NOM 046
Aborto
Informe alterno denuncia negación en su acceso
Comité de Expertas de la ONU pide a México estadísticas sobre aborto

En México, en promedio cada mes mil niñas menores de 14 años de edad se convierten en madres a quienes se les continúa negando el acceso al aborto, denunció la organización civil Ipas México, ante el Comité de Expertas de la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés).
Mientras el aborto solo es permitido de forma voluntaria durante las primeras 12 semanas de gestación en la Ciudad de México, y en cada estado varían las causales, la de violación que es válida en todo el país para interrumpir un embarazo, se sigue negando a las niñas y mujeres, destacó Ipas México en su informe alternativo que entregó a las expertas de CEDAW.
De cara a la evaluación que enfrentará México del 2 al 20 de julio sobre el cumplimiento de las recomendaciones hechas por las expertas del Comité de la ONU en 2012 en materia de derechos de las mujeres, Ipas México informó al Comité de expertas que México no cumplió con la aplicación de la Norma Oficial Mexicana 046 (NOM 046), que garantiza el aborto a las víctimas de violación.
Cabe recordar que en 2016 México reformó la NOM 046 para que las víctimas de violación no tuvieran que presentar una denuncia para acceder al servicio de aborto y las niñas menores de 12 años pudieran acudir con la compañía de un tutor, sin que fuera forzosamente la madre o el padre.
Para las víctimas de violación, en especial para las niñas, el derecho al aborto está lejos de la realidad, describió la organización internacional en su reporte alternativo que entregó al comité de expertas, con el objetivo de dar un panorama certero en la salud sexual y reproductiva de las mexicanas.
De acuerdo con la organización, entre 2007 y 2013 las autoridades reportaron únicamente el acceso de 51 víctimas de violación a una interrupción del embarazo, a pesar de que se estima que cada año unas 14 mil mujeres y niñas son víctimas de este delito.
Ipas destaca que en el caso de las niñas, el acceso al aborto se reduce aún más porque estos embarazos no son indagados como producto de violencia. Como resultado, entre 2008 y 2016 el Sistema de Información sobre Nacimientos (Sinac) informó que 103 mil 742 niñas menores de 14 años de edad se convirtieron en madres, es decir, un promedio de 11 mil 526 niñas al año.
La organización, especializada en Derechos sexuales y reproductivos, encontró que el personal médico niega el servicio de aborto –principalmente en los estados- argumentando que va en contra del Código Penal local, o bien, se declaran “objetores de conciencia”, sin que exista personal suficiente que los cubra para asegurar la atención.
Las niñas se ven forzadas a buscar otro tipo de servicios; algunas se trasladan a la capital del país en donde se han realizado en el Programa de Interrupción Legal del Embarazo (ILE), 176 mil 355 interrupciones, de 2007 a abril de 2017, de estos, 0.07 por ciento fueron realizados a niñas entre 11 y 14 años de edad (123 casos).
Otras, añade Ipas, debido a las restricciones, miedo y estigmas que enfrentan, acuden a servicios inseguros, lo que provocó que de 2002 a 2014 fallecieran mil 92 mujeres a causa de un aborto inseguro, de estas 14 por ciento eran adolescentes, informó la organización.
Con estos datos, en una sesión del Comité de expertas realizada en noviembre del año pasado, indicaron al Estado mexicano que si bien reconocen la reforma a la NOM 046, debe especificar en el informe que presente, estadísticas de las mujeres que han accedido a este servicio.
Cada cuatro años las especialistas de CEDAW –que forma parte de Naciones Unidas- evalúan al gobierno mexicano y éste debe atender de forma obligatoria las recomendaciones que le den.
En materia de salud, en 2006 el Comité exigió al Estado mexicano que ampliara los servicios de salud a las mujeres, incluyendo los servicios de salud reproductiva y planificación familiar, promoviendo además, la educación sexual y reproductiva en adolescentes.
Más tarde, en 2012, CEDAW pidió a México armonizar las legislaciones estatales relaciones con el aborto, eliminando los obstáculos que enfrentan las mujeres para acceder a una interrupción del embarazo legal y segura. En suma, asegurarse que cada entidad implementara la NOM 046.
Sobre estas recomendaciones, Ipas México consideró que el “Estado realizó esfuerzos insuficientes para promover el aborto a mujeres y víctimas de violación, fallando con las obligaciones internacionales que tiene México con los Derechos Humanos”.
EXPLICACIONES SOBRE “OBJECIÓN DE CONCIENCIA”
El Comité también pidió al gobierno mexicano que explique las reformas propuestas a la Ley General de Salud para incluir el término de “objeción de conciencia”, -que se encuentran en espera de ser aprobadas por el senado- pues señalaron que saben que esta modificación permite al personal médico negar el acceso a servicios de salud como el aborto y la anticoncepción, bajo creencias personales.
Esta reforma propuesta por el Partido Encuentro Social (PES), fue aprobada por la Cámara de Diputados en octubre de 2017, las organizaciones civiles alertaron que eran esfuerzos de grupos conservadores por obstaculizar la interrupción del embarazo, además de no tener ningún sentido toda vez que la NOM 046 reconoce la objeción al personal médico.
