Cámara de Diputados
POLÍTICA
No se aprobó en tiempo y forma, argumentan
Aprueban violencia política, pero no aplica para próximo periodo electoral

En medio del proceso electoral 2018 y del despliegue de las precampañas para ocupar la Presidencia de la República, la Cámara de Diputados aprobó incluir el concepto de “violencia política de género” en cinco leyes generales, modificaciones que no aplicarán en estos comicios porque no se aprobaron en tiempo y forma y porque todavía deben ser avaladas por el Senado.
En el último día del periodo ordinario de sesiones, el pasado 15 de diciembre, la Cámara baja aprobó las reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; la Ley General de Partidos Políticos; la Ley General en Materia de Delitos Electorales; y a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
Con un retraso de más de nueve meses desde que el 9 de marzo el Senado aprobó las reformas y envió la minuta al recinto de San Lázaro para su aval, finalmente en la maratónica sesión del viernes –donde también se aprobó la Ley de Seguridad Interior– las y los legisladores avalaron las modificaciones en materia de violencia contra las mujeres en el ámbito político, campañas electorales y ejercicio de cargos públicos.
Desde 2012 se presentó la primera propuesta para prevenir y sancionar los actos de violencia contra políticas, candidatas o mujeres que participaran en política, la cual fue avalada por el Senado en 2013 pero tras la inactividad de diputadas y diputados tuvieron que pasar cinco años para que finalmente el tema volviera a presentarse en el Congreso de la Unión.
Sin embargo, el proceso legislativo no ha concluido porque el dictamen realizado por las Comisiones de Gobernación, presidida por la diputada priista Mercedes del Carmen Guillén, y de Igualdad de Género, encabezada por la también priista Laura Plascencia Pacheco, aprobaron reformas con cambios por lo que, nuevamente, el documento será enviado al Senado para otra revisión y votación.
En una sesión donde estuvieron presentes prácticamente la mitad de las y los diputados, por unanimidad de 263 votos a favor –y en medio de agradecimientos al coordinador de los priistas, César Camacho Quiroz, por hacer posible el dictamen, como lo dijo la diputada Plascencia Pacheco– se celebró el concluir este “complicado” tramo del proceso parlamentario.
El Artículo 105 de la Constitución federal, en su fracción II, inciso I, indica que las leyes en materia de elecciones deben aprobarse y publicarse por lo menos 90 días antes del inicio de un proceso electoral y durante el mismo no podrá hacerse modificaciones legales fundamentales, por lo que la violencia política no se podrá invocar en las elecciones de 2018.
En San Lázaro, la diputada por Movimiento Regeneración Nacional (Morena) y ex candidata a la gubernatura del Estado de México, Delfina Gómez, ejemplificó con su caso la violencia que viven las mujeres que buscan cargos de elección popular, recordó los señalamientos y denostaciones que vivió durante su campaña en este año y que incluso atrajo la solidaridad de un sector de las mujeres priistas.
“Viví acciones de misoginia, de gente que lamentablemente ocupa o ha ocupado cargos públicos, como es el caso de (Felipe) Calderón y del propio presidente de la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados, que yo siento que tendrían que ser los que tenían que poner el ejemplo y que desde aquí digo, qué triste y lamentable para nuestro país tener este tipo de gobernantes”.
La diputada, a quien el expresidente Caldearon tildó de “títere” del líder de Morena, Andrés Manuel López Obrador, dijo que si esta minuta se hubiera aprobado en el periodo ordinario anterior, hubiera sido un logro para todas las mujeres que están en la política.
La minuta enviada por la Cámara de Senadores redefine la violencia política en razón de género como “la acción u omisión que, en el marco del ejercicio de los derechos político-electorales, o bien, en el ejercicio de un cargo público, tenga por objeto o resultado limitar o anular el ejercicio efectivo de los derechos político-electorales de las mujeres, o el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo o su función del poder público”.
A partir de la reforma político-electoral de 2014, cuando comenzaron a salir a la luz casos de violencia, desde destituciones arbitrarias, campañas misóginas y hasta asesinatos de aspirantes a cargos de elección, las mujeres han llamado la atención sobre este tema pero ante la falta de una legislación en noviembre las autoridades electorales reeditaron el “Protocolo para la Atención de la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género” creado en 2016.
