ILE

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ESTADOS
SALUD
   Evidencia echa abajo mitos sobre aborto en la capital
ILE: Política pionera en reconocer libertad y autonomía de las mujeres
CIMACFoto: César Martínez López
Por: Anayeli García Martínez
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 30/04/2018

A más de una década de que la Ciudad de México despenalizara la interrupción del embarazo hasta las doce semanas de gestación se comprobó que implementar una política pública integral salva la vida de las mujeres, garantiza el derecho a decidir sobre la maternidad y fomenta la anticoncepción informada. 

El 24 de abril de 2007 la Asamblea Legislativa del entonces Distrito Federal aprobó reformar los Artículos 144 al 147 del Código Penal y el Artículo 16 Bis de la Ley de Salud para impedir que las capitalinas fueran acusadas penalmente por tener un aborto y evitar que aquellas sin recursos económicos se atendieran en servicios inseguros.

A 11 años de este cambio normativo la ginecóloga e integrante de la organización Ipas México, Claudia Martínez López, sostiene que la reforma se convirtió en una política pública integral para atender a las capitalinas. Hoy, además, hay evidencia para echar abajo los mitos sobre este proceso: que obliga a las mujeres a abortar y que provoca que tengan abortos continuos.

La especialista destaca los beneficios que está reforma trajo a las mujeres: la oportunidad de acceder a procedimientos seguros, redujo la tendencia a criminalizar la interrupción del embarazo y llevó a reconocer la libertad y autonomía de las mujeres y su derecho a decidir sobre su maternidad.

MITOS DEL ABORTO

Un mes después de aprobadas y promulgadas, las reformas fueron impugnadas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y la Procuraduría General de la República ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por medio de dos acciones de inconstitucionalidad. El debate llevó a escuchar las posiciones de expertos en Bioética, feministas, académicas, juristas y grupos religiosos.

Estas discusiones y el hecho de que el aborto en sí mismo sea un tema tabú provocaron que grupos conservadores alertaran del peligro de una política que permitiera la interrupción de la gestación. Entre los argumentos de esta postura estaba que las mujeres serían obligadas a abortar y que una vez que lo hicieran se convertiría en una práctica recurrente.

No obstante, desde que una mujer llega a solicitar el servicio en alguna de las clínicas especializadas habilitadas en 2007, se le explica el proceso, se confirma el embarazo y las semanas de gestación a través de estudios de laboratorio y se le da consejería, es decir, se le explican todas las opciones aun cuando es probable que ya se decidió por la Interrupción Legal del Embarazo (ILE). A este procedimiento se le llama consentimiento informado.

Una vez que la persona toma una decisión, se le brinda consejería anticonceptiva a fin de que opte por un método anticonceptivo. El personal médico debe identificar  si la mujer necesita  un tipo de atención extra para referirla a otro centro de atención, por ejemplo, si requiere de análisis como Papanicolaou  o colposcopia o si debe ser atendida por violencia de género.

En conclusión, de acuerdo con Claudia Martínez esta reforma a la Ley de Salud y al Código Penal capitalino permitió ver a las mujeres como sujetas de derechos y garantizar su derecho a la libre autodeterminación reproductiva, respetar su derecho a la dignidad, al acceso a la información, el respeto a la libertad de creencias y religión y procurar su salud.

De acuerdo con los registro del Programa ILE, a 11 años de vigencia (abril 2007 – de abril 2018) un total de 194 mil 153 mujeres han accedido al servicio; un 30 por ciento de ellas vienen de diversos estados de la República; y la mayoría (73 por ciento) acude en las primeras 8 semanas de gestación.

Los datos también indican que 65.3 por ciento de las mujeres ya tenían hijos, lo que también demuestra que es falso que el aborto provoque que las mujeres no quieran ser madres, sino que les da oportunidad de decidir sobre su reproducción. Así, 93.7 por ciento eran mayores de edad a la hora solicitar el servicio. 

En este tema, destaca la ginecóloga, hay una red de clínicas que cuenta con personal multidisciplinario que tiene capacitación y sensibilidad para atender a las mujeres y que usa tecnología adecuada para realizar el procedimiento, ya sea con medicamentos o con el método de aspiración manual endouterina.

Si este servicio es uno de los mejores que presta la capital del país, en parte se debe al acompañamiento de organizaciones de la sociedad civil que están vigilantes del funcionamiento.

RETOS

Las mujeres que accedieron a la ILE, explica Laura Andrade Campos, también integrante de Ipas, ejercieron su libertad de conciencia sin poner en riesgo su vida y su salud; sin embargo de acuerdo con organizaciones como Ipas aún falta eliminar los obstáculos que enfrentan quienes buscan un aborto legal en otras entidades.

Por ejemplo, las estadísticas de la Secretaría de Salud de la capital indican que de las mujeres que se atendieron en las clínicas especializadas en estos 11 años, 50 mil 284 eran del Estado de México, mil163 de Puebla, 716 de Morelos y otras llegaron desde entidades más lejanas o incluso desde el extranjero.

La despenalización, afirma Andrade Campos, también evidenció las diferencias entre las mujeres que viven en la Ciudad de México o que pueden acceder a los servicios de la capital y las que no tienen este derecho por residir en otros estados de la República donde solo se puede tener un aborto por ciertas causales.

Hasta antes de 2007 en la capital del país las mujeres que tenían la necesidad de interrumpir la gestación eran estigmatizadas, criminalizadas, enjuiciadas y enviadas a prisión; ahora, uno de los retos es hacer llevar esta información a más mujeres y que conozcan que en caso de requerir el servicio tienen opciones.

También deben saber que pueden acceder a servicios seguros, públicos o privados, como las clínicas del recién creado Colectivo de Asociaciones Mexicanas para la Interrupción del Embarazo, integrada por servicios privados como Marie Stopes y Medieg; y que en caso de no tener recursos económicos para viajar a la capital pueden buscar apoyo en iniciativas civiles como el Fondo María.

Para otras agrupaciones como Católicas por el Derecho a Decidir, el desafío es garantizar este derecho a todas las mexicanas, pues consideran fundamental que el Estado cumpla con la legislación nacional vigente que permite el aborto por diversas circunstancias y garantice que todas accedan a la ILE.

Esto porque a pesar de que en todo el país las mujeres pueden acceder a un aborto si fue producto de violación, la norma no siempre se cumple, como lo demuestran dos casos que en abril llegaron a la SCJN.