Otro tema que Ipas presentó fue el embarazo en adolescentes ya que México ocupa el primer lugar de embarazos en mujeres entre los 15 y 19 años de edad de los países integrantes de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). De 2008 a 2016 registró 3 millones 508 mil 316 nacimientos en mujeres en este rango de edad.
18/HZM/LGL
INFANCIA
Necesario registrar relación entre violencia y embarazo: OSC
Violencia y matrimonio infantil sinónimo de MM en niñas

Cimacnoticias consultó los registros de muertes maternas (MM) de la Ss, los cuales revelan que en promedio anual ocurren 7 defunciones de niñas por complicaciones durante o después de un embarazo, situación que lejos de reducirse en estos 14 años se ha mantenido. En 2002 ocurrieron 10 casos, para 2015 apenas se redujeron a 6 defunciones.
Más de la mitad de estas 97 niñas (52 por ciento) no contaba con derechohabiencia para acceder a atenciones médicas especializadas y 26 por ciento tenía Seguro Popular; 7 niñas estaban aseguradas en el IMSS, 2 en el ISSSTE y una en la Secretaría de la Defensa Nacional.
La principal causa de estos decesos fueron crisis convulsivas asociadas a la presión alta (preeclampsia) en 22 por ciento de los casos. En segundo lugar, las hemorragias previas o después del parto cobraron la vida de 15 niñas; y los casos de hipertensión por el embarazo fueron la causa de muerte de 8 niñas.
Aún cuando la ley permite la interrupción legal del embarazo por violación, las mujeres, y en particular las niñas, continúan enfrentando obstáculos para interrumpirlo, como consecuencia 2 niñas fallecieron por una hemorragia derivada de un aborto inseguro.
Otras de las causas de muerte materna en menores de edad, de acuerdo con los indicadores de la Ss fueron complicaciones respiratorias, intoxicaciones por microbios en la sangre después del parto (sepsis puerperal); el desprendimiento prematuro de la placenta y la ruptura del útero durante el parto.
En tanto, 9 niñas no tuvieron ningún tipo de atención médica al momento de fallecer.
Las cifras alertan que las defunciones de niñas por un embarazo están asociadas a otro problema: el matrimonio infantil. A su corta edad 40 de ellas estaban casadas, 46 en vivían en unión libre y una era divorciada.
El foco rojo se ubicó en Chiapas con 12 defunciones en total. A esta entidad le sigue Chihuahua y la Ciudad de México, cada una contó 8 casos; cabe destacar que dos de los registrados en la Ciudad fueron niñas provenientes del Estado de México, entidad que contó 5 muertes maternas.
Los decesos de niñas no son menores en Veracruz, ahí 6 niñas fallecieron, en Morelos 5 y Coahuila, Guanajuato, Jalisco, Michoacán, Nayarit, registraron 3 casos respectivamente.
SER NIÑA Y TERMINAR UN EMBARAZO
Para las niñas concluir un embarazo también significa riesgos a su salud física y mental. La ginecóloga y asesora de sistema de salud en Ipas México, Claudia Martínez López, describió en entrevista que después del parto las niñas terminan en situaciones de desnutrición, descalcificación y anemia, porque sus cuerpos no están suficientemente desarrollados para este proceso.
El riesgo también es para los productos. Cimacnoticias consultó los registros del Sistema de Información de Nacimientos (Sinac) de la Ss y encontró que de los 47 mil 211 nacimientos de menores de 14 años, de 2010 a 2014, en 8.4 por ciento de los casos el producto tuvo un peso bajo o muy bajo y 8.1 por ciento nació de forma prematura.
En suma, son niñas propensas a desarrollar depresión, ansiedad, se aíslan de sus entornos sociales o desisten de estudiar, añadió Martínez Lopéz, y el Estado mexicano es incapaz de atenderlas y visibilizar que “hay una violencia sexual explícita hacía ellas”, afirmó en entrevista la doctora, defensora y experta en salud sexual y reproductiva, Raffaela Schiavon Ermani.
ESTADO PASIVO
A nivel nacional, calificó Shiavon Ermani, las acciones gubernamentales, como la Estrategia Nacional para la Prevención del Embarazo en Adolescentes (Enapea), enfocadas a erradicar las gestaciones de niñas “quedan muy cortas” pues “no sólo es necesaria la educación sexual o el acceso a métodos anticonceptivos para adolescentes sino de mecanismos específicos para prevenir, detectar y atender la violencia hacia las niñas”, aseguró.
Al invisibilizar que estas niñas fueron víctimas de violencia la probabilidad de que vuelvan al entorno de violencia y presenten otro embarazo continúa. Muestra de ello es que en 2016 de los nacimientos registrados en el Sinac en menores de 14 años de edad (11 mil 785) al menos tres por ciento (353) ya habían cursado hasta tres gestaciones.
Las estadísticas también alertan que en los últimos cinco años hubo un incremento de embarazos infantiles en los estados de las fronteras norte y sur del país.
Raffaela Schiavon señaló que estos indicadores son un llamado para dejar de considerar que los embarazos en niñas están asociados únicamente al nivel de desarrollo de los estados, pues la prevalencia de estos casos también está determinada por el contexto de violencia que caracteriza a estas entidades y alcanza a las niñas.
