CEDH emitió en mayo de 2017 una recomendación especial a la Procuraduría estatal por investigar mal los cincos casos de feminicidio, pues no realizó los peritajes forenses a las víctimas y no recolectó de manera correcta las evidencias.
Como consecuencia, la Procuraduría y el Poder Judicial locales perdieron la evidencia de una de las víctimas de 13 años de edad, Adriana Martínez Campuzano, y sólo recolectó siete huesos de la niña de 15 años, Rosa María Sánchez, enterradas en un lote baldío en Ciudad Valles. Se trataba de pruebas fundamentales para vincular a proceso al agresor que actualmente está en una prisión de máxima seguridad en Durango, pero aún sin sentencia.
Otro caso de feminicidio emblemático en la entidad es el de Karla Pontigo Lucciotto, quien fue asesinada en junio de 2015 en la discoteca donde trabajaba, pero su caso juzgado como “homicidio accidental”.
La defensa del caso argumentó 42 omisiones de distintas dependencias de la PGJSLP en la investigación, por lo que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajo el caso y actualmente lo analiza para determinar si se debe investigar como feminicidio.
OBLIGACIONES DEL ESTADO BAJO AVG
Tras la presentación de la solicitud de AVG para San Luis Potosí, el Grupo de Trabajo hizo ocho recomendaciones al Gobierno estatal para el caso de Tamuín: ordenó al gobierno de Juan Manuel Carreras López crear una fiscalía especializada en feminicidio y desapariciones de niñas y mujeres, así como un protocolo policial especializado para atender los casos.
Tanto la fiscalía como el protocolo debieron crearse a partir de abril de 2016, como debieron cumplirse también las restantes recomendaciones, que incluyen:
1) Instaurar medidas para garantizar el acceso efectivo a la justica. 2) La reparación integral del daño a las víctimas y sus familiares.
3) La creación de un grupo especializado en análisis de contextos de violencia.
4) Armonizar su normativa en materia de género.
5) Capacitar y profesionalizar al personal público en perspectiva de género y Derechos Humanos.
6) Realizar campañas de prevención de violencia de género para la población en general.
A partir de la AVG, el gobierno de San Luis Potosí ya fue informado, asegura Segob en un comunicado- de que está obligado a establecer una estrategia de prevención, vigilancia y seguridad pública para garantizar una vida libre de violencia a las mujeres.
17/HZM/GG
VIOLENCIA
Caso Tamuín: irregularidades en favor de ex militar
Autoridad perdió evidencias y feminicida de niña podría quedar impune

El feminicidio de la niña de 13 años Adriana Martínez Campuzano podría quedar en la impunidad, y su asesino, el ex militar Filiberto Hernández Martínez absuelto por el caso, luego de que el Poder Judicial de San Luis Potosí, perdió la evidencia que estaba bajo su resguardo, fundamental para vincular y procesar al agresor.
“Es preocupante en términos de acceso a la justicia y preocupa porque es responsabilidad del Poder Judicial de San Luis Potosí salvaguardar la evidencia”, informó en entrevista con Cimacnoticias la abogada del Grupo de Acción por los Derechos Humanos y Justicia Social (Gadh), Karla Micheel Salas Ramírez, quien detalló que de todos los elementos que existían para vincular al feminicida, sólo quedó una colchoneta a la cual no se le pudo hacer el peritaje porque no fue resguardada adecuadamente por la autoridades, lo que dejó al caso sin ninguna evidencia.
Adriana Martínez Campuzano es una de las 4 menores de edad, además de una mujer de 32 años, asesinadas por Filiberto Hernández, entre 2010 y 2014 en el municipio de Tamuín, San Luis Potosí. Su madre, Sandra Campuzano la reportó como desaparecida el 24 de mayo de 2011, después de que no regresó de la escuela.
Adriana fue acosada en repetidas ocasiones por el ex militar, ya que ella recolectaba dinero para la festividad del Día del Estudiante. Filiberto Hernández impartía clases de zumba y coordinaba actividades de catequesis en el templo del municipio. Su madre se enteró de acoso a través de sus amigas y empezó a notar que su hija comenzaba a aislarse de las personas y bajó de calificaciones en la escuela.
