Karla Micheel Salas

NACIONAL
DERECHOS HUMANOS
   Debe aceptar recomendación de CDHDF y hallar móvil
   
Caso Narvarte: familias y abogados reiteran críticas a ineficacia de PGJDF
CIMACFoto: César Martínez López
Por: Anayeli García Martínez
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 22/06/2017

Los representantes legales de la defensora de los Derechos Humanos, Nadia Vera Pérez; de Mile Virginia Martín, Yesenia Quiroz Alfaro y del foto periodista Rubén Espinoza Becerril, señalaron que la recomendación 4/2017 que ayer emitió la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHDF) confirma la ineficacia en la esta investigación de este multihomicidio.
 
Al pronunciarse al respecto, los abogados de las victimas pidieron a los titulares de la Procuraduría General de Justicia local y al Tribunal Superior de Justicia capitalino aceptar la recomendación y continuar con una indagatoria que esclarezca los hechos ocurridos en 2015 en la colonia Narvarte de la Ciudad de México.
 
Los hechos ocurrieron el 31 de julio de 2015 en un departamento de la Colonia Narvarte, cuando fueron asesinados Olivia Alejandra Negrete Avilés; Mile Virginia Martin; Yessenia Atziri Quiroz Alfaro; la defensora de los Derechos Humanos Nadia Dominique Vera Pérez, y Rubén Manuel Espinosa Becerril, fotoperiodista desplazado por la violencia de la Ciudad de Xalapa, Veracruz.
 
Los abogados Karla Micheel Salas, del Grupo de Acción Urgente por los Derechos Humanos; Héctor Pérez, integrante de la Clínica de Interés Público contra la Trata de Personas del ITAM; Leopoldo Maldonado de Artículo 19; y la hermana de Rubén, Patricia Espinoza, exigieron que se garantice su derecho a la verdad. 
 
Explicaron que la recomendación va en el mismo sentido de las exigencias de los representantes legales que han solicitado que se apliquen los Protocolos para investigar feminicidio y agravios a periodistas, y se agoten las líneas de investigación relacionados con el activismo y la libertad de expresión. 
 
El abogado Héctor Pérez señaló que esta recomendación es relevante porque muestra que, a pesar de que hay tres inculpados, la autoridad no ha logrado dar una explicación de las motivaciones de este crimen y además evidencia que hubo un trato deficiente hacia las víctimas.
 
En ese sentido llamó al organismo y a la sociedad a dar seguimiento al caso, acompañar está recomendación y exigir que, como un acto de dignidad, la Procuraduría y el Tribunal Superior de Justicia la acepten y cumplan en un plazo de 15 días cómo lo señala la ley.

Por su parte, la abogada Karla Micheel Salas, dijo que los coadyuvantes han estado litigando en contra de la Procuraduría e incluso el procurador, Rodolfo Ríos Garza, ha declarado que parecen abogados de la defensa, aunque en realidad solo piden que se desahoguen pruebas para esclarecer los hechos. 
 
De acuerdo con el abogado Leopoldo Maldonado, representante de la familia de Rubén Espinoza, esta recomendación es una bocanada de aire fresco y un primer paso para reabrir el diálogo con la Procuraduría, porque hasta ahora parece no haber intención de esclarecer el crimen. 
 
En tanto que Patricia Espinoza dijo que espera que todos los puntos señalados por la CDHDF se cumplan en tiempo y forma, y que el organismo vigile que así sea, porque daría un "poco de luz y de justicia" y ayudaría a que se tome en cuenta el trabajo periodístico de Rubén en esta indagatoria.
 
Los abogados expusieron que entre las irregularidades de la investigación están las necropsias mal practicadas, tres presuntos culpables con distintas narraciones de los hechos y ahora la posibilidad de interrogar a Arturo Bermúdez, actualmente detenido por otros delitos.  
 
17/AGM/GG
 








REPORTAJE
VIOLENCIA
   Estereotipos y omisión
Casos Daphne, Emma Gabriela… ¿dónde está la ley?
CIMACFoto: César Martínez López
Por: Anayeli García Martínez y Montserrat Antúnez Estrada
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 03/04/2017

Estereotipos de género, resistencia de aplicar la legislación en materia de violencia y corrupción de las redes de poder, caracterizan el sistema de administración y procuración de justicia, un sistema que pareciera diseñado para garantizar la impunidad cada vez que las mujeres denuncian.
 
De eso habla el caso de Daphne Fernández, quien en enero de 2015, a los 17 años de edad, fue víctima de violación y abuso sexual por parte de cuatro jóvenes en Veracruz, cuyo proceso podría encaminarse a la impunidad.   
 
También el asesinato de Emma Gabriela Molina Canto, ocurrido el 27 de marzo pasado en Yucatán, cuando mantenía un juicio por la custodia de sus dos hijas e hijo y que había denunciado por violencia a su expareja, Martín Alberto Medina Sonda.
 
Ambos casos reflejan un problema estructural en el acceso de las mujeres a la justicia, afirmó la docente en Estudios de Género y Literatura, Lucía Melgar Palacios, quien advierte que las leyes, por sí solas no cambian a la sociedad, menos cuando funcionarios y jueces no tienen perspectiva de género.
 