Tabasco, por ejemplo, en 2011 contaba con una tasa de 37.3 nacimientos en menores de edad por cada 10 mil mujeres de 10 a 14 años de edad, para 2015 la tasa se elevó a 45.4 nacimientos, la más alta del país.
En Coahuila, se registró en 2011 una tasa de 20 nacimientos y para 2015 aumentó a 34.7. En tanto, Durango registró una tasa de 16, cuatro años después incrementó a 24. También sobresale Aguascalientes, donde en 2011 se registraron seis nacimientos por cada 10 mil niñas y para 2015 fueron 21.
Para hacer frente a este problema, explica la especialista en derechos sexuales Shiavon Ermani, urge que el Estado registre la relación entre embarazos tempranos y violencia sexual pues a lo largo de la investigación que esta agencia realizó encontró que no hay registro oficial que permita conocer cuántos de estos embarazos fueron producto de violencia.
El personal de los servicios de salud, de las escuelas, y el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia deberían estar obligados a “reaccionar de forma proactiva” ante la sospecha de violencia sexual hacia las niñas y del embarazo como causa de ellas, con el fin de que se les garantice su derecho al aborto como lo establece la Norma Oficial Mexicana 046 (NOM 046).
Además de garantizar a las niñas medidas de protección para que no tengan que convivir con sus agresores y accedan a la justicia.
El problema no es menor, en los últimos ocho años (de 2008 a 2016) más de 100 mil niñas llevaron a término un embarazo. Es decir, diariamente 32 niñas se convirtieron en madres en el país.
17/HZM/MMAE
VIOLENCIA
Violencia sexual es reiterada, alertan organizaciones
Niñas entre 10 y 14 años de edad han cursado hasta 3 embarazos

Pese a que el embarazo infantil es considerado producto de violencia sexual y representa un alto riesgo para la salud de las niñas, es un evento que continúa repitiéndose en el país, pues tan sólo en 2016, de los 11 mil 785 nacimientos registrados entre niñas de 10 y 14 años de edad, un 3 por ciento (353 casos) ya había cursado hasta tres embarazos.
Estos datos son recuperados del Subsistema de Información sobre Nacimientos (Sinac) de la Secretaría de Salud (Ss), por la organización en derechos reproductivos Ipas México, en los que se especifica que del total de nacimientos de menores de 14 años de edad ocurridos en 2016, para 306 niñas era la segunda vez que estaban embarazadas.
Para el resto de las niñas que ya habían cursado un embarazo en 50 casos era su tercera ocasión. Esto sucede a pesar de que legislaciones como la Ley General de Víctimas y la Norma Oficial Mexicana 046 “Violencia familiar, sexual y contra las mujeres” garantiza el aborto en casos de violación y obliga a las dependencias de servicios de salud a dar un servicio integral para las víctimas incluida la planificación familiar.
De acuerdo con los datos del Subsistema de Salud son particularmente las niñas de 10 años de edad las que presentan más de un embarazo. Pese a su corta edad, de 33 casos contabilizados en todo el país, un 17 por ciento (6) era la segunda ocasión que cursaba un embarazo.
De los 302 nacimientos registrados en niñas de 11 y 12 años de edad, 24 era su segundo embarazo, es decir, 8 por ciento.
Organizaciones civiles y personas expertas en temáticas de género y niñez alertan que la mayoría de los embarazos en niñas de 10 y 14 años de edad son producto de violaciones perpetradas por los familiares de las víctimas (padres, tíos, hermanos, primos, etc.), contexto que dificulta la denuncia y mantiene a las víctimas en un ciclo de violencia.
Las cifras de la Ss revelan que es a partir de los 13 y 14 años de edad donde comienzan a registrar más de 3 embarazos y que hay un total de 22 niñas en esta situación. También indican que es en este grupo donde se ubica la mayor cantidad de nacimientos, un total de 11 mil 453.
Sin embargo este conteo no registra datos de los progenitores. El único dato que se tiene es el de la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (Ensaut) de 2012, la cual estima que 89 por ciento de los nacimientos en los que las madres tenían entre 12 y 14 años de edad, el progenitor tenía entre 19 y 30 años de edad.
17/HZM/LGL
VIOLENCIA
Impunidad prevalece para agresores
Triplemente violentadas, niñas víctimas de violencia sexual

Las niñas que por una violación sexual presentan un embarazo son triplemente violentadas por el Estado: viven la agresión sexual, se les niega su derecho al aborto y también el acceso a la justicia.
De acuerdo con los censos nacionales sobre Impartición de Justicia de 2015 y 2016, elaborados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, hubo mil 161 casos de violación cometidos contra menores de edad y solo 274 sentencias por este delito, sin que se tengan datos desagregados por sexo y edad que dimensionen la violencia cometida contra las niñas.
Tampoco se sabe cuántos de los embarazos en niñas son producto de violencia, aunque al menos de 23 mil 543 niñas de 9 a 14 años de edad se convirtieron en madres entre 2015 y 2016, según datos del Subsistema de Información sobre nacimientos de la Secretaría de Salud.
