Seguridad social

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La pérdida de Seguridad Social y del acceso a la salud: derechos laborales de las Mujeres
Especial
Por: Carmen R. Ponce Meléndez*
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 17/04/2017

Las mujeres trabajadoras del país han perdido en forma creciente su acceso a la seguridad social y con ello la atención de la salud, entre otros aspectos.

Se ha deslaborizado la seguridad social. Hasta hace apenas 30 años, tener un empleo implicaba tener seguridad social, ahora ya no. Eso es producto del neoliberalismo, la globalización y la flexibilidad laboral.

Está grave situación ha ocasionado cuatro importantes  problemas:

1.    A nivel internacional ha crecido en forma abundante el número de trabajadores y trabajadoras en la informalidad laboral -sin seguridad social, según definición de la Organización Internacional del Trabajo-, a tal punto que hoy en México 57.7 por ciento de las trabajadores están sin seguridad social y 51.9 de los hombres, más de la mitad no cuentan con seguridad social. Pero a nivel de los estados del país, estas cifras varían en forma importante. En Oaxaca, Puebla o Chiapas llega ser el 80 por ciento (8 de cada diez trabajadoras no cuentan con seguridad social): son los estados con los índices de pobreza más altos. (Datos al 4to. Trimestre, 2016 de Enoe-Inegi).

2.    Se ha perdido la noción de que la seguridad social es un derecho laboral, producto de las luchas y conquistas de la clase trabajadora, como lo es la jornada de ocho horas, o el derecho a huelga. Esas conquistas costaron muchas vidas, huelgas y presos o presas políticas a lo largo de la historia.

Actualmente las nuevas generaciones ven la seguridad social como un privilegio, producto de la generosidad de los patrones y si no la otorgan pues ni modo, difícilmente se plantean “pelear”  por obtenerlas o no permitir que se las nieguen. Incluso los salarios son tan bajos que muchos trabajadores o trabajadoras en el momento de ser contratados aceptan voluntariamente no ser registrados en el Seguro Social, para ganar un mejor salario, claro a propuesta del empleador.  

3.    Se ha creado una nueva jerarquización entre la clase trabajadora: las que tienen seguridad social y sindicalización y las que no la tienen. Las diferencias entre ellas no sólo son económicas, también culturales y, sobre todo, políticas. Trabajadoras de primera y trabajadoras de segunda. Todo un reto para las organizaciones políticas, llámense sindicatos o partidos.

4.    Las Instituciones de Seguridad Social, como el IMSS y el ISSSTE, han visto debilitadas sus finanzas y el Estado prácticamente las ha abandonado. La atención que prestan a los derechohabientes es muy mala y tienen enormes carencias, por falta de presupuesto: personal médico, enfermeras, medicamentos, camas, hospitales, instrumental médico, etc., etc.

FLEXIBILIDAD LABORAL Y  SEGURIDAD SOCIAL  

La flexibilidad laboral o desregulación del mercado de trabajo hace referencia a la fijación de un modelo regulador de los derechos laborales que elimine trabas y regulaciones para contratar y despedir empleados por parte de las empresas y organizaciones privadas.

Para empezar, se ha perdido la estabilidad laboral y en cualquier momento las personas pueden perder el empleo, se facilitó  despedirlas.

En tanto que la seguridad social permite que el trabajador o trabajadora tenga acceso a jubilación, servicios médicos, sindicalización, escalafón, seguro de vida, seguro contra accidentes e invalidez, préstamos personales o hipotecarios y guarderías, entre otras prestaciones.

Por lo tanto también ha decrecido la tasa de sindicalización, pero sobre todo se ha debilitado muchísimo su fuerza política y su capacidad de negociación, especialmente en las mujeres. Por ejemplo, sólo el 20 por ciento de las mujeres de la tercera edad cuenta con pensión de jubilación, la gran mayoría está condenada a una vejez con pobreza y enferma.

En el caso de las trabajadoras jóvenes con hijos, éstos son cuidados por familiares en un 70 por ciento, por carecer de seguridad social, por tanto de guarderías. Este proyecto ha sido abandonando por el Estado, gradualmente.