17/AGM/LGL
VIOLENCIA
Inhabilitación de tres meses a un año
Propone diputada sancionar a funcionarios que incumplan AVG

La diputada del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Olga Catalán Padilla, propuso reformar la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) para que se sancione a los funcionarios públicos que incumplan con la declaratoria de Alerta de Violencia de Género (AVG).
La legisladora presentó el pasado 5 de diciembre una iniciativa en la Cámara de Diputados para incorporar en un último capítulo de la Ley de Acceso, las sanciones que tendrán los servidores públicos que incumplan con la AVG desde el proceso de la emisión, implementación y evaluación del mecanismo.
La propuesta es que se inhabilite por un periodo de tres meses a un año, a los funcionarios que estén relacionados de forma “directa o indirecta” en cumplir con la AVG. Esta sanción es equiparable a la penalidad que establece la Ley General de Responsabilidad Administrativas, describió la diputada en su iniciativa.
Hasta ahora en 12 entidades del país está activa la AVG (Estado de México, Morelos, Michoacán, Nuevo León, Chiapas, Sinaloa, San Luis Potosí, Nayarit, Colima, Guerrero, Veracruz y Quintana Roo), en ellos las asociaciones civiles locales han denunciado reiteradamente las omisiones y el desdén de los gobierno por acatar los compromisos que asumen tras el decreto de Alerta.
Catalán Padilla señaló que entre los impedimentos para hacer funcionar la Alerta también destacan los trámites burocráticos, las prórrogas que concede la Secretaría de Gobernación (Segob) a los gobiernos para cumplir las recomendaciones –un plazo que no está previsto en ley-.
Y añadió que el principal factor por el cual la AVG no ha cumplido con su objetivo: “contener de forma emergente la situación de violencia por razones de género en las que viven las mexicanas”, es la falta de voluntad política de las autoridades.
Lo anterior, indicó la diputada, es resultado del vacío en la normativa de la AVG respecto a las sanciones contra los funcionarios que “entorpecen en la función y activación de la Alerta”, por ello propuso “regular su comportamiento”.
Muchas de estas Alertas con más de un año de vigencia, siguen sin tener resultados sobre el impacto que tienen en la cotidianidad y vida de las mujeres, la legisladora lo ejemplificó con el caso del Estado de México (Edomex).
A pesar de que el Edomex cuenta desde 2015 con el mecanismo en 11 municipios, tan solo en 2016 se registraron 263 asesinatos violentos de mujeres, precisó Olga Catalán.
La perredista es integrante de la Comisión especial de AVG que conforman 13 diputados y cabe mencionar que el Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres) recientemente presentó a las organizaciones civiles un proyecto de reforma al reglamento del mecanismo con el objetivo de reducir a dos meses la declaratoria.
17/HZM/LGL
INFANCIA
Avanza en Comisión de Igualdad de Género, falta el pleno
Aprueban iniciativa para infancia en orfandad por feminicidio

La Comisión de Igualdad de Género avaló un dictamen para reformar el Artículo 26 Bis de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia a fin de crear programas de desarrollo social para niñas y niños que quedaron en orfandad a causa del feminicidio de sus madres.
El 18 de octubre el organismo avaló la iniciativa elaborada por la diputada Laura Nereida Plascencia Pacheco, quien en abril de este año presentó la propuesta, un mes después de que Cimacnoticias publicara un reportaje sobre la falta de información y de políticas públicas para atender a niñas y niños que quedaron en orfandad por feminicidio.
La reforma es para señalar que “la federación, los estados, la Ciudad de México y los municipios, se coordinaran para el diseño e implementación de programas de desarrollo social y empoderamiento económico para mujeres sobrevivientes de violencia feminicida, y para las y los dependientes de las víctimas mortales de este delito”.
La iniciativa, que aún debe ser avalada por el pleno de la Cámara de Diputados, indica que muchas de las mujeres que fueron asesinadas o son sobrevivientes de feminicidio fueron atacadas por sus parejas. Como consecuencia, ellas o sus familias quedan en la indefensión porque muchas veces dependían económicamente del feminicida.
