Ley General de Víctimas

NACIONAL
VIOLENCIA
   OSC lanzan S.O.S a ONU y CIDH
Asesinan a Miriam Rodríguez, del Colectivo Desaparecidos de San Fernando
CIMACFoto: César Martínez López
Por: la Redacción
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 11/05/2017

Carente de la  protección que había solicitado a las autoridades para preservar su vida, anoche fue asesinada en San Fernando, Tamaulipas, enfrente de su casa, la activista Miriam Rodríguez Martínez, representante del Colectivo de Desaparecidos de San Fernando, baleada por un comando. 
 
Miriam, quien murió en  el trayecto al hospital, se integró al activismo, luego de que su hija Karen Alejandra fue desaparecida en 2012 y, sin apoyo gubernamental, con sus propios medios, investigó y en 2014 la encontró en una fosa clandestina de San Fernando, localidad en donde fueron masacrados 72 migrantes y en donde fueron localizados 392 cuerpos en las fosas de El Arenal. 
 
En conferencia de prensa, el integrante del Colectivo de Desaparecidos de San Fernando, Guillermo Gutiérrez Riestra, explicó esta mañana que entre las 10:00 y 10:30 horas de ayer miércoles, al parecer llamaron a la puerta de la casa de Miriam  -quien era empleada del Centro de Salud de San Fernando- y que al salir fue abatida a balazos. Y aunque paramédicos de la Cruz Roja la trasladaban al hospital, murió antes de llegar.
 
Gutiérrez Riestra recordó que mediante su trabajo de investigación Miriam logró la detención de más de 15 implicados en el asesinato de su hija, entre ellos Enrique Yoel Rubio Flores, quien estaba preso en el penal de Ciudad Victoria y que se fugó por un túnel, junto con 29 reos más, en marzo pasado.
 
Es por eso, afirmó el Colectivo, que Miriam “había solicitado al procurador de la entidad, Irving Barrios Mojica; al director de la Secretaría de Seguridad Pública, Luis Felipe López; y al secretario de Gobierno, Víctor Zamora, que le dieran seguridad”, porque la amenazaban y ella tenía derecho a ella, de acuerdo a la Ley General de Víctimas, y porque la fuga de los delincuentes la había obligado a cerrar sus negocios en San Fernando, “para no estar localizable”, aunque finalmente la esperaron en su casa. 
 
Reveló también el Colectivo en su rueda de prensa que Miriam “no es la primera compañera que ha denunciado y solicitado la atención (de protección a las autoridades) y no se la han dado. Son “5 compañeras” que han solicitado protección y no se las dieron.
 
El gobernador Francisco García Cabeza de Vaca expresó en sus redes sociales “su más enérgica condena por el asesinato” y aseguró que  no permitirá que el crimen “sea una estadística más”.
 
En respuesta, el Colectivo consideró que “es bueno que el Gobernador condene, pero no es suficiente, debe hacer una revisión de sus funcionarios, sobre todo los que recibieron la denuncia de la compañera, es decir, el Procurador, el Director de la Secretaría de Seguridad Pública y el Secretario General de Gobierno”, porque “ellos estaban enterados de lo que pudiera pasarle”.
 
S.O.S A ONU Y  CIDH
 
 
La Comunidad Ciudadana en Búsqueda de Desaparecidos en Tamaulipas “Familias-Colectivos-Organizaciones Civiles unidos por una causa”, señalan en un comunicado que “ante la poca capacidad” de Enrique Peña Nieto y del gobernador de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca, por atender a las víctimas y pacificar la entidad, “lanzamos un llamado de auxilio a la Organización de las Naciones Unidas y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos  para que acudan al rescate de las tamaulipecas y tamaulipecos activistas y defensores de los Derechos Humanos”.
 
De acuerdo con el Registro Nacional de Personas Extraviadas o Desaparecidas (RNPED) en Tamaulipas hay 5 mil 682 personas desaparecidas; 124 casos corresponden al fuero federal y 5 mil 558 denuncias se hicieron ante la Procuraduría General de Justicia (PGJ) del estado. Miriam tenía una lista de 800 desaparecidos, dijo según el activista Gutiérrez Riestra.    
 
Expresó también que aunque hay temor en los colectivos, han estado en comunicación, están “muy molestos”, se solidarizan y van a denunciar, no se van a quedar callados. Exigen una respuesta a las autoridades y que se revise a los funcionarios que pusieron en riesgo a Miriam. 
 
Afirmó que muchas personas desconocen lo Mecanismo de Protección para personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, por lo que “Miriam fue a las instancias inmediatas, normales: Procuraduría, Seguridad pública… y hacia ellos fue la petición”. 
 
Recordó que Mirian Rodríguez le “exigió a Gloria Garza Jiménez, subsecretaria de Legalidad y Servicios Gubernamentales del gobierno estatal, que el gobernador cumpliera las reuniones con familiares de las víctimas, lo que fue atestiguado por Yolanda”, integrante también del Colectivo y que hoy, se señaló en la conferencia de prensa, “también la señora está en riesgo”.
 
ACOSO DE LA POLICÍA
 
El Colectivo denunció también que, lejos de darles protección, la policía estatal los acosa, “nos observa, nos fotografía, en vez de protegernos, apunta nombre de los dirigentes”, como sucedió ayer en la movilización que realizaron en el marco de la Sexta Marcha de Madres en Búsqueda de Personas Desparecidas, y a la cual Miriam no asistió por un problema médico. 
 
Dijo que nadie puede garantizar la seguridad de las y los activistas y si siguen así las cosas con este gobierno, se darán protección ellos mismos, incluso desplazándose a otros lugares. Esperan también que ahora sí las autoridades cumplan con la protección y reconozcan la omisión. 
 
17/ RED 








ESTADOS
   Hoy se realiza audiencia contra acusado Medina Sonda
CEAV acompañará a familiares de Emma Molina, víctima de feminicidio
Archivo CIMACFoto
Por: Montserrat Antúnez Estrada
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 20/04/2017
La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) se comprometió a acompañar y atender a los familiares de la defensora de Derechos Humanos, Emma Molina Canto Lugo, asesinada el pasado 27 de marzo en Mérida, Yucatán. 
 
A través de un comunicado emitido hoy, la CEAV explicó que los familiares de Emma Gabriela serán atendidos por ser víctimas indirectas del asesinato efectuado Yucatán, presenciado por sus dos hijas e hijo, y por el que se inculpa como autor intelectual al ex funcionario de Tabasco durante el gobierno priista de Andrés Granier, Alberto Medina Sonda.
 
Las víctimas recibirán Asesoría Jurídica Federal, en la que será prioridad la exigencia de investigar el caso con perspectiva de género y defender los derechos de los menores, informó la CEAV.
 
Además, el comisionado de la CEAV, Jaime Rochín del Rincón, señaló que otorgarán la compensación económica correspondiente, tal como lo afirma la Ley General de Víctimas en el Artículo 26.
 
La representante en Yucatán del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio y acompañante del caso, Adelaida Salas Salazar, dijo en entrevista con Cimacnoticias que la Comisión otorgará también medidas de seguridad y atención médica para las hijas e hijo de Emma Gabriela, quienes desde 2014 reciben apoyo psicológico de la Facultad de Psicología de la Universidad Autónoma de Yucatán.
 
La madre de Emma Gabriela y defensora de Derechos Humanos, Ligia Canto Lugo, denunció anteriormente en entrevista que, desde 2014, ella y su hija se acercaron a la Comisión Ejecutiva Estatal para solicitar su acompañamiento, luego del hostigamiento judicial que enfrentaron en la búsqueda por la custodia de las y el menor de edad. Sin embargo, la instancia no les brindó la atención necesaria, por lo que ella y Emma Gabriela tuvieron que recurrir a la CEAV nacional, con sede en la Ciudad de México.
 
Como resultado, actualmente la defensora de Derechos Humanos Canto Lugo cuenta con apoyo jurídico por parte de la instancia. Además, desde 2014 los datos de Emma Gabriela y sus hijas e hijo se incorporaron al Registro Nacional de Víctimas (Renavi), mismo que la CEAV se comprometió a actualizar.
 
Hasta el momento tres personas están detenidas en Yucatán por el delito de homicidio, dos como ejecutores y uno como coautor, mientras que hoy se realiza la audiencia de imputación de Medina Sonda en el centro de Justicia del Sistema Penal de Tabasco, ya que está preso en esa entidad por el delito de operar con recursos de procedencia ilícita y cumple una condena de 12 años y 6 meses de cárcel. 
 