Un mes más tarde, el cuerpo de la niña fue encontrado en Cañaveral de Puntilla, pero fue hasta el 2014 cuando Filiberto Hernández fue detenido, por portar un arma exclusiva del Ejército, y confesó el asesinato de las 5 víctimas. Declaró que golpeó, violó y asesinó a Adriana. Aun así, el feminicida fue absuelto de la acusación tras alegar tortura en su detención y, por su parte, el juez de la Quinta Sala Penal determinó que no existían “pruebas suficientes” para continuar con el proceso del feminicidio de Adriana Campuzano.
DENUNCIARÁN ANTE CONSEJO DE JUDICATURA
Ante la omisión y negligencia de las autoridades en 2016 la familia de la víctima interpuso un amparo para que Filiberto Hernández fuera nuevamente consignado por el caso. En enero de 2017, la familia ganó el recurso, sin embargo, ahora sin pruebas , es imposible que se puede terminar la culpabilidad del feminicida, por lo que la defensoría, dijo Micheel Salas, se prepara para presentar una denuncia ante el Consejo de la Judicatura local, en contra las autoridades responsables del Poder Judicial.
Cómplices de esta negligencia, denunció la representante de los 5 casos de feminicidio, fue la Procuraduría General de Justicia (PGJ) de San Luis Potosí. “Desde el mes de marzo insistimos en que la Procuraduría General resguardara la pruebas para realizar el peritaje, en este sentido también ellos fueron omisos en realizar su trabajo, no vemos que tengan la voluntad de hacer las cosas”, indicó.
Por lo tanto, Filiberto Hernández, quien está en prisión preventiva en Durango, podría ser sentenciado únicamente por tres de los asesinatos que cometió, ante el resultado negativo por tortura que arrojó el Protocolo Estambul, aplicado al feminicida en diciembre de 2016; los asesinatos de Itzel Romaní Castillo de 11 años de edad, Dulce Ximena Reyes de 9 años y Eliehoenai Chávez Rivera de 32 años de edad.
“Esto podría terminar en que el sujeto salga libre por el caso de Adriana, cómo piensa la Procuraduría que puede ser procesado sin pruebas, a eso estamos llegando a sentencias a familias”, reiteró la abogada.
Y recordó que está pendiente otro caso, el de Rosa María Sánchez de 15 años de edad, a quien en febrero de 2017 se logró confirmar su identidad a partir del análisis forense de siete huesos localizados en 2014 en Cañaveral de Puntilla donde el feminicida enterró a sus víctimas, pero falta la recolección del resto del cuerpo y el dictamen pericial necesario.
PÉRDIDA DE EVIDENCIAS, LA CONSTANTE
Desde la experiencia de la abogada, quien también litigó el caso de “Campo Algodonero”, la pérdida de evidencia por parte de las procuradurías y ministerios públicos es una constante en los casos de feminicidio que impide el acceso a la justicia, “no les importa cuidar las evidencias, no sabemos por qué se niegan en proteger la vida de las mujeres y proteger a los feminicidas”, aseveró.
Las irregularidades en el caso también han sido denunciadas por la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), que en un informe especial sobre el caso de Tamuín determinó que la Procuraduría local investigó mal los cinco casos de feminicidio: no recolectó de manera adecuada las pruebas ni realizó de forma correcta el peritaje forense a las víctimas.
La Comisión también ordenó la creación de una fiscalía especializada en feminicidio y desapariciones de niñas y mujeres, así como un protocolo policial especializado para atender los casos. Esta instancia además ha insistido en activar el mecanismo de la Alerta de Violencia de Género (AVG) en San Luís Potosí, solicitud que está pendiente desde noviembre de 2015, para los municipios de la capital, Soledad de Graciano Sánchez, Ciudad Valles, Tamuín, Tamazunchale y Matehuala.