“Para atender la violencia en contra de las mujeres es necesaria una visión integral del problema. No basta con que los feminicidas sean procesados y, eventualmente, encarcelados. Se necesita una visión más comprensiva del problema y que se atiendan a las sobrevivientes, a sus víctimas y se erradique la violencia hacia y contra las mujeres”, destacó la diputada en su propuesta.
La legisladora priista señaló que durante 2014 se registraron 2 mil 408 defunciones de mujeres a causa de agresiones intencionales y para 2015 se registraron 2 mil 383, lo que representa alrededor del 12 por ciento del total de los homicidios registrados en esos años: 20 mil 10 en 2014 y 20 mil 525 en 2015, según datos del Instituto Nacional de Geografía y Estadística (Inegi).
Como lo documentó Cimacnoticias en su investigación, la legisladora destacó que no existen datos para documentar los casos de niñas y niños que han quedado en la orfandad por causas de delitos como el feminicidio. La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas sólo tiene el registro de 65 casos de orfandad por feminicidio en un periodo de tres años.
Ante el creciente número de casos de mujeres sobrevivientes de feminicidio, destacó en su momento Plascencia Pacheco, es urgente la creación de programas de desarrollo social y económico que les permitan el acceso efectivo a recursos para salir de ese estado de emergencia en el que se encuentran.
A esta iniciativa se sumó la de la diputada priista Paola Iveth Gárate Valenzuela, quien en mayo pasado presentó una basada en la investigación hecha por Cimacnoticias. La legisladora propuso reformar el artículo 47 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y el artículo 97 de la Ley General de Víctimas.
La propuesta de Gárate Valenzuela propone reformar la ley para que el Registro Nacional de Víctimas integre el número de niñas, niños y adolescentes hijos de víctimas de feminicidio que se encuentren en cualquier institución o entidad federal o de las entidades federativas o municipales, así como de las Comisiones de Derechos Humanos en los casos donde se hayan dictado recomendaciones o medidas precautorias; o bien, se hayan celebrado acuerdos de conciliación en este tema.
17/AGM/LGL
SALUD
Llaman al senado a no aprobar iniciativa
Objeción de conciencia responde a intereses de grupos religiosos

La recién aprobada objeción de conciencia para los prestadores de servicios de salud (personal de apoyo y administrativo), representa un riesgo porque faculta a la Secretaría de Salud a incluir a más objetores y ampliar los servicios y prácticas o investigaciones en el mismo sentido.
Entrevistada por Cimacnoticias, la asesora en política y abogacía de Ipas México, Fernanda Díaz de León, explicó que el dictamen aprobado ayer por la Cámara de diputados, establece en su artículo segundo transitorio que será la Secretaría de Salud Federal la encargada de hacer, en un plazo de 90 días, los lineamientos para el ejercicio de la objeción de conciencia, lo que en su opinión es preocupante ya que podrá objetar los servicios o procedimientos médicos que considere.
“El motivo no sólo es alarmante para los servicios de interrupción del embarazo, no se limita a eso, es devastador para todos los servicios de salud de las personas”, aseguró la abogada especialista en Derechos Sexuales y Reproductivos.
De lograrse esta propuesta, agregó, “desde la persona vigilante de la puerta podría decidir que está en contra de algún servicio como el aborto y podría negarle el registro a una usuaria, o el derecho a una ficha una persona que iba por cualquier otro servicio”, ejemplificó Díaz de León.
Con ello la Secretaría, si así lo reglamenta, podría ampliar y reconocer como objetores de conciencia al personal de vigilancia, servicio social, recepcionistas, entre otros, o regular en qué procedimientos médicos se puede aplicar, tal como lo pretendía en un inicio el proyecto de ley de la diputada del Partido Encuentro Social (PES) Norma Edith Martínez Guzmán, aseguró Díaz de León.
