Polonia

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INTERNACIONAL
DERECHOS HUMANOS
   Insoslayable violación a sus DH
Hay más de 30 millones de refugiadas o desplazadas en el mundo: CEDAW
Imagen retomada del portal de AmecoPress.
Por: Gloria López
Cimacnoticias/AmecoPress | Madrid, Esp .- 24/02/2017

De los 65 millones de personas refugiadas y desplazadas por las guerras y el cambio climático en el mundo, el 49 por ciento son mujeres. Constituyen el mayor desplazamiento forzado desde el fin de la Segunda Guerra Mundial, y la violación de sus derechos humanos es insoslayable. Así lo señala el informe sobre refugiadas del Estado español, que debatió el 18 de febrero la Plataforma CEDAW Sombra y que será presentado en julio próximo. 
 
La Comisión Europea lanzó en mayo la Agenda Europea de Migración para salvar vidas, aumentar los Fondos de Asilo, Migración e Integración a los países de frontera exterior y “cuotas de solidaridad" entre los estados miembros.
 
En junio se comprometió a la reubicación en otro país de 160 mil personas que ya estaban y habían pedido asilo en la Unión Europea (UE), sobre todo en Grecia e Italia, y al reasentamiento de 22 mil procedentes de campamentos de personas refugiadas fuera de Europa, mayormente de Líbano, Turquía y Jordania, donde hay 3 millones.
 
El Consejo de la UE de septiembre de 2015 rebajó los objetivos, ante la escasa acogida general y el veto de Polonia, Hungría, República Checa y Eslovaquia, pese a la normativa existente.
 
Un año después, sólo había acogido al 7 por ciento, y el cierre de fronteras ha dejado, solo en 2016, 4 mil 700 cadáveres en el Mediterráneo, mil muertes más que en 2015. El 7 de marzo de 2016, el Consejo de la UE acordaba la ‘externalización a Turquía’ del derecho europeo de asilo, y la devolución en masa de cientos de miles de personas refugiadas.
 
España, con el 9 por ciento de la población de la UE, se comprometió en junio 2015 a reubicar antes de septiembre 2017 a 15 mil 888 (9 mil 323 desde Grecia e Italia) y reasentar a mil 449, pero a 23 de enero 2017 solo ha proporcionado reubicación a 745 personas y reasentamiento a 289 (previsiblemente incrementadas pronto por unas 200 procedentes de Turquía), en total  mil 34 personas, mayoritariamente sirias, iraquíes y eritreas. Un incumplimiento del 94 por ciento de su compromiso.
 
CIERRE DE FRONTERAS Y TRÁFICO
 
En “Asilo en cifras 2015”, de Eurostat, de sus 22 tablas de datos, solo 4 cuatro se desglosan por sexos. Al cerrarse las vías legales y seguras de entrada en la UE, aumenta el negocio de los traficantes, que sufren especialmente mujeres y niñas. Se requiere también una actuación urgente que permita solicitar asilo o visados humanitarios, que contempla el marco legal español y europeo, pero no se han desarrollado por falta de voluntad política. Y hay que recordar que subsisten las devoluciones en caliente que las autoridades españolas llevan a cabo en las fronteras de Ceuta y Melilla.
 
El 8 de marzo 2016 se aprobó la Resolución del Parlamento Europeo sobre la situación de las mujeres refugiadas y solicitantes de asilo en la UE, señalando que desde el verano 2015 son mujeres, niñas y niños el 55 por ciento del millón de personas refugiadas llegadas a Europa y que las mujeres y las niñas sufren violaciones, extorsiones, matrimonios precoces y forzados, prostitución, sexo forzado y trabajos degradantes en origen, tránsito y destino.
 
La Resolución llama a evitar las muertes en las fronteras, abrir vías seguras y legales hacia la UE y que las normas sobre migración no impidan el asilo. También propone repartir la acogida entre los 28 Estados miembros y reconocer mutuamente las concesiones de asilo, inscribir individualmente a las mujeres, para garantizar su seguridad, libertad y servicios, que participen en el reparto de alimentos y ayudas a las familias y en los comités de personas refugiadas, identificar y proteger a solicitantes de asilo vulnerables a la Mutilación Genital Femenina (MGF) y a la persecución de población Lésbica, Gay, Transexual, Transgénero, Travesti y Bisexual (LGTB).
 