18/AGM








NACIONAL
SALUD
   Sedesa define “tipos de aborto” y procedimientos
Actualizan lineamientos de servicio de aborto en Ciudad de México
Especial
Por: Hazel Zamora Mendieta
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 26/04/2018

La Secretaría de Salud de la Ciudad de México (Sedesa) actualizó los Lineamientos de operación del servicio de interrupción del embarazo para asegurar una atención eficiente, eficaz, de calidad y calidez a las capitalinas que lo soliciten.

En estos lineamientos publicados en la Gaceta Oficial a propósito de los 11 años de la reforma que despenalizó la interrupción del embarazo en la Ciudad de México, la Sedesa definió los “tipos de aborto” a los que pueden acceder las mujeres en la capital del país.

Con base en evidencia científica y en la experiencia que ha dejado esta reforma a lo largo de estos 11 años, la Sedesa definió ahora como “Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE)” aquella “que es consecuencia de una violación sexual sin que la mujer haya realizado una denuncia formal” y que podrá realizarse dentro de las 20 semanas y seis días de gestación, como lo establece la Norma Oficial Mexicana 046 en todo el país.

La Sedesa precisa que en estos casos el personal médico tiene la obligación de informar a las mujeres sobre su derecho a denunciar los hechos de violencia sexual y aunque ellas deben decidir si continúan o no el proceso ante la Procuraduría General de Justicia, el personal médico debe llenar un formato para dar aviso al Ministerio Público.

En caso de que la IVE sea solicitada por una menor de 12 años de edad –acompañada de su madre, padre, o en ausencia de éstos o de un tutor– la Sedesa indica que el personal médico debe hacer del conocimiento de la Procuraduría de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes local el caso.

Estos lineamientos publicados ayer y que entran en vigor este 26 de abril nombran como “Interrupción del embarazo como consecuencia de alguna excluyente de responsabilidad penal del delito de aborto” a las otras cuatro causales establecidas en el Código Penal, estas son: por violación denunciada ante la autoridad competente, inseminación artificial no consentida, por encontrase en riesgo la vida de la mujer, y porque el producto presenta alternaciones genéticas o congénitas.

Respecto al embarazo producto de una violación que fue denunciada en la Procuraduría de Justicia se establece que si la edad gestacional rebasa las 20 semanas y seis días, las mujeres deberán ser referidas, sin dilación, por el personal médico a alguna unidad médica de tercer nivel que cuente con especialidad en gineco-obstetricia.

Con ello, la “Interrupción Legal del Embarazo (ILE)” queda definida como aquella que es por deseo de la mujer y que podrá realizarse hasta las 12 semanas y seis días de gestación

De acuerdo con los registro del Programa ILE a 11 años de vigencia (abril 2007 – 18 de abril 2018) un total de 194 mil 153 mujeres han accedido al servicio; un 30 por ciento de ellas vienen de diversos estados de la República; y la mayoría (73 por ciento) acude en las primeras 8 semanas de gestación.

Por último, los lineamientos dejan en claro que el personal médico no puede invocar la “objeción de conciencia” cuando la interrupción del embarazo sea de carácter urgente, por lo que están obligados a realizar el procedimiento.

Se reafirma también que el personal sanitario debe prestar este servicio con una actitud empática, respetuosa, digna, informada, vigilando la confidencialidad y el procedimiento seguro, además de garantizar los servicios de planificación familiar y acompañamiento social a las mujeres que acudan a las instancias de salud.

18/HZM








NACIONAL
Aborto
   Informe alterno denuncia negación en su acceso
Comité de Expertas de la ONU pide a México estadísticas sobre aborto
CIMACFoto: César Martínez López
Por: Hazel Zamora Mendieta
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 23/01/2018

En México, en promedio cada mes mil niñas menores de 14 años de edad se convierten en madres a quienes se les continúa negando el acceso al aborto, denunció la organización civil Ipas México, ante el Comité de Expertas de la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés).

Mientras el aborto solo es permitido de forma voluntaria durante las primeras 12 semanas de gestación en la Ciudad de México, y en cada estado varían las causales, la de violación que es válida en todo el país para interrumpir un embarazo, se sigue negando a las niñas y mujeres, destacó Ipas México en su informe alternativo que entregó a las expertas de CEDAW.  

De cara a la evaluación que enfrentará México del 2 al 20 de julio sobre el cumplimiento de las recomendaciones hechas por las expertas del Comité de la ONU en 2012 en materia de derechos de las mujeres, Ipas México informó al Comité de expertas que México no cumplió con la aplicación de la Norma Oficial Mexicana 046 (NOM 046), que garantiza el aborto a las víctimas de violación.

Cabe recordar que en 2016 México reformó la NOM 046 para que las víctimas de violación no tuvieran que presentar una denuncia para acceder al servicio de aborto y las niñas menores de 12 años pudieran acudir con la compañía de un tutor, sin que fuera forzosamente la madre o el padre.

Para las víctimas de violación, en especial para las niñas, el derecho al aborto está lejos de la realidad, describió la organización internacional en su reporte alternativo que entregó al comité de expertas, con el objetivo de dar un panorama certero en la salud sexual y reproductiva de las mexicanas.

De acuerdo con la organización, entre 2007 y 2013 las autoridades reportaron únicamente el acceso de 51 víctimas de violación a una interrupción del embarazo, a pesar de que se estima que cada año unas 14 mil mujeres y niñas son víctimas de este delito.  

Ipas destaca que en el caso de las niñas, el acceso al aborto se reduce aún más porque estos embarazos no son indagados como producto de violencia. Como resultado, entre 2008 y 2016 el Sistema de Información sobre Nacimientos (Sinac) informó que 103 mil 742 niñas menores de 14 años de edad se convirtieron en madres, es decir, un promedio de 11 mil 526 niñas al año.

La organización, especializada en Derechos sexuales y reproductivos, encontró que el personal médico niega el servicio de aborto –principalmente en los estados- argumentando que va en contra del Código Penal local, o bien, se declaran “objetores de conciencia”, sin que exista personal suficiente que los cubra para asegurar la atención.

Las niñas se ven forzadas a buscar otro tipo de servicios; algunas se trasladan a la capital del país en donde se han realizado en el Programa de Interrupción Legal del Embarazo (ILE), 176 mil 355 interrupciones, de 2007 a abril de 2017, de estos, 0.07 por ciento fueron realizados a niñas entre 11 y 14 años de edad (123 casos).