17/MMAE/GG
 

 








REPORTAJE
VIOLENCIA
   Estereotipos y omisión
Casos Daphne, Emma Gabriela… ¿dónde está la ley?
CIMACFoto: César Martínez López
Por: Anayeli García Martínez y Montserrat Antúnez Estrada
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 03/04/2017

Estereotipos de género, resistencia de aplicar la legislación en materia de violencia y corrupción de las redes de poder, caracterizan el sistema de administración y procuración de justicia, un sistema que pareciera diseñado para garantizar la impunidad cada vez que las mujeres denuncian.
 
De eso habla el caso de Daphne Fernández, quien en enero de 2015, a los 17 años de edad, fue víctima de violación y abuso sexual por parte de cuatro jóvenes en Veracruz, cuyo proceso podría encaminarse a la impunidad.   
 
También el asesinato de Emma Gabriela Molina Canto, ocurrido el 27 de marzo pasado en Yucatán, cuando mantenía un juicio por la custodia de sus dos hijas e hijo y que había denunciado por violencia a su expareja, Martín Alberto Medina Sonda.
 
Ambos casos reflejan un problema estructural en el acceso de las mujeres a la justicia, afirmó la docente en Estudios de Género y Literatura, Lucía Melgar Palacios, quien advierte que las leyes, por sí solas no cambian a la sociedad, menos cuando funcionarios y jueces no tienen perspectiva de género.
 
Señala otro factor: la ética de los funcionarios, quienes se resisten a cumplir las leyes que buscan una vida libre de violencia para las mujeres.
 
Las cifras hablan: el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio y las organizaciones Equifonía AC y el Colectivo Akelarre AC en Veracruz, de 2010 y 2015, registraron 10 mil 295 casos de delitos sexuales.
 
En Yucatán, de 2008 hasta noviembre de 2016, se documentaron más de 90 muertes violentas de mujeres, 57 con elementos que caracterizan a los casos de feminicidio, uno sentenciado como tal, según el informe “Estado del Feminicidio en Yucatán, 2008–2016”, del colectivo Yucatán Feminicida.
 
Detrás de los números está el caso de Daphne, quien lleva 2 años expuesta en medios y en espera de justicia; y el de Emma Gabriela, quien antes de ser asesinada fue encarcelada para impedir que obtuviera la custodia de sus hijos. 
 
“Preocupa el mensaje que se envía -dijo Melgar Palacios-: que la violencia sexual hacia las mujeres es menospreciada, es un chiste y ejercerla no tiene consecuencias. El caso de Emma es emblemático, muestra una amenaza anunciada”. 
 
Dijo que desde 2007, con el aumento de la violencia del crimen organizado y de las fuerzas armadas, el feminicidio, el abuso infantil, la violencia intrafamiliar y otros tipos de violencia hacia las mujeres se dejan de lado porque “a diario se asesinan a más hombres que a mujeres”.
 
Estos casos, dijo la ministra en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Olga Sánchez Cordero, recuerdan que es obligación de la autoridad actuar con perspectiva de género y dejar los “argumentos estereotipados, indiferentes y discriminatorios”. 
 
UN JUEZ CON “OTROS INTERESES”
 
En el caso de Daphne, el 28 de marzo pasado, el juez Tercero de Distrito del Séptimo Circuito de Veracruz, Anuar González Hemadi, otorgó un amparo (159/2017) a uno de los acusados de pederastia tumultuaria, Diego Gabriel Cruz. Su argumento: hubo “frotamiento incidental” sin intención “lasciva” ni de “copular”.  
 
La abogada del Grupo de Acción por los Derechos Humanos y la Justicia Social y coadyuvante del caso, Karla Micheel Salas, dice que el juez, indebidamente, entró al tema de fondo y otorgó el “amparo liso y llano”, es decir, la libertad.
 
Aunque la resolución no es firme, ya que fue impugnada por la Fiscalía veracruzana, preocupa que no otorgó un amparo “para efectos”, no pidió subsanar irregularidades, optó por entrar al fondo como si dictara una sentencia con pruebas en la mano.
 
La abogada explicó que el currículum del juez indica que pese a conocer la legislación nacional e internacional, definió el abuso sexual de manera indebida e incorporó el elemento de “lascividad”, en contra del sentido de resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y de criterios de la SCJN.
 
“Este juez está actuando de otra manera y respondiendo a otros intereses, no los de la justicia”, dice Salas, es una resolución llena de estereotipos, que no consideró el interés superior de la infancia y manda un mensaje de permisividad hacia la violencia sexual contra una niña.
 
Omitió la tesis jurisprudencial 22/16, publicada el 15 de abril de 2016 por la SCJN; el Protocolo para juzgar con perspectiva de género y los criterios publicados por el alto tribunal el 1 de marzo pasado, sobre la responsabilidad de dar valor probatorio al testimonio de una víctima de hostigamiento sexual.
 
Es una resolución omisa, señaló la abogada penalista y especialista en Derechos Humanos, Esmeralda Lecxiur Ferreira, porque el juez determinó la inocencia del presunto culpable, violando el Artículo 5 de la Ley General de Víctimas, sobre el principio de igualdad de la víctima y el acusado ante la ley. 
 
OMISIÓN DEL ESTADO
 
En agosto de 2008, Emma Gabriela se separó de su esposo, el empresario tabasqueño, Martín Alberto Medina, por violencia intrafamiliar. Acordaron vivir en Yucatán, para facilitar las visitas a sus hijos, pero en 2010 la golpeó, y la denunció por maltrato infantil y abandono de hogar.
 
Medina era socio, operador financiero y presunto prestanombres de José Manuel Saiz Pineda, tesorero en el gobierno del priista Andrés Granier. Sonda y Granier están presos.
 
El 25 de mayo de 2012, Medina raptó a los niños cuando iban en auto con su madre. Ella fue encarcelada 4 meses, acusada de delitos fiscales. Su madre, Ligia, denunció la desaparición de sus nietos y la Fiscalía estatal emitió una prealerta hasta 2014.
 
Ligia fue encarcelada el 4 de agosto de 2014, acusada de falsificar tarjetas de crédito en Guadalajara. Con apoyo de organizaciones civiles fue liberada. 
 
Medina, preso por operaciones con recursos de procedencia ilícita, podría ser autor intelectual del asesinato, señalan organismos civiles. Hay dos detenidos, presuntos autores materiales.
 
La diputada por Movimiento Ciudadano, Candelaria Ochoa, dijo que es increíble que se reconozca el feminicidio y no se sancione como tal. En Yucatán una de las características del feminicidio “es su antecedente de violencia familiar”.
 
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos afirmó en la recomendación 54/2014, que los arrestos de Emma y Ligia constituyen violencia institucional, porque hay servidores públicos de Yucatán, Tabasco, Ciudad de México y de la PGR, involucrados. 
 
17/AGM/MAE/GG 








ESTADOS
VIOLENCIA
   Decisión grave en un estado bajo AVG
Orden de liberar a pederasta de Veracruz revela corrupción e impunidad
CIMACFoto: César Martínez López
Por: la Redacción
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 29/03/2017

La decisión del juez Anuar González Hemadi de ordenar la liberación de Diego Gabriel Cruz, acusado de pederastia tumultuaria en contra de la menor de edad Daphne, en Veracruz, fue calificado como un “absurdo jurídico”, que muestra el nivel de corrupción e impunidad en contra de las adolescentes en México, así como la complicidad del Estado con los agresores, a quienes se premia y ampara.      
 
En eso coincidieron la Red por los Derechos de la Infancia (Redim), la Red de Mujeres Feministas del Estado de Veracruz (Remufever), la Red Veracruzana por el Derecho a Decidir, el Colectivo Akelarre AC, y el Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), que emitieron sendos comunicados en rechazo a la decisión del juez, dada a conocer el martes pasado. 
 
El Inmujeres solicitó al Pleno del Consejo de la Judicatura Federal la revisión inmediata del fallo del Juez Tercero de Distrito del Séptimo Circuito de Veracruz y, en coincidencia, en la sección Trascendió del diario Milenio se asegura hoy que la decisión del juez “encendió los focos rojos del Poder Judicial de la Federación,” por lo que ese órgano judicial “sesionará hoy mismo para revisar el fallo”. 
 