17/HZM/GG
VIOLENCIA
No fue torturado y responderá por dos casos más
Ex militar de SLP será sentenciado por 3 casos de feminicidio

El dictamen pericial en materia de tortura, llamado Protocolo de Estambul, aplicado al ex militar y feminicida Filiberto Hernández Martínez, determinó que no fue torturado durante su detención, por lo que podrá ser sentenciado por los casos de feminicidio de cuatro niñas y una mujer adulta que cometió entre 2010 y 2014 en el municipio de Tamuín, San Luis Potosí.
Después de permanecer 3 años en prisión preventiva en Durango y tras una larga lucha por parte de las familias para exigir que se le aplicara el Protocolo Estambul, Hernández Martínez recibirá sentencia por los asesinatos de Itzel Romaní Castillo de 11 años de edad, Dulce Ximena Reyes de 9 años y Eliehoenai Chávez Rivera de 32 años de edad.
Y continúan en proceso los casos de Rosa María Sánchez González, de 15 años de edad, y de Adriana Martínez Campuzano quien tenía 13 años de edad, informó la abogada del Grupo de Acción por los Derechos Humanos y la Justicia Social A.C (Gadh), Karla Micheel Salas Ramírez, en entrevista a Cimacnoticias.
El Protocolo Estambul es un instrumento internacional por el cual, mediante entrevistas clínicas y exámenes psicológicos, se determina si una persona fue víctima de tortura y otros tratos o penas crueles. En el caso del Filiberto Hernández, el documento indica que no existen elementos que corroboren su versión.
La abogada especialista en feminicidio Micheel Salas Ramírez apuntó que el resultado de este procedimiento psicológico es clave para la garantía de justicia en este caso, pues en la detención de Filiberto Hernández, en julio de 2014 -por portar una arma de uso exclusivo del ejército, y después confesar los asesinatos- alegó ser víctima de tortura por parte de los policías.
Este hecho, comentó Salas Ramírez, impedía a las autoridades dictar sentencia y daba la posibilidad de que fuera puesto en libertad, “ahora lo que esperamos es que el Poder Judicial otorgue una sentencia condenatoria”, señaló la abogada.
Cabe recordar que el primero de agosto de 2014, el juez Primero de lo Familiar, del Sexto Distrito Judicial de Ciudad Valles, Juan Ignacio Ortega Morales, dictó auto de formal prisión a Filiberto Hernández por el caso de Dulce Reyes, pero ese mismo día su defensa apeló la sentencia, porque alegó tortura en el proceso de detención.
El 12 de febrero de 2015 el juez Juan Ignacio Ortega resolvió a favor el amparo para que se demostrara tales actos, pero fue hasta el 13 de mayo de 2016 que emitió el exhorto, con número 84/2016/1, para que se le realizará el protocolo al exmilitar.
Los resultados fueron emitidos el 12 de diciembre de 2016 por parte de la Fiscalía General del Estado de Durango, estado en donde está encarcelado el asesino, y estos se dieron a conocer el pasado 8 de abril a los familiares y abogadas que llevan el caso.
CONTINÚA INVESTIGACIÓN
A partir de la constante exigencia del Gadh y las familias que perdieron a las niñas y la mujer del municipio de Tamuín, se ha evidenciado la falta de una investigación adecuada por parte de la Procuraduría General de Justicia (PGJ) del estado de San Luis Potosí.
La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) se unió al llamado a través de un informe especial que hizo sobre el caso, donde determinó que la Procuraduría local investigó mal los cinco casos de feminicidio: no recolectó de manera adecuada las pruebas ni realizó de forma correcta el peritaje forense a las víctimas.
Con ello responsabilizó a los agentes del Ministerio Público (MP) municipal involucrados, a la Procuraduría estatal y a Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) por las irregularidades latentes en el caso. La Comisión además ordenó la creación de una fiscalía especializada en feminicidio y desapariciones de niñas y mujeres, así como un protocolo policial especializado para atender los casos.
La abogada recordó que la investigación del caso de Adriana Martínez Campuzano, violada y asesinada por el feminicida en 2011, permanece, pues sus familiares ganaron en enero de 2017 un amparo para investigar de nuevo el caso, después de que el juzgado exoneró a Filiberto Hernández del asesinato “por falta de pruebas”.