Por ejemplo, en el gasto para la igualdad de género, del Presupuesto de Egresos de la Federación, tan sólo el 10 por ciento se destina a guarderías.

Según el Banco Mundial, la Seguridad Social representa un plus del salario de más del 19 por ciento, por lo consiguiente carecer de ella es un factor importante de pobreza, causa pobreza. En el caso de México se combina con muy bajos salarios, que impiden  costear en forma privada los servicios que otorga la seguridad social como servicios médicos, préstamos, seguros de vida o guarderías.

También esta informalidad laboral tiene un efecto en las instituciones como el Seguro Social o el ISSSTE, ya que ellos o ellas no cotizan en esas instituciones, debilitando así sus finanzas. Otro efecto importante es la disminución en la productividad laboral, uno de los pretextos favoritos para no aumentar los salarios.

EMPRESAS O INSTITUCIONES QUE CONFORMAN LA INFORMALIDAD LABORAL  

Básicamente cuatro: el Sector informal (comercio ambulante); los y las trabajadoras agropecuarios; las trabajadoras del hogar y, por último,  el que más ha crecido, las instituciones públicas o privadas formales que generan un empleo informal. Es el caso del Gobierno de la Ciudad de México con sus contratos por honorarios, donde  las trabajadoras firman contratos cada mes, sin crear derechos laborales, como la seguridad social.

Son escandalosas las cifras de la población trabajadora sin acceso a instituciones de Salud. A nivel nacional, 61 de cada 100 trabajadoras –más de la mitad-  no tienen acceso a instituciones de salud;  son 12.2 millones de mujeres de un total de 19. 9 millones de mujeres trabajadoras (ver gráfica). Según datos de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo del Inegi, 4to. Trimestre de 2016.

Pero su crecimiento en el período 2005-2016 (11 años) es muy alto, alcanza el 22 por ciento (ver gráfica).

Significa que estas trabajadoras y sus familias (hijos o padres) para poder atender algún problema de salud tiene varias opciones: la medicina privada, que es carísima, el Seguro Popular o los consultorios del “Doctor Simi”.

Pero tanto el Seguro Popular como el “Doctor Simi” no dan seguridad social, además el Seguro Popular sólo cubre el 10 de las enfermedades que cubre el Seguro Social y su cuadro básico de medicinas es más pobre que el del Seguro Social, que ya es mucho decir. También existe un grave problema: el creciente deterioro de las Instituciones de Seguridad Social y su gradual privatización

VER GRÁFICA AQUÍ

Se está incubando en la población del país graves problemas de salud. En las últimas cifras del Sector Salud apareció que, por primera vez en más de 30 años, había disminuido la esperanza de vida y eso es muy grave. Ésta había mantenido una tendencia creciente desde los años treinta.

También aumentó la mortandad infantil en niños o niñas de 0-4 años, y en estados como Chihuahua o Baja California, no se crea que en Chiapas o Puebla. Según datos de Inegi (2016), las tres primeras causas de mortandad en las mujeres son: enfermedades isquémicas del corazón; diabetes mellitus y tumores malignos (de mama y cuello de útero).

Justamente, los medicamentos que ha cancelado el IMSS o el ISSSTE para sus pacientes son los destinados a enfermedades crónico degenerativas (los más caros), como la diabetes o las enfermedades del corazón. Claro, también redujeron los antibióticos, dejando sólo los más baratos y así muchos otros medicamentos, además se cancelaron los vales. En perjuicio de la salud de las mujeres.   

¿Es posible revertir esta pérdida de la Seguridad Social? Por supuesto, luchando por los derechos laborales y generando información sobre el tema, para empezar.

* Economista especializada en temas de género.

Twitter: @ramonaponce

17/CRPM/GG








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Mujer trabajadora: efectos de la flexibilidad laboral
Especial
Por: Carmen R. Ponce Meléndez*
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 06/12/2016

Recientemente se publicó un importante texto titulado “Relaciones laborales reales vs. Relaciones laborales formales: balance actual del mundo de trabajo en México y otras latitudes”, coordinado por José Alfonso Bouzas Ortiz. Los temas son globalización, subcontratación, terciarización, contratos patronales, así como flexibilización y precarización del trabajo.
 