Otras, añade Ipas, debido a las restricciones, miedo y estigmas que enfrentan, acuden a servicios inseguros, lo que provocó que de 2002 a 2014 fallecieran mil 92 mujeres a causa de un aborto inseguro, de estas 14 por ciento eran adolescentes, informó la organización.

Con estos datos, en una sesión del Comité de expertas realizada en noviembre del año pasado, indicaron al Estado mexicano que si bien reconocen la reforma a la NOM 046, debe especificar en el informe que presente, estadísticas de las mujeres que han accedido a este servicio.

Cada cuatro años las especialistas de CEDAW –que forma parte de Naciones Unidas- evalúan al gobierno mexicano y éste debe atender de forma obligatoria las recomendaciones que le den.

En materia de salud, en 2006 el Comité exigió al Estado mexicano que ampliara los servicios de salud a las mujeres, incluyendo los servicios de salud reproductiva y planificación familiar, promoviendo además, la educación sexual y reproductiva en adolescentes.

Más tarde, en 2012, CEDAW pidió a México armonizar las legislaciones estatales relaciones con el aborto, eliminando los obstáculos que enfrentan las mujeres para acceder a una interrupción del embarazo legal y segura. En suma, asegurarse que cada entidad implementara la NOM 046.

Sobre estas recomendaciones, Ipas México consideró que el “Estado realizó esfuerzos insuficientes para promover el aborto a mujeres y víctimas de violación, fallando con las obligaciones internacionales que tiene México con los Derechos Humanos”.

EXPLICACIONES SOBRE “OBJECIÓN DE CONCIENCIA”

El Comité también pidió al gobierno mexicano que explique las reformas propuestas a la Ley General de Salud para incluir el término de “objeción de conciencia”,  -que se encuentran en espera de ser aprobadas por el senado- pues señalaron que saben que esta modificación permite al personal médico negar el acceso a servicios de salud como el aborto y la anticoncepción, bajo creencias personales.

Esta reforma propuesta por el Partido Encuentro Social (PES), fue aprobada por la Cámara de Diputados en octubre de 2017, las organizaciones civiles alertaron que eran esfuerzos de grupos conservadores por obstaculizar la interrupción del embarazo, además de no tener ningún sentido toda vez que la NOM 046 reconoce la objeción al personal médico.

Otro tema que Ipas presentó fue el embarazo en adolescentes ya que México ocupa el primer lugar de embarazos en mujeres entre los 15 y 19 años de edad de los países integrantes de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). De 2008 a 2016 registró 3 millones 508 mil 316 nacimientos en mujeres en este rango de edad.

18/HZM/LGL








REPORTAJE
VIOLENCIA
   Reciben AE y su acceso a ILE por violación
En 5 años, mil niñas fueron atendidas en la Clínica Condesa
CIMACFoto: Montserrat Antúnez Estrada
Por: Montserrat Antúnez Estrada y Hazel Zamora Mendieta
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 09/10/2017

En la Ciudad de México los únicos datos certeros sobre cuántas niñas fueron víctimas de violación sexual en los últimos cinco años los tiene la Clínica Especializada Condesa (CEC) –la instancia de salud pública que brinda atención médica a las víctimas de violación- donde fueron atendidas por esta causa, desde 2012 y hasta abril de 2017, mil 118 menores de edad.

Incluso la Procuraduría General de Justicia capitalina (PGJDF), de quien dependen las Agencias Especializadas en Delitos Sexuales, no mantiene un registro desagregado por sexo y edad de las víctimas. Solo registró, de 2012 a julio de 2017, mil 152 denuncias por violaciones sexuales cometidas contra niñez y adolescentes menores de 18 años de edad.

Lo mismo ocurre con el Tribunal Superior de Justicia local (TSJ), instancia consultada por esta agencia para conocer el número de sentencias que había dado en el mismo periodo por el delito de violación. La dependencia informó que de 2012 a junio de 2017 sentenció a 128 personas por el delito de violación, pero que tampoco cuenta con información desagregada por sexo y edad de las víctimas de este delito.

Los datos fueron obtenidos a través de solicitudes de información que Cimacnoticias realizó a la Secretaría de Salud capitalina (Sedesa), a la PGJDF y al TSJ como parte de la investigación que realiza sobre las violaciones sexuales a niñas.

URGE QUE ILE EN CDMX REGISTRE VIOLENCIA

De acuerdo a la información proporcionada por la Clínica Condesa, de 2012 a 2017, 192 niñas de 7 a 14 años de edad, recibieron anticoncepción de emergencia (AE).

Aun cuando los embarazos infantiles suelen estar relacionados con una violación sexual previa, si las menores de edad en la Ciudad no denuncian ni acuden a la Clínica Condesa para ser atendidas, la Sedesa no registra y, por consiguiente, no da aviso a la PGJDF para que los casos se investiguen y se descarte cualquier delito.

Respecto a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) por violación, los únicos datos disponibles son los de la CEC, ya que ahí fueron atendidas para recibir la AE y en caso necesario el derecho a una ILE. Así, el reporte señala que durante 2014 dos niñas de 8 años y una de 14 años fueron canalizadas a los servicios de ILE de la capital, y en 2016 una de14 años de edad.

En su respuesta a la solicitud de información, la Sedesa afirmó que no registra cuántas niñas de 10 a 14 años de edad han interrumpido un embarazo por una violación debido a que en la capital desde hace una década, tras la despenalización del aborto, basta con que la mujer solicite el servicio en alguna de las clínicas dentro de las primeras 12 semanas de gestación, por lo que no está documentando esta violencia.

Únicamente reportó que 2 mil 23 niñas entre 11 y 14 años de edad ejercieron su derecho al aborto, sin precisar si se trató por violencia sexual, así como tampoco si solamente eran de la capital o provenían de otros estados.  

Ante este panorama, personas expertas en salud reproductiva comienzan a plantear propuestas para obligar la documentación de la violencia sexual contra niñas que podría obtenerse de quienes solicitan los servicios de ILE.

“Esta flexibilidad que para bien nos ofrece el programa de ILE en Ciudad de México deja de lado poder registrar de manera específica aquellos casos que llegan producto de violación”, el registro produciría información esencial para medir los niveles de violencia sexual contra la infancia en la entidad y actuar en consecuencia, mencionó en entrevista el asesor de políticas públicas de Ipas México, Alexis Hernández González.