En tanto el de Rosa María Sánchez continúa, pues recién en febrero de 2017 se logró confirmar su identidad a partir del análisis forense de siete huesos localizados en 2014 en Cañaveral de Puntilla, San Luis Potosí, donde el asesino enterró los cuerpos.
17/HZM/GG
VIOLENCIA
Buscarán juicio por feminicidio
Confirman identidad de Rosa María, asesinada por ex militar en SLP

A partir del análisis de siete huesos localizados en 2014 en Cañaveral de Puntilla, San Luis Potosí, se logró confirmar la identidad de Rosa María Sánchez González, una niña de 15 años de edad asesinada en 2010 por el ex militar Filiberto Hernández Martínez, actualmente preso, pero sin sentencia por este homicidio, ni por otros cuatro que cometió.
La identificación permitirá que el ex militar sea juzgado por matar a Rosa María, ya que solo está siendo procesado por los asesinatos de Itzel Romaní Castillo, Dulce Ximena Reyes y Eliehoenai Chávez Rivera, y se encuentra recluido desde 2014 en un penal de máxima seguridad en Gómez Palacio, Durango, señaló en entrevista con Cimacnoticias la abogada Karla Micheel Salas Ramírez, del Grupo de Acción por los Derechos Humanos y Justicia Social (Gadh).
Rosa María Sánchez fue reportada como desaparecida el 29 de octubre de 2010 en Tamuín, San Luis Potosí, y sus restos encontrados hasta julio de 2014 en Cañaveral de Puntilla, luego de que Filiberto Hernández fue detenido por portar un arma de uso exclusivo del ejército y confesó haber asesinado a cuatro menores de edad y una mujer de 32 años, a quienes dijo haber enterrado.
FEMINICIDIO
El feminicidio de Rosa María Sánchez se está investigando como un “homicidio agravado”, por lo que la abogada explicó que interpusieron un amparo ante el juzgado de Ciudad Valles, San Luís Potosí, que maneja los casos, para que se incorpore la perspectiva de género en el proceso de investigación.
Este recurso permite que “el juez pueda abrir una etapa especial donde se permita presentar todas esas pruebas con perspectiva de género” ya que “se tienen que corregir las deficiencias que contiene la investigación hecha por el Ministerio Público”, reportó la abogada.
Forenses independientes del estado de Michoacán, propuestos por Gadh, se encargarán de continuar con la búsqueda, en las próximas semanas, de los restos de Rosa María.
Por lo pronto, dice la abogada, los resultados entregados por la Procuraduría General de Justicia (PGJ) de San Luis Potosí, “permiten a la familia cerrar un ciclo”.
SIN SENTENCIA
El agresor aún no cuenta con sentencia por ninguno de los casos, debido a que falta el dictamen pericial en materia de tortura bajo el “Protocolo de Estambul”, ya que denunció ser víctima de tortura por parte de los policías, durante su detención.
Ante la situación, la abogada Salas agregó que presentaron una serie de propuestas ante la PGJ para acelerar el proceso, y en esta se “comprometieron a colaborar con la representación de las víctimas”.
“Queremos lograr una sentencia condenatoria en contra del sujeto, no ejemplar en el número de años, si no en términos de la calidad de la sentencia, donde efectivamente se haga justicia a las víctimas”, concluyó Karla Micheel Salas.
En tanto, el caso de Adriana Martínez Campuzano, violada y asesinada por el feminicida en 2011, continúa en investigación, ya que sus familiares ganaron en enero de 2017 un amparo para investigar de nuevo el caso, después de que el juzgado lo exoneró del asesinato, “por falta de pruebas”.
17/HZM/GG
VIOLENCIA
Tras el fallo, Procuraduría estatal volverá a investigar el delito
Familia gana amparo en caso de víctima de feminicidio en SLP

Los familiares de Adriana Martínez Campuzano, niña de 13 años de edad, asesinada y violada en mayo de 2011 por el exmilitar Filiberto Hernández Martínez, ganaron el amparo interpuesto por sus abogados, para volver a investigar el delito, luego de que el feminicida fuera absuelto de la acusación por “falta de pruebas”.