Las niñas víctimas de violación se enfrentan a una serie de obstáculos en el sistema penal para que logren acceder a la justicia. Uno de ellos es la recolección de pruebas ya que por ser delitos que se comenten dentro de los hogares y perpetrados por familiares, en la mayoría de las ocasiones se conoce de la violación hasta que el embarazo es evidente, situación que dificulta comprobar el delito ante la falta de pruebas recientes, detalló la abogada del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), Ofelia Bastida Luna.
Ejemplo de ello es Karla, una niña de 15 años de edad que fue víctima de violación en Puebla. En marzo de 2016, la menor de edad viajó de la capital del país a dicha entidad para visitar a su abuela paterna; durante su estancia allá, su tío la violó.
Al notar que su hija tenía un retraso en su periodo menstrual, su madre la llevó al médico quien constató el embarazo de 8 semanas. Pero ambas no sabían que por ser víctima de violación y presentar un embarazo tenía el derecho a interrumpirlo, como lo establece la Norma Oficial Mexicana 046, violencia familiar, sexual y contra las mujeres (NOM 046) y la Ley General de Víctimas.
“Esto es una situación generalizada en las niñas y mujeres, la falta de información para el ejercicio de sus Derechos Humanos”, especificó la litigante de GIRE, Ofelia Bastida.
Aunque Karla y su mamá regresaron a Puebla a presentar la denuncia y hacer dos peticiones específicas: el derecho a un aborto y realizar una prueba de ADN para que pudieran vincular a proceso al agresor, las autoridades del MP se negaron argumentando que el aborto por violación está penalizado en Puebla; mientras que la carpeta de investigación quedó en el archivo, pues el peritaje médico determinó que al no existir fluidos, lesiones o desgarres recientes, no existía algún tipo de violencia sexual en contra de Karla, pese a que el peritaje psicológico la constató.
La falta de perspectiva de género para entender en qué tipo de contexto se da esta violencia y la nula sensibilidad de los funcionarios en las instancias de justicia, los lleva a no acreditar una violación con el argumento de que ha pasado tiempo desde la agresión, indicó la defensora de GIRE.
NIÑAS EXPUESTAS Y RE VICTIMIZADAS
Dilatar las investigaciones propicia que los agresores permanezcan en libertad, comentó la abogada, lo que les permite huir incluso antes de ser citados a declarar y propicia que las niñas queden expuestas a ser violentadas de nuevo.
Así sucedió con Miriam y Andrea, ambas de 12 años de edad. En el caso de Miriam, oriunda del Estado de México, en 2015 presentó un embarazo producto de la violación sexual de su padre.
Cuando Miriam acudió a denunciar, el MP no tomó su declaración de forma correcta. Dos años después de iniciado el proceso la llamaron para volver a declarar. “Por la gravedad de la agresión ella había bloqueado varios detalles, su declaración cambió y las autoridades usaron eso en su contra para no avanzar en la investigación”, recordó la abogada Bastida Luna.
Andrea fue víctima de violación en 2014 en la Ciudad de México también por su padre. Como consecuencia de la agresión presentó un embarazo y pese a su testimonio y las pruebas del delito, el Ministerio Público decidió vincular a proceso al agresor por “corrupción de menores” y no por violación.
Con ello, la sentencia de 25 años de prisión por violación sexual que pudo alcanzar el agresor se redujo a cinco años, la máxima sanción para quien comete el ilícito de corrupción de menores.
NORMA 046 Y LA PROTECCIÓN DE DH
El asesor de políticas públicas de Ipas México, Alexis Hernández González, recordó que actualmente todos los Códigos Penales del país establecen la violación como una causal de aborto, pero la ignorancia y estigmas de los funcionarios sobre el tema coartan el derecho a las niñas a continuar con su proyecto de vida.
Resolver los casos de niñas víctimas de violación debería ser prioridad por el principio del “interés superior de la niñez” protegido por normativas como la Ley General de Víctimas que obligan a las autoridades a ponderar las acciones que garanticen el desarrollo integral y una vida digna a las menores de edad, recordó.
González Hernández agregó que no importan las restricciones que establecen las leyes penales, la NOM 046 debe implementarse por ser obligatoria en todo el territorio.
“Es la falta de comprensión y desconocimiento de lo que establece nuestro marco normativo, no hay razón para interponer lo que dice el Código Penal local a lo que dice la Norma 046 , el instrumento que debe aplicarse es el que más favorezca los Derechos Humanos, este debería ser el centro del actuar del Estado”, subrayó.
El reto, concluyó el especialista en políticas públicas de salud, es terminar con los patrones de resistencia para aplicar y conocer las normativas sobre los DH de las mujeres, y sobre todo, el Estado debe generar estrategias integrales que reconozcan las necesidades primordiales de las niñas víctimas de violación.
Mientras continúen minimizándose los delitos de violación contra niñas, se impedirá la sanción a los agresores y los casos continuarán en la impunidad, advierten las personas especialistas.
17/MAE/HZM/LGL
SALUD
En nueve años, tres casos de VIH por violación en CDMX
Primordiales primeras 72 horas para atención a víctimas de violación

Es de suma importancia que las víctimas de violación reciban en las primeras 72 horas los antirretrovirales y el anticonceptivo de emergencia, pues después de este tiempo aumenta el riesgo de contraer el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), otras infecciones de trasmisión sexual (ITS) y presentar un embarazo.