Asimismo, sugiere que la UE ratifique y aplique el Convenio de Estambul, recuerda que el Internamiento de migrantes o solicitantes de asilo debe ser la excepción y nunca de niñas, niños o embarazadas, plantea investigar todas las denuncias de abusos sexuales y violencia de género en los Centros de Detención de Inmigrantes o en las fronteras, y facilitar acceso de los periodistas y las ONG, así como garantizar fondos para que las autoridades regionales y locales promuevan la integración laboral, social y política de refugiadas, su contacto con autóctonas y la atención a los niñas y niños.
 
SOLIDARIDAD CON REFUGIADAS
 
En los años 2015 y 2016 la solidaridad con las personas refugiadas ha dejado de ser exclusiva de las ONG especializadas, aunque sólo el 0.4 por ciento de la población declara preocuparse por ello (CIS, mayo 2016). Ante la falta de voluntad política del gobierno para garantizar la protección y los derechos de las personas refugiadas, numerosas organizaciones sociales han realizado acciones reivindicativas y de solidaridad.
 
Se han llevado a cabo concentraciones, movilizaciones, publicaciones específicas como las desarrolladas por Pikara e informes realizados por organizaciones como Women´s Link Worldwide, campañas de recogida de ayuda humanitaria, como la del Consejo de Mujeres de Gijón (Asturias) en 2017 recogiendo tampones, compresas y pañales, para los campamentos en Grecia.
 
La Caravana a Grecia realizada del 15 al 25 de julio del 2016 y que, tras un encuentro estatal en noviembre del 2016 se repetirá en 2017. La Plataforma CEDAW Sombra organizó una Jornada sobre Mujeres Refugiadas el 23 de abril de 2016 en Madrid, que reunió a 303 activistas de organizaciones feministas, de derechos humanos y de desarrollo, sindicatos, partidos, responsables y profesionales de administraciones locales, autonómicas y estatal.
 
Tras una concentración en el Parlamento, enviaron un Manifiesto firmado por 183 ONG a los Ministros de Asuntos Exteriores y Cooperación, y su Oficina de Derechos Humanos; del Interior y su Oficina de Asilo y Refugio y de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y el Instituto de la Mujer. No se ha obtenido ninguna respuesta.
 
ASILO SIN PERSPECTIVA DE GÉNERO
 
Las autoras del informe que estudia el grado de cumplimiento de las recomendaciones de la CEDAW aseguran que no han obtenido el dato de cuantas mujeres presentan solicitud individual, y en qué relación con su familia. “La ausencia de datos es un dato”, afirmaba Maje Girona durante la presentación del borrador. Una vez concedido el asilo al solicitante principal o a una o un menor de edad,  no se le concede automáticamente al resto de la familia (punto 42 de la RG32) sino en un proceso de extensión del asilo que es muy complicado.
 
En puntos fronterizos, aeropuertos y puertos internacionales (la proporción de personas que ha entrado en pateras o por los Pirineos es menor) no hay personal idóneo para tramitar solicitudes de asilo, lo que sumado al cierre y externalización de fronteras, restringe o anula el derecho al asilo. Miles de mujeres, niñas y niños no sólo están sometidos a largos y arriesgados trayectos, sino que en territorio europeo tampoco cuentan con condiciones mínimas de alimentación, cobijo, salud y seguridad.
 
En algunos CIE se han mejorado las condiciones bajo mínimos y se permite el acceso, con horarios muy restringidos, de ONG humanitarias y jurídicas, que insisten en que es necesario seguir mejorando las condiciones de vida de las personas recluidas. Son frecuentes los amotinamientos, como los del CIE de Aluche en Madrid.
 
El procedimiento de asilo y los plazos establecidos tampoco se realizan con la debida diligencia y la falta de personal, de traductores, de abogados y abogadas y el escaso plazo para recurrir impide que el procedimiento de asilo se realice de manera individualizada aplicando una perspectiva de género y de derechos de la infancia.
 
