usos y costumbres
Participación Política de las Mujeres
IEEPCO la anula en San Pedro Quiatoni
Invalidan elección en Oaxaca por negar participación a mujeres

El Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), avaló las elecciones realizadas en 20 municipios regidos por el Sistema Normativo e un validó la elección en San Pedro Quiatoni, porque las autoridades municipales no permitieron la participación de las mujeres en esa localidad que se rige por el derecho consuetudinario.
Las y los consejeros analizaron que en los municipios se cumpliera la inclusión de las mujeres en la integración de los cabildos, asimismo que se hayan apegado a las normas establecidas por la comunidad, que las autoridades electas obtuvieran la mayoría de votos y que se respetaran los derechos individuales de las y los integrantes de la comunidad.
Sin embargo, se calificó como no válida jurídicamente la elección ordinaria de concejales del ayuntamiento de San Pedro Quiatoni al considerar que las autoridades municipales no generaron condiciones para que las mujeres del municipio tuvieran la oportunidad de reflexionar acerca del ejercicio de sus derechos, previo a la designación de sus concejales.
El consejero del IEEPCO, Uriel Pérez García, refirió que ya pidieron a las autoridades y a la comunidad que lleven a cabo una nueva Asamblea en la que se generen las condiciones necesarias y suficientes para que las mujeres hagan ejercicio de su derecho de votar y ser votadas en condiciones de igualdad.
En tanto, la consejera Elizabeth Bautista Velasco, dijo que la Dirección Ejecutiva de Sistemas Normativos Internos, mantendrá un trabajo constante para que en este proceso electoral, los municipios regidos por el derecho consuetudinario consideren la perspectiva de género en su elección y de igual forma se garantice la participación de todas y todos los habitantes de las comunidades.
Por lo pronto, se declaró como legalmente válidas las elecciones en 20 municipios que son San Andrés Paxtlán, San Ildefonso Amatlán, San José Peñasco, San Miguel Santaflor, San Pedro Mártir Quiechapa, San Pedro Nopala, San Vicente Lachixío, Santa Catarina Loxicha, Santa María Yucuhiti, Santiago Nundiche, Santo Tomás Ocotepec y San Miguel Tecomatlán.
También Santo Domingo Albarradas, San Miguel del Río, San Martín Huamelulpam, Santa Ana Yareni, San Baltazar Loxicha, Santiago Lalopa, San Antonino El Alto y San Miguel Piedras.
En todos los acuerdos avalados, el IEEPCO exhortó a las comunidades para que apliquen, respeten y vigilen la perspectiva de género en la renovación de sus próximas autoridades municipales y se garantice el derecho de acceso a cargos de elección popular en condiciones de igualdad.
16/JG/LGL
VIOLENCIA
QUINTO PODER
El matrimonio infantil, violencia global

Dos de las más grandes dificultades para lograr la eliminación del matrimonio infantil son: la resistencia de quienes lo ven como una limitación al ejercicio de los derechos sexuales de las adolescentes, y por otro, la respuesta institucional y social que evade su responsabilidad e intervención con el argumento de una “contradicción entre el derecho a los “usos y costumbres”, lo que imposibilita la eliminación absoluta en la ley y en la práctica, de los matrimonios de niñas en comunidades indígenas.
Esta postura pasiva institucional ha servido como justificación en entidades como Chiapas, Oaxaca, Guerrero, Yucatán, Campeche, Veracruz, Chihuahua y Quintana Roo, donde los grupos de mujeres reconocen el problema de fondo; pero el escenario se repite a lo largo y ancho del territorio nacional.
El argumento es que el rito del matrimonio incluye la entrega de una “dote” y que es parte de los “usos y costumbres” de los pueblos originarios y que esto impide que se erradique la práctica, pues forma parte de los rituales de boda… recibir un recurso económico que varía según la capacidad económica del “desposante” a quien es entregada la niña por la familia.
Y sí, así también son “enganchadas” algunas jóvenes para la trata. Y sí, también así son entregadas sin ningún miramiento a sus agresores. Y sí, también así fueron entregadas sus madres y sus abuelas.
Y sí, así también se entregaba a las señoritas de las sociedades con poder adquisitivo en otros países, en otros tiempos, y aún hoy en algunas regiones en las que prevalecen estas prácticas que atentan contra los derechos de las niñas.
¿Una coincidencia de “uso y costumbre? Por supuesto que no, no es un uso y costumbre pues no constituye ningún elemento de la identidad, y sí es una práctica patriarcal que ha permitido y alentado la apropiación del cuerpo de las mujeres, la cosificación de las mujeres convirtiéndolas en extensión del territorio y la propiedad familiar, moneda de cambio y uso del sistema capitalista-patriarcal.
Algunos de los argumentos de la autoridad para permitir que esta práctica continúe en los municipios y comunidades rurales o poblaciones indígenas, es que “sería ir contra el artículo segundo constitucional que reconoce el derecho de los pueblos a:
I. Decidir sus formas internas de convivencia y organización social, económica, política y cultural.
II. Aplicar sus propios sistemas normativos en la regulación y solución de sus conflictos internos, sujetándose a los principios generales de esta Constitución, respetando las garantías individuales, los Derechos Humanos y, de manera relevante, la dignidad e integridad de las mujeres. La ley establecerá los casos y procedimientos de validación por los jueces o tribunales correspondientes.
Hay “autoridades” que reconocen que la unión de una niña con un adulto, se tutela bajo el derecho del que la familia de la “novia”, recibe un bien, o simplemente termina la manutención de la menor de edad. Y no sólo lo justifican, la comunidad lo interioriza y lo apropia, porque institucionalmente nada se hace desde la educación formal para cambiarlo y señalar que no forma parte de la identidad de los pueblos mexicanos, sino del sistema patriarcal que rige a todas las sociedades.
Además, México tiene el compromiso y la responsabilidad de hacer cumplir la Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), que establece la obligación de los Estados parte, de eliminar todas las leyes y usos y costumbres que afecten la dignidad y los derechos de las mujeres y las niñas.
Aún así el tema no es prioridad en ninguna agenda, sólo empieza a ser una campaña impulsada por las organizaciones defensoras de los derechos de las niñas, como el Observatorio de Violencia Social y de Género de Campeche, el grupo de organizaciones en Chiapas, el Centro de Derechos Humanos de las Mujeres en Chihuahua, activistas que lo han denunciado en espacios alternativos, y medios feministas que lo difunden, pero el Estado sigue sin asumir un compromiso determinante.
Y no es coincidencia. Es el sistema de tráfico y control de los cuerpos de las niñas y las mujeres desde temprana edad, un sistema que rige y justifica su uso, control, sometimiento, explotación, dominio y por supuesto propiedad, para ser desechada a voluntad cuando ya no sea útil o cuando intente escapar a ese control.
El matrimonio infantil lo que entraña es ese sistema que oprime a las mujeres y como tal encontrará siempre resistencias y “argumentos, por irrisorios que parezcan”, en cualquier parte del mundo.
* Integrante de la Red Nacional de Periodistas y del Observatorio de Feminicidio en Campeche.
@argentinamex
16/AC/LGL