En 2016 en la Ciudad de México, 871 mujeres víctimas de violación recibieron un tratamiento profiláctico (suministro de medicamentos antirretrovirales para evitar VIH o alguna ITS), de tal forma que desde 2009 hasta la fecha, únicamente tres mujeres adquirieron VIH como consecuencia de una violación, según el informe de la Clínica Especializada Condesa.
Y no sólo es la importancia de que reciban a tiempo este tratamiento como lo obliga la Norma Oficial Mexicana 046 sobre violencia familiar, sexual y contra las mujeres; el seguimiento médico de la víctima es fundamental, pues es hasta la cuarta semana después de que ocurrió la violación, en la que se puede detectar si contrajo VIH u otra ITS explicó la ginecóloga e integrante del “Programa de atención a víctimas de violencia sexual” de la Clínica Condesa, Teresita de Jesús Cabrera López.
ESCENCIAL SEGUIR EL TRATAMIENTO
En entrevista con Cimacnoticias, la doctora enfatizó que “es de suma importancia” que las víctimas de violación logren concretar el tratamiento médico que dura nueve meses. Y explicó el procedimiento:
Una vez que la víctima acude a la clínica en las primeras 72 horas, se le administra el paquete médico que contiene una pastilla anticonceptiva y tres antirretrovirales. Asimismo se le realiza la prueba de sangre ELISA para detectar el VIH, el resultado se tiene en media hora y sólo sirve para constatar que antes de la violación, la víctima “no tenía la infección, pero no habla de un contagio”, indicó.
El VIH no es la única infección que puede contraer una víctima de violación, manifestó Cabrera López, existen otras más comunes como la sífilis e infecciones bacterianas, que también atiende la clínica.
También, agregó, hay casos de hepatitis B y C, pero estos se canalizan a hospitales que tengan estas especialidades, únicamente si se presenta la combinación hepatitis C y VIH son remitidas a la segunda unidad de la clínica que se ubica en Iztapalapa.
Por ello- continuó la especialista- el chequeo se realiza cada tres meses. “Para saber si tiene VIH se tiene que dejar pasar de 4 semanas a 6 meses”, señaló. Las mismas pruebas se vuelven a repetir en cada consulta, si da positivo a alguna infección se ingresa inmediatamente al programa de la clínica, y en caso de un embarazo se remite a las clínicas de interrupción legal de la Ciudad de México.
En caso de que la víctima se presente después de las 72 horas, se les da un tratamiento de antibióticos y vigilancia para rectificar que no adquirieron alguna infección. “Atender a las víctimas de violencia sexual es una ventana de oportunidad para mejorarles la vida porque a futuro puede tener consecuencias” dijo la especialista, quien agregó, que debido a los efectos secundarios de los antirretrovirales, muchas mujeres desisten de continuar con el tratamiento.
17/HZM
SALUD
Que comparezca Narro, piden legisladoras
Ss debe informar cuántos embarazos por violación e ILE atiende

El secretario de Salud, José Narro Robles, debe informar cuántos embarazos producto de una violación sexual se atienden en las instituciones públicas y cuántas víctimas acceden a la interrupción legal del embarazo (ILE), dijo la diputada de Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Irma Rebeca López López.
La legisladora señaló en entrevista con Cimacnoticias que apoya la propuesta de las diputadas de los Partidos de la Revolución Democrática (PRD) y de Movimiento Ciudadano (MC) de llamar a comparecer al titular de la Secretaría de Salud (Ss), porque aseguró que es importante contar con información para que las legisladoras formulen propuestas para proteger los derechos de mujeres, jóvenes y niñas.
Esta propuesta surgió luego de que el 21 de enero pasado, la Comisión de Igualdad decidió retirar el dictamen para reformar la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia e incorporar la Norma Oficial Mexicana: NOM-046-SSA2-2005 Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la Prevención y Atención (NOM 46).
López López dijo que aún no hay un documento para solicitar la presencia de Narro Robles en la Comisión de Igualdad y en la Comisión de Salud, pero espera que en próximos días se concrete una reunión para que dé a conocer cómo se implementa la NOM 046, la cual obliga a los prestadores de salud a ofertar la anticoncepción del emergencia y el aborto en casos de violación sexual.
FALTA DE DATOS
En el dictamen para modificar la Ley General, la Comisión de Igualdad señaló la falta de datos y que solo la extinta Comisión Especial de Feminicidio de la Cámara de Diputados haya calculado que aproximadamente 112 mil mujeres son víctimas de violación sexual cada año, dato que equivale a una cada 4.6 minutos, mientras que, según especialistas, la mayoría de los agresores quedan impunes.
Asimismo, el documento destacó que, de acuerdo con un informe de Amnistía Internacional presentado en 2012 en Naciones Unidas, de las 14 mil 829 denuncias por violación sexual presentadas en 2009 en el país, sólo hubo 3 mil 462 enjuiciamientos y 2 mil 795 sentencias condenatorias por ese delito.