“No nos consta que haya un mecanismo para la pronta identificación de las mujeres solicitantes específicas de protección y asistencia, mujeres con discapacidad, niñas no acompañadas, víctimas de traumas, de trata o de prostitución forzada, de violencia sexual, tortura o maltrato, ni medidas de acción positiva. En algunos centros grandes hay choques de culturas y los estereotipos de género se repiten en los centros y pisos de acogida, asignando un papel pasivo en los conflictos de convivencia.
 
El documento también recuerda que “la solicitud de asilo no es un acto ilícito y no debe penalizarse, tampoco mediante reclusión, a las mujeres solicitantes de asilo por entrar o permanecer de forma ilegal y nunca debe internarse a menores y madres con hijos e hijas lactantes o menores de edad”.
 
17/GL/GG








INTERNACIONAL
Aborto
   Revela informe de OSC
Criminalización del aborto: exclusión, persecución y cárcel para salvadoreñas
CIMACFoto: Gladis Torres
Por: la Redacción*
Cimacnoticias | Madrid, Esp .- 21/02/2017

El Salvador tiene una de las legislaciones de aborto más restrictivas en el mundo. El 20 de abril de 1998, entró en vigor un nuevo Código Penal en El Salvador, que eliminó las causas en las que el aborto se encontraba despenalizado hasta ese momento: en caso de riesgo para la vida de la mujer; en casos de violación o estupro; y en caso de graves malformaciones en el feto.
 
Además, en enero de 1999, se reformó el Artículo 1 de la Constitución Política de El Salvador, en el que se estableció el reconocimiento de la persona humana desde el momento de la concepción. Este cambio hacia una legislación más restrictiva va en contra de la tendencia global de liberalización que se ha dado desde 1994, año en que se celebró la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo, y a partir de la cual más de veinticinco países en el mundo han liberalizado sus leyes sobre aborto.
 
El Salvador, junto con unos pocos países como Polonia y Nicaragua, restringió las condiciones en las cuales el aborto está permitido. A pesar de la legislación restrictiva de El Salvador, se calcula que para el periodo entre 1995 y 2000, hubo un total de 246 mil 275 abortos con una incidencia del 11.1 por ciento en la mortalidad materna. De acuerdo con datos de la Unidad de Información, Monitoreo y Evaluación del Ministerio de Salud, entre enero de 2005 y diciembre de 2008, se registraron en el país 19 mil 290 abortos, de los cuales el 27.6 por ciento ocurrieron en adolescentes.
 
En febrero de 2011, la Relatora Especial de Naciones Unidas sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias, reiteró que la prohibición absoluta del aborto pone en riesgo a las mujeres y jóvenes, pues ante la necesidad de interrumpir el embarazo, muchas acuden a abortos clandestinos Estos datos sobre aborto son estimaciones, pues dada la ilegalidad de la práctica, no es posible tener datos confiables.
 
VULNERACIÓN ABSOLUTA
 
La situación en El Salvador es una manifestación clara de cómo la criminalización absoluta del aborto viola las obligaciones internacionales que tiene el Estado de respetar, proteger y garantizar los derechos humanos. Esta criminalización absoluta vulnera los derechos a la vida, a la salud y a la autonomía de las mujeres. Igualmente, la aplicación de esta normativa genera violaciones a los derechos al debido proceso, a la privacidad, a estar libre de violencia, y de trato cruel e inhumano.
 
El informe “Excluidas, perseguidas, encarceladas. El impacto de la criminalización absoluta del aborto en El Salvador”, publicado por el Centro de Derechos Reproductivos y la Agrupación Ciudadana por la despenalización del aborto Terapéutico, Ético y Eugenésico,  documenta y denuncia las consecuencias de la penalización total del aborto en el país, desde una perspectiva de derechos humanos desde dos ángulos.
 
Primero, el análisis da voz a cinco mujeres que fueron procesadas injustamente por los delitos de aborto u homicidio agravado por el parentesco, tras sufrir emergencias obstétricas sin haber recibido atención médica. Sus experiencias son evidencia de cómo el Estado salvadoreño traspasa el límite del irrespeto a los derechos humanos y a la dignidad de sus mujeres mediante el ejercicio de su poder sancionador y las consecuencias que ello genera en el sistema de salud, judicial y penitenciario, con consecuencias tan graves como condenas infundadas de hasta 35 años de cárcel. Igualmente, muestra cómo la criminalización tiene un impacto desproporcionado en las mujeres en situación de más vulnerabilidad, por encontrarse en situación de pobreza, sin acceso a educación, y por ser mujeres jóvenes.
 