Todos y cada uno de estos temas se relacionan en forma directa e indirecta con las condiciones de vida y derechos laborales de las mujeres del país, sean o no trabajadoras asalariadas. Este proyecto de investigación contó con el apoyo de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y del Instituto de Investigaciones Económicas, entre otras instituciones.
 
Destacan también la Universidad Jaime I de Castellón y la Universidad de Valencia, ambas de España, así como la Universidad Externado de Colombia.
 
En un momento nacional e internacional donde pareciera que la globalización y sus efectos están en tela de juicio –como lo demuestran la salida de Inglaterra de la Unión Europea, o el triunfo de Trump en Estados Unidos–, la discusión y análisis de los efectos de la globalización en el mercado de trabajo, específicamente en las mujeres, es de vital importancia.
 
La precarización de que son objeto actualmente los y las trabajadoras crea un nuevo significado de “clase trabajadora”, que difiere en forma importante del concepto marxista que se tenía a mediados del Siglo XX.  
 
“Con el cambio de modelo de producción fordista al toyotista, este último caracterizado por ser `flexible´, se modifica sustantivamente el papel del y la trabajadora, así como la organización del trabajo, modelo que se aplica globalmente en todas las economías de los países, generando cambios profundos en las relaciones laborales”.
 
En términos de normatividad, es la eliminación de rigideces en el marco jurídico que regula las relaciones laborales, las que se construyen bajo el esquema de trabajo asalariado. Esas normas se diseñaron con la lógica de protección al trabajo y de reglas laborales proteccionistas, como la seguridad social.
 
La flexibilidad laboral se dirige contra ellas, el propósito es hacer más fácil para los “empleadores” lo que antes no sucedía en materia de derechos de los y las trabajadoras: ahora vemos contratos de trabajo temporales, despidos sin indemnización, establecimiento de condiciones laborales sin negociación colectiva, entre otros.
 
La finalidad es aumentar la producción, haciéndola más ágil y dúctil, así como reducir los costos de la mano de obra, “flexibilizando la fuerza trabajo”, como refiere María Elena López Pacheco, integrante de la Unidad de Economía del Trabajo y la Tecnología, quien es antropóloga social de la ENAH y maestra en Estudios de la Mujer de la UAM-X.
 
Sin duda todo esto forma parte de la realidad laboral que experimentan las mujeres trabajadoras de México y de “otras latitudes del mundo”, como lo llama el libro que coordinó Bouzas Ortiz.
 
Un efecto muy grave y muy importante para las mujeres de esta “flexibilización” y globalización es la pérdida de un derecho laboral fundamental: la seguridad social. Esto explica la “deslaborización” de la seguridad social que ha experimentado la clase trabajadora del país, en los últimos 30 años.
 
Ello, al grado de que se ha perdido la noción de que la seguridad social es un derecho laboral, una conquista de los y las trabajadoras, no así un “privilegio”, como lo denominan los medios masivos de comunicación y la clase empresarial. Por supuesto que también implica el abandono del que han sido objeto por parte del Estado, de las instituciones de seguridad social, o de cualquier otro instrumento de protección laboral.
 
Por eso se habla de relaciones laborales “reales vs formales”. Tal parece que ante esa nueva realidad laboral, la normatividad e infraestructura en la materia proteccionista (formal) es anacrónica.
Formalmente toda persona asalariada tiene derecho a la seguridad social, es un derecho universal; sin embargo, en la realidad sucede todo lo contrario, cada vez son menos los y las trabajadoras que acceden a la seguridad social por su trabajo asalariado.
 
VER GRÁFICA AQUÍ
 
Como se ilustra en la gráfica, a nivel nacional el porcentaje de personas en la informalidad laboral (sin seguridad social), es de 58.22 para las mujeres y 56.84 en los hombres. Las  más precarizadas (empobrecidas) son las mujeres, pero en ambos casos el porcentaje supera a la mitad de la clase trabajadora del país. Estas cifras varían considerablemente en las diferentes entidades.
 