Por otra parte, López López dijo que la Comisión de Igualdad no tomó en cuenta la opinión de todas las diputadas que integran este órgano y que ella no fue invitada a la reunión donde se decidió retirar el dictamen para reforma la Ley General de Acceso, por lo que consideró que había intereses políticos en este tema.
17/AGM/RED
SALUD
Para no verse afectados en Edomex
Por cálculo electoral, PAN y PRI abandonan debate sobre NOM 046

Los Partidos Acción Nacional (PAN) y Revolucionario Institucional (PRI) desistieron el debate sobre la inclusión de la norma que establece los criterios para la interrupción legal del embarazo en casos de violación (NOM 046), en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, porque preocupó el impacto de esta decisión en el proceso electoral del Estado de México, afirmó la diputada del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Hortensia Aragón Castillo.
Este 21 de marzo, la Comisión de Igualdad de Género informó a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados que retiraba el dictamen para incluir en la Ley General de Acceso una referencia a la Norma Oficial Mexicana: NOM-046-SSA2-2005 Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la Prevención y Atención (NOM 46), que permite el aborto en casos de violación sexual.
La diputada por el PRD dijo en entrevista que esta decisión pudo ser de tinte electoral. “Creo que hay una preocupación estrictamente de carácter electoral, por la percepción social, equivocada, del PRI por el proceso electoral en el Estado de México”.
De acuerdo con Aragón –quien ha destacado por su interés legislativo en los derechos de las mujeres-, las diputadas del PAN y el PRI fueron las que firmaron el dictamen e hicieron mayoría para retirarlo del pleno, porque no querían salir dividas. Pero además hubo una injerencia de las diputadas del Partido Encuentro Social (PES) quienes, aunque tenían derecho de expresar sus opiniones, mintieron sobre el tema y “calentaron los ánimos”, diciendo que se votaría el aborto.
DEBATE MANIPULADOR, FALSO
“¿Cuál fue el debate? Fue un debate falso, manipulador, oportunista, que hizo la derecha, encabezada por las diputadas del PES en los medios de comunicación, en el que presionaron a las diputadas y diputados de todas las fracciones con correos de todas las iglesias y grupos de derecha. Se contaminó indebidamente el tema que no estaba a discusión: el derecho a abortar de quienes son víctimas de violación”, dijo.
Por si fuera poco, agregó, el debate se enrareció porque hay diputados a quienes no les gusta leer y a quienes les asusta el clero, ya que sólo se miran en las encuestas. “Con ese cálculo electoral resolvieron que lo mejor era retirar la iniciativa. Nosotros lo dijimos, es una decisión de la mayoría del PRI y del PAN en esta Cámara”.
NOM 046, VIGENTE
La legisladora señaló que la NOM 046 es vigente y no se modificó pero destacó que a propuesta de las diputadas del PRI, Laura Nereida Plascencia Pacheco y Erika Araceli Rodríguez Hernández, la Comisión de Igualdad pretendía presionar a la Secretaría de Salud para que aplicara la Norma porque el número de embarazos por violación es alto y al parecer las acciones son omisas.
“Es una iniciativa del PRI que no tenía mucho sentido. A mí me lo preguntas y francamente te digo, ¿para qué metes algo que ya esta ley y una norma que no está en discusión?”.
Ahora, señaló, se debe llamar al secretario de Salud, José Narro Robles, a comparecer y presentar información sobre el tema, que diga en qué entidades se dan casos de embarazo por violación y qué está haciendo la dependencia de acuerdo con la NOM 046, para que las diputadas conozcan si el delito de violación sexual es sancionado y si las víctimas pueden acceder al aborto.
Aseguró que las diputadas del PRD y de Movimiento Ciudadano van juntas en esta petición para que Narro Robles comparezca ante la Comisión de Igualdad de Género y la Comisión de Salud.
17/AGM/GG
SALUD
SS debe informar sobre aplicación de norma
Retiran dictamen para reformar LGAMVLV que incluía NOM 046

SALUD
De ahí revuelo por NOM 046
Preocupa a la derecha que se difunda garantía de ILE en caso de violación

La alianza de los Partidos Acción Nacional (PAN) y Encuentro Social (PES) hizo que la Comisión de Igualdad de Género de la Cámara de Diputados modificara el dictamen de reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para quitar la referencia a la NOM 046, que garantiza la interrupción legal del embarazo para las víctimas de violación sexual.
La diputada de Movimiento Ciudadano (MC), Candelaria Ochoa Avalos explicó que aunque la Cámara de Diputados no puede modificar la Norma Oficial Mexicana: NOM-046-SSA2-2005 Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la Prevención y Atención, conocida como NOM 46, la propuesta de reformar la Ley General de Acceso causó ruido porque a la derecha mexicana le preocupa que este tema salga a la luz.
La feminista y diputada dijo en entrevista que la semana pasada las diputadas de la Comisión de Igualdad se reunieron para revisar el dictamen que desde el 9 de marzo subió a pleno, pero que no ha sido discutido por dudas de los coordinadores parlamentarios. Así, en la reunión de Comisión se acordó modificar la redacción y quitar la referencia a la norma expedida por el Ejecutivo y vigente desde 2005.
