Belén
VIOLENCIA
Sin cambios dentro de la Procuraduría imposible mejoras Micheel Salas
Misoginia institucionalizada en PGJDF”: lo que dejó Ríos Garza

Una administración que se caracterizó por la falta de acceso a la justicia para las mujeres, anomalías en las investigaciones, desatención y revictimización fue lo que dejó el ex procurador capitalino, Rodolfo Ríos Garza, tras su reciente renuncia el pasado 24 de junio.
Así lo sostuvo la abogada Karla Micheel Salas Ramírez, quien en entrevista con Cimacnoticias hablo de una “misoginia institucionalizada” dentro de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México (PGJDF) y con un recuento de casos de feminicidio, desaparición y violencia sexual que ha litigado expuso las practicas que utilizó la administración del ex procurador contra los derechos de las víctimas.
CASO NARVARTE: LA SALIDA
La salida de Ríos Garza ocurrió tres días después de que la Comisión de Derechos Humanos capitalina (CDHDF) emitiera la Recomendación 4/2017 a la PGJDF, por la investigación de los asesinatos de Nadia Vera Pérez, Olivia Alejandra Negrete Avilés, Yessenia Quiroz Alfaro, Mile Virginia Martín y del fotoperiodista Rubén Espinosa Becerril, ocurridos el 31 de julio de 2015, en un departamento de la colonia Narvarte.
En 18 puntos, la Comisión se dirigió a Ríos Garza y exhortó a la dependencia que encabezó a actualizar los protocolos de investigación en casos de feminicidio y agravio a periodistas y personas defensoras de Derechos Humanos (DH) por las irregularidades en la investigación.
Este caso que puso fin a la administración de Ríos Garza, señaló la abogada, fue parte de una larga lista en la que se expuso la actuación irregular de la Procuraduría al indagar los asesinatos violentos de mujeres, como ocurrió con Lesvy Berlín Rivera Osorio.
LOS PENDIENTES: LESBY Y EL FEMINICIDIO
La joven de 22 años fue asesinada en la madrugada del 3 mayo en las instalaciones de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), la PGJDF utilizó sus redes sociales para filtrar la información que dio la pareja sentimental de Lesvy. Esto ocasionó el malestar de la comunidad universitaria, que se manifestó dentro de la UNAM para exigir justicia.
Aún cuando se creó un grupo especializado de académicas de la institución para atender el caso y exigir, conforme a la ley y protocolos, que se investigue el asesinato como feminicidio hoy la familia sigue sin acceder completamente a la carpeta de investigación. Además, el peritaje antropológico propuesto por la Procuraduría en conjunto con la UNAM, apunta a un supuesto “suicidio”.
Micheel Salas, indicó que ahora la PGJDF tiene la obligación de reparar el daño a las víctimas y atender este tipo de casos que quedaron pendientes y se perfilan para caer en la impunidad.
Sin embargo, desestima que esto sea posible ya que, a pesar de la salida de Rodolfo Ríos, se mantienen los mismos funcionarios dentro de la institución incluido el subprocurador Edmundo Porfirio Garrido Osorio, quien asumió el cargo.
“No sé si como tal puede existir un cambio, este subprocurador era cercano a Ríos. Esperemos que en la Jefatura de Gobierno se genere una reflexión a estos casos tan preocupantes los cuales, según los análisis, motivaron la salida anticipada de Rodolfo Ríos”, declaró.
“ACEPTAR EL COSTO POLÍTICO, LUEGO LAS VÍCTIMAS”
Los casos de violencia contra las mujeres no dejaron de sumarse en los últimos meses, por lo que la presión social contra la Procuraduría fue la herramienta de las capitalinas para que el sistema diera respuesta y celeridad a las investigaciones, aseguró Micheel Salas.
Como ocurrió con Belén Montserrat Cortés Santiago, la estudiante de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México (UACM) desaparecida el 29 de abril. Días después de que su familia y la comunidad universitaria hicieran brigadas de búsqueda en el último lugar donde fue vista, en la colonia San Miguel Teotongo, Iztapalapa, Rodolfo Ríos informó a los medios de comunicación que habían localizado a Belén.
