Norma Edith Martínez Guzmán
Aborto
Diputada del PES presenta iniciativa, OSC piden no aprobarla
Buscan reformar Ley General de Salud para extender objeción de conciencia

Integrantes de la Campaña Nacional por el Derecho a Decidir llamaron a las y los diputados a no aprobar el dictamen de reforma al Artículo 10 BIS de la Ley General de Salud, que busca extender la objeción de conciencia a personal de apoyo y administrativo de los servicios de salud, pues de lograrse, se justificaría la negativa a proporcionar servicios de salud reproductiva a las mujeres como la Interrupción
Legal del Embarazo (ILE).
Esta iniciativa fue presentada por la diputada del Partido Encuentro
Social (PES), Norma Edith Martínez Guzmán, y fue publicada en la gaceta parlamentaria del pasado 27 de septiembre. En ella propone que personal del Sistema Nacional de Salud podrá hacer valer la objeción de conciencia y excusarse de participar en cualquier “programa, actividad, práctica, tratamiento, método o investigación que contravenga su libertad de conciencia” con base en sus valores y principios éticos.
La campaña, integrada entre otras organizaciones por Ipas México, el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) y la Red por los Derechos Sexuales y Reproductivos (Ddeser), alertó en un comunicado que esto representa un riesgo en el caso particular de las mujeres porque se podría obstaculizar la atención en casos de la interrupción del embarazo existentes como violación y riesgo a la salud, y otros procedimientos como el acceso a métodos anticonceptivos.
La diputada plantea en el proyecto que cuando se dio hace una década la despenalización del aborto hasta las 12 semanas de gestación en la Ciudad de México, también se reconoció la objeción de conciencia del personal sanitario para practicarlo, por lo que “resulta necesario incluir expresamente este derecho” en la Ley General de Salud, para todos los servidores del sistema de salud de la República.
Lo mismo sucede, expresa Norma Martínez, con la Norma Oficial Mexicana 046-SSA2-2005 (NOM 046), que señala los criterios para el acceso al aborto en casos de violación sexual, en ella se reconoce el derecho a la objeción de conciencia de los médicos y enfermeras a atender estos casos que son considerados emergencias médicas.
Asimismo la diputada da ejemplos de países que cuentan en sus legislaturas con estas facultades para que el personal médico decida no practicar una interrupción del embarazo, como ocurre en Estados Unidos, Francia, Alemania y Holanda, sustenta.
Situaciones que ocurren a pesar de que la Organización Mundial de Salud (OMS) alerta que los países que usan la objeción de conciencia lo hacen como una estrategia sistemática para negarse a brindar servicios de salud y evitar que las mujeres ejerzan sus derechos reproductivos, orillándolas a recurrir a prácticas de aborto inseguras que ponen en riesgo su vida.
El proyecto de ley adiciona que la objeción de conciencia puede realizarse en cualquier momento y no está limitada, es decir, si el objetor ya la solicitado en situaciones pasadas “no constituye un delito” siempre y cuando “no ponga en riesgo la salud o la vida del o la paciente”.
En caso de proceder la reforma será obligación de la Secretaría de Salud contar en todos los casos, con otras personas que estén dispuestas a brindar la atención.
OBLIGACIÓN DEL ESTADO GARANTIZAR ILE
La propuesta de reforma indicaron las activistas, tiene graves problemas pues el “derecho a la objeción” se amplía al personal técnico o administrativo (no sólo a la persona que participa de manera directa en la intervención médica) y contempla, además del aborto, una serie de procedimientos médicos en los cuales se puede hacer facultad de esta objeción, como en tratamientos anticonceptivos (reversibles e irreversibles).
“Como se observa en ese transitorio segundo -referente a la serie de procedimientos- indicar ciertas intervenciones médicas responde a criterios morales de diversas tendencias religiosas. Por tanto la propuesta atenta contra el Estado laico en México y pone en riesgo la salud de las personas”, precisó la agrupación y recordó que el
Estado está obligado a garantizar el derecho a la salud de la población.
Señalaron que es una reforma innecesaria pues recordaron a las y los legisladores que los Artículos 5º , 6º y 24º de la Constitución, reconocen los derechos a ejercer una profesión a partir de las convicciones éticas, de conciencia y de religión, siempre y cuando no perjudique a terceros.