Redim explicó en su comunicado que los argumentos presentados por el Juez son “insostenibles” por lo que es urgente realizar un análisis exhaustivo con enfoque de Derechos Humanos y perspectiva de género que garantice el acceso a la justicia, reparación del daño y sanción a todos los responsables: Diego Cruz, Jorge Cotaita, Enrique Capitaine y Gerardo Rodríguez.
 
¿Y LA ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO?
 
Remufever y la Red Veracruzana por el Derecho a Decidir, consideraron que ordenar la liberación de Diego Cruz es de suma gravedad, ya que en el estado está vigente la Alerta de Violencia de Género, lo que envía un mensaje de impunidad y vulneración de los derechos y la vida de las mujeres: “Se puede violar, matar y agredir a las mujeres con el apoyo y respaldo de la autoridad competente”. Aquellas que aún son menores de edad han perdido absoluta garantía de sus derechos, señalan.
 
En el mismo sentido, una petición en change org, dirigida al Ejecutivo federal, al gobernador Miguel Ángel Yunes y al ministro Luis María Aguilar, señala que una decisión así revela que el estado de Veracruz es cómplice de pederastia.
  
TIPO PENAL
 
Redim consideró que el juez desvirtuó el tipo penal de abuso sexual por un “frotamiento incidental” donde no se observa intención “lasciva” ni la intención de “copular”, lo que representa “un grave retroceso en el reconocimiento y acceso a la justicia de las niñas y las adolescentes víctimas de violencia sexual y sienta un precedente que da lugar a la impunidad”.
 
Sobre el tipo penal, Remufever y la Red Veracruzana por el Derecho a Decidir, detallaron que este debe valorarse dentro de un contexto, no solo sobre las circunstancias de tiempo, modo y lugar, sino a la luz de la perspectiva de género, tal y como lo establece la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la tesis del  15 de abril de 2016. 
 
Critican que el juez dio prevalencia a la presunción de inocencia por encima del principio de igualdad, enfoque previsto en el Artículo 5 de la Ley General de Víctimas y los Derechos Humanos de las víctimas a nivel internacional.
 
LEGISLACIÓN INTERNACIONAL
 
Recordó Redim que el Estado está obligado a proteger los derechos de niñas y niños víctimas, y que esta justicia no solo se basa en las Leyes nacionales, sino que debe ser ejercida a partir de los instrumentos internacionales ratificados por el Estado como la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas.
 
Las organizaciones veracruzanas señalaron también que en la decisión del liberar al agresor de Daphne no se consideraron criterios internacionales y nacionales respecto a la violencia sexual. La decisión, dicen, se justificó en una tesis jurisprudencial del año 2006, antes de que se diera “reconocimiento de la violencia hacia las mujeres a partir de Tratados Internacionales vinculantes para México”.
 
EXIGENCIAS
 
Redim, Remufever, la Red Veracruzana por el Derecho a Decidir, el Colectivo Akelarre AC, y el  Inmujeres, exigieron a la Fiscalía veracruzana interponer un recurso de revisión de la decisión del juez Anuar González Hemadi, investigar su capacidad jurídica e independencia, que quedan en duda ante este tipo de sentencias.
 
También, que el Tribunal Colegiado haga un análisis exhaustivo con enfoque de Derechos Humanos y perspectiva de género del expediente de la adolescente víctima de violencia sexual tumultuaria, que garantice el acceso a la justicia, reparación del daño y sanción a todos los responsables.
 
Y al gobierno de Veracruz que desarrolle inmediatamente acciones concretas de prevención y detección de casos de abuso sexual que han recibido la protección de autoridades y jueces corruptos, así como dar acceso inmediato ​a la justicia, apoyo psicológico y protección a víctima y sus familiares, tomando medidas cautelares que eviten su revictimización o afectaciones a su integridad.
 
Estamos, dice el comunicado de Inmujeres, “en un momento crucial en el que ya no hay marcha atrás para exigir una justicia ágil, imparcial y transparente. Las y los operadores de la procuración y administración de justicia cuentan hoy con normas,  herramientas y mecanismos suficientes, con estándares internacionales que deben aplicar en sus resoluciones, y que en este amparo fueron omitidos flagrantemente”.
 
 17/RED/RED








NACIONAL
VIOLENCIA
   NOM 046, ILE
Respalda CLADEM a diputadas por defender a víctimas de violencia sexual
Imagen retomada de Cladem
Por: la Redacción
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 15/03/2017

El Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de las Mujeres (CLADEM) reafirmó su respaldo a la alianza de diputadas y algunos diputados que exigieron respeto al proceso legislativo violentado el 9 de marzo, cuando se eliminó de la orden del día dictámenes sobre la protección y garantía de los derechos humanos de las mujeres, entre ellos el derecho a una vida libre de violencia, a la igualdad salarial y a la reparación del daño como víctima del delito de violación.
 
En este sentido, la propuesta de incluir en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia un párrafo que establezca la creación “de programas de capacitación y evaluación para el personal del sector salud, respecto de la violencia contra las mujeres y se garantice la atención a las víctimas y la aplicación de las normas oficiales mexicanas vigentes en la materia”, es una forma de reconocer la legalidad del aborto por violación en México señala.
 
Es, al mismo tiempo, una medida para fortalecer el marco legal existente que incida en el cumplimiento de los protocolos necesarios para la atención de las mujeres que han sido víctimas de violación y sus justas demandas de ejercer su autonomía, libre determinación y reparación del daño como víctima de un delito.
 
En un comunicado, CLADEM, con presencia en 10 estados de la República y con estatus consultivo para el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas, la OEA y la UNESCO, recuerda que el aborto por violación está reconocido en al menos tres distintos instrumentos legales y de política pública vigentes: En Códigos Penales, tanto federal, como en los de las 32 entidades federativas; en la Ley General de Víctimas y, en la Norma Oficial Mexicana 046 (NOM 046) Violencia Familiar, Sexual y Contra las Mujeres. Criterios para la Prevención y Atención.
 
Explica que Ley General de Victimas reconoce expresamente los derechos de las víctimas de violación sexual y señala que los servicios de emergencia médica, incluyen los Servicios de interrupción voluntaria del embarazo en los casos permitidos por ley, con absoluto respeto de la voluntad de la víctima, y la atención para los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres víctimas.
 
Mientras que la NOM 046 Violencia Familiar, Sexual y Contra las Mujeres. Criterios para la Prevención y Atención es el instrumento normativo que establece los protocolos a seguir para la atención de la violencia sexual, desde una perspectiva de género, en el marco de los derechos humanos y garantizando la protección de la salud integral.
 
Sin embargo, aun cuando el marco jurídico mexicano ha reconocido estos derechos para las víctimas, la realidad que impera es de inaplicación del mismo, señala CLADEM, lo que se traduce en ineficacia, revictimización, y vulneración de derechos. Por eso, “todos los esfuerzos que se realicen para volver realidad los derechos ya conquistados, es no solo loable, sino necesario”.
 
CONTRA LA MITAD DE LA POBLACIÓN
 
Acusó que, en contraste, los partidos conservadores no acompañan las reivindicaciones de más de la mitad de la población y obstaculizan avances legislativos en materia de igualdad y no discriminación, oponiéndose activamente a asumir el Artículo primero constitucional, que establece: proteger, respetar, garantizar y promover los derechos humanos, en este caso, los de las mujeres.
 
Ante esto, señala CLADEM, “apoyamos la inclusión que se propone en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para reforzar los derechos de las mujeres víctimas de violencia sexual y demandamos el cumplimiento de las leyes a favor de las mujeres, la eficaz ejecución de las normas oficiales especializadas en el tema y el respeto de los procesos legislativos”.
 
17/RED/GG








NACIONAL
Aborto
   Derecho de víctimas de violencia sexual
ANDAR inicia campaña “Tú puedes elegir un aborto legal”, en 6 estados
Imagen de Guadalupe Cabañas
Por: Guadalupe Cabañas y Jovana Espinosa*
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 08/03/2017

Organizaciones civiles que integran la Alianza Nacional por el Derecho a Decidir (ANDAR) iniciaron este 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, la campaña “Tú puedes elegir un aborto legal”, lanzada de manera simultánea en las ciudades de Chilpancingo, Guadalajara, Pachuca, Toluca y Querétaro.
 
La campaña está dirigida a informar que las mujeres y niñas víctimas de violencia sexual tienen garantizado el acceso al aborto legal y seguro, de acuerdo con la Norma Oficial Mexicana 046 (NOM 046), que fue armonizada con la Ley General de Víctimas, para que las mujeres o niñas mayores de 12 años que hayan sufrido una agresión sexual y presenten un embarazo tengan el derecho a que un centro de salud pública interrumpa el embarazo o que su padre, madre o tutor lo solicite. 
 