Su ausencia, explicó, fue “voluntaria” y “personas de su confianza tenían conocimiento de ello”. La familia no fue notificada, se enteró a través de las noticias y la única prueba que les presentaron para comprar el bienestar de la joven, fue una fotografía en blanco y negro. Hasta ahora no han tenido contacto con Belén.
“Con todo esto, prefirió Rodolfo aceptar el costo político de acusaciones y no vio por el respeto al estado del derecho y de las víctimas”, acusó la abogada.
LA ÚLTIMA: ITZEL
Para concluir con su administración, en el periodo en el que aún Rodolfo Ríos era procurador local, esta institución decidió investigar por homicidio a Itzel de 15 años de edad por herir de muerte a Miguel Ángel Pérez Alvarado, quien la violó e intentó asesinar el pasado primero de junio en las inmediaciones del metro Tasqueña en la delegación Coyoacán.
La Procuraduría se pronunció en un boletín de prensa y resolvió que no procesaría a Itzel y quedaría libre de toda responsabilidad, esto luego de que la familia de Itzel y el Grupo de Acción por los Derechos Humanos y la Justicia Social (Gadh) denunciaron públicamente que la PGJDF investigaba a la menor de edad por homicidio y vivían hostigamiento por parte del personal de la dependencia.
Esto sucedió a pesar de que la Procuraduría ya tenía la Recomendación 6/2016 de la CDHDF por el caso de Yakiri Rubí Rubio, quien fue víctima de violación en 2013 y fue encarcelada tres meses por matar a su agresor.
El organismo de Derechos Humanos señaló en ese momento que la Procuraduría no actuó con la debida diligencia y colocó a la víctima como victimaria. Con ello ya no había cavidad para estas acciones y persecuciones contra mujeres que se defienden de sus agresores, insistió la abogada especialista en violencia de género.
“Sería lamentable si Rodolfo fuera posicionado como candidato a magistrado o que Miguel Ángel Mancera –si va a la presidencia- lo considere para algún espacio. Es terrible el mensaje que deja para las mujeres el mantener a una persona como Rodolfo Ríos en el servicio público”, concluyó Salas.
17/HZM
DERECHOS HUMANOS
Sin efecto, la condena por aborto
Belén, absuelta gracias al imparable movimiento de mujeres

La Corte Suprema de Justicia Tucumán resolvió ayer por unanimidad dejar sin efecto la condena que pesaba sobre la joven Belén**, quien sufrió un aborto espontáneo en el hospital Avellaneda el 21 de abril de 2014. La abogada Soledad Deza cuenta cómo fue el camino desde ese día hasta su liberación, qué representa el caso y qué absolvió a Belén: “Tenemos un movimiento de mujeres imparable”, dice.
El 13 de abril de 2016 Soledad Deza recibió una llamada. Una mujer a la que nunca conoció, le contaba que una chica estaba acusada de aborto y homicidio. Tres días después fue a la cárcel intentando dar con ella. No le permitieron entrar, necesitaba autorización de Belén y ella no la conocía. Le dio una tarjeta a la oficial que estaba de guardia y le pidió que se la entregue. Esa misma tarde la madre de Belén la llamó.
En el libro “Libertad para Belén. Grito Nacional”, Soledad Deza, su abogada, e integrante de Católicas por el Derecho a Decidir, relata su primer encuentro. Fue la mañana lluviosa y fría del 17 de abril y duró tres horas que parecieron fugaces. Soledad escribe: “Me cuenta que está presa desde hace más de dos años y que los médicos dijeron cosas horribles de ella el jueves pasado en el “juicio”. Que la acusaban de cosas que ella no había hecho. Vuelve a llorar: ‘¿Cómo van a pensar que yo hice algo así?’. Yo le agarro la mano y lloramos las dos. Le pregunto qué pruebas hay. Me mira sorprendida y me contesta que nunca vio su causa. Que nunca leyó un escrito de su expediente. Solo vio una vez a su abogada defensora de oficio y que la recuerda mal, le pedía que se haga cargo de lo que había hecho. Me cuenta que le pidió que se fuera”.