Al no registrar estas estadísticas el Estado contribuye a ocultar el problema, agregó la abogada del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) Ofelia Bastida. De impulsarse una propuesta para realizar el registro de violencia sexual contra las niñas en el servicio de ILE, “debería realizarse en condiciones de privacidad, cómodas y empáticas por personal calificado que no juzgue a las niñas” afirmó.

Si bien no existe un formulario que deba llenarse para conocer la razón de la interrupción, se debe difundir entre el personal médico que en los casos de este grupo etario es importante realizar una investigación, porque es altamente probable que un embarazo infantil corresponda a una violación, resaltó la ginecóloga y asesora en sistemas de salud de Ipas México, Claudia Martínez López.

La situación sobre la violencia sexual infantil en el país podría ser mayor a la que revelan los datos, pues de 2012 a mayo de 2017 la Sedesa informó a esta agencia que 3 mil 812 niñas se convirtieron en madres, sin que se sepa cuántos de esos embarazos fueron producto de una violación.

La experta en derechos sexuales y reproductivos recalcó la importancia de no ignorar a las niñas que sí llevan a término sus embarazos pues, dijo, “en ellas tampoco debería descartarse la posibilidad de haber sido víctimas de una violación”.

VIOLACIÓN, DELITO FRECUENTE

De 2012 hasta lo que va de este año, la Clínica Condesa atendió en promedio a 209 niñas por año. De éstas, 100 tenían de 2 a 5 años de edad; 153 de ellas tenía de 6 a 9 años; 48 era de 10 años; 79 tenía 11 años, 165 de 12 años y se presentaron 263 y 310 casos donde las niñas tenían 13 y 14 años de edad, respectivamente, cuando acudieron a la instancia médica.

Un dato relevante, es que desde 2014 se incrementaron los casos donde las víctimas tenían menos edad, por ejemplo se registraron violaciones a niñas de dos y tres años, un rango de edad que en los dos años anteriores había permanecido vacío.

En 2017 el panorama no fue alentador. Tan sólo en los primeros cuatro meses las niñas víctimas de violación que acudieron a la Clínica representaron 43 por ciento de las atenciones totales brindadas en 2016 a menores de 14 años (170). Es decir, 73 niñas de 14 años de edad fueron violentadas a principios de este año: 29 tenían de 3 a 9 años de edad, mientras que las 49 restantes eran de 10 a 14 años.

17/HZM/MMAE/LGL








ESTADOS
Aborto
   Lupita logró ejercer su derecho a no ser madre
ILE en CDMX influyó la primera aprobación en Chihuahua en 2007
CIMACFoto: César Martínez López
Por: la Redacción
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 25/04/2017
En 2007, una niña de Chihuahua, de 13 años de edad, quien fue violada  y a quien autoridades del estado le negaron interrumpir la gestación, pudo finalmente ejercer allá su derecho a no ser madre, gracias a la presión de organizaciones civiles, quienes advirtieron que la acompañarían a la capital del país, en donde desde hacía cuatro meses estaba vigente la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) hasta las 12 semanas.  
 
Lupita, como se conoció a la niña para proteger su identidad, debió luchar junto con su familia, feministas y  organizaciones civiles para que las autoridades locales actuaran de acuerdo con la NOM-190 y autorizaran por primera vez una ILE en Chihuahua, en respeto a la ley estatal. 
 
Lupita fue agredida el 5 de agosto de 2007, por  un sujeto llamado Óscar, alias El Pato, originario de Morelos. La madre de la niña contó a Cimacnoticias que su hija no le reveló de inmediato lo sucedido, sino hasta el 18 de agosto de 2007, al verla deprimida. Ella le dijo que temía que su agresor cumpliera las amenazas de matarla junto con su familia.  
 
Ante la Subagencia del Ministerio Público (MP) en Meoqui, la niña contó que mientras cuidaba a sus hermanos más pequeños, llegó un hombre a su casa, la llevó por la fuerza, arrastrando de los cabellos, hacia  una bodega cercana y la violó.    
 
La niña y su madre fueron amenazadas por el agente del MP que las atendió, les cuestionó la veracidad de su denuncia y les advirtió que pensaran bien si era conveniente denunciar, ya que se era falso lo que declaraban la niña podría ir a la cárcel. El tío de Lupita argumentó al MP que el caso era grave, pues se trataba de una niña, pero le respondió que "con el nuevo sistema de Justicia Penal, la edad de la víctima ya no es importante". Pese a la denuncia, no se giró orden de aprehensión. 
 
NEGATIVAS
 
El médico legista se negó a practicar el examen a la niña, pero  ante la insistencia realizó un certificado con graves inconsistencias, como asentar el nombre de otra persona e informar que la víctima tenía 21 años. 
 
Según la versión de la entonces regidora Chayito Ruiz, el médico no quería trasladarse de Delicias a Meoqui a revisar a la niña, hasta que sus superiores lo obligaron.   
El Centro de Derechos Humanos de las Mujeres (Cedehm)  insistió en la urgencia de resolver el caso, conforme a derecho, pero, dijo entonces la directora del organismo, Rosa Isela Castro (Lucha Castro),  “el Presidente del Supremo Tribunal de Chihuahua se negó a autorizar la ILE porque "los jueces no pueden dar la orden", aunque el Código Penal contemplara el aborto legal en caso de violación. No existe reglamento que indique a qué instancia corresponde el trámite y, por tanto, nadie se atreve a autorizarlo, le dijo el magistrado. 
  
La Procuraduría estatal tampoco asumió tomar medidas en el caso y el  director del Hospital Regional de Delicias, Carlos Herrera Azcona aseguró hoy que "ni con orden judicial" aceptaría que se practicara la intervención, argumentando motivos éticos.
 
Herrera Azcona dijo a la prensa local que no llevarían a cabo un aborto en ese hospital, porque "estaría en la conciencia de todos los que ahí laboran, desde el director hasta el ginecólogo y la enfermería que actuaran en ese caso". 
 
Lucha Castro respondió entonces que en la NOM-190,  la objeción de conciencia es una excepción de la debida obediencia de la ley, más no un derecho reconocido como tal. El respeto a la objeción de conciencia es una concesión democrática y una actitud de tolerancia, no una licencia para obstruir un derecho consagrado a favor de otro, señala la norma.
 
El médico que objete está obligado a asumir proceso de canalización responsable y desistir de cualquier maniobra disuasiva frente a la usuaria, puntualiza. La falsedad en la información médica, incluida la exageración sin base científica de las consecuencias del procedimiento, implica responsabilidad para quien o quienes presten la atención, aclara el texto. 
 