“Ya no vale la pena que suba a pleno, el PRI no tiene interés en que se apruebe, las que han estado manipulando la información han sido Edith Martínez, del PES, y el PAN. No vale la pena que se suba el dictamen por lo que implica”, señaló la legisladora, quien detalló que el dictamen ya no menciona la NOM 046.
CONTENIDO DE LA REFORMA
La idea de reforzar la NOM-046 fue de las diputadas priistas Laura Nereida Plascencia Pacheco –también presidenta de la Comisión de Igualdad– y Erika Araceli Rodríguez Hernández, quienes el 8 de diciembre de 2016 presentaron en San Lázaro las iniciativas de reformar la Ley General de Acceso.
Al ser una norma expedida por el Ejecutivo, el Congreso no tiene facultad para modificarla, sin embargo, el objetivo de las diputadas era establecer que la Secretaría de Salud tuviera especial atención en la aplicación de la norma que establece la obligación de los servicios de salud, públicos y privados, de ofrecer anticoncepción de emergencia y la interrupción legal del embarazo a las víctimas de violación sexual.
La intención también era que las entidades federativas y los municipios garanticen la aplicación de la NOM y creen programas de capacitación para el personal del sector salud, esto a fin proteger a las víctimas que pudieran presentar un embarazo.
Así se buscaba reformar el Artículo 46 de la Ley General para decir que corresponde al Sistema Nacional de Salud la capacitación del personal de salud sobre la NOM 046; el Artículo 49 para señalar que las entidades y la Ciudad de México también deben capacitar en esta materia; y el Artículo 50 que señalaría que corresponde a los municipios promover y difundir la aplicación de la misma.
DESINFORMACIÓN
La diputada Ochoa Avalos dijo que es grave que esto suceda cuando se trata de los derechos humanos de las mujeres y reclamó que hace 15 días, cuando el dictamen se bajó del pleno, el PRI prometiera que se aprobarían cinco dictámenes de la Comisión de Igualdad cuando sabía que había uno que no tenía consenso.
La legisladora también alertó de la desinformación alrededor de esta modificación y denunció que ha recibido cerca de 40 correos electrónicos con el mismo formato y de la misma cuenta así como llamadas de teléfonos con mensajes falsos sobre la NOM donde le dicen que no puede “votar a favor de la norma”.
Lo que no se dice, expone la diputada, es que no se pretende modificar la norma expedida en 2005 por el Ejecutivo para atender a las víctimas de violencia sexual, lineamientos que fueron resultado de un acuerdo entre el Estado mexicano y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para evitar más casos como el de Paulina, niña de 13 años violada en 1999 a quien el gobierno panista de Baja California le negó el derecho al aborto.
DESINFORMADOS
Para contrarrestar lo que considera una campaña de la derecha, el jueves 16 de marzo la diputada llevó a los coordinadores parlamentarios un ejemplar de la NOM 046 para que conozcan su contenido; a la par, Ochoa Ávalos impulsa un acuerdo para que la Cámara de Diputados exija un informe sobre la implementación de la norma que es obligatoria en todo el país.
“Lo que les propuse desde el martes (14 de marzo) fue un punto de acuerdo de evaluación de la norma, pero no ha salido el punto porque no tuvimos una estrategia acordada”, dijo la legisladora.
EL TEMA ESTARÁ EN LA SCJN
Por otra parte, destacó que esta reforma a la Ley General de Acceso causó ruido porque a la derecha le preocupa que el tema salga a la luz y se difunda que las víctimas de violación sexual tienen derecho a la interrupción legal del embarazo, más ahora que en próximos días se discutirá el tema en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
En mayo del año pasado el Gobernador y el Congreso de Baja California presentaron, por separado, una controversia constitucional en contra del Ejecutivo federal, alegando la invalidez de diversas disposiciones de la NOM 046 mientras que el Congreso de Aguascalientes interpuso otra controversia similar.
Los tres recursos que están por resolverse en la Suprema Corte se presentaron después de que el 24 de marzo de 2016 se publicaron las reformas a la norma, por las cuales se estableció que las víctimas no están obligadas a presentar una orden judicial o una denuncia penal para acceder a la interrupción del embarazo.
17/AGM/GG
VIOLENCIA
Segunda petición de Alerta
Plazo a Yunes para cumplir DSyR o decretan AVG

El pasado 10 de marzo la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim) entregó al gobierno de Veracruz el informe donde se solicita la Alerta de Violencia de Género, esta vez por Agravio Comparado, por incumplir con los derechos sexuales y reproductivos de las veracruzanas.
El incumplimiento radica en las dificultades que enfrentan las veracruzanas para acceder a la interrupción legal del embarazo, por inadecuada aplicación de la Norma Oficial Mexicana 046 (NOM-046) para víctimas de violencia sexual, por la criminalización de las mujeres por aborto, y por la reforma al Artículo 4 de la Constitución local, que “protege la vida desde el momento de la concepción”.
A partir de ese momento el gobierno de Miguel Ángel Yunes Linares tiene como fecha límite el día 24 del mes para aceptar o rechazar las recomendaciones del informe. En caso de aceptarlo tendrá un plazo de seis meses para cumplir con los compromisos asumidos y garantizar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, informaron en conferencia de prensa el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) y el colectivo Equifonía.