Señala otro factor: la ética de los funcionarios, quienes se resisten a cumplir las leyes que buscan una vida libre de violencia para las mujeres.
 
Las cifras hablan: el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio y las organizaciones Equifonía AC y el Colectivo Akelarre AC en Veracruz, de 2010 y 2015, registraron 10 mil 295 casos de delitos sexuales.
 
En Yucatán, de 2008 hasta noviembre de 2016, se documentaron más de 90 muertes violentas de mujeres, 57 con elementos que caracterizan a los casos de feminicidio, uno sentenciado como tal, según el informe “Estado del Feminicidio en Yucatán, 2008–2016”, del colectivo Yucatán Feminicida.
 
Detrás de los números está el caso de Daphne, quien lleva 2 años expuesta en medios y en espera de justicia; y el de Emma Gabriela, quien antes de ser asesinada fue encarcelada para impedir que obtuviera la custodia de sus hijos. 
 
“Preocupa el mensaje que se envía -dijo Melgar Palacios-: que la violencia sexual hacia las mujeres es menospreciada, es un chiste y ejercerla no tiene consecuencias. El caso de Emma es emblemático, muestra una amenaza anunciada”. 
 
Dijo que desde 2007, con el aumento de la violencia del crimen organizado y de las fuerzas armadas, el feminicidio, el abuso infantil, la violencia intrafamiliar y otros tipos de violencia hacia las mujeres se dejan de lado porque “a diario se asesinan a más hombres que a mujeres”.
 
Estos casos, dijo la ministra en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Olga Sánchez Cordero, recuerdan que es obligación de la autoridad actuar con perspectiva de género y dejar los “argumentos estereotipados, indiferentes y discriminatorios”. 
 
UN JUEZ CON “OTROS INTERESES”
 
En el caso de Daphne, el 28 de marzo pasado, el juez Tercero de Distrito del Séptimo Circuito de Veracruz, Anuar González Hemadi, otorgó un amparo (159/2017) a uno de los acusados de pederastia tumultuaria, Diego Gabriel Cruz. Su argumento: hubo “frotamiento incidental” sin intención “lasciva” ni de “copular”.  
 
La abogada del Grupo de Acción por los Derechos Humanos y la Justicia Social y coadyuvante del caso, Karla Micheel Salas, dice que el juez, indebidamente, entró al tema de fondo y otorgó el “amparo liso y llano”, es decir, la libertad.
 
Aunque la resolución no es firme, ya que fue impugnada por la Fiscalía veracruzana, preocupa que no otorgó un amparo “para efectos”, no pidió subsanar irregularidades, optó por entrar al fondo como si dictara una sentencia con pruebas en la mano.
 
La abogada explicó que el currículum del juez indica que pese a conocer la legislación nacional e internacional, definió el abuso sexual de manera indebida e incorporó el elemento de “lascividad”, en contra del sentido de resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y de criterios de la SCJN.
 
“Este juez está actuando de otra manera y respondiendo a otros intereses, no los de la justicia”, dice Salas, es una resolución llena de estereotipos, que no consideró el interés superior de la infancia y manda un mensaje de permisividad hacia la violencia sexual contra una niña.
 
Omitió la tesis jurisprudencial 22/16, publicada el 15 de abril de 2016 por la SCJN; el Protocolo para juzgar con perspectiva de género y los criterios publicados por el alto tribunal el 1 de marzo pasado, sobre la responsabilidad de dar valor probatorio al testimonio de una víctima de hostigamiento sexual.
 
Es una resolución omisa, señaló la abogada penalista y especialista en Derechos Humanos, Esmeralda Lecxiur Ferreira, porque el juez determinó la inocencia del presunto culpable, violando el Artículo 5 de la Ley General de Víctimas, sobre el principio de igualdad de la víctima y el acusado ante la ley. 
 
OMISIÓN DEL ESTADO
 
En agosto de 2008, Emma Gabriela se separó de su esposo, el empresario tabasqueño, Martín Alberto Medina, por violencia intrafamiliar. Acordaron vivir en Yucatán, para facilitar las visitas a sus hijos, pero en 2010 la golpeó, y la denunció por maltrato infantil y abandono de hogar.
 
Medina era socio, operador financiero y presunto prestanombres de José Manuel Saiz Pineda, tesorero en el gobierno del priista Andrés Granier. Sonda y Granier están presos.
 
El 25 de mayo de 2012, Medina raptó a los niños cuando iban en auto con su madre. Ella fue encarcelada 4 meses, acusada de delitos fiscales. Su madre, Ligia, denunció la desaparición de sus nietos y la Fiscalía estatal emitió una prealerta hasta 2014.
 
Ligia fue encarcelada el 4 de agosto de 2014, acusada de falsificar tarjetas de crédito en Guadalajara. Con apoyo de organizaciones civiles fue liberada. 
 
Medina, preso por operaciones con recursos de procedencia ilícita, podría ser autor intelectual del asesinato, señalan organismos civiles. Hay dos detenidos, presuntos autores materiales.
 