A partir de este mes, ANDAR  apoyará el acceso de las mujeres a procedimientos de aborto legal, mediante un acompañamiento gratuito y confidencial a través del chat, dentro de su página web (andar.org.mx/puedeselegir), y a través de la línea telefónica 01 800 800 88 21, de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 horas.
 
La campaña incluye también anuncios espectaculares, repartición de utilitarios e información en colonias y comunidades en donde la información sobre el derecho al aborto legal tenga menos difusión. 
 
UNA RESPUESTA
 
La Norma responde a la evidencia que ofrecen los datos de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas: en el país se cometen al menos 600 mil delitos sexuales cada año, de estos nueve de cada 10 víctimas son mujeres; cuatro de cada diez tienen menos de 15 años de edad, y la mitad de estos delitos sexuales se desarrollan en sus hogares, en 60 por ciento de las veces, sus agresores son familiares o personas conocidas.
 
Responde también al escaso acceso que tienen estas víctimas al aborto legal, como señala Lluvia Cervantes Contreras, de la Red por los Derechos Sexuales y Reproductivos en México (Ddeser), con base en datos de la Dirección de Servicios de Salud del Estado de Querétaro (SESEQ).
 
En esa entidad, dice, para el periodo de 2009 a junio de 2016, la SESEQ notificó haber realizado solo una interrupción legal del embarazo por la causal de violación. Detrás de esa mínima cifra está, señala la activista, el enorme rezago en la difusión de ese derecho por parte las autoridades.
 
Un panorama similar se vive en Guerrero, en donde se cometieron  2 mil 095 violaciones sexuales de 2011 a 2016, en su mayoría a mujeres menores de 17 años, de acuerdo con datos de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, informó María de la Luz Estrada de ANDAR.
 
Particular atención merece la situación que viven mujeres y niñas en las regiones indígenas, destaca la activista por los Derechos Humanos de las Mujeres indígenas en Guerrero, y Presidenta del Grupo Plural, Martha Sánchez Néstor, porque la atención para ellas en las instituciones públicas no siempre se les da, como sucedió en la comunidad de Ecatepec, donde una niña de 12 años, embarazada tras una violación, fue expulsada de su escuela, para que no diera “mal ejemplo” a sus compañeras, además de que se e encarceló y multó con 10 mil pesos por no revelar quién fue el agresor. 
 
Sánchez Néstor considera que para estas zonas indígenas se necesita una atención específica, integral, “donde se involucren las diferentes instituciones, como la educativa, que tengan incidencia en la violación de derechos”, para que no se tenga que buscar a médicos o médicas aliadas, ante la falta de una respuesta institucional. 
 
En igual sentido se manifiesta el abogado del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), Saúl Hernández Martínez, quien señala la necesidad de que el personal del Sector Salud esté capacitado para dar atención cuando una mujer lo requiera, sin necesidad de que presente una denuncia por violación. Debe también contar con personal médico, agrega, que no aleguen “objeción de conciencia” para evitar practicar la interrupción legal del embarazo.
 
 *Integrantes de la Red Nacional de Periodistas
 
17/JE/GC/GG
 








REPORTAJE
VIOLENCIA
   Omisión e indolencia del Estado
Hijas e hijos de mujeres asesinadas, víctimas ignoradas del feminicidio
CIMACFoto: César Martínez López
Por: Anayeli García Martínez y Hazel Zamora Mendieta
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 08/03/2017

Un feminicida no solo destruye el cuerpo de una mujer: el daño y el dolor trascienden el tiempo y el espacio, llegan a las niñas, niños y adolescentes que quedaron en orfandad, azotan a los que perdieron a una hija, mata también la justicia, la posibilidad de una vida sin violencia de la que hablan las leyes. Sin embargo, prácticamente nada se sabe de estas víctimas, quiénes son, dónde están, cómo sobrellevan el duelo y el dolor, quién las atiende, cómo viven la ausencia, quien les repara el daño, quién las mantiene...
 
Ante la omisión, la burocracia y la indolencia, estas víctimas “colaterales”, “indirectas” del feminicidio apenas son reconocidas con unos cuantos datos por instituciones del Gobierno federal, que están obligadas a saber y atender la problemática, entre ellas: la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, el Sistema de Desarrollo Integral de la Familia (DIF), el Comité de Violencia Sexual de la Conavim y la Subprocuraduría de Atención a Víctimas del Delito y Servicios a la Comunidad de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México.   
 
Y es su obligación saber e informar porque la Ley General de Víctimas indica que los familiares o las personas que tengan una relación inmediata con la víctima directa son víctimas indirectas y por tanto pueden recibir ayuda provisional, oportuna y rápida de los Recursos de Ayuda de los sistemas de víctimas federales o de las entidades federativas.
 
Esta ley no surgió por iniciativa del Estado mexicano, sino como consecuencia de una sentencia que dictó en su contra la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en noviembre de 2009, como responsable del feminicidio de Esmeralda, Claudia Ivette y Laura, asesinadas en 2001 en Ciudad Juárez, Chihuahua  proceso conocido como Campo Algodonero. Desde entonces, el Estado debe reconocer también como víctimas a hijas e hijos de mujeres contra las que se cometió un homicidio por razón de género y fue exhortado a crear una ley para apoyarlas. 
 
Hoy, el Sistema Nacional de Protección de Víctimas es la entidad encargada de coordinar apoyos médicos, psicológicos y jurídicos a esas víctimas, y existe también la Ley General de Niñas, Niños y Adolescentes que garantizarían dichos apoyos. Sin embargo, no hay datos de las víctimas indirectas, ningún registro público los tiene, lo que las convierte, también, en víctimas invisibles del feminicidio.
 
Eso llevó a esta agencia a echar mano de la ley para solicitar datos. Así, obligadas por solicitudes públicas de información, dos de estas instituciones revelaron a Cimacnoticias lo que tienen: apenas una pálida semblanza de las niñas, niños y adolescentes que sobreviven al feminicidio, víctimas invisibles para el Estado.
 
La Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, cuya función inició en octubre de 2015, conoce sólo un caso de orfandad por feminicidio y la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) logró registrar, en tres años de operación (de 2014 a febrero de este año), 65 casos de orfandad por feminicidio. 
 

 
Las otras dependencias, a las que se interrogó por las hijas e hijos de las mujeres víctimas de feminicidio, callaron. Desde febrero pasado, solicitamos entrevistas con la entonces directora nacional del Sistema de Desarrollo Integral de la Familia (DIF), Laura Vargas Carrillo; con la titular del Comité de Violencia Sexual de la Conavim, Anita Suárez Valencia: y con la subprocuradora de Atención a Víctimas del Delito y Servicios a la Comunidad de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México, María de los Ángeles López Peña. Hoy, esta agencia sigue en espera de respuesta.  
 
En suma, solo 66 orfandades reconocen estas autoridades, aunque existe un registro oficial de 34 mil 176 asesinatos de mujeres cometidos en el país de 1985 a 2009, lo que habría dejado miles de huérfanas y huérfanos, niñas, niños y adolescentes, así como un número igualmente alto de abuelas convertidas súbitamente en madres, ante el asesinato de sus hijas y cuyas historias también son ignoradas por las autoridades.
 
Y si, en el mejor de los casos, el homicida es llevado a la justicia, remoto es que un juez dé vista a alguien para ver qué ocurre con los hijos e hijas de la víctima, como afirma la pedagoga y fundadora de la Oficina de Defensoría de los Derechos de la Infancia (ODDI), Margarita Griesbach Guizar.
 
Hablamos de un número de víctimas que, además, se incrementa cada vez que un feminicida comete el crimen, lo que sucede al menos siete veces por día en nuestro país.
 
Aunque invisibles para las autoridades, las niñas, los niños y adolescentes que quedaron en huérfanos existen, tiene voz, necesidades y una historia para contar, lo que revela cada omisión o agravio que padecen, en un país donde las leyes que deben protegerlos no lo hacen.
 
ALAN, REGATEO DE APOYOS
 
A la medianoche del 9 de septiembre de 2015, Alan*, de 10 años de edad, llegó corriendo a casa de sus abuelos, a unos metros de su domicilio, en el municipio de Tlajomulco, Jalisco, para pedir ayuda porque su padre, Alberto, quería asesinar a Betsabé, su madre.
 
