Asamblea Legislativa del Distrito Federal

ESTADOS
VIOLENCIA
   ALDF aprueba iniciativa con sanción de 1 a 3 años de prisión
Será delito tomar fotos y video a mujeres sin su consentimiento
CIMACFoto: Hazel Zamora Mendieta
Por: la Redacción
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 11/05/2018

La Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó adicionar un nuevo tipo penal que castiga, con uno hasta tres años de prisión, a quienes tomen fotografías o grabaciones con índole sexual a mujeres sin su consentimiento.

Esta reforma que adiciona los Artículos 177 Bis y 179 al Código Penal de la Ciudad de México surgió de una iniciativa propuesta por el diputado del Partido de la  Revolución Democrática (PRD), Iván Texta Solís, quien argumentó que en promedio tres mujeres al día acuden a la Procuraduría General de Justicia de la ciudad (PGJDF) para denunciar que les tomaron fotos o videos sin su consentimiento.

Con esta reforma, aprobada el 7 de mayo de 2018 a partir del dictamen que elaboró la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, se establece que “a quien realice una conducta de naturaleza sexual indeseable para quien la recibe, que lesione su dignidad, se le impondrá de uno a tres años de prisión”.

Este tipo de acoso sexual ocurre principalmente en el transporte público, por lo que la iniciativa contempla elevar a una tercera parte la sanción cuando ocurra en dicho espacio, o bien, alguna otra instalación pública. De la misma forma se elevará la pena cuando exista una relación jerárquica por relación laboral, docente, doméstica o de cualquier clase, entre el agresor y la víctima.

Por “conductas de naturaleza sexual indeseables”, la norma describe que se consideran solicitar favores sexuales para sí o una tercera persona, además de la difusión de imágenes por cualquier medio con implicaciones sexuales, ello, sin el consentimiento de las víctimas y que atente contra su dignidad. 

De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares del 2017 (Endireh) 61 por ciento de las mujeres en la Ciudad de México reportó haber sido a lo largo de su vida víctima de violencia comunitaria, en específico violencia sexual, que ocurre en la calle, transporte público, parques y otros lugares públicos.  

Con ello la Endireh ubica a la Ciudad de México en el primer lugar de violencia comunitaria contra las mujeres del país, en tanto, en la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública de 2016 (Envipe) se reportó que 79 por ciento de las capitalinas reveló sentirse insegura en la calle.

Esto sucede a pesar de que las autoridades de la Ciudad de México pusieron particular atención en campañas y programas para atender la violencia y el acoso sexual callejero y en el transporte público, por ejemplo, en 2008 inició el “Programa Ciudades y Espacios Públicos Seguros para Mujeres y Niñas” de la mano de ONU Mujeres.

La aprobación de esta iniciativa al Código Penal entra en una serie de reformas legislativas que está realizando el gobierno capitalino en cumplimiento con el proceso de la solicitud de Alerta de Violencia de Género (AVG), pedida por organizaciones civiles el 7 de septiembre de 2017.

Estas acciones gubernamentales incluyen hasta ahora el aumento de la sanción a quién cometa un feminicidio (hasta 60 años de cárcel) y la implementación del llamado “Protocolo Alba” un instrumento especializado en la búsqueda de mujeres y niñas desaparecidas.

Asimismo, con el fin de garantizar la vida y seguridad de las capitalinas se planteó la puesta en marcha de un sistema de información que identifique a mujeres en riesgo de violencia feminicida y un programa en atención a la niñez y adolescencia que queda en orfandad por el feminicidio de sus madres.

18/HZM








NACIONAL
VIOLENCIA
   Inconstitucional quitar concepto, debe revisar SCJN: diputada
   
Diputados quieren excluir de la ley “violencia política de género”
Imagen retomada de Twitter de la Asamblea Legislativa
Por: Anayeli García Martínez
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 30/06/2017

Sin un proceso legislativo de por medio, diputados de la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México (ALDF) pretenden borrar de un plumazo el concepto de “violencia política de género” del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la capital porque argumentan que se equivocaron al incluirlo en la ley.
 
El 31 de mayo, el pleno de la ALDF aprobó la expedición del nuevo Código electoral en el tiempo que establecía la Constitución capitalina y, luego de una revisión del texto, por parte de la Jefatura de Gobierno, se publicó en la Gaceta Oficial el 7 de junio, con lo que entró en vigor para el proceso electoral de 2018.  
 