Así lo explicó en entrevista telefónica, la abogada del Grupo de Acción por los Derechos Humanos y Justicia Social (Gadh), Karla Micheel Salas Ramírez, quien agregó que los familiares fueron informados del fallo por la Procuraduría General de Justicia (PGJ) de San Luis Potosí.
Adriana Martínez Campuzano, es una de las 4 menores de edad y una mujer de 32 años, asesinadas por Filiberto Hernández Martínez entre 2010 y 2014 en el municipio de Tamuín, San Luis Potosí. El 24 de mayo de 2011 su madre, Sandra Campuzano, la reportó como desaparecida, después de que no regresó de la escuela. Su cuerpo fue encontrado un mes después en el Cañaveral de Puntilla, un lugar que se encuentra entre Tamuín y Ciudad Valles, San Luis Potosí.
Filiberto Hernández Martínez fue detenido en octubre de 2014, por portar una arma de uso exclusivo del ejército, durante la detención, él confesó haber asesinado a las 5 víctimas, también señaló que enterró a las mujeres en el mismo lugar que Adriana.
Sin embargo, en el caso de Adriana, el juzgado lo exoneró del asesinato, después de que su defensa alegara que no existían pruebas de que él cometió el delito y que había sido torturado durante su declaración.
Desde 2014 el agresor permanece en una prisión de máxima seguridad en Gómez Palacio, Durango, únicamente bajo los cargos de tres asesinatos: los de Itzel Romaní Castillo, Dulce Ximena Reyes y Eliehoenai Chávez Rivera, toda vez que el caso de Rosa María Sánchez González, se encuentra pendiente de identificación.
Al ser absuelto del feminicidio de Adriana Martínez Campuzano, los familiares de la víctima interpusieron un amparo en 2016 para volver a abrir el caso. Al otorgar el amparo a la familia, explicó Salas Rodríguez, la Procuraduría estatal otorgó un plazo de 6 meses para consignar el caso.
Esto “significa un avance importante porque de acuerdo con la legislación de San Luis Potosí, no existía la posibilidad de volver a presentar el caso ante un juez”, explicó la abogada.
Salas Rodríguez informó también que en las próximas semanas, se volverá a realizar la búsqueda y análisis de los restos óseos de la primera víctima del asesino serial, Rosa María Sánchez González de 15 años de edad, reportada como desaparecida el 29 de octubre de 2010.
Los restos óseos de Rosa María Sánchez fueron encontrados el 3 de julio del 2014, tras la confesión del feminicida, pero en ese momento sólo encontraron 7 huesos y no se continuó con la búsqueda.
Después de que el Gadh y los familiares de la víctima denunciaron irregularidades en la investigación y solicitaran una segunda búsqueda, serán forenses independientes del estado de Michoacán y propuestos por la organización, los que se encarguen de continuar con la búsqueda de los restos de la víctima y del análisis de ellos, comentó.
Asimismo, la abogada reportó que las autoridades de la PGJ hicieron una inspección durante la última semana de diciembre de 2016 en la camioneta donde el feminicida trasladaba a las víctimas y encontraron una alfombra con sangre y cabellos pertenecientes a las niñas, mismas que se encuentran en análisis.
La abogada, quien representa a las familias de las 5 víctimas de feminicidio, lamentó que hasta ahora se tuviera respuesta por parte de las autoridades cuando el caso surgió desde 2014.
Destacó que estos avances se presentaron gracias a la presión y trabajo de los familiares: “lamentablemente las familias y los medios de comunicación han tenido que estar presentes para hacer visible este caso y que las autoridades de San Luis Potosí pongan especial atención en él”.
Actualmente, el Gadh espera el dictamen pericial en materia de tortura del “Protocolo de Estambul” porque el agresor denunció que fue torturado por parte de policías cuando fue detenido, “sin ese dictamen no se puede continuar con el juicio”, concluyó la abogada.