Alan contó angustiado a sus abuelos que él y sus hermanos, de 9, 3 y dos de 7 años de edad estaban durmiendo, cuando los gritos de su madre y su padre los despertaron. En medio de la violencia, su mamá le pidió que fuera corriendo a traer a los abuelos para que la auxiliaran, pero en ese momento su padre lo detuvo, lo aventó violentamente y lo amenazó con asesinarlo junto a sus hermanos. 
 
Pudo huir, pidió ayuda, pero cuando regresó con sus abuelos, el cuerpo de su mamá estaba ya en el suelo, con heridas de cuchillo en el pecho. De eso pasaron ya 2 años y desde entonces él y sus hermanas y hermanos viven con sus abuelos, quienes tratan de cubrir sus necesidades de salud, su educación y les dan la oportunidad de conservar una familia. Sin embargo, Alan tiene miedo de que su padre, prófugo de la justicia, regrese y cumpla su amenaza de matarlos. 
 
Al día siguiente del asesinato de Betsabé, su madre y su padre, María Amparo Hernández y Mario García, adultos mayores, él dedicado al campo y ella a atender una mercería,  fueron a la Procuraduría Social de Tlajomulco a tramitar la custodia de sus cinco nietos, donde les dijeron que  tendrían que “pagar ocho mil pesos por cada niño si realmente los querían”.
 
La respuesta, insensible y hasta abusiva, no extraña, como explica la pedagoga y fundadora de la Oficina de Defensoría de los Derechos de la Infancia (ODDI), Margarita Griesbach Guizar, pues cuando una niña o niño queda en orfandad tras un feminicidio, “se vuelve invisible para el Estado y si hay una tía o una abuela es ella quien se queda a cargo, sin que la autoridad intervenga como debiera ser. Y al final, dice, dependiendo del contexto la familia hace lo que puede hacer.
 
Así sucedió con los nietos de Amparo y Mario, pues para que pudieran quedarse con ellos, fue necesaria la intervención del DIF Tlajomulco, donde se agilizó el trámite de custodia ante la Procuraduría Social, explica la abogada y vicecoordinadora del Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de las Mujeres (Cladem), Alejandra Cartagena.
 
Así, la pareja, además de una hija con síndrome de Down, sumó a sus responsabilidades el cuidado y la crianza de sus cinco nietos, sin más recursos que los que les deja su trabajo de campesinos y con una batalla perpetua para que las instituciones les den el apoyo a que tienen derecho como víctimas secundarias de feminicidio.
 
La insistencia de la abogada Cartagena ante el DIF de Tlajomulco apenas tuvo respuesta en 2016: una despensa para la familia “de vez en cuando”. También  una beca de la Secretaría de Educación Pública, por un año, solo para Alan, nada para los demás.
 
¿Por qué?, preguntamos a la abogada: “La ayuda no está llegando a quienes la necesitan porque las autoridades no están organizadas”, responde. Y agrega: “no tendrían que ser las víctimas quienes estén buscando ayuda, tendría que ser el Estado quien les de todo el apoyo que necesitan”.
 
A la familia le falta apoyo psicológico, que no pueden pagar y al que tienen derecho. Les urge también construir un cuarto más y dicen que el DIF ya se los prometió, para que no estén tan restringidos de espacio.
 
Mientras tanto, en espera de que la ley se aplique, hoy Amparo y Mario sobreviven sin el negocio de la mercería y resuelven  los gastos de cinco hijos-nietos más. Peor aún, decidieron abandonar su casa, por temor a que el feminicida los busque, mientras la abogada insiste, toca puertas para recordar a las autoridades que tienen una obligación legal para con las víctimas. 
 

 
HUELLAS DE LA VIOLENCIA
 
Rafael tiene 18 años, Ulises 17 y Fabiola 15, todos quieren ir a la universidad, Rafael para ser abogado, Ulises y Fabiola quieren estudiar diseño gráfico. Han pasado 13 años desde que el 12 de febrero de 2014, vieron a su madre, Nadia, inerte, en cuclillas y con una cuerda atada al cuello.
 
Esta escena los persiguió durante su infancia y aunque repitieron hasta el cansancio el mismo testimonio de cómo vieron a su padre, Bernardo López, y su tío Isidro “El Matute”, meter a su madre a la cisterna y luego colgarla en la habitación de su casa en Cuautitlán Izcalli, Estado de México, casi ninguna autoridad les creyó, porque apenas tenían entonces 5, 4 y 3 años de edad, y  su declaración no fue considerada como evidencia.
 
Presenciar el feminicidio de su madre les dejó graves secuelas: Rafael, quien tenía 5 años de edad, perdió el control de sus esfínteres y Ulises, de 4 años, comenzó a esconderse debajo de las sábanas para gritar y escapar de las constantes pesadillas, otras veces se golpeaba contra la pared, subía a la azotea de su casa y preguntaba cuándo regresaría su madre.
 
Su hermana más pequeña, Fabiola, a sus 2 años de edad, articulaba palabras que según María Antonia, su abuela, querían decir que su “papá le pegó a su mamá” y al igual que Ulises cada vez que la niña tenía ansiedad se golpeaba la cabeza con las manos: “Era horrible”, narra su abuela.
 
Cuando la Procuraduría General de Justicia del Estado de México (PGJEM) concluyó que se trató de un “suicidio”, María Antonia se dedicó a dos arduas tareas: primero cuidar a sus nietos y después tocar puertas para exigir justicia a todas las instancias que se encontró en el camino.
 
En 2004, María Antonia escuchó en la radio al psiquiatra Giuseppe Amara, en su programa “Parejas Disparejas ¿Y la Familia?”. Le pidió ayuda y este aceptó dar terapia psicológica y psiquiátrica gratuita a los dos hijos mayores de Nadia, por un tiempo determinado. Fabiola nunca recibió atención porque su abuela pensó que era  muy pequeña para recordar los hechos.
 
Terminada la ayuda del doctor Amara, María Antonia buscó por su cuenta ayuda psicológica particular para sus nietos. Un gasto que pudo solventar con enormes dificultades, gracias a su trabajo como  costurera.
 
Abocada a entender el expediente del caso de su hija, buscadora incansable de salidas, imaginó que tal vez Fevimtra, alguna Instancia de las Mujeres, la Procuraduría General de Justicia o el DIF podría ayudarla para obtener algún tipo de apoyo, pero se dio cuenta de que eso dependía de la buena voluntad de la institución.
 
La urgencia de Antonia por buscar apoyo psicológico está perfectamente fundamentada, como lo explica la investigadora del Centro de Estudios de la Mujer de la Escuela Nacional de Trabajo Social de la UNAM, Julia del Carmen Chávez Carapia, quien asegura que las probabilidades de que esos huérfanos del feminicidio hayan vivido violencia familiar es muy alta porque es muy difícil que un padre violento con su pareja no lo sea con sus hijas e hijos.
 
La niñez que no es atendida tras haber sido violentada por su padre y luego presenciar o vivir el asesinato de su madre “puede normalizar la violencia y reproducirla en la escuela o en su entorno general o presentar desequilibrios en su personalidad”.
 
La niña o el niño queda súbitamente huérfano y necesita recibir apoyo psicológico porque “en un segundo le arrebatan a su madre y su padre se convierte en un delincuente”, dice la especialista. 
 
Sin embargo, poco se ha investigado sobre estas víctimas, dice Chávez Carapia, porque las instituciones y muchas veces las propias familias no lo permiten, en ocasiones creyendo que aislarlos les evitará más daños, aunque el apoyo es necesario para que comprendan el contexto. 
 
Fue hasta 2008 cuando, apoyada por organizaciones civiles, Antonia logró que sus dos nietos mayores fuera atendidos a través de la Fiscalía Especializada para Delitos de Violencia Contra las Mujeres y Trata de Personas (Fevimtra), ya que fueron sometidos a un careo con su tío Isidro.
 
El careo se realizó tomando medidas para no revictimizarlos, le aseguraron a Antonia, lo que no ocurre en otros casos, donde se evidencia la falta de perspectiva de género en los procesos judiciales y en el tratamiento de las víctimas secundarias, “pues es un nivel de violencia tan fuerte que necesita ser atendida por especialistas en psicología, psiquiatría, pedagogía y personal de trabajo social, capaz de atender e integrar a las víctimas de manera individual y familiar”, señala Chávez Carapia.
 