Sin embargo, fue hasta el 21 de junio, prácticamente tres semanas después de que se avaló la ley, cuando los asambleístas se dieron cuenta e informaron que “hubo una equivocación” y que en la norma electoral aparecía el concepto de “violencia política de género” cuando en realidad debería decir “violencia política”.
 
REVERSA
 
Ese mismo día, el miércoles 21, la Mesa Directiva de la ALDF, integrada por los diputados del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Mauricio Toledo y Rebeca Peralta, y del Partido Humanista, Luciano Jimeno, publicaron una “nota aclaratoria” en la Gaceta Oficial para dejar en claro que la ley no debería tener dicho término. 
 
De acuerdo con la nota, la ley debe decir que “violencia política” es  “toda acción, omisión o conducta ejercida contra las personas, directa o indirectamente, que tiene por objeto o resultado sesgar, condicionar, impedir, restringir, suspender, menoscabar, anular, obstaculizar, excluir o afectar el reconocimiento, acceso, goce o ejercicio de los derechos político-electorales…”.
 
Asimismo la definición correcta, que no aparece en el Código electoral, dice que la violencia política se puede manifestar “mediante cualquier modalidad de violencia contemplada en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México, expresándose en los ámbitos político, público y privado” y enumera 12 características y no 19 como están en la ley vigente.
 
¿CON “ACLARACIÓN” SE CAMBIA LA LEY?
 
Al siguiente día de que fue publicada la aclaración, el diputado del PRD y presidente de la Comisión de Gobierno, Leonel Luna Estrada, afirmó que el proceso legislativo del Código electoral no fue vulnerado sino que la “aclaración” era para que no entrara en vigor “algo diferente a lo votado por los diputados”.
 
El asambleísta también informó que en uso de sus facultades y junto con los integrantes de la Mesa Directiva revisó la versión estenográfica de la sesión del día 31 de mayo. “Hubo un error en el contenido que se envió para su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, esto es grave porque se hubiera publicado una ley con un artículo distinto a lo aprobado por el Pleno”, destacó.
 
Luna Estrada explicó que durante la discusión del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México se presentaron varias reservas y una de ellas hablaba de la violencia política de género. “El pleno decidió dejar solo el concepto de violencia política”, recalcó.
 
El perredista subrayó que aún con la nota aclaratoria, no había impedimento legal para recurrir a la autoridad correspondiente si se llegase a presentar un caso de violencia política de género, ya que la Constitución Política de la Ciudad de México contempla este concepto.
 
¿ACLARACIÓN DESAPARECE CONCEPTO?
 
Sin embargo, el 24 pasado la diputada del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Dunia Ludlow, se pronunció sobre el tema y dijo que la nota aclaratoria dejaba la puerta abierta para que los supuestos para acreditar la violencia política de género se consideren inexistentes porque se construyeron a partir de un proceso legislativo inadecuado e ilegal.
 
Durante la aprobación del Código Electoral, el día 31 de mayo, la asambleísta presentó reservas al Artículo 4 de la norma, a fin de incluir el concepto aprobado anteriormente en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia capitalina; y reservas al Artículo 351 del Código Penal para que se incluyeran los “actos de violencia política”.
 
Pero ese día las reservas se presentaron en bloque junto con otros seis artículos, no se discutieron una por una, se generó confusión y fueron rechazadas. No obstante se publicó el decreto como si hubieran sido aprobadas.
 
ACCIÓN INCONSTITUCIÓNAL
 
Al respecto, la diputada de Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Ana Juana Ángeles Valencia, consideró que excluir el término “violencia política de género” en toda su acepción es una acción inconstitucional que merece ser sometida a revisión mediante un recurso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
 
Para la legisladora, la modificación que la Asamblea Legislativa quiere hacer a través de una nota aclaratoria y no por medio de un proceso parlamentario, implicaría dejar inválida la posibilidad de argumentar que la violencia política de género como una causal para anular una elección, tal como lo establece la Carta Magna de la Ciudad de México.
 
El Articulo, Apartado D, numeral 2 de la Constitución capitalina dice que “sin perjuicio de las causales específicas que prevea la ley de la materia, será nula la elección o el proceso de participación ciudadana en el que se acredite la existencia de violencia política de género e irregularidades graves durante las diversas etapas del proceso electoral que violenten los principios previstos en esta Constitución”.
 