La objeción de conciencia para el personal sanitario no es una novedad, tras la despenalización del aborto en 2007 en la Ciudad de México se reconoció en el artículo 59 de la Ley de Salud local que el personal médico y de enfermería que lo practique puede objetar no hacerlo por convicciones éticas y morales, asimismo lo reconoce el apartado sexto de la Norma Oficial Mexicana 046 (NOM 046) que garantiza en el país el aborto en casos de violación.
Lo que planteó la iniciativa original de la diputada Martínez Guzmán, era ampliar la objeción a “profesionistas, técnicos, auxiliares y prestadores de servicio social”, por lo que ayer en el pleno se discutieron los obstáculos que esto podría representar en el acceso a los servicios de salud reproductiva para las mujeres, quedándose limitado solamente al personal de enfermería y médico como objetor de conciencia (facultad que ya tienen).
“Es muy importante establecer las reglas y cómo es que el ejercicio de esta prerrogativa no afecte los derechos de terceros, que es lo que establece la Constitución”, pero falta que lo vote el Senado, quien podría aceptar el dictamen sin modificaciones, o bien, regresarlo a San Lázaro con adecuaciones.
Esperamos que no se apruebe y el llamado a las y los senadores es ése, ya que además es una reforma innecesaria, dijo.
“Es un dictamen que no es prioritario porque hay temas nacionales de urgente discusión y la objeción de conciencia no es uno de ellos, me parece que esta iniciativa responde a intereses de grupos religiosos por incluir en la ley sus creencias y eso es preocupante en el marco del Estado laico”, concluyó Fernanda Díaz de León.
La iniciativa de la diputada de Encuentro Social fue impulsada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y el Partido Acción Nacional (PAN) de la Comisión de Salud.
Cabe mencionar que a lo largo de su carrera, la diputada Martínez Guzmán también se ha manifestado en contra de permitir a las mujeres a abortar en casos de violación, además presentó en 2016 una iniciativa para modificar el artículo 4° de la Constitución Política del país para “proteger la vida desde el momento de concepción y estado en contra de otras temáticas como el matrimonio igualitario.
17/HZM/LGL
POLÍTICA
Proponen aumentar sanciones a feminicidas de menores de edad
Proponen aumentar sanciones a feminicidas de menores de edad

La diputada de Movimiento Ciudadano (MC), Candelaria Ochoa Ávalos y el legislador Clemente Castañeda Hoeflich, propusieron reformar el Código Penal Federal para considerar un agravante del delito de feminicidio cuando la víctima sea menor de edad y así aumentar la sanción a los responsables de estos crímenes.
En la sesión de este jueves, la diputada Ochoa Ávalos presentó una propuesta para modificar los Artículos 51 sobre aplicación de sanciones y 325 que define el feminicidio en el Código Penal Federal, para que jueces y tribunales consideren como agravante las razones de género al momento de aplicar las sanciones establecidas para este delito.
La finalidad es que las penas en casos donde la víctima sea una niña o adolescente aumenten en la mitad. Actualmente la sanción va de 40 a 60 años de prisión y de quinientos a mil días multa.
De acuerdo con estimaciones realizadas por la Red por los Derechos de la Infancia en México (Redim), a partir de las Estadísticas de Mortalidad del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en 2012 se registraron 372 niñas de 0 a 17 años fallecidas por presunto homicidio. Además de 370 mujeres asesinadas en Ciudad Juárez entre 1993 y 2003, más de la tercera parte tenía menos de 19 años.
Al presentar su propuesta la diputada Candelaria Ochoa señaló que la violencia contra las mujeres es producto de la gran desigualdad de género en el país. “Es un problema de urgente resolución, pues además de estar enraizado culturalmente en nuestra vida cotidiana tiene muchas expresiones y manifestaciones que afectan la vida de las mujeres todos los días, todo el tiempo, llegando a terminar con su vida”, dijo.
Para la legisladora, además de crear mecanismos para prevenir la violencia contra las mujeres también es indispensable crear para sancionarla porque uno de los retos, dijo, es la impunidad, pues las instancias públicas y los mecanismos legales que se encargan de impartir justicia carecen de perspectiva de género.
Explicó que la diferencia entre violencia y violencia contra las mujeres es la misma que entre homicidio y feminicidio. “El empleo de poder es una relación de desigualdad de género, hacer uso de esa desigualdad tiene que ameritar una sanción mayor”.
