Ley General para Prevenir

NACIONAL
VIOLENCIA
   Publicada en el DOF, entra en vigor mañana
   
Ley sobre tortura debe aplicarse sin estereotipos de género
CIMACFoto: César Martínez López
Por: la Redacción
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 26/06/2017

A partir de mañana entrará en vigor la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, la cual dice que la prevención, sanción y reparación de este delito debe ser libre de estereotipos de género.
 
Este 26 de junio, Día internacional de las Naciones Unidas en Apoyo a las Víctimas de Tortura, esta ley se publicó en el Diario Oficial de la Federación, pero organizaciones defensoras de los Derechos Humanos advierten que la norma contribuirá a la erradicación de la tortura sólo en la medida en que sea plenamente implementada y cumplida por las autoridades correspondientes.
 
Con la nueva Ley, este delito se investigará y perseguirá de oficio o por denuncia o vista de autoridad judicial, y se establece una pena de 10 a 20 años de prisión y de 500 a mil días de multa al servidor público que cometa está práctica, sanción que aumentará hasta en la mitad cuando la víctima sea niña, niño o adolescente, mujer gestante, persona con discapacidad o haya violencia sexual, entre otras condicionantes.
 
Un informe elaborado por la Red Nacional de Peritos y Expertos Independientes Contra la Tortura indica que, en una muestra de casos, el 22 por ciento de las víctimas fueron mujeres; el 65 por ciento de los torturadores fueron policías, 15 por ciento eran policías con Ministerios Públicos, en 57 por ciento de los casos la tortura se practicó en vía pública y en 31 por ciento en el domicilio del sobreviviente de tortura.
 
De acuerdo con organizaciones como Acción de los Cristianos para la Abolición de la Tortura, los Centros de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan y Miguel Agustín Pro Juárez y el Colectivo Contra la Tortura y la Impunidad (CCTI), este crimen pude ser considerado, en ciertas circunstancias, un crimen de lesa humanidad.
 
Ante la vigencia de esta práctica, las organizaciones emitieron un comunicado donde señalan que por ninguna razón debe ser tolerada y donde exponen que la ley contribuirá a la erradicación de la tortura sólo en la medida en que sea plenamente implementada y cumplida por las autoridades correspondientes.
 
DENUNCIAS Y RECOMENDACIONES
 
Los colectivos indican que tan sólo del 2007 a finales del 2016, se presentaron más de 7 mil 695 quejas por tortura en las comisiones estatales de Derechos Humanos y en la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH). Si se incluyen las quejas calificadas como tratos crueles, inhumanos y degradantes, el total aumenta a más de doce mil quejas anuales en años recientes.
 
En el mismo periodo, la CNDH ha emitido al menos 144 recomendaciones en donde se aprecian actos de tortura, que involucran a 730 víctimas.
 
La tortura documentada por las organizaciones civiles va desde las amenazas y golpes, hasta choques eléctricos, asfixia con bolsas de plástico y en muchas ocasiones violencia sexual. Por su parte, en los últimos años la Procuraduría General de la República (PGR) registra más de 2 mil averiguaciones y ahora carpetas de investigación por tortura al año.
 
Las asociaciones civiles instaron al Estado mexicano a priorizar la plena implementación y aplicación de la nueva Ley General, y en particular, a investigar, procesar y sancionar a todos los responsables de cometer tortura, incluyendo a aquellos que la ordenen o toleren.
 
Asimismo llamaron a garantizar la exclusión de cualquier prueba fabricada u obtenida bajo tortura; a reparar a las víctimas; y a tomar todas las acciones necesarias para poner fin a esta práctica; así como generar diagnósticos confiables de la situación de la tortura en el país, a fin de construir herramientas de política pública certeras para erradicar el delito en México y la impunidad en torno a ella.
 
Los casos de tortura sexual también han sido documentados: por ejemplo, en 2016 Amnistía Internacional publicó el informe “Sobrevivir a la muerte. Tortura de Mujeres y fuerzas armadas en México” que documenta cien casos; mientras que en 2014 las once mujeres sobrevivientes de los operativos policiacos de 2006 en Atenco, Estado de México, lanzaron la campaña “Rompiendo el silencio. Todas juntas contra la tortura sexual”.
 