Con el proceso electoral de 2018 para renovar la Asamblea Legislativa y poner en marcha la nueva estructura electoral de la capital, todavía no hay certeza de si una nota publicada en la Gaceta Oficial es suficiente para modificar el Código electoral o si es necesario un proceso parlamentario para rectificar un error del Legislativo local.
 
En tanto, el 22 de junio, el coordinador del grupo parlamentario de Morena, César Cravioto, dijo que “el cambio” no se informó a los diputados y ante ello mencionó que su partido analizaría la pertinencia de presentar una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte porque la modificación era de fondo y no una fe de erratas.
 
17/AGM/GG








NACIONAL
VIOLENCIA
   Entre 2015 y 2016, 196 asesinatos de mujeres
Para decretar AVG en CDMX basta que haya delitos graves, no su número
Imagen cortesía de comunicación social de la ALDF
Por: Anayeli García Martínez
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 09/06/2017
La asambleísta del partido Movimiento Ciudadano (MC), Vania Roxana Ávila García, afirmó que el procedimiento para emitir la Alerta de Violencia de Género (AVG) en la Ciudad de México es vago pero señaló que este mecanismo se debería implementar sin necesidad de tener una cantidad específica de asesinatos de mujeres.
 
Los datos de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México (PGJDF), dice la diputada, indican que de julio de 2011 a junio de 2015 se registraron 214 casos de mujeres asesinadas, de los cuales 208 se catalogaron como feminicidio, y entre 2015 y 2016 incrementó la cifra al sumar 195 asesinatos de mujeres.  
 
Es por ello que en abril presentó una reforma para definir el concepto de Alerta de Violencia de Género en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la capital, iniciativa que fue analizada en la Comisión para la Igualdad de Género y avalada por unanimidad en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) el pasado 6 de junio.
 
En la discusión del dictamen, la también presidenta la Comisión de Participación Ciudadana destacó que la iniciativa es clave en la lucha contra la violencia y la discriminación hacia las mujeres y coadyuva en la solución de uno de los problemas que afecta de manera directa los Derechos Humanos de la colectividad.
 
La reforma al Artículo 3 de la Ley señala que la declaratoria de alerta por violencia contra las mujeres es “el conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio determinado, ya sea ejercida por individuos o por la propia comunidad”.
 
La idea, explica la diputada, es perfeccionar la ley local para que en algún momento se pueda declarar la Alerta en la capital del país. 
 
Sin embargo, reconoció que aún hay lagunas sobre los procedimientos, porque a pesar de que se dice que se activará cuando existan delitos graves, dicha activación queda al criterio de la autoridad.
 
Ávila García destacó que a pesar de no es integrante de la Comisión Para la Igualdad de Género, tiene más propuestas para mejorar la Ley de Acceso pero, no se pueden presentar todas en conjunto, porque no se avalarían. Por ello consideró que en los temas de género hay que ir poco a poco.
 
A FAVOR DE CAPITALINAS
 
La VII Legislatura de la Asamblea, que inició funciones en septiembre de 2015 y finalizará su trabajo en 2018, ha promovido y aprobado reformas para que las leyes sean pilares para transformar la cultura de la violencia de género y, con ello prevenir, sancionar y erradicar este tipo de acciones.
 
En la Asamblea, actualmente conformada por 30 diputadas y 36 diputados, se han presentado al menos siete iniciativas de reformas en materia de salud, asistencia social y prevención de la violencia de género, suscritas por diputadas de MC, del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y del Partido de la Revolución Democrática (PRD).
 
Por ejemplo, el 23 de mayo el pleno de la Asamblea Legislativa avaló dos dictámenes para incluir los conceptos de violencia simbólica, mediática y política en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
 
El 12 de abril se reformaron tres Leyes:  la que Establece un Derecho a Recibir  un Apoyo Alimentario a Madres solas de Escasos Recursos; de Ejecución de Sanciones Penales y Reinserción Social; y de Centros de Reclusión para que las madres que se encuentran en reclusión gocen del derecho a la asistencia social.
 
El 13 de diciembre de 2016, el pleno de la ALDF aprobó adiciones al Artículo 2 Bis de la misma Ley para que las madres de victimas de feminicidio que tienen a su cargo la crianza y tutela de sus nietos reciban un apoyo alimentario.
 
