Invertir en el derecho a la igualdad laboral de las mujeres

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MONEDERO
LABORAL
Invertir en el derecho a la igualdad laboral de las mujeres
CIMACFoto: César Martínez López
Por: Carmen R. Ponce Meléndez*
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 23/10/2018

¡Bienvenida la Caravana de personas migrantes centroamericanas!

Las mujeres destinan en México 20.5 horas semanales al trabajo remunerado contra 44.9 horas en el caso de los hombres. En el trabajo no remunerado la diferencia es aún mayor: 54.1 horas las mujeres contra 19.5 horas los hombres. Como resultado de estas diferencias, las mujeres enfrentan serios obstáculos para participar en el mercado laboral en igualdad de condiciones que los hombres.

Esta situación se refleja en su participación en el mercado laboral que es desigual y  muy inferior a la masculina que se ubica en 75.7 y donde las mujeres representan casi la mitad con 49.1 por ciento (datos de Inegi-Enoe. Segundo Trimestre 2018).

Con excepción de los países árabes, la mexicana, es una de las participaciones femeninas más bajas del mundo y la menor en América Latina, comparada con lo que sucede en Chile, Colombia, Estados Unidos y el grupo de países de la OCDE también resulta muy inferior.

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Este es uno de los principales aspectos que señala Coneval sobre la mujer trabajadora en su “Estudio Diagnóstico del derecho al trabajo 2018”.

“El principal problema de discriminación percibido por dos de cada 10 mujeres es la falta de empleo. Además, la brecha más importante en el mercado laboral mexicano es el bajo porcentaje de participación femenina con respecto a la de los hombres.

Al igual que sucede con la menor participación en el mercado laboral de las mujeres, las jóvenes que no estudian ni trabajan representan también a la mayoría de los jóvenes que se encuentran en esta situación, con una leve mejoría entre 2009 y 2017 para el caso de las mujeres y un empeoramiento en el caso los hombres.

Además la mujer trabajadora enfrenta serios problemas de discriminación. Primero por ser mujer, luego por la edad, el fenotipo, la maternidad y una violencia laboral encabezada por el acoso, como un acto de poder que ejercen los jefes mediatos o inmediatos.

“La discriminación en el empleo impacta negativamente las vidas de las personas de distintas formas. Para empezar, afecta sus ingresos, con todo lo que ello implica. Dada la asociación en México entre el empleo y el acceso a otros derechos, como la vivienda y la seguridad social, la discriminación en el empleo también impacta el acceso que tienen las personas a estos derechos.

De manera adicional, la discriminación en el empleo afecta la salud de las personas. A veces, las afectaciones son a la salud mental. En otras ocasiones, termina por impactar también la salud física. Al final, los costos de la precariedad, la violencia, la inestabilidad y la exclusión laboral cobran vidas”. (La discriminación en el empleo en México, Estefanía Vela Barba”).

LA ENORME BRECHA ENTRE EL MUNDO LABORAL REAL Y EL FORMAL

La Organización Internacional del Trabajo (OIT), identifica siete inseguridades en el trabajo y son:

  • Empleo, ingresos, horas de trabajo, seguridad y salud ocupacional; seguridad social, formación y desarrollo profesional, representación y voz colectiva (sindicatos)

Se puede afirmar sin temor a equivocarse que estas siete inseguridades forman parte de las condiciones laborales de la mujer en México En materia de ingresos y seguridad social incluso están por debajo de la población masculina.

El análisis de la situación real en el cumplimiento de las normas nacionales e internacionales que se ofrece en este estudio muestra una gran distancia entre éstas y la situación real, en cuanto al disfrute del derecho por la mayoría de las personas que trabajan, agravándose en el caso de los grupos en situación de desventaja: mujeres, jóvenes, adultos mayores, jornaleros agrícolas, trabajadores con alguna discapacidad, trabajadores domésticos, personas hablantes de una lengua indígena y migrantes.

En el caso de las trabajadoras del hogar es urgente reformar la LFT y la Ley del IMSS para establecer la obligatoriedad de su inscripción en la seguridad social, ya que son objeto de un trato discriminatorio.

Este documento contiene diez conclusiones y recomendaciones, las más importantes son:

  1.  Ampliar el alcance de los servicios de intermediación laboral
  2. . Promover el acceso a la información sobre oferta laboral
  3.  Incrementar la formalización del empleo
  4.  Reducir la inestabilidad laboral
  5.  Incrementar el salario mínimo cumpliendo los requerimientos de la definición constitucional.
  6. Promover la reducción gradual de la jornada laboral sin pérdida de ingresos
  7. Mejorar los mecanismos de inspección laboral
  8. Mejorar los mecanismos de justicia laboral
  9. Cerrar las brechas en el acceso a empleos de calidad en los grupos en situación de desventaja
  10. Promover el acceso a la información sobre derechos laborales

Todas y cada una de estas recomendaciones permitirían mejorar las condiciones de desigualdad y precariedad de la mujer trabajadora.

INCREMENTAR EL SALARIO MÍNIMO CUMPLIENDO LOS REQUERIMIENTOS DE LA DEFINICIÓN CONSTITUCIONAL

En el punto 5 el documento refiere que: “se justifica a la luz de la pérdida de poder adquisitivo del salario mínimo general, ubicado por debajo de la línea de pobreza y del efecto gravitacional de esta institución hasta los perceptores de hasta cuatro salarios mínimos, tanto sobre los trabajadores formales como informales, lo que permite establecer la correlación entre la pobreza de la población y la política gubernamental en esta materia.

Existe una extendida precariedad laboral en el país, agravada, según el caso, por razones de sexo y edad.

Promover el empleo como el principal mecanismo de inclusión social y cumplir con las exigencias del derecho al trabajo digno, a la par de reducir la pobreza por ingresos.

Un millón y medio de trabajadores (20 por ciento de ellos formales) percibe actualmente un salario mínimo y se beneficiaría de ese incremento, ya que las personas más jóvenes, los adultos mayores, las que realizan trabajo del hogar remunerado, quienes tienen menor escolaridad (primaria incompleta y completa), trabajan en establecimientos de menor tamaño o como jornaleros agrícolas, están más representados entre quienes ganan hasta dos salarios mínimos.

El efecto gravitacional del salario mínimo general abarca a casi 11 millones de personas. En un país en donde la calidad y la cobertura de la negociación colectiva es muy limitada, el papel del salario mínimo se vuelve un instrumento prioritario en la lucha contra la pobreza dentro del mercado laboral”

Hay que destacar, que existen estudios que apuntan a que la desigualdad ha tenido un impacto en el desarrollo del país y que puede ser un factor detrás del aumento de la violencia en años recientes. Invertir en la igualdad laboral, en este sentido, no solo es justo, sino necesario.

* Economista especializada en temas de género

twitter @ramonaponce

18/CPM/LGL