Por ejemplo, en las trabajadoras de Oaxaca alcanza 81.35 por ciento, mientras que en Nuevo León es de 39.39 por ciento, las diferencias regionales son enormes, como se observa en los datos de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), correspondientes a julio-septiembre de 2016.
 
Como parte importante de esta flexibilización laboral, están el desempleo y los bajos salarios que tanto afectan a las mujeres. El divorcio de la realidad laboral con la normatividad aquí es todavía más amplio.
 
A estas alturas, nadie piensa que un salario de 80 pesos diarios pueda cumplir con lo establecido en el Artículo 132 de la Constitución, ni siquiera cubre la línea de bienestar que establece el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval). 
 
Según datos del Observatorio del Salario de la Universidad Iberoamericana (UIA), las empresas destinan sólo el 25 por ciento de sus ingresos al pago de sueldos y salarios, cuando hace casi 40 años, era el 51 por ciento. Esto sin mencionar la caída del poder adquisitivo de los salarios en los últimos 38 años.
 
Por otra parte, las cifras de desempleo que publica el Inegi –particularmente de las mujeres–, están muy por debajo de la realidad, justamente de lo que se trata (y se ha logrado) es facilitar el desempleo y mantener una importante reserva de oferta de mano de obra que permita abaratar todavía más los salarios, y por ende los costos de producción.
 
Ante este panorama donde las nuevas regulaciones legitiman la flexibilización laboral y desprotección de los y las trabajadoras (Reforma laboral, 2012), para los autores del libro “es necesario solicitar en la Organización Internacional del Trabajo (OIT), una actualización de las normas para lograr una mejora de las regulaciones nacionales, acordes con el nuevo contexto, evitando situaciones de desprotección laboral”.
 
También es indispensable una presencia sindical internacional capaz de superar los problemas nacionales”.
 
Twitter: @ramonaponce
 
* Economista especializada en temas de género
 
16/CRPM/AMS
 








NACIONAL
LABORAL
   Aún hay resistencias de autoridades, dice senadora Angélica de la Peña
Nuevo exhorto al gobierno federal para ratificar Convenio 189
CIMACFoto: César Martínez López
Por: la Redacción
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 24/11/2016

Durante una sesión de trabajo el pasado 22 de noviembre, integrantes del Senado aprobaron un  punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo Federal a ratificar el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre trabajadoras y trabajadores del hogar.  
 
En un comunicado, senadores de los distintos partidos políticos aplaudieron la petición, pues beneficiaría a los 2.2 millones de personas que se dedican al trabajo del hogar en México, casi en su totalidad mujeres, 55 por ciento son residentes de zonas no urbanizadas, según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).
 
La presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, Angélica de la Peña Gómez, dijo que “la decisión fue acertada”, ya que la aprobación del Convenio permitirá que la legislación mexicana reconozca los derechos laborales de las personas que trabajan en el hogar, ya que se les debe reconocer, respetar y valorar en el ámbito del derecho laboral, los derechos que hasta ahora les han sido negados.
 
Recordó que “la aprobación del Convenio ha enfrentado la resistencia de autoridades gubernamentales, particularmente del  Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), por el temor de ser superados en la demanda de servicios en cuanto puedan acudir al IMSS como derechohabientes”.
 
De la Peña Gómez mencionó que se deben realizar campañas de concientización para frenar la discriminación que enfrentan quienes realizan labores del hogar, que en su mayoría son mujeres jóvenes que no han tenido acceso a la educación.
 
Por su parte, la senadora independiente, Martha Tagle Martínez, refirió que el principal tema que se debe discutir es el de la seguridad social, para garantizarles los mismos derechos que tiene cualquier trabajador fuera del hogar, es decir, que tengan derecho a vacaciones, a una pensión y a servicios de salud. 
 
El senador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Raúl Morón Orozco subrayó “la aprobación del Convenio servirá para revertir el proceso de precarización laboral, que en los últimos años ha experimentado la clase trabajadora del país”.
 