El dictamen de la Comisión de Salud se discutirá entre otros ocho durante esta semana en el pleno de la Cámara de Diputados, por lo que las activistas que integran la Campaña hicieron un llamado a las bancadas del Partido Revolucionario Institucional y el Partido Acción Nacional a no aprobar el dictamen. En redes sociales las organizaciones de derechos sexuales y reproductivos de México también se unieron bajo el hashtag #SaludSinObjeción.
Actualmente en todo el país las mujeres pueden interrumpir un embarazo cuando sea producto de una violación sexual, y únicamente en la Ciudad de México se puede realizar de forma voluntaria hasta las 12 semanas de gestación. En estados de la
República las organizaciones como GIRE han alertado sobre las negativas del personal médico a brindar este servicio a pesar de las causales que están establecidas en la ley.
17/HZM/LGL
Interrupción Legal del Embarazo en México
Documento es turnado a Comisión de Puntos Constitucionales
Legisladoras del PAN, PES Y PVEM avalan iniciativa Provida presentada en San Lázaro

La diputada Norma Edith Martínez Guzmán, del Partido Encuentro Social (PES), presentó este día en la Cámara de Diputados la “Iniciativa Ciudadana por la Vida y la Familia”, que reforma y adiciona el Artículo 4 de la Constitución Mexicana para “proteger la vida desde la fecundación”.
Con el aval de 48 diputadas y diputados de 6 fracciones parlamentarias, la iniciativa que reforma y adiciona el Artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales para ser revisada.
El documento (cuya copia tiene Cimacnoticias) retoma dos conceptos rectores para su propuesta de reforma: el “derecho a la vida” y la “institución matrimonial y familiar”.
Atribuye al Estado la responsabilidad de garantizar y proteger la vida desde “la fecundación” y, define el matrimonio como la “unión entre un hombre y una mujer”; además le prohíbe “promover” en la educación obligatoria cualquier “ideología que contravenga la protección del matrimonio”.
La iniciativa también niega a personas solteras o parejas del mismo sexo, el derecho de adoptar y le da la responsabilidad al Estado de encargarse de que toda niña o niño “sea prontamente restituido en su derecho humano a pertenecer a una familia”.
En su discurso, la legisladora del PES señaló: “Hemos sido una nación a favor de tratados internacionales y de derechos humanos... Una nación ejemplar en morir por el derecho a la libertad religiosa…México merece diputados que reivindiquen su honor y su fama en la protección de los más débiles, contra las presiones de intereses extranjeros, de organizaciones con ideologías contrarias a nuestros hijos…defendamos la vida de todo ser humano; defendamos a la familia, esa célula fundamental de la sociedad iniciada en el amor de un hombre y de una mujer”.
Después las legisladoras de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional (PAN) Emma Margarita Alemán Olvera, María Guadalupe Cecilia Romero Castillo y Claudia Sánchez Juárez , así como la diputada Sasil Dora Luz de León Villard de la fracción del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), manifestaron su apoyo a la iniciativa de reforma.
El documento propone la modificación y adición de diversos párrafos del Artículo 4 para quedar de la siguiente manera:
“El varón y la mujer son depositarios del derecho humano a ser definidos por su naturaleza y no por la cultura” y son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.
“El estado reconoce el derecho humano del matrimonio, que es la institución fundamental de carácter social, definido original, etimológica y naturalmente como la unión entre un hombre y una mujer, para salvaguardar la perpetuidad y el adecuado desarrollo de la especie humana”.
“El Estado reconoce a los padres el derecho humano a decidir, conforme a sus convicciones éticas, de conciencia y de religión, la educación de sus hijos; asimismo, el Estado, respetando su carácter Laico, no podrá promover en la educación obligatoria ninguna ideología que contravenga la protección del matrimonio, referida en este artículo”.
“El Estado garantizará a la familia, elemento natural y fundamental de la sociedad, la protección de la vida de sus miembros desde el momento de la fecundación hasta el término del ciclo natural de la vida”.
“Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos”.
“En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral”.
“Todo menor de edad tiene el derecho humano de pertenecer a una familia que garantice su sano desarrollo integral, adecuado a su proceso evolutivo, a su identidad natural y a su edad. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez”.
“El Estado garantizará que todo niño que se encuentre bajo su representación legal, sea prontamente restituido en su derecho humano a pertenecer a una familia, en los términos del presente artículo”.
En días pasados la integrante del Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de las Mujeres (Cladem), María Guadalupe Ramos Ponce, dijo que la iniciativa atenta contra el derecho a decidir de las mujeres y contra el matrimonio igualitario, que permite la unión de personas del mismo sexo.
16/GVV/LGL