En la misma fecha se reformó la Ley de Cultura Cívica para sancionar con arresto de 25 a 36 horas a quien condicione, insulte o intimide a la mujer que alimente a una niña o a un niño a través de la lactancia, en vías y espacios públicos.
 
El 5 de abril se reformó la fracción I del Artículo 17 de la Ley de Salud capitalina para que las mujeres puedan acceder de manera oportuna y preventiva a exámenes de detección del cáncer de ovario; y en 2016 se avaló la Ley para la Atención Integral del Cáncer de Mama que incluye la reconstrucción mamaria gratuita.
 
Sobre estas normas la diputada destacó que se han dado avances, como incluir la paridad y la violencia política en las leyes electorales, y afirmó que es responsabilidad de las legisladoras promover la participación de las mujeres en todos los procesos ciudadanos.
 
17/AGM/GG
 







NACIONAL
POLÍTICA
   Su Congreso, único que garantiza 50-50
CDMX, primera entidad del país con leyes electorales paritarias
Imagen retomada de Twitter de la Asamblea Legislativa
Por: la Redacción
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 31/05/2017

La Ciudad de México se convirtió en la primera entidad con leyes electorales que incorporan el principio de paridad de género (50-50) en candidaturas y en la integración del Congreso, luego de que ayer la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó la nueva normativa en la materia.
 
A dos días de que venciera el plazo para tener las nuevas leyes electorales, como lo marca la Constitución Política de la Ciudad de México, este martes las y los asambleístas aprobaron la expedición del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley Procesal local que incluyen la definición de la violencia política de género.
 
Estas leyes indican que el Congreso local (hoy ALDF) se integrará por 50 por ciento de diputados electos por voto directo y 50 por ciento de representación proporcional; los Concejos estarán integrados por 60 por ciento de aspirantes electos por el principio de mayoría y 40 por ciento por el principio de representación proporcional.
 
De acuerdo con las y los asambleístas, esta fórmula de integración en los Consejos de las Alcaldías (hoy delegaciones) permitirá contar con un órgano colegiado que tomará decisiones para lograr gobernabilidad y al mismo tiempo lograr los pesos y contrapesos que otorga esta pluralidad.
 
El diputado y presidente de la Comisión de Asuntos Político Electorales, José Manuel Delgadillo Moreno, señaló que por primera vez en la historia y en la única entidad federativa, el órgano legislativo se conformará por 50 por ciento de mujeres y hombres, “el único Congreso a nivel nacional que va a tener una integración paritaria”, dijo en la sesión.
 
Por su parte el diputado Leonel Luna Estada destacó que las reglas que se fijaron para los gobiernos de coalición darán certeza al ciudadano de que las fuerzas políticas que participan coaligadas tienen una visión conjunta.
 
La diputada del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Dunia Ludlow Deloya, indicó que en materia de violencia política de género debe prevalecer una concordancia con la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y el dictamen dejó la definición de violencia política.

Estas leyes, que también incluyeron reformas a la Ley de Participación Ciudadana y al Código Penal, prevén figuras jurídicas para defender los derechos político-electorales de la ciudadanía, los Gobiernos de coalición, normas para la reelección, la creación de una Defensoría Electoral, adscrita al Tribunal Electoral de la Ciudad de México.
 
17/AGM/GG








NACIONAL
POLÍTICA
   Define también violencia simbólica y mediática
ALDF incluye “violencia política de género” en Ley de Acceso de CDMX
Diputada del PRI, Dunia Ludlow Deloya. Imagen retomada de twitter de la asambleadf
Por: la Redacción
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 24/05/2017

De cara al proceso electoral local de 2018 y con una Ley Electoral en debate, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó definir el concepto de “violencia política en razón de género” en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México.
 
En la sesión de ayer las y los diputados aprobaron por unanimidad agregar al Artículo 7 la Ley de Acceso local esta nueva modalidad de violencia política, una propuesta impulsada por los Partidos de la Revolución Democrática (PRD), Revolucionario Institucional (PRI) y Movimiento Regeneración Nacional (Morena).
 
Esta reforma establece que la violencia “es toda acción u omisión ejercida en contra de las mujeres en el ámbito político o público que tenga por objeto resultados de sesgar, condicionar, impedir, restringir, suspender, menoscabar, anular, obstaculizar, excluir o afectar el reconocimiento, acceso o goce a ejercicio de los derechos políticos electorales de una mujer”.
 