17/AGM/GG








MUJERES CAUTIVAS
INFANCIA
   MUJERES CAUTIVAS
Trata con Propósitos Sexuales y Matrimonio Infantil, vinculados en México
CIMACFoto: César Martínez López
Por: Teresa C. Ulloa Ziáurriz*
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 13/06/2017

En un estudio reciente realizado por la Fundación Thomson Reuters, se informa que los investigadores entrevistaron a 603 mujeres que eran explotadas en la industria sexual en las ciudades de Tijuana y Ciudad Juárez, en la frontera con Estados Unidos.
 
Las niñas que han sido víctimas de trata con propósitos sexuales en el norte de México frecuentemente han sido forzadas a vivir en situación de explotación de la prostitución como niñas-novias por sus propios esposos, se reporta en el estudio.
 
Tres de cada cuatro niñas víctimas de trata en la frontera se casaron siendo niñas, la mayoría antes de los 16 años, de acuerdo con los investigadores mexicanos y estadounidenses autores del estudio que está por publicarse.
 
La trata de personas se considera la industria criminal que más ha crecido en México y tres cuartos de sus víctimas, mujeres y niñas, son explotadas sexualmente, de acuerdo con un grupo de activistas que se llaman Mujeres Unidas contra la Trata.
 
De acuerdo con la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de esos Delitos, aprobada en el 2012, las personas sentenciadas por el delito de trata de personas y beneficio de la explotación sexual puede ser sentenciado a 45 años de prisión.
 
Sin embargo, se estima que cerca de 380 mil personas son esclavizadas en México, de acuerdo al Índice Global de Esclavitud 2016, publicado por la Fundación de Derechos Humanos “Walk Free”.
 
PERSONAL DE SALUD Y DETECCIÓN
 
La mayoría de las 603 mujeres entrevistadas dijeron haber sido tratadas como niñas-novias, la mayoría de las veces, por sus propios esposos, dijo Jay Silverman, el investigador coordinador y autor del estudio, profesor de medicina en la Universidad de San Diego.
 
En aproximadamente la mitad de los casos, las novias estaban embarazadas, por lo que las y los trabajadores de la salud pueden jugar un papel crítico en detectar y combatir la trata con propósitos sexuales, dijo. 
 
“Mientras se brindan los servicios relacionados con los cuidados del embarazo, ahí se tiene la oportunidad de entrevistar a las niñas para entender y detectar su situación”, dijo Silverman.
 
“Podemos apoyar y asistir a esas niñas para reducir las probabilidades de que sean víctimas de explotación sexual”, dijo.
 
De conformidad con lo establecido en la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, aprobada en el 2014, la edad mínima para el matrimonio es de 18 años, pero las niñas se pueden casar a los 14 años y los niños a la edad de 16 años, con consentimiento de sus padres.
 
El equipo de investigación incluyó miembros de la Comisión Fronteriza de Salud México-Estados Unidos, un esfuerzo conjunto que dio inicio desde el 2000 por los dos gobiernos para mejorar la salud y la calidad de vida a lo largo de la frontera. 
 
RESPETO A DH, ANTES QUE USOS Y COSTUMBRES
 
Este estudio confirma que una de las formas de reclutamiento de niñas para la explotación sexual y la trata es el matrimonio infantil.
 
Y, por lo tanto, el pago de la novia que se acostumbra en muchos de los pueblos indígenas de nuestro país es un riesgo muy grave para todas las niñas y adolescentes indígenas y hasta para las no indígenas que viven en las zonas pobres y marginadas de nuestro país.
 
Por eso es necesario exigir a las autoridades que en el marco del respeto a usos y costumbres, se respeten los Derechos Humanos y la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, porque seguir permitiendo el matrimonio infantil es continuar entregando a nuestras niñas a las bandas de tratantes y a la delincuencia organizada.
 
*Directora Regional de la Coalición contra el Tráfico de Mujeres y Niñas en América Latina y el Caribe (CATWLAC, por sus siglas en inglés).
Twitter: @CATWLACDIR
Facebook: Catwlac Directora
 
17/TCUZ/GG








NACIONAL
DERECHOS HUMANOS
   Con agravantes si se comete contra niñez y mujeres embarazadas
Aprueban Ley sobre Tortura en San Lázaro y la envían al Senado
CIMACFoto: César Martínez López
Por: la Redacción
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 20/04/2017

El pleno de la Cámara de Diputados ayer aprobó la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, que contempla agravantes en caso de que la víctima sea menor de edad, una mujer embarazada o sobreviviente de violencia sexual.
 