Actualmente, el Código Penal Federal sólo contempla agravantes por género cuando se habla de delitos dolosos contra periodistas, en los delitos de homicidio de los artículos 315 y 217 y en el feminicidio. En el resto del Código Penal no hay ninguna consideración de lo que implica la violencia contra las mujeres.
Es por ello que la legisladora cuestionó qué pasa cuando la violencia es cometida contra mujeres menores de edad, más si las mujeres son más vulnerables y susceptibles de ser asesinadas.
En México, recordó, mueren aproximadamente, siete mujeres al día por feminicidio, miles más son violentadas sólo por el hecho de ser mujeres. La iniciativa se analizará en la Comisión de Justicia.
17/AGM/LGL
Legisladora pide que acudan a sesiones
Desdén de diputados hacia Comisión especial de Alerta de Género

Sólo tres de 13 diputados que integran la Comisión especial de Alerta de Género se presentaron a la primera reunión ordinaria del organismo que se convocó para esta mañana en la Cámara de Diputados, por lo que la diputada perredista Karen Hurtado Arana reclamó ante el pleno la ausencia de los legisladores.
A la primera sesión de este organismo donde se tenía previsto aprobar el proyecto de programa de trabajo acudieron las diputadas del Partido de la Revolución Democrática Xóchitl Arzola Vargas y Olga Catalán Padilla pero no hubo quorum para sesionar.
Esta Comisión que se instaló hace medio año, el pasado 22 de febrero cuando acudieron seis diputadas, tiene el objetivo de dar seguimiento al funcionamiento de este mecanismo de emergencia que se activa para proteger a las mujeres en todo el país.
Ante el desdén de las y los legisladores, la presidenta de la Comisión, Karen Hurtado, pidió la palabra durante la sesión del pleno para exhortar a los coordinadores parlamentarios de todos los partidos políticos a convocar a sus integrantes a asistir a las reuniones de trabajo.
“Citamos a reunión ordinaria de la comisión y de 13 diputados, sólo acudieron tres. El comunicado se hizo con anterioridad, se llamó para confirmar. Es lamentable que no les interese el tema de las mujeres, es lamentable que las sigan matando y que a nuestras mismas diputadas no les interese el tema”, dijo.
Desde su curul en San Lázaro la diputada aclaró que el objetivo de la Comisión es dar seguimiento a las Alertas decretadas, sin que esto signifique atacar a gobernadores de las entidades donde se implementa el mecanismo. “Es crear vínculos, poder ayudar en medias de prevención (de la violencia de género)”.
A la fecha la Alerta de Violencia de Género, mecanismo de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, está vigente y activada en 12 entidades del país: Estado de México, Morelos, Chiapas, Nuevo León, Michoacán, Colima, Nayarit, Veracruz, Sinaloa, Quintana Roo, Guerrero y San Luis Potosí.
Además, recientemente, el 7 de septiembre el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), Justicia Pro Personas AC, la Red Nacional de Organismos de Derechos Humanos “Todos los Derechos para Todas y Todos” (Red TDT) y el Centro de Derechos Humanos Fray Francisco de Vitoria, presentaron ante el Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres) la solicitud de Alerta para la Ciudad de México.
En este contexto la diputada de Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Concepción Villa González, condenó la declaración del el rector de la Universidad Madero, en Puebla, Job César Romero, quien al hablar de la desaparición de una joven, Mara Fernanda Castilla, declaró que este tipo de hechos estaban relacionados con la libertad de las mujeres.
Al respecto la diputada dijo que es preocupante escuchar este tipo de declaraciones que reflejan la nula perspectiva de género y crisis de violencia que viven las mujeres en todo el país, y más preocupante cuando la afirmación viene del rector de una universidad, de un líder para la comunidad académica.
Villa González llamó al pleno a exhortar al funcionario a tomar un curso de capacitación sobre derechos de las mujeres y violencia de género; sin embargo ningún legislador se sumó públicamente a su llamado.