De acuerdo con esta definición, que incluye y detalla19 actos de violencia, es obligar a una mujer con un cargo público a realizar actos diferentes a sus funciones, condicionar su participación política, proporcionarle información falsa, errónea o imprecisa que induzca al inadecuado ejercicio de sus funciones, entre otras acciones.
 
Al presentar el dictamen, la diputada por Movimiento Ciudadano y presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género, Nury Delia Ruíz Ovando, dijo que el dictamen fue producto de las propuestas de asambleístas del PRD, Morena y del PRI, este último además propuso incorporar el término a legislación penal y electoral.
 
La iniciativa priista se turnó a Comisiones Unidas a la de Asuntos Político Electorales y Administración y Procuración de Justicia y para la Igualdad de Género, misma que continúa en revisión debido que la Asamblea Legislativa está analizando las nuevas leyes  electorales que deben aprobarse el 2 de junio.
 
La reforma aprobada consideró los planteamientos del Protocolo para Atender la Violencia Política contra las Mujeres creado por instituciones electorales en 2016; y la reforma en la materia aprobada el pasado 9 de mayo en el Senado. 
 
Sobre esta iniciativa, la diputada del PRI, Dunia Ludlow Deloya, dijo que esta reforma era un mensaje para todas las ciudadanas, “con ello protegemos y promovemos los derechos políticos de las mujeres desde las precampañas, durante los procesos electorales y, lo que es fundamental, en el desempeño de sus encargos”, dijo.
 
A la sesión asistió la senadora y presidenta de la Comisión de Igualdad de Género de la Cámara alta, la senadora Diva Gastélum Bajo, y diputadas de la Comisión de Igual de Género de la Cámara de Diputados, órgano donde se mantiene congelada la discusión para aprobar la reforma de violencia política de género a nivel federal.
 
VIOLENCIA SIMBÓLICA Y MEDIÁTICA
 
En la sesión de este martes también se aprobó reformar el Artículo 6 de la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para agregar la definición de violencia simbólica y la violencia mediática a fin de identificarlas.
 
Con estas modificaciones quedará establecido que la violencia simbólica “es la que a través de patrones, estereotipos, mensajes, valores, íconos o signos trasmiten el proceso de denominación desigualdad y discriminación en las relaciones sociales naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad”.
 
La definición de violencia mediática contra las mujeres dirá que es aquella publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio de comunicación que “promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres”.
 
En esta violencia también se incluye la utilización de mujeres adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas.
 
Sobre esta reforma, la diputada del PRI y promotora de la iniciativa, Mariana Moguel Robles, aseguró que la violencia de género también está presente en los medios pero dijo que en los espacios de comunicación impresos, audiovisuales y digitales, están los aliados para erradicar este problema.
 
“Al legislar sobre la violencia simbólica y la violencia mediática contra las mujeres, estamos dando nombre a este fenómeno creciente que pueden sufrir las mujeres y ayudaremos a definir sus límites en términos y acciones que constituyente casos de violencia”, señaló.
 
Las reformas a la Ley de Acceso local entrarán en vigor una vez que sean publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
 
17/AGM/GG
 








NACIONAL
POLÍTICA
   Constitución CDMX
Las Constituyentes enfocan baterías hacia leyes secundarias
Especial
Por: Anayeli García Martínez
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 07/02/2017

No basta que los Derechos Humanos de las mujeres estén en la Constitución Política de la Ciudad de México, falta que se plasmen en las leyes secundarias que elaborará la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), expresó la colectiva Las Constituyentes.
 
En conferencia de prensa, las mujeres que integran esta agrupación ciudadana informaron que buscarán incidir en el proceso de armonización legislativa para que los derechos planteados en el texto constitucional –promulgado el 5 de febrero– sean una realidad.    
 
La activista Gloria Tello Sánchez dijo que estarán pendientes de cómo los derechos se traducen en procedimientos, en políticas públicas y cómo se llevan a la práctica a fin de que los grupos de derecha no decidan sobre el cuerpo de las mujeres.
 
Durante el proceso de redacción de la Carta Magna de la capital del país, esta agrupación ciudadana presentó ocho propuestas, entre ellas una para elevar a rango constitucional el derecho al aborto, propuesta que no quedó redactada de esa forma.
 