Castro acusó al médico de Chihuahua de no informar debidamente al Sector Salud, como lo indica la NOM 190, para casos de violación y que obliga a remitir los casos de violación al Sector Salud para detectar embarazo, VIH e Infecciones de Transmisión Sexual. De haber ocurrido así, Lupita hubiera sido medicada con la píldora del día después y se hubiera evitado el embarazo, explicó Castro a Cimacnoticias.
 
Grupos de mujeres y feministas enviaron cartas a las autoridades de Chihuahua para exigir que se garantizaran los derechos a la víctima, de acuerdo con el marco jurídico. Así lo confirmaron la directora del Instituto Chihuahuense de la Mujer, Luisa Camberos; la coordinadora del grupo feminista Ocho de Marzo, Irma Campos, y la magistrada Rosa Isela Jurado  
 
Camberos  insistió en que el Artículo 146 del Código Penal del estado de Chihuahua consideraba como excluyentes de responsabilidad penal en el delito de aborto: cuando el embarazo fuera resultado de una violación, siempre que se practicara dentro de los primeros noventa días de gestación, o de una inseminación artificial. 
 
También, cuando, de no realizarse la ILE, la mujer corriera peligro de afectación grave a su salud a juicio del médico que la asista, oyendo éste el dictamen de otro médico, siempre que esto fuere posible y no sea peligrosa la demora. Y, cuando el aborto fuera resultado “de una conducta imprudencial de la mujer embarazada”. 
 
Rosa Isela Castro recordó además que también la Ley Estatal del Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la Ley Estatal de Atención a Víctimas protegía a las víctimas de violencia sexual.  
 
Advirtió  que si el Sector Salud no acataba la NOM-190, acudirán a los órganos nacionales e internacionales correspondientes a denunciar la negligencia. 
 
Ante las reiteradas negativas y con el tiempo en contra, el   Cedehm solicitó al subprocurador de Atención a Víctimas del estado, Arturo Licón Baeza, dos pasajes de avión para llevar a la niña a la Ciudad de México,  pero negó el apoyo porque “si pagaban los boletos estarían consintiendo el aborto”. 
 
Finalmente, ante la presión de las organizaciones y el anuncio de que la niña iría con su madre a la Ciudad de México para acceder a la ILE, el 2 de septiembre de 2007 en el Hospital General de la ciudad de Chihuahua Lupita pudo ejercer su derecho a no ser madre.  
 
Lucha Castro calificó de “histórica” la decisión gubernamental de autorizar la ILE en este caso, ya que el embarazo representaba un  alto riesgo físico y emocional para la niña, por su edad.  
 
El Observatorio Ciudadano del Feminicidio dijo sobre el caso que, aunque el agresor estaba aún impune, se cumplió con el Código Penal. Reconoció la determinación  y valentía de Lupita y su familia, quienes no retrocedieron en su reclamo por justicia,  la seriedad y el compromiso de las integrantes del Cedehm, quienes lograron, por primera vez en el estado, se realice una ILE", expresó el Observatorio. 
 
El Observatorio reconoció también que el gobierno haya ponderado el derecho a la vida de la niña, ante el prejuicio moral expresado por médicos y ministerios públicos. Llamó a las autoridades para reglamentar en casos de ILE establecidos por la ley.  
 
Y recordó que el derecho internacional establece que la violencia contra la mujer, incluida la violencia sexual, constituye una forma de discriminación, como indica el Comité de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW), ratificada por México el 23 de marzo de 1981, y la Convención de Belém do Pará, adoptada el 9 de junio de 1994 y ratificada por México el 12 de noviembre de 1998.  
 
17/RED







REPORTAJE
Aborto
   Logro del movimiento feminista
El derecho a no ser madres, una década de ILE
CIMACFoto: César Martínez López
Por: Lourdes Godínez Leal
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 24/04/2017

Hace una década, el aborto se convirtió en tema de importancia nacional, reconocido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), tras años de insistencia del movimiento feminista y amplio de mujeres por lograr la despenalización del aborto hasta las 12 semanas de gestación, hoy vigente en nuestra ciudad.
 
Pese a los embates de grupos conservadores representados por la Iglesia Católica, legisladores y grupos Provida para impedir la Interrupción Legal del Embarazo, el aborto se colocó como un tema de salud pública, justicia social, y de Derechos Humanos de las mujeres, al reconocerles el derecho a decidir sobre su cuerpo y su maternidad.
 
El triunfo de las organizaciones de mujeres y feministas que hoy cumple 10 años, se inició en la década de los 70, cuando pugnaban por el aborto libre y gratuito, educación sexual desde la primaria y acceso a anticonceptivos.
 
Pero fue hasta el año 2000 que los primeros frutos de este trabajo feminista lograron que la Asamblea Legislativa del DF, bajo el gobierno de Rosario Robles, despenalizara el aborto por motivos eugenésicos o malformaciones congénitas.
 
En esa ocasión también se enfrentó una acción de  inconstitucionalidad promovida por los partidos Verde
Ecologista y Acción Nacional.
 
La SCJN declaró en el 2000 la reforma al Código Penal del entonces DF, como constitucional. El proyecto fue presentado por la ex ministra Olga Sánchez Cordero, quien desde un principio dejó en claro que lo que se discutía nada tenía que ver “con principios éticos, morales, religiosos o políticos sino que era un tema eminentemente jurídico".
 
7 AÑOS DESPUÉS LA MISMA HISTORIA
 
El 24 de abril de 2007, la ALDF aprobó modificar la Ley del Salud del Distrito Federal y, entre otros, el Artículo 144 del Código Penal del DF, con lo que estableció que la interrupción del embarazo es legal hasta las doce semanas de gestación y que los 14 hospitales de la Secretaría de Salud capitalina brindarían el servicio de Interrupción Legal del Embarazo (ILE), así como consejería.
 
La norma entró en vigor el 27 de abril, un día después de su publicación en la Gaceta Oficial del DF.
 
Sin embargo, el 24 de mayo de 2007, un mes después de la aprobación en la ALDF, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) encabezada por José Luis Soberanes y la Procuraduría General de la República (PGR) encabezada por Eduardo Medina Mora (ahora ministro de la SCJN) presentaron ante la Corte dos acciones de inconstitucionalidad por considerar que la Asamblea Legislativa no tenía facultades para legislar en la materia y por la definición de embarazo y de aborto.
 