Hoy, Antonia tiene como prioridad, a la par de la búsqueda de justicia en el proceso judicial, que sus nietos y su nieta tengan salud emocional. En pos de tranquilidad vendió su casa, por temor a que Isidro, puesto en libertad por falta de pruebas, tome venganza, y pidió un crédito para comprar una casa.
 
En 2011 en una reunión entre la Secretaría de Gobernación, autoridades del Edomex y familiares de víctimas de feminicidio, María Antonia expuso su problema de vivienda y la dependencia le prometió facilitar un crédito, pero el beneficio que nunca llegó.
 
Y aunque en  2016, un año después de que en el Estado de México se decretó la Alerta de Violencia de Género (AVG), el gobernador Eruviel Ávila anunció becas educativas y  capacitación para el trabajo para las hijas e hijos de las mujeres asesinadas por razones de género, para los hijos de Nadia solo hubo un registro en el Seguro Popular.
 
“Económicamente me ha sido muy difícil sacarlos adelante, pero también se puede decir que han sido mi fortaleza”, dice Antonia a Cimacnoticias, y continuará apoyándolos para que terminen la universidad. A la par no cesará en su demanda de justicia, que podría llegar hasta instancias internacionales, y que en 2010 la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH) presentó el caso de su hija ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
 

 

ABUELA-MADRE-ACTIVISTA
 
Tras el asesinato de Alejandra, Norma Andrade, su madre, dejó su profesión de maestra y se convirtió en abuela de sus nietos, Judith de un año y  Alberto*, de seis meses de edad. Alejandra fue encontrada sin vida y con signos de violencia sexual en un lote baldío de Ciudad Juárez, Chihuahua, el 20 de febrero de 2001.
 
Pese al dolor por la pérdida de su hija, Norma, sin la misma fuerza de cuando era joven y fue madre, se convirtió nuevamente en mamá de sus nietos, obligada por una situación que la llevó más allá de asumir ese papel y la convirtió en activista, en busca de justicia para su hija y las cientos de hijas víctimas de feminicidio. 
 
Como muchas madres que quieren ver a los asesinos de sus hijas en prisión, Norma vio a las otras víctimas de Ciudad Juárez, vio a las hijas e hijos huérfanos, a las abuelas y, junto con la profesora que daba clases a Alejandra, Marisela Ortiz, fundó la agrupación “Nuestras Hijas de Regreso a Casa”, una de las primeras organizaciones en documentar y acompañar a familiares de víctimas de feminicidio en el territorio fronterizo.
 
Las dos mujeres y otras madres se dieron cuenta que muchas otras estaban en la misma situación, eran abuelas educando hijos que no habían planeado, a la par que se alejaban de sus oficios y sus familias para aprender a hacer las tareas de un Ministerio Público porque los funcionarios simplemente no investigaban los crímenes.
 
Así decidieron organizarse y en 2002 lograron que el gobierno de Chihuahua comenzará a realizar mesas de trabajo con las familias de las víctimas para solventar algunas de sus necesidades. A los hijos de las víctimas se les dio apoyos educativos que incluían útiles escolares, uniformes, becas, pago de inscripción a la escuela y acceso gratuito a los servicios de salud pública.
 
A las madres de esas mujeres que fueron encontradas sin vida les brindaron 900 pesos quincenales, una cantidad de dinero que Norma no le alcanzaba para cubrir los gastos de sus dos nietos y de su esposo enfermo de cáncer. Por dignidad al inicio ella se negó a aceptarlo pero la necesidad por comprar las medicinas para su esposo hizo que aceptara el apoyo.
 
Por un par de años Norma se exilió de Juárez pero a su regresó en 2005 notó que estos servicios, conseguidos por las víctimas, se redujeron a becas y útiles escolares.
 
Sin embargo, en 2012 la Fiscalía General de Chihuahua, estado donde desde 1993 se ha documentado el feminicidio, informó a la Comisión Especial de Feminicidio de la Cámara de Diputados que tenían un Fideicomiso de Apoyo para Niños Huérfanos Víctimas de la Violencia, con un registro de 4 mil 158 menores de edad, de los que 3 mil 897 fueron atendidos con algún apoyo asistencial.
 
Para Norma Andrade la atención psicológica llegó meses después con la creación del Instituto Chihuahuense de la Mujer (en 2001), pero sólo se atendió a las madres de las víctimas, explica Norma. Judith y Alberto parecían invisibles para el Estado a pesar de ser afectados directos.
 
Las becas, uniformes y consultas médicas gratuitas a Judith y Alberto se hicieron a través de programas sociales del estado de Chihuahua, sin embargo para su abuela Norma estas acciones gubernamentales fueron y son una forma de calmar las exigencias de las familias que quieren conocer la verdad sobre los asesinatos de las mujeres y castigo para los culpables.
 

ESCENARIO “IDEAL”
 
La vida de las mujeres víctimas de feminicidio no es recuperable, pero sí la de las niñas, niños y adolescentes que les sobreviven, sí la de sus madres y padres, la de su familia. Para ello hay sentencias, leyes, acuerdos, obligaciones gubernamentales y hasta morales. Falta que se apliquen, como revela lo aquí narrado. 
 
Sin embargo, aun cuando un juez penal dicta una sentencia condenatoria a un feminicida, “jamás se le ocurre dar vista a alguien para ver qué ocurre con los niños”, señala  la experta en derechos de la infancia, Margarita Griesbach Guizar, y al final, dependiendo del contexto, la familia hace lo que puede hacer. 
 
Debería de existir, señala la pedagoga Griesbach, “una cadena de protección” para las hijas e hijos de víctimas de feminicidio”, sobre todo porque desde 2014 existe la Ley General de Niñas, Niños y Adolescentes que contempla responsabilidades para los gobiernos.
 
A través de esta ley, se crearon las Procuradurías de Protección estatales, y una federal, encargadas de representar a las niñas y niños y de articular todas las instancias y servicios médicos, psicológicos o sociales para atender a esta población cuando está en riesgo o son víctimas de violaciones a sus Derechos Humanos.
 
Es decir, el escenario ideal sería que en caso de que una mujer se quede al cargo de niñas y niños por causa de un feminicidio, acuda a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes de su estado y esta instancia se encargue de conseguir todos los servicios que se necesitan aunque en realidad esto no sucede.
 
Aún más, en la sentencia que en 2009 dictó la CoIDH contra el Estado mexicano por tres casos de feminicidio, el tribunal consideró que la prestación de los servicios sociales que el Estado brinda a los individuos no se puede confundir con las reparaciones a las que tienen derecho las víctimas de violaciones de Derechos Humanos, porque se trata de un daño específico generado por la violación.
 
Sin embargo, hay un hueco por donde se cuelan omisiones e irregularidades: la Corte Interamericana consideró que no podía indicar al Estado mexicano cómo regular los apoyos que brinde a las personas como parte de un programa de asistencia social y  se abstuvo de pronunciarse respecto a ese tema.
 
Lo que sí mencionó fue que México debía adoptar medidas de rehabilitación para los familiares de las víctimas que incluyeran atención psicológica y médica.

 
RAZÓN DE VIVIR…
 
Judith y Alberto saben cómo fue asesinada Alejandra, su madre, un severo impacto, dice Norma Andrade,  que ocasionó que su nieto sea hoy un joven reservado, que no toca el tema del feminicidio, mientras Judit desarrolló el trastorno de “despliegue de personalidad”. Ambos reciben atención psiquiátrica, pagada con dificultades por su abuela.
 
Judit tiene hoy 16 años, es activista y escribe poemas, cuentos, e historia sobre feminicidio, algunos dedicados a su madre. En ocasiones se le ha visto marchar junto a su abuela, tomar el micrófono y gritar justicia, para su madre y para otras madres, y para ellos mismos y su abuela, quienes siguen siendo víctimas. 
 
Dos atentados contra Norma Andrade, presenciados por Judith, obligaron a la familia a dejar Ciudad Juárez y a exiliarse en la capital del país, para salvar sus vidas.
 
Las hijas e hijos de víctimas de feminicidio, dice Norma, “son los más ausentes, muchos han quedado sin madre y ahora ya están sin abuelas”, dice.  

“Quisiera, señala Norma, que al Estado se le obligue a hacerse responsable de esas víctimas invisibles, desde su alimentación, su manutención, en lo más esencial, hasta terminar de ir a la escuela”, pero prevenir el feminicidio y para evitar que el dolor de tener más huérfanas y huérfanos. 
 
*Los nombres de todas las niñas, niños y adolescentes fueron cambiados para proteger su identidad.  
 
