Colima: iniciativa de PAN penalizaría aborto por violación

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Especial - Caso Paulina
   Existe también iniciativa del PRD para ILE
Colima: iniciativa de PAN penalizaría aborto por violación
Por: Gladis Torres Ruiz
CIMAC | México DF.- 04/12/2008

En Colima, como lo anticipó el representante del Partido de la Revolución Democrática (PRD) Adolfo Núñez González, la iniciativa presentada por esa institución política en octubre pasado para despenalizar el aborto hasta las 12 semanas de gestación tuvo oposición entre los grupos conservadores de la entidad y el pasado 3 de diciembre la bancada panista en el Congreso local presentó una iniciativa a fin de establecer "la vida humana sea considerada como tal desde el momento de la concepción".

La iniciativa panistas, de aprobarse, cancelaría todo tipo de ILE, incluso el aborto terapéutico (cuando corre peligro la vida de la mujer), eugenésico (por malformaciones del producto) y por violación, incluso a menores de edad. Y su aprobación depende del Partido Revolucionario Institucional (PRI), ya que cuenta con la mayoría de legisladoras y legisladores en la presente legislatura.

El PAN presentó su iniciativa a través de Enrique Michel Ruiz, coordinador de la fracción en el Congreso local, y pretende la modificación de la Constitución local, bajo el argumento de que "el aborto implicaría una privación ilegal de la vida de una persona y que todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica".

La iniciativa implica la reforma a la fracción I del Artículo uno de la Constitución de Colima, para incorporar al texto el reconocimiento de que "toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley a partir del momento de la concepción".

La iniciativa fue turnada a comisiones para su análisis, al igual ocurrió con la presentada por el PRD hace dos meses.

FOROS E INFORMACIÓN

Como anunció el diputado perredista Núñez González, están programados foros dirigidos a la ciudadanía en general, así como a las y los legisladores, en los cuales se contará con la participación de colegios de abogados, organizaciones de mujeres, médicas y médicos y comunidad universitaria para que expresen su postura al respecto.

La iniciativa presentada por el PRD para la despenalización del aborto en Colima precisa que en el Código Penal de Colima no se considere aborto la interrupción del embarazo hasta las 12 semanas de gestación, sino suspensión del embarazo y que quede abierta hasta después de este ese plazo para poder hacerlo.

Con ello, si una mujer víctima de violación decide, a las 14 semanas, no tener el producto, lo podrá hacer. También aplicaría en casos de malformación, o que se ponga en riesgo la vida la madre.

Cabe destacar que, de ser aprobada dicha iniciativa, cualquier hospital local podrá practicar la suspensión del embarazo, a excepción del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE) que determinaron no avalar estas acciones.

LA LEY EN COLIMA

El Código Penal del estado de Colima señala en el Artículo 187 que comete el "delito de aborto" el que cause la muerte al producto de la concepción en cualquier momento de la preñez.

El Artículo 188, apunta: "Al que hiciere abortar a una mujer con consentimiento de ésta se le impondrán de uno a tres años de prisión y multa hasta por 40 unidades. Cuando falte el consentimiento, la prisión será de cuatro a siete años, y si mediare violencia física o moral, de siete a nueve años".

Y el Artículo 189, precisa que A la mujer que se procure el aborto o consienta en él se le aplicarán de uno a tres años de prisión y multa hasta por 40 unidades. No es punible el aborto por violación, inseminación artificial indebida, cuando la mujer embarazada corra peligro de muerte o existan alteraciones genéticas o congénitas del producto.

La última actualización hecha al Código Penal de Colima, según información del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), especializado en el tema, fue hecha el 17 de julio de 1985.

08/GT/GG