La Corte escuchó a partir del 2008, a lo largo de 6 audiencias públicas, a personas de la academia, organizaciones a favor y en contra del aborto, feministas, juristas, a la Consejera Jurídica del DF responsable de defender la norma, Leticia Bonifaz, y a la ciudadanía, que manifestaron sus posturas en torno al tema.
 
Cabe resaltar que sólo en dos ocasiones la Corte ha convocado a estas audiencias, la primera con la Ley Federal de Telecomunicaciones (también conocida como "ley Televisa").
 
Pese a que el proyecto de sentencia estuvo a cargo de uno de los ministros más conservadores, Salvador Aguirre Anguiano, quien en todo momento defendió “la vida desde el momento de la concepción”, lo que se colocó en el centro de la discusión de las y los ministros fueron los Derechos Humanos de las Mujeres y los tratados internacionales signados por México para proteger los Derechos Sexuales y Reproductivos.
 
El trabajo impulsado por las organizaciones como Católicas por el Derecho a Decidir, Equidad de Género, Ipas México, Population Council, Elige y el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) y de agrupaciones como el Centro de Estudios Ecuménicos, el Centro de Estudios Sociales y Culturales “Antonio de Montesinos”, entre otros, tuvo eco en las y los ministros.
 
LAS MUJERES EN EL CENTRO DEL DISCURSO
 
Hace 10 años, la SCJN determinó que las mujeres son sujetas de derechos, que las leyes las amparan y que tienen derecho a decidir sobre continuar un embarazo o no.
 
Lo que reconoció la Corte es que el aborto es un tema de justicia social pues las leyes deben beneficiar a las mujeres, sobre todo a las más pobres para asegurarles servicios de salud seguros, máxime, cuando el Estado Mexicano incumple con su obligación constitucional “de educar en materia sexual y reproductiva y de no hacer los esfuerzos suficientes para garantizar un acceso pleno a métodos anticonceptivos”.
 
Y aún más, señaló que la penalización del aborto ha resultado ineficaz, y lejos de impedir que las mujeres recurran a la ILE de manera segura, se les obliga a someterse a procedimientos insalubres que ponen en riesgo sus vidas.
 
Por lo que aseguraron las y los ministros que la despenalización del aborto en sus primeras 12 semanas salvaguarda los derechos de las mujeres tutelados por la Constitución.
 
Reconocieron que obligar a las mujeres y niñas a continuar con embarazos que no desean, es equiparable a formas de esclavitud, pues se les condena a “embarazos forzados” por lo que penalizar la ILE, “discrimina por razones de género” ya que se justifica que una mujer embarazada culmine su embarazo bajo amenazas penales.
 
Argumentos reiterados durante más de 30 años por el movimiento feminista y amplio de mujeres.
 
Por vez primera también reconoció la Corte “el derecho de las niñas a no ser madres”.
 
“Cuando el Estado impone condiciones de embarazo por la vía penal, coloca a las mujeres en desigualdad social”, sostuvo en su argumentación el máximo tribunal de justicia del país.
 
Las y los ministros sostuvieron que la ILE es un derecho a la salud y ha contribuido a educar e informar a las mujeres sobre sus derechos sexuales y reproductivos.
 
A 10 años de este triunfo del movimiento feminista y pese a los intentos de los grupos conservadores para echarlo atrás, lo cierto es que 176 mil 355 mujeres de 18 entidades federativas, han ejercido su derecho a no ser madres.
 
17/LGL
 
 

 







ESTADOS
SALUD
   Con todos los permisos del gobierno
Mujeres en las olas, en costas de Guerrero para proporcionar ILE
Imagen de Guadalupe Cabañas
Por: Guadalupe Cabañas, corresponsal
Cimacnoticias | Ixtapa Zihuatanejo, Gro .- 21/04/2017

En colaboración con organizaciones locales y nacionales, el barco de Women on Waves (Mujeres sobre las olas) está en México para atender en aguas internacionales a mujeres con hasta nueve semanas de embarazo que desean realizarse un aborto seguro.
 
El aborto en caso de violación sexual es legal en todo México. Además, en cada entidad existen otras razones por las que se permite el aborto, aunque la ley no siempre se cumple para garantizar el acceso a este servicio. Por ello, en situaciones distintas, las mujeres que desean abortar necesitan asumir los costos, tanto económicos como de logística y de transporte hacia la Ciudad de México, donde el aborto es legal desde hace diez años por libre decisión de la mujer.
 
 Pero muchas mujeres no pueden viajar o  costear este viaje y se ven obligadas a realizarse un aborto inseguro poniendo en riesgo su salud y su vida; con la probabilidad de verse criminalizadas y, en ocasiones, encarceladas.
 
La organización internacional, que hace escala en playas de Ixtapa Zihuatanejo, Guerrero, informó que esta campaña de derechos humanos quiere visibilizar la necesidad de abortos seguros en todo México, así como la solidaridad de las mujeres de todo el mundo.
 
“El barco de Women on Waves (Mujeres sobre las olas), informa, cuenta con todos los permisos requeridos en México y estará atendiendo a las mujeres hasta el próximo domingo 23 de abril, los servicios que se brindan a bordo se rigen por los más altos estándares médicos internacionales y las recomendaciones de la OMS”.
 
La organización civil Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), menciona que “El derecho a un aborto seguro va más allá de ideologías, es una necesidad urgente que debe garantizarse en todas las entidades federativas del país”.
 
Y, dice GIRE, desde 2009 se estima que cada año se realizan un millón de abortos en todo el territorio mexicano  y  que en la Ciudad de México el procedimiento es seguro y efectivo, pues se realiza bajo las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) con sólo un índice de complicaciones de 0.68 por ciento. En el resto del país, debido a las restricciones legales, el índice de complicaciones aumenta a 36 por ciento. Y que el 9.2 por ciento de muertes maternas están relacionadas al aborto.
 
RESPETO A DERECHOS, PIDEN
 
En Guerrero existen cuatro causales para solicitar el aborto legal, el Artículo 159 del Código Penal del estado establece que cuando sea por violación, por inseminación artificial no consentida, cuando existe peligro de afectación grave a su salud y cuando el producto presenta alteraciones genéticas o congénitas.
 