17/HZM/KVR
VIOLENCIA
Llaman a comunidad a realizar búsqueda
Simulan búsqueda de restos óseos de víctimas de feminicidio en SLP

El Grupo de Acción por los Derechos Humanos y la Justicia Social así como la Clínica de Interés Público contra la Trata de Personas denuncian a través de un comunicado al procurador de San Luis Potosí Federico Garza Herrera, por realizar simulación de búsqueda de restos óseos de la niña Rosa María Sánchez González.
A través de un comunicado emitido el 15 de diciembre del año en curso el Grupo de Acción por los Derechos Humanos AC (Gadh) y la Clínica de Interés Público contra la Trata de Personas (Itam) denunciaron al procurador de San Luis Potosí Federico Garza Herrera, porque después de haber efectuado diversas reuniones con las agrupaciones en las que se comprometió a dar seguimiento a los 5 casos de las víctimas del feminicida Filiberto Hernández Martínez, sólo ha hecho simulación.
El Gadh es la organización civil que representa de manera legal a las madres de las 5 víctimas de Filiberto Hernández Martínez, quien violó y mató a cuatro niñas y a una adulta, todas fueron habitantes del municipio de Tamuin de San Luis Potosí, por ello la organización había solicitado al procurador una segunda búsqueda de restos óseos con personal capacitado, para continuar con la investigación de la niña Rosa María Sánchez González, la primera víctima de Filiberto Hernández Martínez.
La solicitud del Gadh fue hecha para aportar más elementos a la carpeta de investigación 071/2010 que lleva la Procuraduría General de Justicia (PGJ) del estado de San Luis Potosí, por la desaparición de la niña Rosa María Sánchez González, de 15 años de edad, quien fue reportada como desaparecida por sus familiares el 29 de octubre del 2010.
Los restos óseos de Rosa María Sánchez González fueron encontrados el 3 de julio del 2014, tras la confesión del feminicida Filiberto Hernández Martínez, pero en ese momento sólo encontraron 7 huesos y no continuaron la búsqueda de sus restos porque “había mucho lodo” en el terreno.
En el comunicado denuncian que en esta semana la PGJ de San Luis Potosí decidió realizar una “inspección” en el Cañaveral de Cutilla en donde el feminicida tiró los cuerpos de sus víctimas, pero el personal no llevaba las herramientas necesarias para realizar la búsqueda de pruebas periciales como lo son las osamentas, además no delimitaron ni resguardaron el lugar en donde encontraron más restos.
Ambas organizaciones civiles (Gadh e Itam) llamarán a la comunidad de Tamuín San Luis Potosí para realizar una búsqueda de los restos de la niña Rosa María Sánchez González.
En octubre del 2014 cuando fue detenido por portar armas, Filiberto Hernández Martínez declaró que mató a la niña Rosa María Sánchez González, después asesinó a las niñas Adriana Martínez Campuzano, Itzel Romany Castillo Torres y Dulce Ximena Reyes Rodríguez, su última víctima fue Eliehoenai Chávez Rivera de 32 años de edad.
El feminicida mató a las 4 menores y a la mujer durante un período de 4 años, entre el 2010 al 2014, en su declaración dio detalles del cómo las mató y mencionó el lugar donde tiró sus cuerpos, un lugar conocido como el “Cañaveral de Cutilla” que se encuentra entre Tamuín y Ciudad Valles.
En el caso de Adriana Martínez Campuzano, de 13 años de edad, el Juzgado lo exoneró del delito, después de que su defensa alegó que había sido torturado durante su declaración y por “falta de pruebas” de que él haya cometido el delito.
Para que no se repitiera la misma sentencia en los casos de las otras víctimas, porque con ella se favoreció al agresor y dejó impune el feminicidio de Adriana Martínez Campuzano, el Gadh solicitó que se aplique el “Protocolo de Estambul” y se realicen las pruebas psicológicas correspondientes al agresor.
Otra de las solicitudes que hizo el Gadh al representar legalmente los 5 casos, fue la investigación con perspectiva de género de todos los casos, porque la manera en la que fueron asesinadas reunen las características para que se clasifique el delito de feminicidio.
16/GVV
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