Antes que Deza, Belén había tenido tres abogados: Walter Frías Barrera, Abraham Musi -quien dejó su defensa unos días antes del juicio dado que la familia había juntado 7 mil 500 de los 20 mil pesos argentinos de sus honorarios, poco más de 24 mil pesos mexicanos- y la defensora oficial Norma Bulacios. Cuando Soledad se fue del penal tras ese primer encuentro se llevó en el cuerpo dos preguntas “¿Qué pasa con la relación abogado-cliente? ¿En qué momento asumimos que los operadores del derecho pueden deshumanizarse y eso no está mal?
EN PRIMERA PERSONA
La madrugada del 21 de marzo de 2014 Belén llegó junto a su madre al Hospital de Clínicas Presidente Dr. Nicolás Avellaneda, en Tucumán con dolor de panza. En una entrevista relató detalladamente esa noche: “Me atendió la doctora de la guardia, me inyectó un calmante. No me revisó. De ahí me fui al baño. No tardé media hora como dicen. Fui y volví en 5 minutos. Me pusieron suero. Me acosté en una camilla. Tenía frío. Me dan una frazadita. A eso de las 6:30 me levanto. Creo que me hice pis, le dije a mi mamá. Estaba con sangre. Me llevan a la sala de parto. Me dice el doctor Martín que me quede tranquila, que estaba teniendo un aborto espontáneo”.
En su libro, Soledad propone otra forma de contar el caso de Belén, en números. Algunos de ellos, reveladores: “Fue al baño unos minutos, 5 minutos dice una enfermera. Le llevó otros 5 minutos que sus médicos la acusen de haberse provocado un aborto. Solo 6 minutos después de que le hicieran el legrado ya estaba “aprehendida” en la cama del hospital. Despertó con 5 policías que la custodiaban. Dos fueron las psicólogas que pidieron que esa custodia fuera –por lo menos- femenina. En solo unas 5 horas más estaba detenida por “aborto seguido de presunto homicidio”. Cuatro días después le dieron el alta y salió directamente presa al Penal Santa Ester. Llevando 5 días presa el fiscal le imputó un “homicidio agravado por el vínculo”, un día antes de que haya una autopsia. Un mes es el tiempo que demoró la fiscalía en pedir un ADN. Cero es el número de estudios genéticos que se hicieron para probar la acusación”.
CONDENA MORAL, NO JURÍDICA
El 19 de abril del 2016 fue condenada a ocho años de prisión por “homicidio agravado por el vínculo mediando circunstancias extraordinarias de atenuación” por los jueces Dante Julio José Ibáñez, Néstor Rafael Macoritto y Fabián Adolfo Fradejas de la Sala III de la Cámara Penal de Tucumán. Belén pasó dos años, cuatro meses y veintitrés días encerrada por un aborto espontáneo. Fueron en total ochocientos ochenta y un días hasta que recuperó su libertad, tras orden de la Corte Suprema de la provincia. Su abogada analiza: “Las pruebas de la inocencia de Belén estuvieron desde aquel 21 de marzo que a ella se le inicia la causa, yo no aporté ninguna prueba, lo único que hice es leer el expediente”.
Si las pruebas que la liberaron ya estaban, ¿qué la condenó? Deza es contundente: “La condena de Belén fue moral antes que jurídica” y sigue: “La cosmovisión moral de los anti derechos, la que asocia en el imaginario el aborto con un crimen en cualquier caso y lo digiere como un asesinato, como un homicidio, y por eso la mujer que aborta es una homicida, esa cosmovisión moral es la que llevó al fiscal a acusar sin pruebas, la que llevó a la defensa oficial a no defender a su cliente y la que finalmente llevó a la Cámara a condenar. Los anti derechos hablaron a través de los operadores de la salud, de la policía metida en un hospital público recabando pruebas y del poder judicial armando una causa que fue más producto de una condena moral que de la recolección legal de pruebas para justificar una condena”.
LAS QUE MENOS TIENEN
Belén tenía 25 años cuando llegó al hospital, vivía con sus padres y era la única de sus hermanos que había terminado el secundario. Su caso grafica a qué mujeres la justicia criminaliza. “Es un punto de partida de mucha desigualdad en el que se para ella frente a los operadores de la salud que la maltratan, frente a la policía que la criminaliza y frente al poder judicial que abusa de su poder. Es un punto de partida sumamente desaventajado el de Belén y eso creo que es uno de los sesgos más violentos de la justicia patriarcal, que se ensaña en estos casos con los sectores más vulnerables”.