Las 40 organizaciones civiles de mujeres que defienden el derecho a decidir y su libre elección a la maternidad hicieron un exhorto hoy en Ixtapa Zihuatanejo,  en conferencia de prensa, dirigido a los Estados, a las Entidades Federativas, al Congreso de la Unión y a la Secretaría de Salud Federal para proteger los derechos de las mujeres y garantizar su derecho a la salud:
 
Llaman a los estados donde el aborto está restringido legalmente: a detener la persecución y encarcelamiento de las mujeres que, después de someterse a un aborto inseguro o haber sufrido un aborto espontáneo, buscan atención médica en instituciones de salud.
 
A todas las entidades federativas: a cumplir con la NOM 046 y la Ley General de Víctimas que dictan el acceso sin obstáculos al aborto para víctimas de violencia sexual.
 
A los estados: a reformar sus códigos penales de modo que armonicen con la Constitución mexicana y los convenios internacionales de derechos humanos ratificados por México, para que el aborto por libre decisión deje de ser considerado delito, por lo menos las primeras semanas del embarazo.
 
Al Congreso de la Unión: a reformar el Código Penal Federal en armonía con la Constitución mexicana y convenios internacionales de derechos humanos ratificados por México para legalizar y garantizar el acceso al aborto seguro y gratuito para las mujeres que lo requieran.
 
A la Secretaría de Salud federal: a que garantice el cumplimiento de la NOM 046 en todo el país; que garantice atención médica a toda mujer que cursó un aborto con complicaciones, que el personal médico se rija por el principio de confidencialidad, respetando así el derecho a la privacidad de las pacientes.
 
 Rebeca Gomperts, directora de Women on Waves; Regina Tames, directora de GIRE; Oriana López, de Fondo María; Ranferi Rosendo de REDEFINE GRO; Martha Sánchez Néstor, del Grupo Plural, y la diputada federal Maricela Contreras, hicieron un llamado también a la Secretaría de Salud para que garantice el acceso a la amplia gama de métodos anticonceptivos adecuados a las necesidades específicas de cada mujer y a la Secretaría de Educación Pública para que asegure el acceso a la educación integral en sexualidad, veraz y oportuna, en todos los niveles educativos.
 
17/GC/GG








NACIONAL
Aborto
   FOCOS, mapa virtual, lo visibiliza
Testimonios de mujeres revelan que es frecuente aborto inducido
Imagen retomada del facebook de Focos.Mx
Por: la Redacción
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 11/04/2017

A 10 años de la despenalización del aborto en la Ciudad de México, agrupaciones civiles especializadas en derechos sexuales y reproductivos buscan visibilizar, a partir de testimonios de mujeres, que la práctica del aborto inducido es un evento reproductivo frecuente en nuestro país.
 
Con este objetivo, la Alianza Nacional por el Derecho a Decidir (Andar) desarrolló FOCOS, una plataforma online en la que mujeres que abortaron pueden “encender un foco” en un mapa virtual de México, para indicar de dónde son, y si lo desean compartir su testimonio a través de distintos formatos (texto, imagen, video o audio), con el fin de contribuir a la reducción del estigma que permanece alrededor del aborto.
 
“Es muy importante hablar sobre nuestras experiencias de aborto entre nosotras mismas”, continúa la descripción de los objetivos de FOCOS,  “saber que somos muchas las mujeres que hemos tomado la misma decisión, o que podemos tomarla en algún momento, y sabernos acompañadas.”
 
Aunque en todo el país se puede acceder a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) si una mujer o niña está embarazada a causa de una violación sexual (Norma Oficial Mexicana 046) y cada entidad regula bajo qué causales se puede acceder al servicio, sólo en la capital el aborto voluntario es legal dentro de las primeras 12 semanas de embarazo.
 
10 AÑOS DE ILE EN LA CDMX
 
Con ello, el próximo 24 de abril se cumplen 10 años de la reforma al Código Penal y la Ley de Salud de la Ciudad de México, que despenalizó el aborto a nivel local y asentó una de las normas de protección a los derechos de las mujeres más importantes de América Latina.
 
Antes del lanzamiento público de la plataforma, FOCOS busca contar con una gran cantidad y variedad de testimonios que den cuenta de que el aborto es una necesidad que expresan las mujeres en todo el país y que las leyes que la restringen, no dan cuenta de esta necesidad y sólo violan sus derechos.
 
En el mapa se observa que las mujeres que compartieron su experiencia sobre la práctica del aborto se ubican principalmente en la región centro (Ciudad de México, Puebla, Estado de México, Hidalgo, Tlaxcala, Querétaro, Oaxaca y Jalisco).
 
El portal FOCOS, también brinda información sobre el aborto y habla sobre tabús que existen sobre el tema, como la “depresión postaborto”, de la que no hay evidencia científica, ya que “en su mayoría, las mujeres sienten alivio después de la interrupción del embarazo, especialmente si tienen la posibilidad de hablar y sentirse apoyadas”, indican las agrupaciones especializadas en salud sexual y reproductiva que integran Andar.
 
Asimismo, dentro de la página web existen otras opciones que buscan orientar y acompañar de manera gratuita a mujeres que buscan acceder a la ILE.
 
17/HZM/GG
 








NACIONAL
SALUD
   Para no verse afectados en Edomex
Por cálculo electoral, PAN y PRI abandonan debate sobre NOM 046
CIMACFoto: César Martínez López
Por: Anayeli García Martínez
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 22/03/2017

Los Partidos Acción Nacional (PAN) y Revolucionario Institucional (PRI) desistieron el debate sobre la inclusión de la norma que establece los criterios para la interrupción legal del embarazo en casos de violación (NOM 046), en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, porque preocupó el impacto de esta decisión en el proceso electoral del Estado de México, afirmó la diputada del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Hortensia Aragón Castillo.
 
Este 21 de marzo, la Comisión de Igualdad de Género informó a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados que retiraba el dictamen para incluir en la Ley General de Acceso una referencia a la Norma Oficial Mexicana: NOM-046-SSA2-2005 Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la Prevención y Atención (NOM 46), que permite el aborto en casos de violación sexual.
 
La diputada por el PRD dijo en entrevista que esta decisión pudo ser de tinte electoral. “Creo que hay una preocupación estrictamente de carácter electoral, por la percepción social, equivocada, del PRI por el proceso electoral en el Estado de México”.
 