17/AGM/HZM/GG 
 








QUINTO PODER
VIOLENCIA
   QUINTO PODER
Las víctimas y la conciliación
CIMACFoto: César Martínez López
Por: Argentina Casanova*
Cimacnoticias | Campeche, Cam .- 28/02/2017

Aunque no lo enuncia, es claro que cuando la Ley General de Víctimas habla del derecho de las víctimas a optar por la solución de conflictos mediante la justicia alternativa, no está incluida la violencia familiar y mucho menos de tipo sexual.

Sin embargo, hará falta que esto y las medidas de atención a víctimas de violencia sexual, señaladas en la NOM 046, queden   explícitas en el Reglamento de la LGV.
 
En la Ley General de Víctimas, el Artículo 17 refiere esta situación en particular, concretamente en un par de párrafos que define los mecanismos y procedimientos que habrán de seguirse para garantizar que no se utilicen argumentos, desde la retórica de violencia contra las mujeres, para justificar que se envíe a las víctimas a mediación y conciliación.
 
El Artículo 17 señala:

“Las víctimas tendrán derecho a optar por la solución de conflictos conforme a las reglas de la justicia alternativa, a través de instituciones como la conciliación y la mediación, a fin de facilitar la reparación del daño y la reconciliación de las partes y las medidas de no repetición.
 
“No podrá llevarse la conciliación ni la mediación a menos de que quede acreditado a través de los medios idóneos, que la víctima está en condiciones de tomar esa decisión. El Ministerio Público y las procuradurías de las entidades federativas llevarán un registro y una auditoría sobre los casos en que la víctima haya optado por alguna de las vías de solución alterna de conflictos, notificando en todo caso a las instancias de protección a la mujer, a fin de que se cercioren que la víctima tuvo la asesoría requerida para la toma de dicha decisión. Se sancionará a los servidores públicos que conduzcan a las víctimas a tomar estas decisiones sin que éstas estén conscientes de las consecuencias que conlleva”.
 
El Artículo 17 establece 3 líneas importantes en las que se tendrá que hacer incidencia, pero también establecer claramente quién o cómo se responderá para garantizar el cumplimiento y que efectivamente se acredite las condiciones de que una víctima de algún delito (que no sea familiar, ni sexual en el ámbito familiar) sea sometida a la conciliación. Aunque, personalmente, considero que ninguna víctima de violencia sexual, ni comunitaria, de acoso u hostigamiento sexual tendría que ser sometida a esta vía de solución que solo la revictimiza.
 
¿QUÉ SON MEDIOS IDÓNEOS?
 
Aquí lo importante para todas las organizaciones y defensoras será definir qué y cómo se establece qué son los “medios idóneos”, y cómo se determinará y quién decidirá que la víctima está en condiciones de tomar esa decisión (insisto en aquellos casos en los que la ley sí lo permite, excluyendo violencia familiar).
 
Por otro lado, se establece una responsabilidad que las Fiscalías tendrán que aclarar: quién llevará el proceso y quién verificará su transparencia en el sentido del registro y la auditoría, sobre los casos en los que la víctima optó por este mecanismo. Sobre todo porque en muchos estados son los propios Centros de Justicia y las propias Fiscalías de Delitos Sexuales las que están enviando a las víctimas a mecanismos de solución de conflictos, sin considerar si están en condiciones o si esto las puede revictimizar. 
 
También establece la responsabilidad de las instancias de protección a las mujeres. Y aquí habrá que especificar concretamente (para que nadie evada), a quiénes se refiere y el alcance de sus compromisos para comprobar que efectivamente la víctima tuvo la asesoría requerida para tomar la decisión adecuada; que no lo hizo bajo un estado de presión o de asimetría emocional y que esto no  la condujo a dar “el perdón del ofendido”, sustentada en  construcciones sociales que discriminan a la mujer.
 
Al hablar de sanción, la propia Ley General de Víctimas retoma el principio que se ha promovido en México desde la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ante el caso de feminicidio de Mariana Lima, al recomendar sanciones a servidores que obstaculicen el acceso a la justicia. Y retoma las recomendaciones del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (Mesecvi), en su informe Hemisférico, de sancionar a los funcionarios públicos que violen los derechos humanos de las mujeres.
 
La Ley General de Víctimas habla de sancionar a los servidores públicos que conduzcan a las víctimas a tomar estas decisiones sin que éstas estén conscientes de las consecuencias que conlleva.  Esto habla justamente de lo que está  ocurriendo en algunas instancias, en donde sin tomar en cuenta la opinión, situación y condición de la víctima, literalmente son obligadas a enfrentarse a su victimario, sin tener a su lado a ningún abogado victimal o acompañante.
 
Habrá que establecer un mecanismo que garantice y establezca punto por punto cómo se sancionará y ante qué instancias, cómo y dónde podrán empezar a promover las quejas por estos hechos que ocurren cotidianamente y especialmente en los contextos de violencia familiar, como lo he reiterado, ya que el propio Código Nacional de Procedimientos Penales señala que no se admite la conciliación en el Artículo 187, fracción III.
 
Algo tan importante se enuncia en la LGV, pero debe dotársele de manos y pies para que camine a favor de las víctimas.
 
* Integrante de la Red Nacional de Periodistas y del Observatorio de Feminicidio en Campeche.
 
17/AC/GG
 








QUINTO PODER
VIOLENCIA
   QUINTO PODER
La nueva Ley de Víctimas y las IMEF
Imagen retomada del portal gob.mx
Por: Argentina Casanova*
Cimacnoticias | Campeche, Camp.- 21/02/2017

Las Instancias de las Mujeres en las Entidades Federativas (IMEF) se han quedado cortas, la mayoría de las veces, y sin saber el alcance de sus responsabilidades para con las mujeres víctimas de violencia. Y ahora enfrentan un nuevo escenario, con una nueva encomienda derivada de la nueva Ley General de Víctimas, un nuevo papel en el que requieren profesionalizarse para estar a la altura de las circunstancias. 
 
Las IMEF y las instancias en los municipios han navegado hasta ahora en la indefinición, escudándose en que la ley interna solo las faculta para dar “asesoría” y no litigar el caso. Además, este servicio lo han brindado en algunos estados y dependiendo de la fortaleza del área jurídica y disponibilidad de la persona titular.
 
Sin embargo, y con la atención personal puesta en las mujeres víctimas de violencia y su derecho al acceso a la justicia, así como en el deber de las instituciones de trabajar en garantizar ese derecho de una manera comprometida, he identificado que sus alcances en muchas entidades se quedan cortos frente a la problemática de la violencia contra las mujeres que sigue recrudeciéndose y en la impunidad.
 
Ahora, las IMEF afrontarán la modificación de la Ley General de Víctimas, en su Artículo 107 específicamente, que habla de las responsabilidades de las instituciones que podrán y deberán recibir la declaración de las víctimas, para evitar ahora sí ese ciclo de revictimización al que eran sometidas las mujeres víctimas de violencia familiar, sexual, laboral y de otras formas muy comunes. 
 
La nueva encomienda surge del Artículo 107, que señala:
Toda autoridad que tenga contacto con la víctima estará obligada a recibir su declaración, la cual consistirá en una narración de los hechos con los detalles y elementos de prueba que la misma ofrezca, la cual se hará constar en el formato único de declaración.
 
El Ministerio Público, los defensores públicos, los asesores jurídicos de las víctimas y las comisiones de derechos humanos no podrán negarse a recibir dicha declaración. Cuando las autoridades citadas no se encuentren accesibles, disponibles o se nieguen a recibir la declaración, la víctima podrá acudir a cualquier otra autoridad federal, estatal o municipal para realizar su declaración, las cuales tendrán la obligación de recibirla, entre las cuales en forma enunciativa y no limitativa, se señalan las siguientes:
 

  1. Embajadas y consulados de México en el extranjero;
  2. Instituciones de salud y educación, ya sean públicas o privadas;
  3. Institutos de las Mujeres;
  4. Albergues;
  5. Defensoría Pública, y
  6. Síndico municipal.

 
De entrada, esta nueva Ley General de Víctimas nos aporta elementos de exigencia para estas instituciones, que hasta ahora han jugado un tibio papel en los gravísimos niveles de la violencia contra las mujeres, pero fundamentalmente abona a evitar la revictimización y el tiempo perdido e innecesario que se ocupan en las áreas jurídicas de las Instancias de las Mujeres.
 