Maria Galindo, feminista boliviana y una de las fundadoras de Mujeres Creando, en su libro “¡A despatriarcar!” define: “Cuando hablamos de patriarcado, estamos hablando de la base donde se sustentan todas las opresiones, es un conjunto complejo de jerarquías sociales expresadas en relaciones económicas, culturales, religiosas, militares, simbólicas cotidianas e históricas” El entramado completo de esas relaciones cayó con violencia sobre el cuerpo de Belén.
Soledad enumera: “Hablando solo del poder judicial: hay un fiscal que debería haber archivado la denuncia hecha por los médicos porque esa denuncia era nula, no solo no archivó sino que lleva adelante una investigación y finalmente fue quien pide su detención, pide su prisión preventiva y eleva el juicio por homicidio agravado por el vínculo. Después tenemos una jueza mujer que es la que hace lugar a la prisión preventiva sin que el encarcelamiento preventivo de Belén reúna los estándares internacionales. Luego tenemos una defensa oficial que es funcional a la acusación. Finalmente tenemos una Cámara que la condena sin fundamentos y en base a prejuicios según los reconoce, también, el dictamen del ministro fiscal”.
Edmundo Jesús Jiménez, Ministro Fiscal de Tucumán, mediante dictamen consideró que el fallo que condenó a Belén a ocho años por “homicidio agravado por el vínculo” es “arbitrario y, por ende, nulo”.
Soledad sigue: “Tienes cuatro áreas distintas del Poder Judicial que, cada una desde sus lugares, revictimizaron a una mujer que venía torturada del sector de la salud. Belén sufrió violencia obstétrica pero además sufrió tortura. Se la sometió a interrogatorios incriminatorios, se le hizo entrar policía a la sala de parto, estuvo detenida cuando estuvo internada con custodia policial en una sala de partos comunitarias. Una mujer víctima de violencia en la salud es revictimizada desde el Poder Judicial, desde todos sus espacios de poder”.
DAR VUELTA LA HISTORIA
Para revertir la condena de Belén, Soledad presentó el 13 de mayo un Recurso de Casación, herramienta por la cual se pide a la Corte que revise la sentencia. En la segunda parte de su libro Deza presenta extractos de los argumentos para que sirvan como herramienta en el futuro.
El jueves 18 de agosto de 2016 tras orden de la Corte Suprema de Tucumán Belén recuperó su libertad. Soledad explica: “lo que hizo la Corte al reconocerle la libertad fue decir: discúlpenme, señoras y señores judiciales, pero nunca estuvieron dadas las condiciones para que Belén este encarcelada preventivamente, denle inmediatamente la libertad. Lo que hizo es adecuar la situación de Belén a los estándares nacionales e internacionales de privación de la libertad”.
Continúa: “Hasta acá analizó de forma ajustada con los derechos humanos el proceso en el cual a Belén se la privó preventivamente de su libertad y dijo: no fue ajustado a derecho porque no estaban dados los requisitos de peligro de fuga ni de peligro de entorpecer la investigación”. Desde ese día, la Corte Suprema de Tucumán tenía 90 días hábiles para librar, o no, de culpa y cargo a Belén. Esos 90 días vencieron el viernes 2 de diciembre de 2016. La absolución finalmente llegó hoy 27 de marzo de 2017.
Deza analiza: “La demora en el Poder Judicial es un problema en todos los procesos, no solamente en el de Belén, lo que ocurre es que me parece que no advirtieron que ese era un caso fuera de lo común. Es un caso en el que han puesto la mirada organismos internacionales, organizaciones de derechos humanos nacionales e internacionales, todo un movimiento de mujeres a lo largo y a lo ancho, incluso la opinión pública internacional y nacional. En ese sentido perdieron de vista que el derecho a obtener un pronunciamiento rápido forma parte, cuando una está procesada como está Belén, del derecho a la defensa constitucional. En este caso la demora profundiza aún más las violencias que ella sufrió de parte del poder judicial”.
UNIDO MOVIMIENTO DE MUJERES
“Belén, afirma Deza, sacó masivamente a mujeres a las calles en el año en que el Proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo busca, una vez más, ser ley. ¿Qué nos enseña su caso? “Una de las cosas: tenemos un movimiento de mujeres sumamente unido, muy potente y sobre todo veo mucho crecimiento. En parte la libertad de Belén fue tan masiva porque logramos que sectores que exceden al movimiento de mujeres se identifiquen con su problemática.