En el Artículo 11 de la Constitución capitalina se dice que “toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, voluntaria e informada tener hijos o no, con quién y el número e intervalo entre estos”.
 
En opinión de la activista Esperanza Olguín Hernández, se utilizó un eufemismo para no reconocer el aborto, por lo que trabajarán intensamente para que el artículo se traduzca en una legislación secundaria que garantice a las mujeres su derecho a decidir sobre sus cuerpos.  
 
Aunque no se dio marcha atrás en los derechos de las mujeres, Olguín Hernández hizo un llamado a las y los asambleístas para que escuchen a la ciudadanía y no haya retrocesos en las leyes reglamentarias.
 
La agrupación consiguió que la Asamblea Constituyente retomara la propuesta de reconocer los derechos de las personas transexuales, transgénero y travesti, como parte de la población de la diversidad sexual, en el Artículo 16 sobre grupos de atención prioritaria.
 
También lograron la creación del Sistema Público de Cuidados, que quedó en el Artículo 14; el derecho al tiempo libre que se plasmó en el Artículo 18 y el reconocimiento del trabajo del hogar en el Artículo 15.
 
Entre quienes hicieron este pronunciamiento estuvieron Ana Flores Ceseña, Hazel Virgina Davenport Fentanés, Libia Edith Alonso Sánchez, Minerva Ramírez, Mónica Pedroza, Nancy Correa, Rosalinda Pimientel Bermúdez, Verónica Palafox Girón, Yazmín Pérez Haro, Yndira Sandoval Sánchez y Rosa María Cabrera Lotfe.
 
TRANSITORIOS
 
Los Artículos Transitorios de la Constitución Política establecen plazos para que, una vez publicada la ley fundamental, se expidan las leyes reglamentarias; por ejemplo, a más tardar el 31 de diciembre de 2017, la ALDF deberá expedir las leyes relativas a la organización y funcionamiento de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de la Ciudad de México.
 
En la misma fecha se deberán expedir las normas necesarias para la implementación de las disposiciones constitucionales relativas a la organización política y administrativa de la Ciudad; mientras los ordenamientos que rigen a los organismos autónomos deberán estar listos a más tardar el 30 de abril de 2019.
 
En otros casos, las fechas límite son en tres años como la legislación que regule las relaciones laborales entre los entes públicos de la Ciudad de México y sus trabajadores, que tiene que expedirse a más tardar el 31 de julio de 2020,  pero la totalidad del orden jurídico deberá estar armonizado en esta misma fecha.
 
Por lo pronto, se prevé que mañana la ALDF reciba en sesión solemne la Constitución Política capitalina y el acervo documental de la Asamblea Constituyente para iniciar el análisis y discusión de las leyes secundarias. Una de las prioridades será  la ley electoral que deberá estar lista a más tardar 90 días antes del inicio del proceso electoral de 2018.
 
17/AGM/GG
 








NACIONAL
DERECHOS HUMANOS
   Podrán arrestar de 25 a 36 horas a las personas que insulten a mujeres que amamantan
Sancionarán a quien violente derecho a lactancia materna
Imagen retomada del blogspot la leche de mis hijas
Por: la Redacción
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 28/12/2016

Ante los insultos que de manera cotidiana viven las mujeres que amamantan a sus hijos en lugares públicos, las autoridades de la Ciudad de México podrán arrestar de 25 a 36 horas a las personas que condicionen, insulten o intimiden el ejercicio del derecho a la lactancia materna.
 
El pasado 13 de diciembre, el pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó una reforma a la Ley de Cultura Cívica y a la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Distrito Federal para imponer una sanción administrativa a quien violente a las mujeres que amamantan.
 
La propuesta presentada en su momento por asambleístas del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) tiene como finalidad proteger y fomentar la práctica de la lactancia materna, y además erradicar la discriminación hacia las mujeres que la realicen en espacios públicos.
 
La reforma –que entrará en vigor cuando se publique en la Gaceta Oficial del Distrito Federal– indica que el artículo 23 de la Ley de Cultura Cívica dirá que es infracción contra la dignidad de las personas “condicionar, insultar e intimidar a la mujer, que alimente a una niña o a un niño a través de la lactancia, en las vías y espacios públicos”.
 