De acuerdo con Aragón –quien ha destacado por su interés legislativo en los derechos de las mujeres-, las diputadas del PAN y el PRI fueron las que firmaron el dictamen e hicieron mayoría para retirarlo del pleno, porque no querían salir dividas. Pero además hubo una injerencia de las diputadas del Partido Encuentro Social (PES) quienes, aunque tenían derecho de expresar sus opiniones, mintieron sobre el tema y “calentaron los ánimos”, diciendo que se votaría el aborto.
 
DEBATE MANIPULADOR, FALSO
 
“¿Cuál fue el debate? Fue un debate falso, manipulador, oportunista, que hizo la derecha, encabezada por las diputadas del PES en los medios de comunicación, en el que presionaron a las diputadas y diputados de todas las fracciones con correos de todas las iglesias y grupos de derecha. Se contaminó indebidamente el tema que no estaba a discusión: el derecho a abortar de quienes son víctimas de violación”, dijo.  
 
Por si fuera poco, agregó, el debate se enrareció porque hay diputados a quienes no les gusta leer y a quienes les asusta el clero, ya que sólo se miran en las encuestas. “Con ese cálculo electoral resolvieron que lo mejor era retirar la iniciativa. Nosotros lo dijimos, es una decisión de la mayoría del PRI y del PAN en esta Cámara”. 
 
NOM 046, VIGENTE
 
La legisladora señaló que la NOM 046 es vigente y no se modificó pero destacó que a propuesta de las diputadas del PRI, Laura Nereida Plascencia Pacheco y Erika Araceli Rodríguez Hernández, la Comisión de Igualdad pretendía presionar a la Secretaría de Salud para que aplicara la Norma porque el número de embarazos por violación es alto y al parecer las acciones son omisas.
 
“Es una iniciativa del PRI que no tenía mucho sentido. A mí me lo preguntas y francamente te digo, ¿para qué metes algo que ya esta ley y una norma que no está en discusión?”.
 
Ahora, señaló,  se debe llamar al secretario de Salud, José Narro Robles, a comparecer y presentar información sobre el tema, que diga en qué entidades se dan casos de embarazo por violación y qué está haciendo la dependencia de acuerdo con la NOM 046, para que las diputadas conozcan si el delito de violación sexual es sancionado y si las víctimas pueden acceder al aborto.
 
Aseguró que las diputadas del PRD y de Movimiento Ciudadano van juntas en esta petición para que Narro Robles comparezca ante la Comisión de Igualdad de Género y la Comisión de Salud.
 
17/AGM/GG
 








NACIONAL
SALUD
   SS debe informar sobre aplicación de norma
Retiran dictamen para reformar LGAMVLV que incluía NOM 046
CIMACFoto: César Martínez López
Por: Anayeli García Martínez
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 22/03/2017
La Junta Directiva de la Comisión de Igualdad de Género de la Cámara de Diputados retiró el dictamen para reformar los artículos 46, 40 y 50 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia donde se pretendía incorporar la NOM 046 que garantiza la interrupción legal del embarazo (ILE) en casos de violación sexual.
 
En la sesión de este martes, la Mesa Directiva de la Cámara baja informó que se retiró el dictamen a fin de someter el tema a un estudio y análisis más profundo toda vez que en la sesión del 9 de marzo se subió a pleno, pero de última hora no se discutió y después, el 14 del mismo mes, por segunda ocasión fue retirado porque no hubo consenso sobre la redacción.  
 
La diputada de Movimiento Ciudadano, Candelaria Ochoa Avalos, reclamó ante el pleno que el dictamen se discutió sin el consenso de la Mesa Directiva de la Comisión de Igualdad y que ella no fue consultada. Además, previamente señaló en entrevista que este tema causaba ruido porque se estaba difundiendo la legalidad del aborto en casos de violación sexual. 
 
Al respecto la diputada del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Cecilia Soto González, propuso a la Comisión de Igualdad de Género y a la Comisión de Salud, que se invite al Secretario de Salud a comparecer y compartir diagnósticos sobre la implementación de la Norma Oficial Mexicana: NOM-046-SSA2-2005 Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la Prevención y Atención (NOM 46).
 
“Es claro que se trata de un tema delicado, es claro que se trata de un tema profundo y es un tema que no se arregla con medidas punitivas, por ejemplo, en el caso de que no se cumpla, como ha venido sucediendo, la NOM 046”.
 
Además aprovechó para recordar que desde 1931 el Código Penal Federal permite el aborto en casos de violación sexual. 
 
La también perredista Cristina Ismene Gaytán calificó como una pena que haya tácticas dilatorias para no hacer valer los derechos de las mujeres y destacó que este tema fue avalado por mayoría en la Comisión de Igualdad cuando las diputadas votaron a favor de incorporar la NOM 046 a la Ley General de Acceso aunque ahora se retire del pleno para regresarlo a la Comisión. 
 
“Esto es triste porque se nos convocó a diversas reuniones para construir este acuerdo; llegamos a una serie de acuerdos y sin más se dejan de lado, no se respetan, y además se presentan, como ya se ha dicho, sin autorización siquiera de la Comisión de Igualdad, el retiro de este dictamen”.
 
La diputada del sol azteca reclamó que a las mujeres se les regale flores y felicitaciones, en alusión a la conmemoración del Día Internacional de la Mujer, y que a la par no se respete su derecho a decidir sobre las reformas legislativas, porque aseguró que eliminar de la discusión un dictamen fue un “acuerdo cupular”. 
 
Ante los reclamos de las diputadas, el diputado del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Jorge Carlos Ramírez Marín, mostró su desconcierto y señaló que su fracción parlamentaria apoyaba la propuesta de la legisladora Cecilia Soto de pedir información sobre la implementación de la norma que garantiza el aborto legal.
 
“Nos parece que debe haber explicaciones, estudios, comparecencias, reuniones, reuniones de trabajo; por supuesto destacamos la importancia al tema; nos solidarizamos con su petición”, dijo
 
Además aseguró quera imperdonable que no se haya tomado en cuenta a la diputada Candelaria Ochoa, quien fue una de las más activas participantes en este tema, “que reciba una disculpa, que quede constancia de ella en el libro de actas, y por supuesto esperemos que pueda participar, y mucho, en lo que sigue de este tema”, dijo el priista. 
 
Previo a estos posicionamientos en el pleno, la diputada Ochoa aseguró en entrevista que el dictamen se modificó para quitar la referencia a la NOM 046, lo que en su opinión era un documento que no tenía sentido llevar al pleno porque a la derecha lo que le preocupaba era difundir la legalidad de la interrupción del embarazo producto de una violación. 
 
17/AGM/GG
 

 








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