La diputada por Movimiento Ciudadano, Candelaria Ochoa, dijo que es increíble que se reconozca el feminicidio y no se sancione como tal. En Yucatán una de las características del feminicidio “es su antecedente de violencia familiar”.
 
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos afirmó en la recomendación 54/2014, que los arrestos de Emma y Ligia constituyen violencia institucional, porque hay servidores públicos de Yucatán, Tabasco, Ciudad de México y de la PGR, involucrados. 
 
17/AGM/MAE/GG 








NACIONAL
VIOLENCIA
   Tras el fallo, Procuraduría estatal volverá a investigar el delito
Familia gana amparo en caso de víctima de feminicidio en SLP
CIMACFoto:César Martínez López
Por: Hazel Zamora Mendieta
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 11/01/2017

Los familiares de Adriana Martínez Campuzano, niña de 13 años de edad, asesinada y violada en mayo de 2011 por el exmilitar Filiberto Hernández Martínez, ganaron el amparo interpuesto por sus abogados, para volver a investigar el delito, luego de que el feminicida fuera absuelto de la acusación por “falta de pruebas”.
 
Así lo explicó en entrevista telefónica, la abogada del Grupo de Acción por los Derechos Humanos y Justicia Social (Gadh), Karla Micheel Salas Ramírez, quien agregó que los familiares fueron informados del fallo por la Procuraduría General de Justicia (PGJ) de San Luis Potosí.
 
Adriana Martínez Campuzano, es una de las 4 menores de edad y una mujer de 32 años, asesinadas por Filiberto Hernández Martínez entre 2010 y 2014 en el municipio de Tamuín, San Luis Potosí. El 24 de mayo de 2011 su madre, Sandra Campuzano, la reportó como desaparecida, después de que no regresó de la escuela. Su cuerpo fue encontrado un mes después en el Cañaveral de Puntilla, un lugar que se encuentra entre Tamuín y Ciudad Valles, San Luis Potosí.
 
Filiberto Hernández Martínez fue detenido en octubre de 2014, por portar una arma de uso exclusivo del ejército, durante la detención, él confesó haber asesinado a las 5 víctimas, también señaló que enterró a las mujeres en el mismo lugar que Adriana.
 
Sin embargo, en el caso de Adriana, el juzgado lo exoneró del asesinato, después de que su defensa alegara que no existían pruebas de que él cometió el delito y que había sido torturado durante su declaración.
 
Desde 2014 el agresor permanece en una prisión de máxima seguridad en Gómez Palacio, Durango, únicamente bajo los cargos de tres asesinatos: los de Itzel Romaní Castillo, Dulce Ximena Reyes y Eliehoenai Chávez Rivera, toda vez que el caso de Rosa María Sánchez González, se encuentra pendiente de identificación.
 
Al ser absuelto del feminicidio de Adriana Martínez Campuzano, los familiares de la víctima interpusieron un amparo en 2016 para volver a abrir el caso. Al otorgar el amparo a la familia, explicó Salas Rodríguez, la Procuraduría estatal otorgó un plazo de 6 meses para consignar el caso.
 
Esto “significa un avance importante porque de acuerdo con la legislación de San Luis Potosí, no existía la posibilidad de volver a presentar el caso ante un juez”, explicó la abogada.
 
Salas Rodríguez informó también que en las próximas semanas, se volverá a realizar la búsqueda y análisis de los restos óseos de la primera víctima del asesino serial, Rosa María Sánchez González de 15 años de edad, reportada como desaparecida el 29 de octubre de 2010.
 
Los restos óseos de Rosa María Sánchez fueron encontrados el 3 de julio del 2014, tras la confesión del feminicida, pero en ese momento sólo encontraron 7 huesos y no se continuó con la búsqueda.
 
Después de que el Gadh y los familiares de la víctima denunciaron irregularidades en la investigación y solicitaran una segunda búsqueda, serán forenses independientes del estado de Michoacán y propuestos por la organización, los que se encarguen de continuar con la búsqueda de los restos de la víctima y del análisis de ellos, comentó.
 
Asimismo, la abogada reportó que las autoridades de la PGJ hicieron una inspección durante la última semana de diciembre de 2016 en la camioneta donde el feminicida trasladaba a las víctimas y encontraron una alfombra con sangre y cabellos pertenecientes a las niñas, mismas que se encuentran en análisis.
 
La abogada, quien representa a las familias de las 5 víctimas de feminicidio, lamentó que hasta ahora se tuviera respuesta por parte de las autoridades cuando el caso surgió desde 2014.
 
Destacó que estos avances se presentaron gracias a la presión y trabajo de los familiares: “lamentablemente las familias y los medios de comunicación han tenido que estar presentes para hacer visible este caso y que las autoridades de San Luis Potosí pongan especial atención en él”.
 
Actualmente, el Gadh espera el dictamen pericial en materia de tortura del  “Protocolo de Estambul” porque el agresor denunció que fue torturado por parte de policías cuando fue detenido, “sin ese dictamen no se puede continuar con el juicio”, concluyó la abogada.
 
17/HZM/KVR








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