La iniciativa del PVEM pretendía imponer sanciones como multas, prisión y trabajo comunitario; sin embargo en Comisiones se acordó innecesario establecer sanciones penales toda vez que se trata de evitar que las mujeres sean objetos de burlas, ofensa, vejaciones o prodiciones por ejercer un derecho.
 
Con estas reformas el artículo 6 de la Ley sobre Discriminación también menciona que una conducta discriminatoria es limitar, obstaculizar o impedir el derecho a la alimentación correcta de una niña o niño, al insultar o condicionar a la mujer que lo amamanta.
 
Al aprobar estas reformas el pleno de la ALDF consideró que según el censo del Instituto Nacional de Geografía y Estadística (Inegi) en la Ciudad de México registró cada año 145 mil nacimientos, por lo que las reformas beneficiarían a las mujeres y a sus recién nacidos.
 
En contraste, de acuerdo con la Encuesta de Salud y Nutrición de 2012 se observó una disminución en la lactancia, ya que pasó de 22.3 por ciento a 12.5 por ciento en las zonas urbanas a nivel nacional; y en el caso de la capital, la Secretaria de Salud local reportó que sólo 4 de cada 10 mujeres amamantan. 
 
Por otra parte, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, se recomienda la lactancia materna de forma exclusiva durante los primeros seis meses de vida y después se combina con otra alimentación hasta los dos años de edad.
 
Las modificaciones normativas también incluyeron otros cambios a la Ley de Salud y a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para lograr un marco regulatorio integral que permita el fomento de esta práctica sin discriminación.
 
16/AGM/KVR








NACIONAL
VIOLENCIA
   Pide legisladora de Morena no reconocerla como trabajo
Legalizar prostitución no abona a su erradicación ni protege a las víctimas
Especial
Por: Anayeli García Martínez
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 24/11/2016

La diputada local de Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Beatriz Rojas Martínez, llamó a la Asamblea Constituyente a no reconocer la “prostitución” como un trabajo asalariado porque ello no abona a la erradicación ni a la protección de las víctimas de explotación sexual.
 
En la sesión de este martes, la asambleísta presentó un punto de acuerdo para llamar a la Asamblea Constituyente a no aprobar la redacción del artículo 15 del proyecto de Constitución Política de la Ciudad de México que reconoce el “trabajo sexual” porque contraviene los Derechos Humanos establecidos en los tratados internacionales firmados por México.
 
En tribuna, Rojas Martínez expuso que en la capital del país operan 13 corredores de explotación sexual con total impunidad en la zona centro de la Ciudad de México; y aseguró que reconocer el “trabajo sexual” promovería la trata para la explotación, expandiría la industria del sexo y no se protegería a niñas y mujeres en “situación de prostitución”.
 
A decir de la legisladora de Morena, hay que revisar la tendencia mundial encaminada a legislar e implementar políticas de prevención y salida de la “prostitución” con una amplia gama de apoyos a las víctimas, sancionando al cliente y penalizando la publicidad de contacto sexual.
 
Desde la perspectiva de la legisladora, el Estado tiene la obligación de contribuir a eliminar cualquier forma de explotación y violencia sexuales, trabajar hacia la prevención, la erradicación de la “prostitución” y la protección de las víctimas. 
 
Agregó que tratar el fenómeno de la prostitución con ligereza en aras de una supuesta postura progresista, es “enmascarar el contenido siniestro de la trata y la explotación”, actos criminales que están tipificados como delito en la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para Proteger y Asistir a las Víctimas de estos Delitos.
 
Entre los tratados signados y ratificados por México mencionó el Convenio para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena (1951); la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW); el Protocolo de las Naciones Unidas para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niñas y niños y la Convención contra la Delincuencia Organizada (2003).
 
Agregó que en este fenómeno no se puede distinguir entre “prostitución libre y prostitución forzada” por lo que los países no pueden reglamentar esta actividad pero destacó que tampoco se puede someter a las mujeres que se dedican al “comercio sexual” a registro o a otros controles; ni usar el consentimiento para defender a los acusados de trata de personas.
 
El punto de acuerdo fue turnado a la Comisión Especial para la Reforma Política de la Asamblea Legislativa para su dictamen. El próximo 10 de diciembre se votará en la Comisión de Derechos Humanos de la Asamblea Constituyente la propuesta para legalizar la prostitución en la Ciudad de México.
 
16/AGM/LGL








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