Segundo, el informe aborda la penalización total del aborto desde un estudio cualitativo que revisa los perfiles de las mujeres que han sido procesadas por aborto y delitos conexos entre los años 2000 y 2011. El análisis usa las distintas variables como la edad, la escolaridad, la ocupación y el nivel de ingresos, entre otras, para ilustrar cómo las consecuencias de una legislación tan restrictiva crea patrones de violación a los derechos humanos, que afectan sobre todo a las mujeres en situación de más vulnerabilidad en El Salvador.
 
El estudio también analiza las condiciones de los procesos judiciales, como el origen de la denuncia, el tipo penal por el que fueron acusadas y luego juzgadas y las resoluciones judiciales dictadas en los procesos. El estudio revela cómo los profesionales de la salud que atienden a las mujeres por complicaciones derivadas de abortos inseguros o por emergencias obstétricas que nada tienen que ver con abortos provocados, entienden que tienen la obligación legal de denunciar a las pacientes ante la policía para evitar ser involucrados en un eventual proceso judicial.
 
Estas denuncias resultan problemáticas, no sólo por la violación al secreto profesional que suponen, sino también porque las mujeres dejan de buscar los servicios de salud que necesitan si no se garantiza la confidencialidad. Esto es particularmente preocupante en los casos de las mujeres que tienen emergencias obstétricas o requieren cuidado post aborto.
 
LOS PROCESOS JUDICIALES
 
En el periodo comprendido entre enero de 2000 y el primer trimestre de 2011, la Agrupación Ciudadana para la despenalización del aborto Terapéutico, Ético y Eugenésico en El Salvador realizó una investigación en todos los juzgados de instrucción y tribunales de sentencia de El Salvador y analizó los expedientes de mujeres procesadas por aborto o delitos conexos. Se identificaron 129 mujeres que fueron procesadas por aborto o por homicidio agravado. De estas, 49 fueron condenadas: 23 por aborto y 26 por homicidio en distintos grados. La investigación cuantitativa muestra que las mujeres más afectadas por la criminalización absoluta del aborto son las mujeres jóvenes y de bajo nivel socioeconómico:
 
– El 68.22 por ciento de las mujeres se encuentran entre los 18 y 25 años.
 
– De las mujeres procesadas, 6.98 por ciento eran analfabetas, 40.31 por ciento tenían algún tipo de educación primaria, 11.63 por ciento tenían estudios de bachiller y 4.65 por ciento tenían educación superior (estudios técnicos o universitarios).
 
– El 73.64 por ciento de las mujeres son solteras y sin pareja.
 
– El 51.16 por ciento de las mujeres no recibían remuneración económica por su trabajo y 31.78 por ciento contaban con empleos de remuneraciones muy bajas.
 
– El 57.36 por ciento de las denuncias surge de los profesionales de la salud que atienden a las mujeres y el 22.48 por ciento de las denuncias proviene de los familiares y vecinos.
 
– El 49 por ciento de los casos las denuncias no tienen fundamento y son archivadas.
 
– En el 46.51 por ciento de los casos el delito se tipifica como homicidio, lo que tiene serias consecuencias frente al respeto del principio de proporcionalidad de la pena, pues se puede condenar a las mujeres con penas de hasta 50 años de prisión.
 
– En el 43.41 por ciento de los casos se aplica la detención provisional, en donde las mujeres deben ir a la cárcel durante el proceso.
 
– En el 51.94 por ciento de los casos las mujeres son defendidas por defensores públicos.
 
Los datos muestran que las 129 mujeres procesadas se encontraban, en su mayoría, en situación de pobreza. Ellas han sido excluidas de la educación, del acceso a servicios esenciales de salud y de condiciones que brinden herramientas para cambiar su posición social. Los determinantes sociales hacen que se encuentren en situaciones de alta vulnerabilidad y que no tengan herramientas para enfrentar el poder sancionador del Estado.
 
*Este artículo fue retomado del portal de la revista feminista Tribuna Feminista.
 
17/RED/GG
 








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