“Es hora de que construyamos alianzas que legitimen la demanda por la legalización del aborto por fuera exclusivamente del feminismo, afirma. Hay que ponernos creativas, quizás un poquito más atrevidas en nuestras demandas, dejar de resistir y empezar a conquistar porque son muchos los avances que uno ve en esta época de parte de los anti derechos. Tenemos un movimiento de mujeres imparable, la forma de capitalizar eso es sincerarlo y animarnos a dar debates que usualmente no nos animamos a dar.
Necesitamos, lamentablemente, aceptar que tenemos que convencer a otros sectores, considera Deza. Las alianzas que hemos construido hasta acá son fuertes, pero no alcanzan. Hay que mostrar cómo la prohibición del aborto es la violación de un derecho, como la criminalización del aborto es una violación de derechos humanos. Me parece que le da una fortaleza que va más allá de reclamar: mi cuerpo es mi decisión, no porque mi cuerpo es mi decisión sea insuficiente, sino porque necesitamos construir otras alianzas y tenemos que ser estratégicas”.
*Este artículo fue retomado del sitio argentino lavaca.org
17/RED
Aborto
La Corte tucumana argentina revisará el caso
Liberan a Belén, acusada de homicidio tras sufrir aborto espontáneo

La Corte Suprema de Justicia de la provincia de Tucumán, en Argentina, ordenó la libertad de “Belén”, la joven de 27 años de edad encarcelada desde hace dos años y medio por un aborto espontáneo, juzgada y condenada a ocho años de prisión por el delito de homicidio agravado.
El diario tucumano La Gaceta informó que este 16 de agosto el máximo tribunal de esa provincia ordenó la libertad y determinó que el expediente del caso vuelva a la Sala III de la Cámara Penal (tribunal que en marzo pasado dictó el fallo condenatorio), para que instrumente “la liberación efectiva de Belén”.
Con el fallo, firmado por los vocales de la Corte Antonio Gandur, Antonio Estofán y Daniel Posse, sólo se revocó la prisión preventiva pero Belén –nombre ficticio para resguardar su privacidad– continúa el proceso en su contra, por lo que en próxima fecha la Corte decidirá si es culpable o no de homicidio.
La Corte tucumana tenía en revisión la condena de Belén, que se encontraba en apelación porque, mientras los jueces aseguraron que dio a luz en un baño de un hospital y “asesinó” al feto, quienes lucharon por su libertad sostienen que se trató de un aborto espontáneo.
De acuerdo con la iniciativa Innocence Project Argentina, las autoridades sanitarias alegan que, el 21 de marzo de 2014, Belén ingresó al Hospital Avellaneda por padecer cólicos renales y diarrea, y una hora más tarde fue al baño, donde dio a luz. Sin embargo, para esta agrupación no hubo peritajes que comprobaran esos dichos.
JUICIO MAL ENFOCADO
En una entrevista reciente, la diputada nacional Soledad Sosa dijo a Cimacnoticias que esperaba la libertad de la joven, aunque advirtió que el caso se estaba analizando desde el punto de vista criminal y no desde la salud ni los derechos de las mujeres a decidir sobre su cuerpo.
Apenas este fin de semana, cientos de personas tomaron las calles de Tucumán para reclamar justicia, una marcha que se extendió a distintos puntos del país. En la ciudad hubo masivas concentraciones en la puerta de la Corte Suprema de Justicia nacional y luego se realizó una marcha desde el Obelisco hasta la Plaza de Mayo.
El fallo judicial provocó alegría y esperanza en militantes feministas y de Derechos Humanos, así como agrupaciones como Amnistía Internacional y Católicas por el Derecho a Decidir en el país sudamericano, que exigen justicia al considerar esta historia como un caso emblemático de violación a los derechos de las mujeres.
La noticia también provocó comentarios de alegría en las redes sociales. Las organizaciones que acompañan la causa consideraron como un logro de su lucha la liberación de la joven y comenzaron a pedir lo que sigue: la anulación de la condena por la que se le encerró.
16/MB/JLMK/GGQ
