En defensa a la libre determinación

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OPINIÓN
DERECHOS HUMANOS
   DESENREDO
En defensa a la libre determinación
Río Cahabón. Imagen retomada del portal cmiaguate.org.
Por: Rosalinda Hernández Alarcón*
Cimacnoticias | Guatemala, Guate.- 21/02/2017

Según la legislación guatemalteca, antes de otorgar licencias para construir hidroeléctricas, se debe consultar a los pueblos.
 
Ayer lunes 20 de febrero se realizó la “Marcha por la dignidad”, en la que participaron comunidades q’eqhi’es, convocadas para exigir a las autoridades judiciales que resuelvan en definitiva un amparo en el que se reconoce el derecho a la consulta a la comunidad de Santa María Cahabón.
 
En este municipio, ubicado en el departamento de Alta Verapaz, existe una fuerte oposición a los proyectos hidroeléctricos Oxec I y Oxec II, y también hay un grupo acompañado por la empresa que los apoya. El recurso acostumbrado por empresarios para debilitar a quienes exigen respeto a sus derechos ciudadanos.
 
En enero pasado, la Corte Suprema de Justicia resolvió que el Ministerio de Energía y Minas había violado los derechos de la ciudadanía por no haberla consultado, y por tal razón, suspendió las licencias otorgadas para uso de bienes de dominio del Río Cahabón. También especificó que las reuniones realizadas por la empresa OXEC, S. A. con algunas personas son informativas, por tanto, no sustituyen la consulta comunitaria.
 
Estas poblaciones indígenas marcharon convencidas que tienen derecho a ser consultadas, saben que el modelo extractivista se ha impuesto en Guatemala por una elite empresarial, que cuenta con el respaldo de funcionarios públicos y está acostumbrada a violentar las leyes “oficiales” y desobedecer resoluciones judiciales cuando entorpecen sus planes.
 
Entre los participantes que vinieron desde Alta Verapaz hasta la capital sobresalió la participación de las mujeres, quienes son las principales defensoras del río, las que acarrean y utilizan el agua en múltiples actividades.  
 
Es importante anotar que esta lucha social reivindica su derecho a la libre determinación que se concreta a través de la consulta libre, previa e informada, y reconoce que tal prerrogativa está establecida en el ordenamiento jurídico “oficial”, tanto en la Constitución Política como en el Código Municipal.
 
Independientemente lo que digan diputados conservadores o portavoces empresariales, en Santa María Cahabón las autoridades comunitarias aplican a su vez una jurisdicción indígena para la resolución de sus propios conflictos. Esto revela una realidad concreta, están aplicando un pluralismo jurídico.
 
En Guatemala existen múltiples ejemplos en los que las poblaciones indígenas reivindican ambas jurisdicciones sustentadas en el ejercicio de sus derechos y en la aplicación de principios como pueblos originarios.
 
También se registran casos en los que empresas como OXEC ignoran la opinión de las comunidades, establecen relaciones ilícitas para obtener licencias y explotan bienes naturales con fines de lucro sin ninguna consideración a los destrozos que causan.
 
Queda claro por qué empresarios y sus portavoces guatemaltecos se han lanzado con tanta vehemencia contra cualquier cambio constitucional que reconozca la jurisdicción indígena.
 
Los mandamases de este país saben perfectamente cuándo y cómo violentar la jurisdicción “oficial”, cómo mantener una ciudadanía sojuzgada y segregada con el falso argumento que “todos somos iguales”, por ello su retórica rechaza lo diverso, lo distinto, lo plural, y aunque exista lo pretenden borrar negándolo o mediante el recurso del miedo.
 
* Periodista mexicana, residente en Guatemala y coeditora de la publicación feminista LaCuerda.
17/RHA/GG