17/AGM/LGL
POLÍTICA
Debieron aprobarlas a más tardar hoy
Reformas contra violencia política de género no se aplicarán en 2018

Pese a las denuncias de violencia política y a la advertencia de líderes partidistas de que los casos de violencia política podrían aumentar en el proceso electoral 2018, senadores y diputados no convocaron a un periodo extraordinario antes del 2 de junio para incluir el concepto en la ley y aplicarlo en los próximos comicios.
El Artículo 105 de la Constitución federal, en su fracción II, inciso I, indica que las leyes en materia de elecciones deben aprobarse y publicarse por lo menos 90 días antes del inicio de un proceso electoral y durante el mismo no podrá hacerse modificaciones legales fundamentales.
En este caso, como el proceso inicia en septiembre de 2017, las reformas sobre violencia política de género se debieron aprobar a más tardar este 2 de junio y ahora no podrán aplicarse el año próximo cuando se elija Presidente de la República, se renueven 500 legisladores de la Cámara de Diputados y 128 senadores, y se realicen además elecciones locales.
Esto a pesar de que en tres años, del 1 de enero de 2013 al 20 de diciembre de 2016, se registraron 335 averiguaciones por denuncias de violencia política de género, según un informe de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE), organismo dependiente de la Procuraduría General de la República (PGR).
El informe de la FEPADE sobre atención de casos de violencia política contra las mujeres de 2013 a 2016 indica que cada año aumentó el número de averiguaciones registradas: en 2013 fueron 61; en 2014 sumaron 55 y para 2015 aumentaron a 173. Sin embargo, destaca que en 2016 bajó el número de denuncias porque hubo un total de 46 casos.
No todas las denuncias fueron investigadas por falta de competencia de la FEPADE pero, de acuerdo con las estadísticas de la dependencia, se otorgó la calidad de víctima a 26 mujeres, en razón de la situación particular de riesgo en la que se encontraban y por el contexto político de discriminación, amenazas e intimidación.
El 9 de marzo, el Senado aprobó incluir la violencia política de género en las Leyes Generales; de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; de Instituciones y Procedimientos Electorales; de Partidos Políticos; en Materia de Delitos Electorales; y del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
ESTANCADA
La reforma para dejar en claro que constituye un delito denostar, menoscabar y restringir las funciones de una mujer que ejerce la política, fue enviada a la Cámara de Diputados, pero en este órgano no pasó al pleno porque antes debió ser aprobada por las Comisiones para la Igualdad de Género, y de Gobernación, pero sólo se avaló en esta última.
Una vez que en abril concluyó el periodo ordinario de sesiones en San Lázaro, legisladoras de todos los partidos políticos exigieron que las reformas sobre violencia política se aprobaran en un periodo extraordinario de sesiones.
Los reclamos de diputadas y más tarde de senadoras hicieron que el coordinador del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Jorge Carlos Ramírez Marín, y del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Francisco Martínez Neri, aseguraran en la última sesión del periodo ordinario en la Cámara de Diputados que “sería un tema a discutir”.
17/AGM/GG
POLÍTICA
Cabildean para incluirlo en periodo extraordinario
Urge ley contra violencia política de género antes de 2018: senadoras

SALUD
Reforman diputados Ley de Salud
Embarazadas tendrán derecho a saber y decidir prácticas obstétricas

DERECHOS HUMANOS
Avanzó en lactancia materna, madres solteras y tortura
San Lázaro deja pendientes reformas sobre NOM 046 y violencia política de género

Durante el segundo periodo ordinario de sesiones, que concluyó este 28 de abril, la Cámara de Diputados aprobó reformas en materia de lactancia y maternidad de las trabajadoras, asistencia social a madres solteras y la expedición de una ley de tortura, pero dejó pendiente reconocer en la ley la violencia política de género.
En este periodo de sesiones, que comenzó en febrero y concluyó en abril, se aprobaron reformas en favor de los derechos de las mujeres, entre ellas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres, la Ley Federal de Trabajo y la Ley de Asistencia Social.
Las legisladoras federales, que conforman el 425.6 por ciento de la Cámara baja, junto con sus compañeros, también avalaron la expedición la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, que considera las particularidades de las víctimas mujeres.