Con 417 votos a favor, el pleno aprobó la minuta enviada por el Senado pero hizo modificaciones, por lo que el proyecto fue regresado a la Cámara alta para su ratificación. La Ley debió estar lista desde el pasado 5 de enero, fecha en que se cumplió un año del límite establecido por el Congreso de la Unión para expedirla.
 
Una vez que se avale esta ley –y se derogue la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura de 1994– entrarán en vigor nuevas consideraciones, por ejemplo: la tortura será un delito que no prescribe; se investigará de oficio o a petición de las partes y se crearán fiscalías especializadas para investigar en el ámbito local y federal.
 
Esta Ley haría frente a la tortura, una práctica que en las mujeres se caracteriza por la violencia sexual, como asegura el informe de Amnistía Internacional  “Sobrevivir a la muerte. Tortura de mujeres por policías y fuerzas armadas en México”, que documentó 100 casos de tortura hacia mujeres.
 
PENAS DIFERENCIADAS
 
La minuta avalada en San Lázaro prevé penas diferenciadas, dependiendo de si la conducta delictiva la comete un servidor público o no, y aumentará hasta en una mitad cuando se cometa contra poblaciones en vulnerabilidad como niñas, niños, adolescente, mujeres gestantes, personas con discapacidad o adultas mayores.
 
También se establece una pena mayor si la víctima fue sometida a cualquier forma de violencia sexual; si es migrante, afro descendiente, indígena, periodista o se trata de una persona defensora de Derechos Humanos o cuando la tortura sea motivada por la identidad de género u orientación sexual de la víctima.
 
Adicionalmente en el tema de investigación se establecen reglas especiales para considerar la calidad de la víctima y las situaciones particulares a la hora de realizar los dictámenes periciales. Por ejemplo, estos dictámenes deberán evitar la revictimización y se realizaran en compañía de los padres si se trata de menores de edad.
 
Los dictámenes para acreditar la tortura deberán realizaran en lugares seguros, salubres, que garanticen la privacidad de la persona, de preferencia con peritos mujeres en caso de que la víctima sea mujer o menor de edad y en casos de violencia sexual habrá asistencia médica con especialistas en ginecología, quien debe ser del mismo sexo de la víctima.
 
Estos procedimientos deben realizarse con base en los principios establecidos en los protocolos con perspectiva de género en la materia. El dictamen señala que se debe garantizar la plena igualdad al valor probatorio de dictámenes aportados por peritos independientes, incluso se prevé la negativa de aceptar peritajes que no cuenten con el consentimiento informado de las víctimas.
 
TENTATIVA
 
La tortura también podrá perseguirse en grado de tentativa, es decir, cuando el agresor inicie su ejecución sin que se consume o cuando un sujeto ordene cometer el delito pero no se lleve a cabo por causas ajenas a su voluntad. Además este delito podrá investigarse de oficio o a petición de las partes.
 
La nueva Ley considera la exclusión o su nulidad de la prueba en un proceso si fue obtenida mediante tortura o por cualquier otra violación a derechos humanos en cualquier etapa del procedimiento y el juez deberá dar vista a la Fiscalía Especializada con el objetivo de que se inicie la investigación por el delito.
 
En materia de prevención, la minuta establece la Creación del Programa Nacional para Prevenir y Sancionar los Delitos de Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; el Mecanismo Nacional de Prevención; y del Registro Nacional de este delito.
 
Cabe decir que organizaciones defensoras de los Derechos Humanos, como los Centros de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez; Tlachinollan; Zeferino Ladrillero y el Colectivo Contra la Tortura y la Impunidad, exigieron al Congreso tomar en cuenta las recomendaciones internacionales para prevenir, investigar y sancionar este crimen.
 
Agrupaciones civiles aseguran que hay una falta de cifras pero los organismos de Derechos Humanos han constatado la gravedad del problema. De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, los organismos públicos de DH registraron 3 mil 195 y 3 mil 20 presuntas violaciones por tortura y/o tratos crueles, inhumanos o degradantes durante el año 2013 y 2014, respectivamente.
 
La Cámara de Diputados informó que de acuerdo con la Procuraduría General de la República, hasta abril de 2015 contaba con 2 mil 420 investigaciones en trámite sobre tortura. Sin embargo, de acuerdo con la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el Estado registra 15 sentencias condenatorias por casos de tortura desde 1991.
 
17/AGM/GG
 








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