“Y no sólo se deben incorporar las prestaciones a la normatividad vigente, sino que también se debe garantizar a estas y estos trabajadores, la firma de un contrato de trabajo, la libertad de asociación sindical y el derecho de negociación colectiva”, señaló el legislador.
 
El instrumento internacional entró en vigor a escala internacional el 5 de septiembre de 2013 y ha sido aprobado en 23 países del mundo, la mayoría en América Latina, una de las regiones con más trabajadoras del hogar.
 
El Convenio contempla condiciones de trabajo digno para las y los empleados del hogar entre las que se encuentran: seguridad social, un  salario justo, jornadas de trabajo reglamentadas, prestaciones y la no discriminación. 
 
En 2011, México aprobó el Convenio 189 de la OIT, pero no lo ha ratificado.
 
16/GMV/LGL








NACIONAL
VIOLENCIA
   Empleo flexible, no precario y con derechos
“Trabajo sexual” un nuevo modelo de trabajo: Patricia Mercado
Patricia Mercado, secretaria de Gobierno de la Ciudad de México, participó en el Foro “CDMX, paridad en la Constitución del siglo XXI” | CIMACFoto: César Martínez López
Por: Anayeli García Martínez
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 25/10/2016

La secretaria de Gobierno de la Ciudad de México, Patricia Mercado, dijo que apoya la propuesta del Jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera, de reconocer en la próxima Constitución Política capitalina el “trabajo sexual” como un empleo no asalariado y garantizar seguridad social a quienes ejercen esta actividad.
 
Después de participar en una conferencia con diputadas constituyentes, la secretaria dijo que el proyecto de Constitución capitalina reconocerá el trabajo sexual y todo lo que implica en términos de reglamentación laboral, incluyendo seguridad social.
 
En declaraciones a los medios la ex candidata presidencial insistió en que la trata y la explotación sexual en niñas y mujeres se debe erradicar y castigar pero aclaró que las “trabajadoras sexuales” tienen derecho a organizarse y no ser sancionadas por ejercer una actividad que hoy es una falta administrativa.   
 
Mientras las y los diputados de la Asamblea Constituyente debaten cómo quedará redactado el artículo 15, apartado F, en el texto constitucional que actualmente reconoce esta actividad, en la Asamblea Legislativa existen dos iniciativas que también pretenden regularizar y reconocer el comercio sexual del cuerpo de las mujeres.
 
El pasado 18 de octubre la asambleísta por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), Jany Robles Ortiz, presentó una iniciativa para crear una ley que regule el “trabajo sexual”, en la misma sesión el diputado del Partido Verde, Fernando Zárate Salgado, presentó otra propuesta para reformar la Ley de Cultura Cívica y quitar la “prostitución” como una infracción.
 
En la capital del país ya se ha intentado legislar al respecto, hace tres años, el 7 de abril del 2013 la diputada perredista Polimnia Romana Sierra Bárcena presentó una iniciativa para derogar el artículo 24 de la Ley de Cultura Cívica y no criminalizar a las mujeres que están en este contexto; sin embargo, la propuesta no fue dictaminada.
 
Sobre este tema, la secretaria de Gobierno consideró que la Asamblea Legislativa puede realizar las reformas que considere necesarias sin tener que esperar hasta 2018 cuando esté lista la Constitución capitalina; aunque aclaró que una vez que entre en vigor este texto será necesario hacer nuevas leyes reglamentarias.
 
Al ser cuestionada sobre cómo se garantizará derechos laborales a las “trabajadoras sexuales” que hacen tratos informales con sus clientes, la ex candidata presidencial dijo que uno de los elementos del trabajo digno y decente es la seguridad social y en este caso el proyecto de Carta Magna propone una “renta básica ciudadana”.
 
Advirtió que en la ciudad como en el país se está debatiendo un nuevo modelo de trabajo, donde ya no sea una empresa o una fábrica con trabajadores y patrones sino empleos más flexibles que a la vez no sean precarios y sin derechos, y es ahí donde también se incluye el “trabajo sexual”.
 
16/AGM/LGL








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