Sin embargo la propuesta que no avanzó fue la de incorporar la NOM 046 a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para reforzar la obligación de prestadores de salud de garantizar la anticoncepción de emergencia y la interrupción legal del embarazo a las víctimas de violación sexual.
Tampoco se avalaron las reformas a las leyes generales en materia político electoral para incorporar el concepto de violencia política de género, toda vez que estas modificaciones debieron ser avaladas por la Comisión de Gobernación y la Comisión de Igualdad de Género pero sólo la primera la aprobó.
REFORMAS APROBADAS
En materia de género se aprobó una reforma al Artículo 12 de la Ley de Asistencia Social para decir que se entiende como servicio básico en materia de asistencia social el apoyo a mujeres en periodos de gestación o lactancia y madres solas que tengan hijos menores de 18 años, con especial atención a adolescentes en situación de vulnerabilidad.
La reforma, que aún debe ser ratificada por el Senado, tiene el fin de que estas mujeres puedan beneficiarse de los programas sociales. De acuerdo con la Encuesta Intercensal 2015 del Instituto Nacional de Geografía y Estadística, 10.1 de las mujeres de 12 años y más, con al menos un hijo, son viudas; 8.44 son separadas y 2.8 por ciento están divorciadas.
Otra reforma que se aprobó en San Lázaro fue una minuta para precisar, en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que la violencia laboral también es negar las oportunidades de ascenso a las mujeres, así como exigirles la presentación de certificados médicos de no embarazo.
Uno de los argumentos de las y los legisladores es que la Encuesta sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares de 2011, realizada por el Inegi, señala que una de cada cinco mujeres ocupadas de 15 años y más, es decir 20.6 por ciento, declaró haber tenido al menos un incidente de discriminación laboral.
También en materia laboral se reformaron los artículos 170 de la Ley Federal del Trabajo; y 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado para las trabajadoras embarazadas puedan distribuir sus 12 semanas de descanso antes y después del parto y tengan la opción de reducir una hora laboral para amantar a su hijo.
En otro dictamen se reformó el Artículo 25 de la Ley General de Acceso, a fin de establecer que la Secretaría de Gobernación (Segob) también notifique a los ayuntamientos sobre las declaratorias de Alerta de Violencia de Género.
La Cámara de Diputados además aprobó la expedición de una ley general en materia de tortura, que establece una pena mayor si la víctima fue sometida a cualquier forma de violencia sexual y señala que los dictámenes para acreditar el delito deberán ser realizados por peritos mujeres en caso de que la víctima sea mujer, entre otras consideraciones.
PENDIENTES LEGISLATIVOS
El tema que quedó pendiente fue una reforma a la Ley General de Acceso para incorporar la Norma Oficial Mexicana 046 (NOM 046), que contempla la anticoncepción de emergencia y el aborto en casos de violación sexual, una propuesta avalada en la Comisión de Igualdad de Género y que pasó al pleno pero fue retirada en tres ocasiones por “no tener consenso”.
En este tema las legisladoras del Partido Acción Nacional e integrantes de asaciones civiles como Pasos por la vida se manifestaron en contra de la aplicación de la NOM-046; mientras que legisladoras de Movimiento Ciudadano y del Partido de la Revolución Democrática, en su mayoría, apoyaron la propuesta.
A pesar de que la NOM 046 no se incorporó a la Ley General de Acceso, los prestadores de salud siguen obligados a ofertar la anticoncepción de emergencia y la interrupción legal del embarazo a las víctimas de violación sexual, ya que esta norma es una política de aplicación nacional.
El segundo pendiente legislativo fue avalar la minuta que envió el Senado para definir el concepto de violencia política de género como “la acción u omisión que, en el ámbito político o público, tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos político-electorales de una mujer, el acceso al Pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo o su función del poder público”.
Esta definición, que se incluiría en cinco leyes generales, fue avalada en la Comisión de Gobernación, pero no en la Comisión de Igualdad de Género, por lo que no se presentó ante el pleno, por lo que podría retomarse en el siguiente periodo de sesiones en agosto próximo.
17/AGM/GG
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