Sin embargo, esto no significa que estén ya aptas y dispuestas, especialmente instituciones como los albergues y los propios Institutos de las mujeres que siguen sin tener un papel activo en la defensa de las mujeres y su acompañamiento para garantizar el acceso a la justicia.
 
Abre una nueva línea de trabajo y capacitación para las IMEF y, personalmente, conociendo la estructura, trabajo y alcance, hago énfasis en su nueva tarea para que no quede en la maraña de responsabilidades que nadie sabe que tienen y que están obligadas a cumplir y que transitan por la vida sin asumirlas porque nadie se las reclama.
 
A partir de ahora, todas las mujeres que acuden a las IMEF tienen la oportunidad de que, al comunicar y expresar los hechos de violencia vividos, no podrán ni deberán ser enviadas al Ministerio Público para que hagan formalmente su declaración, con una hora o más invertidas en explicarle a las abogadas o abogados de las IMEF de qué va su problema y situación.
 
Es de lo más común que las mujeres acudan a las IMEF a denunciar hechos de violencia como el acoso y el hostigamiento laboral, así como la violencia que viven a manos de sus parejas por eventos y situaciones en las que se sienten vulneradas, especialmente en los estados donde aún no hay Centros de Justicia para las Mujeres (CJM).
 
Pero incluso en las entidades en las que sí hay CJM, los propios institutos laboran en el espacio próximo y reciben a las mujeres para escuchar sus experiencias de violencia y luego turnarlas al MP para que repitan esta historia.
 
El formato único de declaración es uno de los elementos más importantes para que las IMEF asuman su responsabilidad y este tendrá que alcanzar –aunque la ley no lo enuncia- a las instancias municipales de las mujeres. Pero, claro, antes tendrán que capacitarse en este ámbito, además de tener pendiente la especialización en el acceso a la justicia para las mujeres víctimas de delitos.
 
* Integrante de la Red Nacional de Periodistas y del Observatorio de Feminicidio en Campeche.
 
17/AC/GG








NACIONAL
DERECHOS HUMANOS
   LGV veta derecho a solicitar su ayuda
Forenses extranjeros, esenciales en identificación de restos
CIMACFoto:César Martínez López
Por: Hazel Zamora Mendieta
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 21/12/2016

En medio de la incertidumbre de mujeres asesinadas y personas desaparecidas en México, la intervención en investigaciones de forenses extranjeros ha sido fundamental para brindar un poco de certeza a sus familiares.
 
Sin embargo, con las recientes modificaciones a la Ley General de Víctimas (LGV), aprobada el 14 de diciembre por la Cámara de Diputados, se frena el derecho de las víctimas a pedir la asistencia técnica en investigaciones a peritos y especialistas extranjeros al país.
 
En la actual reforma de los artículos 12, 15 y 21 de dicha ley, se establece que en investigaciones de desapariciones forzadas o cualquier otro crimen contra la sociedad sólo se podrá pedir la intervención de expertos independientes o peritos extranjeros cuando no se cuente con personal nacional capacitado en la materia.

FORENSES EXTRANJEROS EN MÉXICO
 
La omisión y negligencia por parte del Estado mexicano ante la desaparición de personas por fuerzas armadas y grupos delictivos, desplazamientos forzados y casos de feminicidio en el país, ha causado que la intervención de organismos internacionales y especialistas extranjeros sea esencial para atender estos casos que en su mayoría se mantienen impunes.
 
En 2004 llegó a Ciudad Juárez, el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF). Fue el primer grupo de especialistas extranjeros en el país que brindó asistencia técnica a las autoridades de Chihuahua en la identificación de restos de mujeres desaparecidas y asesinadas.
 
El trabajo del EAAF fue clave para la identificación de mujeres jóvenes desaparecidas desde años atrás en Ciudad Juárez. Las antropólogas forenses trabajaron en el país hasta septiembre de 2010, su labor fue ardua pues la dispersión de restos en el Servicio Médico Forense (Semefo) y en las fosas comunes de los cementerios de la entidad, y la falta de documentación prolongaron la investigación.
 
Al final de su estancia presentaron un informe detallado. Las especialistas notificaron rescatar 83 restos de mujeres entre 1995 y 2005; 33 de los restos fueron plenamente identificados y entregados a los familiares (26 tenían reporte de desaparecidas en Ciudad Juárez y 7 en la ciudad de Chihuahua).

La presencia de las forenses argentinas fue la muestra de que se requería la intervención de especialistas extranjeros con trabajo en identificación de restos, ante la negligencia e incapacidad del gobierno mexicano para investigar  los crímenes contra mujeres en Juárez pero más aún, para identificarlos.
 
CASO MORLETT
 
En noviembre de 2011, el grupo de Antropólogas Forenses Argentinas ayudó para la identificación de Adriana Morlett Espinosa, desaparecida el 6 de septiembre de 2010 en la Ciudad de México.
 
Al equipo de antropología le bastaron 2 meses para confirmar la identidad de Adriana. En este caso, como en los anteriores, fue la familia de Adriana Morlett la que pidió la intervención de las argentinas forenses, quienes realizaron la identificación del cráneo que se encontró en la delegación Tlalpan, en un laboratorio de Estados Unidos.
 
CASO AYOTZINAPA
 
En 2014, la desaparición de los 43 estudiantes de la Escuela Normal Rural “Raúl Isidro Burgos” de Ayotzinapa, en Guerrero, entre la noche del 26 y la madrugada del 27 de septiembre, puso en evidencia los atroces actos cometidos por policías y militares del país, y la impunidad con la que gobierna el Estado mexicano.
 
La madres y padres de los estudiantes desaparecidos pidieron una vez más la intervención de los especialistas del EAAF, pues la hipótesis de que en el basurero de Cocula se habían incinerado los restos de los 43 estudiantes, como lo aseguró en su momento, el titular de la Procuraduría General de la República (PGR), Jesús Murillo Karam, no era suficiente.
 
El grupo de forenses extranjeros fue conformado por 26 especialistas provenientes de Argentina, México, Estados Unidos, Colombia, Uruguay y Canadá.
 
Después de un año y tres meses de trabajo presentaron el dictamen sobre su análisis del basurero de Cocula que acabó con la “verdad histórica” del Estado mexicano: no existía prueba alguna de que los estudiantes fueron incinerados en aquel lugar.
 
Para las madres de mujeres, estudiantes y personas desaparecidas y asesinadas, la labor de especialistas extranjeros para hallar a sus hijos e hijas forma parte de su proceso de duelo, les permite pedir justicia, tener certeza de dónde están sus familiares, han señalado diversas organizaciones con trabajo en el tema.
 
Las madres y familiares han encontrado en las instituciones internacionales el apoyo que las autoridades mexicanas son incapaces de proveerles, lo que ha llevado a la mayoría de ellas a convertirse en investigadoras, abogadas, peritas y activistas.
 
Por ello frenar la entrada de especialistas extranjeros al país significa acabar con la posibilidad de madres y padres de encontrar a sus familiares, coinciden abogados de Centros de Derechos Humanos.
 
VIOLACIÓN DE DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS
 
En entrevista con Cimacnoticias, la coordinadora jurídica del Centro de Derechos Humanos para las Mujeres de Chihuahua, (Cedehm), Irma Villanueva, calificó las modificaciones de la Ley General de Víctimas como un atentado contra el derecho constitucional de las víctimas a participar activamente en las investigaciones.
 
La abogada recordó la experiencia ocurrida en Ciudad Juárez: “se ha observado en la historia de nuestro país la carencia de preparación y especialización de antropólogos forenses y peritos para contribuir con las investigaciones de casos de violación a los Derechos Humanos”.
 
La falta de confianza en el personal forense mexicano, y su especialización, es de los principales problemas que detectan las organizaciones civiles.
 
El  director ejecutivo de Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH), José Antonio Guevera, en entrevista a Cimacnoticias añadió que “se van a ofrecer peritos que probablemente no reúnen las capacidades técnicas necesarias para la investigación y que sean independencia de las instituciones públicas”.
 
Guevera señaló que esta modificación muestra la preocupación del gobierno mexicano ante las recomendaciones de instituciones internacionales, que han señalado la negligencia con la que actúan las instituciones de impartición de justicia al investigar violaciones graves de Derechos Humanos.
 
“Quieren evitar que la comunidad internacional siga convenciéndose de que México no es capaz y no tiene la voluntad de llevar a juicio a aquellos que cometen violaciones a los Derechos Humanos”, concluyó.
 
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