Prohibición total de aborto pone a Nicaragua en el oscurantismo
Nuevo Código Penal entrará en vigor en 2008
Prohibición total de aborto pone a Nicaragua en el oscurantismo
Sujeto a entrar en vigencia a principios de 2008, el recién aprobado Código Penal nicaragüense resume, en sus más de 600 artículos, una mezcla de luces y sombras, rayana en lo contradictorio, informa la Agencia Informativa Latinoamericana, Prensa Latina.
Por un lado, el flamante documento derogó un artículo que desde hacía 100 años castigaba con penas de cárcel la sodomía, y por consiguiente la homosexualidad, y anunció fuertes multas para los que orinen o arrojen basura en la vía pública.
A priori, parece un Código Penal moderno, ecologista, y émulo de cualquiera de los que se aplican en los países del llamado Primer Mundo.
La sombra, sin embargo, está en la penalización absoluta de cualquier tipo de aborto, incluido el que se practicaba en caso de peligro para la vida de la embarazada, previo consentimiento de la gestante o de sus familiares, y decidido por una junta médica.
Este tipo de práctica era perfectamente legal en un país mayoritariamente católico, desde finales del siglo XIX, cuando la figura del llamado aborto terapéutico fue incluida en el Código Penal.
Las malas nuevas para las mujeres nicaragüenses comenzaron a llegar a finales del año pasado, cuando en plena campaña electoral la Iglesia Católica comenzó a presionar para eliminar el artículo de marras.
Los hechos se consumaron el 26 de octubre de 2006, cuando los diputados del Frente Sandinista de Liberación Nacional y del Partido Liberal Constitucionalista aprobaron la derogación del artículo que permitía el aborto terapéutico.
La medida desató una ola de protestas callejeras, protagonizadas por sectores feministas y organizaciones civiles que impugnaron la prohibición ante la Corte Suprema de Justicia y amenazaron con llevar el caso a los organismos internacionales de derechos humanos.
Ningún argumento, ni siquiera la advertencia de que la medida condenaría a la muerte irremediable a centenares de mujeres nicaragüenses, pudieron convencer, sin embargo, a los llamados Padres de la Patria. El 13 de noviembre pasado, 48 diputados hicieron mayoría suficiente, en una votación a mano alzada, para también penalizar el aborto terapéutico en el nuevo Código Penal.
De nada sirvió recordarles que el índice de muertes maternas, por otras causas, es ya de por sí escandaloso en un país donde el 70 por ciento de la población vive en condiciones de pobreza.
Una moción que pretendía dejar abierto un resquicio salvador de vidas fue secundada solamente por 16 legisladores.
La propuesta, firmada por los tres legisladores de la bancada del Movimiento Renovador Sandinista, buscaba que se permitiera el aborto cuando por indicación médica se determine que no existe otro medio posible para salvaguardar la vida de una mujer.
Con la imposición de la voluntad de la mayoría, como estipula la sacrosanta democracia, Nicaragua pasó a formar parte, junto a El Salvador, Honduras, Chile, Malta y El Vaticano, del reducido grupo de estados donde está prohibido el aborto terapéutico.
A manera de resumen, basta citar las palabras pronunciadas por el presidente de la Comisión de Justicia del Parlamento, el liberal José Pallais, quien aseguró que la decisión representa un retroceso, un atraso histórico, que pone a Nicaragua en el oscurantismo.
07/GG