Pero, si en ese periodo el estado de Veracruz incumple con las demandas establecidas en el informe, la CONAVIM tendrá la facultad de prorrogar el plazo o declarar de inmediato la AVG por agravio comparado, con lo que sería la segunda AVG en la entidad, la primera se emitió y está vigente desde noviembre de 2016 por violencia feminicida en 11 municipios.
En el caso de que el Gobierno de Veracruz no acepte, el Gobierno federal declarará automáticamente la AVG, e implementará una mesa de seguimiento para vigilar al gobierno de Veracruz que cumpla cabalmente con las recomendaciones, reportaron las organizaciones.
AGRAVIOS
El Grupo de Trabajo encargado de la investigación mandata, en el Informe entregado al Gobierno de Veracruz, dar seguimiento a tres agravios que atentan contra los derechos de las mujeres:
El Primero obliga a dar cumplimiento a la NOM 046, que obliga a las autoridades otorgar servicios de salud y la interrupción legal del embarazo (ILE) a las víctimas de violación sexual, pues tan sólo en el año 2015 se registraron 487 nacimientos en los que las madres eran niñas entre 10 y 14 años de edad, probables víctimas de violencia sexual; la cifra más alta en todo el país, reporta el documento.

La coordinadora del colectivo Equifonía, Araceli González Saavedra, dijo que se registró que las autoridades de salud no proporcionan el acceso a la ILE a las víctimas de violación sexual, a menos de que medie el mandato de alguna autoridad ministerial o judicial, lo que contraviene con lo dispuesto en la NOM 046, la cual estipula que no es necesario contar con una demanda o tutor para interrumpir el embarazo.
Asimismo González Saavedra agregó que existe un “vacío de información”, ya que las autoridades veracruzanas no contaban con cifras sobre cuántas interrupciones de embarazo han realizado las instituciones de salud y sólo el 20 por ciento del personal de médico entrevistado ha sido capacitado para implementar la NOM.
El Segundo agravio es referente a la criminalización de las mujeres por el delito de aborto, el cual se encuentra regulado en los artículos 149 al 154 del Código Penal estatal, donde se estipula como pena contra las mujeres que interrumpen sus embarazos brindarles medidas de salud y educación.
De acuerdo con datos de Equifonía, de 2009 a 2016 estaban sentenciadas por el delito de homicidio 18 mujeres que interrumpieron su embarazo, González Saavedra indicó que esta situación es preocupante, ya que la mayoría eran jóvenes indígenas que fueron denunciadas por las mismas autoridades y de nueva cuenta las autoridades no tiene un registro de las mismas.
Ante esta situación, por último se pide al gobierno de Veracruz derogar la reforma al Artículo 4to de la Constitución local que “protege la vida desde el momento de la concepción y hasta la muerte natural”. Las organizaciones indicaron que se debe modificar el marco jurídico y garantizar el aborto seguro e informado durante las primeras 12 semanas de gestación, así como agregar la causalidad de riesgo para la salud con el fin de reducir la tasa de muerte materna y el riesgo de que las mujeres busquen métodos clandestinos.
INFORME APEGADO A ESTÁNDARES INTERNACIONALES
La coordinadora del OCNF, María Luz Estrada, dijo que este informe es un hecho histórico en el que el Gobierno de Veracruz por fin reconoce los problemas de discriminación y violación de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y niñas de la entidad.
Y, asegura, que las recomendaciones en las que el informe se basó están acorde a los estándares internacionales y recomendaciones emitidas por la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), quien comprometió al Estado mexicano a aplicar la NOM 046, tras el caso Paulina, una niña obligada a continuar un embarazo tras una violación, en Baja California.
LUCHA POR DERECHOS REPRODUCTIVOS
Las organizaciones civiles por el derecho a decidir sobre la maternidad han realizado un trabajo intenso y prolongado en Veracruz, como el emprendido luego de que en septiembre de 2016 el Congreso de Veracruz aprobó el Artículo 4 de la Constitución del estado para “proteger la vida desde el momento de la concepción”, misma reforma que en lugar de ser rechazada fue ratificada por los 212 ayuntamientos de la entidad de forma definitiva.
Con ello, las organizaciones buscaron contrarrestar la situación de violencia que viven las mujeres en la entidad, las mismas peticionarias de la AVG por feminicidio buscaron los medios jurídicos para garantizar los servicios de salud a las mujeres.
Así el 15 de abril de 2016, la Conavim aceptó la AVG únicamente por dos agravios: la falta de aplicación de la NOM 046 y la criminalización de las mujeres por aborto, pues el último presentado en la solitud que correspondía a “la protección de la vida desde el momento de la concepción”, aún no se votaba en el Congreso estatal para ser incluido en el Artículo cuarto de la Constitución local. Por ello la Conavim tuvo que rechazarlo.
Esta vez, esperan que sea un hecho histórico, dijo Luz Estrada, quien destacó que esta AVG por agravio comparado es la primera que tuvo avances en el país, a pesar de que está establecida como un mecanismo en Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Esperan, por tanto, que sea un precedente para el resto de las entidades de la República.
17/HZM/GG
Pages
